AJUSTES RAZONABLES
las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida cuando se requiera en un caso particular para garantizar a las personas con discapacidad el goce o el ejercicio en igualdad de condiciones con los demás de todos los de...
AJUSTES RAZONABLES
las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida cuando se requiera en un caso particular para garantizar a las personas con discapacidad el goce o el ejercicio en igualdad de condiciones con los demás de todos los derechos humanos y de todas las libertades fundamentales.
Concepto de AR De acuerdo con la convenciones de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con discapacidad en su Art. 2 relacionados a sus definiciones: Se entenderá por ajustes razonables a las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida cuando se requiera en un caso particular para garantizar a las personas con discapacidad el goce o el ejercicio en igualdad de condiciones con los demás de todos los derechos humanos y de todas las libertades fundamentales. Por ello los AR, son personalizados e individuales por ello; aunque las PcD compartan algunas características similares de acuerdo al tipo de discapacidad será el conocimiento de los alumnos lo que permitirá garantizar sus derechos fundamentales.
Garantizar Derechos: -Educación. Educación Inclusiva. No discriminación. ¿A qué se le puede realizar un AR? De acuerdo con la Estrategia Nacional de Educación Inclusiva (ENEI), las principales BAP, se dividen en Practicas, políticas y las culturas, dentro de ellas se encuentran: Los ajustes a la infraestructura para favorecer la movilidad en la DMO (pasamanos en los sanitarios) Adaptaciones de uso común Rampas.
Equipos Digitales: Adaptaciones al mouse, teclado, pantallas y herramientas tecnológicas. Materiales Didácticos: Material concreto, materiales de aprendizaje visual y auditivo o kinestésico, así como materiales de métodos específicos. Elementos de uso cotidiano: Cubiertos, útiles, juguetes, materiales de higiene personal, mobiliario, etc. Organización de la Jornada escolar: Atención en el grupo y cuando sea necesario individualizada, trabajo en binas o en equipos, asignación de un tutor o acompañante (sombra), tiempos de actividades, tiempo de descanso, reducción o ampliación de la jornada escolar.
Comunicación: Señalizaciones, visuales, tácticas, auditivas, elaboración de tableros de comunicación personalizados, colocación de señalizaciones en Braille y LSM, así como la utilización y enseñanza del Braille y la LSM. Sensibilización: A la comunidad educativa para erradicación del uso de esteotipos, etiquetas o actitudes discriminatorias o excluyentes hacia las alumn@s , implica un ajuste razonable que impacta en las actitudes y representaciones de la comunidad.
En el currículo: También llamado gradualidad en el aprendizaje, la planeación didáctica y la intervención educativa forman parte importante de la diversificación del aprendizaje y son de gran ayuda para el logro académico además del desarrollo de todos los alumnos. Quienes las diseñan? Los ajustes razonables, son las variaciones personalizadas que realiza el docente con el apoyo del director de la escuela, padres de familia, docentes de apoyo de USAER, y compañeros de escuela.
¿Para que realizar ajustes razonables? Propósito: Nos permitirá facilitar el acceso a la institución. La permanencia La participación Y el aprendizaje, que garantice el pleno desarrollo de cada NNAJ, y se cumpla así el derecho a una Educación Inclusiva. Con éstas acciones se minimizan las BAP.
Para saber mas de los AR, consultar en: Art. 3º. Constitucional LGE. Cap. VIII. Art. 61-68. Normas Especificas de Control escolar. Anexo 1,6-7. Estrategia Nacional de Educación Inclusiva. Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.