DEFINICIÓN: Es la facultad que se tiene para solicitar al Estado a través de sus órganos jurisdiccionales que intervenga para aplicar el derecho abstracto al caso concreto, con el objeto de re4solver una controversia, declarar que existe una obligación y en su caso ordenar su cumplimiento.
TEORÍAS DE LA ACCIÓN
CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES
OTRA CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES Por el tipo de interés que se busca proteger:
Clasificación del derecho subjetivo material que se pretende hacer valer