CEIP ANEJAS

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About This Presentation

PEC, fecha de aprobación el 30/06/2020


Slide Content

CEIP “LAS ANEJAS”
- TERUEL -







PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

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CEIP “LAS ANEJAS” - PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

Preámbulo.
1.- Datos generales del centro.
1.1.- Denominación y ubicación.
1.2.- Características y peculiaridades.
1.3.- Principios educativos.
1.3.1.- Notas de identidad.
1.3.2.- Objetivos y propósitos de centro.
2.- Estructura organizativa.
2.1.- Órganos colegiados.
2.2.- Órganos unipersonales.
2.3.- Órganos de coordinación docente.
2.4.- Otros órganos y funciones de coordinación.
3.- El RRI y las normas de convivencia.
3.1.- Preámbulo y fundamentos legales.
3.2.- Normas de convivencia.
3.3.- Proceso de corrección de las conductas del alumnado - (Anexo I).
3.4.- Plan de convivencia - (Anexo II).
3.5.- Documento de tareas escolares.
4.- Los recursos humanos. Derechos y deberes.
4.1.- Profesorado.
4.2.- Alumnado.
4.3.- Padres y madres. AMPAs.
4.4.- Personal no docente.
5.- Organización de espacios y recursos. Normas para su utilización.
5.1.- Recursos materiales: distribución y utilización.
5.2.- Banco de libros
5.3.- Régimen administrativo.
5.4.- Régimen económico.
5.5.- Actividades extraescolares y complementarias.
5.6.- Plan de evacuación – (Anexo III).
6.- Distribución del horario lectivo.
6.1.- En Primaria
7.- Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) – (Anexo IV).
8.- Plan de Atención a la Diversidad (PAD) – (Anexo V).
9.- Proyecto Deportivo de Centro (PDC) – (Anexo VI)
10.- Los servicios complementarios.
10.1.- Comedor escolar.
10.2.- Aula matinal o guardería.
10.3.- Transporte escolar.
10.4.- Servicio de guardia o custodia.
10.5.- Apertura de centros.
10.6.- Biblioteca.
10.7.- Taller lúdico.
11.- Relación entre los distintos sectores de la comunidad educativa.
12.- Relaciones con otras instituciones.
13.- Reforma del PEC.
14.- Disposición final.

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PREÁMBULO



La finalidad del presente Proyecto Educativo de Centro (PEC), cuyo ámbito de
aplicación es el CEIP “LAS ANEJAS” de Teruel, es alcanzar un nivel óptimo de
convivencia entre todos los miembros que constituyen la comunidad educativa del
centro y recoger los valores, objetivos y prioridades de actuación en el mismo.

Para conseguir esta finalidad es preciso determinar una serie de objetivos que
se desarrollarán en el documento en unas normas básicas de actuación. Dichos
objetivos son:
- Llevar a cabo el proceso educativo dentro de un modelo de tolerancia y respeto
mutuo, en orden a la consecución de los fines de la educación que define la
legislación vigente.
- Promover el derecho de todos los miembros de la comunidad escolar a intervenir
en las decisiones que les afecten a través de sus representantes.
- Asegurar el orden interno del centro en aras a la consecución de los objetivos
educativos.
- Desarrollar la autonomía y la responsabilidad de todas las personas que integran
la comunidad educativa del centro.
- Mantener con la comunidad y con el entorno del centro una relación
comunicativa y abierta al diálogo.

Consideramos que el PEC debe ser una referencia amplia en la que nos podamos
apoyar (profesorado, padres/madres, alumnos/as y personal no docente) para tener
claro lo que hacemos, es decir, plantear los objetivos, los tiempos y los fines
educativos.

El presente PEC, además de tener en cuenta las características y peculiaridades
del centro y de su entorno, tiene una base legal en la normativa siguiente:
- Leyes generales:
o Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) en la redacción dada en la Ley
Orgánica 8/2013 para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
o Ley 30/92 sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
- Funcionamiento de centros:
o Real Decreto 82/1996 por el que se aprueba del Reglamento Orgánico de
las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación
Primaria.
o Orden de 26 de junio de 2014 por la que se aprueban los instrucciones
que regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios de
Educación Infantil y Primaria y su corrección de errores en BOA de 16 de
julio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016.
o Orden 63/2016 por la que se regula la implantación de Proyectos
Educativos de Organización de Tiempos Escolares y su convocatoria para
el curso 2016/2017.
- Derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa:
o Real Decreto 73/2011 por el que se establece la carta de derechos y
deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las
normas de convivencia en los centros educativos.

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o Real Decreto 1533/1986 por el que se regulan las Asociaciones de
Padres de Alumnos.
- Atención a la diversidad:
o Real Decreto 135/2014 por el que se regulan las condiciones para el éxito
escolar y la excelencia de todos los alumnos desde un enfoque inclusivo.
o Orden de 30 de julio de 2014 por la que se regulan las medidas de
intervención educativa para favorecer el éxito y la excelencia de todos los
alumnos.
o Orden 1005/2018, de 7 de junio, por la que se regulan las actuaciones de
intervención educativa.
o Orden 1003/2018, de 7 de junio, por la que se determinan las actuaciones
que contribuyen a promocionar la convivencia, igualdad y la lucha contra
el acoso escolar en las comunidades educativas aragonesas.
o Ley 8/2012, de 13 de diciembre, de autoridad del profesorado en la
Comunidad Autónoma de Aragón.
- Currículo y evaluación:
o Orden de 16 de junio de 2014 por la que se aprueba el currículo de la
Educación Primaria (esta orden se desarrolla en tres resoluciones
modificadas por Resolución de 12 de abril de 2016 que establecen los
perfiles competenciales, los estándares de aprendizaje evaluables y la
distribución horaria semana). Esta Orden se modificó por Orden de 21 de
diciembre de 2015 (sobre todo en su artículo 21 PPDD).
o Orden de 31 de octubre de 2014 sobre la evaluación en Educación
Primaria.
o Orden de 28 de marzo de 2008 por la que se determina el currículo de la
Educación Infantil.
o Orden de 14 de octubre de 2008 sobre la evaluación en Educación
Infantil.
o Orden de 14 de febrero de 2013 por la que se regula el programa integral
de bilingüismo en lenguas extranjeras en Aragón (PIBLEA).
o Resolución de 22 de septiembre de 2015 por la que se dictan
orientaciones sobre evaluación en la etapa de Educación Primaria.
o Orden 823/2018, de 18 de mayo (BOA 28-5-2018) por la que se regula el
modelo BRIT-Aragón para el desarrollo de la competencia lingüística de y
en lenguas extranjeras en centros docentes públicos no universitarios de
la Comunidad Autónoma de Aragón.
La existencia, elaboración, aprobación y aplicación de este Proyecto Educativo
de Centro se contempla en:
- El artículo 121 de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, en la redacción dada en
la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa.
- El artículo 48 del Real Decreto 82/1996 por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación
Primaria.
- Los artículos 27 a 31 de la Orden de 26 de junio de 2014 por la que se aprueban
las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los
Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria.

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1.- DATOS GENERALES DEL CENTRO



1.1.- DENOMINACIÓN Y UBICACIÓN


La denominación completa del centro escolar es:
Nombre.- CEIP “LAS ANEJAS”
Dirección.- C/Atarazanas, 10 (44003 – Teruel)
Teléfono y fax.- 978 60 35 87
Móvil.- 620431289
Página web.- ceiplasanejas.catedu.es
Blog.- lasanejasdeteruel.blogspot.com.es
E-mail institucional.- [email protected]
E-mail atención padres.- [email protected] y [email protected]
Nº código del centro.- 44003120
Nº código identificación fiscal.- Q-4468003-A
Centro bilingüe BRIT – Aragón (Convenio MEC-British Council)

El Colegio de Educación Infantil y Primaria “Las Anejas” es un centro de
titularidad pública, perteneciente a la red de centros de la Diputación General de
Aragón. Se encuentra situado en la periferia de Teruel, dentro de la Ciudad Escolar,
entre los barrios de El Carrel y San León.

Desde el curso 2019-2020 se completó el traslado a unas nuevas instalaciones
en el terreno donde se ubicaba el antiguo IES “Segundo de Chomón”. La primera fase
de dicho traslado se inició con la etapa de Infantil en el curso 2017-2018.

Cuenta con tres módulos donde están ubicadas las aulas de Infantil y Primaria, así
como los servicios comunes del centro. Rodeando estos módulos existe una amplia
zona vallada en la que, además de otros espacios, contiene unas pistas polideportivas.
También cuenta para su utilización con el gimnasio y pistas del que fue colegio
“Atarazanas”.




1.2.- CARACTERÍSTICAS Y PECULIARIDADES


El CEIP “Las Anejas” inició su andadura hacia 1975 dentro del proyecto de la
conocida como Ciudad Escolar de Teruel. Es heredero de las Escuelas Anejas de las
antiguas Escuelas Normales de Magisterio, más tarde transformadas en colegios de
Prácticas de las Escuelas del Profesorado de EGB. En la actualidad ha perdido esta
función exclusiva y sus condiciones y dependencia administrativa son las mismas que
el resto de los centros públicos de la Consejería de Educación del Gobierno de Aragón.

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Por decisión del Claustro y selección de la administración educativa, es un
centro que participa, desde el curso 1996-1997, en el programa de bilingüismo fruto del
Convenio entre el MEC y el British Council que, tras el traspaso de competencias,
quedó asumido por la DGA. Desde el curso 2014-2015, tras la aparición del PIBLEA,
fue un centro CILE 2 de currículo integrado y actualmente está incluido dentro de la red
de centros BRIT-Aragón desde el curso 2017-2018.

También, desde el curso 2016/2017, participa en la convocatoria de Orden
63/2016 de 16 de febrero y dispone de su propio Proyecto Educativo de Organización
de Tiempos Escolares.

Asimismo, acoge a alumnos con necesidades educativas especiales y de
compensatoria y desarrolla programas específicos de informática y audiovisuales.
También está dotado, entre otros, de un servicio complementario de comedor escolar y
de aula matinal o guardería y participa en diferentes programas de apertura de centros.

Tras las diversas reformas educativas llevadas a término, en la actualidad, es un
centro que acoge a alumnos de infantil y primaria. En el año 2001 se integraron en el
centro los alumnos y profesores del Colegio Atarazanas.

La casi totalidad de las familias que envían sus hijos al centro provienen del
medio urbano y corresponden a grupos sociales variados. Sólo algunos alumnos con
ayuda individualizada de transporte o transportados en ruta escolar proceden de los
pueblos o barrios rurales.



1.3.- PRINCIPIOS EDUCATIVOS



1.3.1.- Notas de identidad

La Comunidad Escolar del Colegio “Las Anejas” proclama las siguientes notas
de identidad que deberán definir nuestro Centro:

1. Nuestra escuela apuesta por la calidad de la educación para todo el
alumnado, por lo que será abierta, libre y democrática, donde niños, padres,
profesores y sociedad en general tengan cabida y cuyas relaciones sean de
colaboración, tolerancia, responsabilidad, justicia y respeto.

2. Se fomentará la consideración y el respeto hacia el profesor como
autoridad pública.

3. El Centro, como Institución Pública, acoge a la diversidad. En
consecuencia, se declara pluralista y respetuoso con todas las ideologías,
comprometiéndose a no hacer apología de ninguna tendencia específica.
Todo ello se conjugará con el derecho a la libertad de expresión individual,
siempre respetando los derechos de los demás. La escuela pondrá especial
hincapié en el diálogo y respeto para la prevención de conflictos y la
resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia en todos

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los ámbitos de la vida personal, familiar y social y en especial en el de
acoso escolar.

4. La aconfesionalidad de los centros públicos está definida en la
Constitución. Nuestro colegio se declara aconfesional y se muestra
respetuoso con las creencias individuales de todos los miembros de la
Comunidad Educativa.

5. El Centro se declara a favor de la coeducación, teniendo como objetivo
fundamental ayudar a los alumnos en la búsqueda de su propia identidad
personal, a través del respeto mutuo, e igualdad entre sexos en todos los
ámbitos. El desarrollo de la coeducación en nuestra escuela será a través
de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre mujeres y hombres,
así como la prevención de la violencia de género.

6. El Centro favorece la integración social de todos sus alumnos,
rechazando todo tipo de discriminación. El Centro busca la equidad, que
garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la
personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad
de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier
discriminación, la accesibilidad universal a la educación y que actúe como
elemento compensador de las desigualdades personales, culturales,
económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de
cualquier discapacidad.

7. El Centro fomenta el cuidado del medio ambiente y potenciará los valores
ecológicos que busquen el adecuado equilibrio entre conservación y
desarrollo.

8. El Centro tiene una modalidad de gestión democrática y representativa,
en la que interviene toda la Comunidad Educativa. Será participativa a
través de todos los estamentos y estará abierta para compartir tareas,
funciones y responsabilidades.

9. El Centro apuesta por una enseñanza plurilingüe (español-inglés y
francés en 5º y 6º de Primaria) a través de un currículum integrado que
favorece el conocimiento de la cultura anglosajona y francesa y está
establecido en el itinerario binlingüe del centro.

10. El Centro desarrolla programas relacionados con la educación para la
salud, la seguridad vial, el consumo, la paz, la educación cívica y
constitucional.

11. El Centro se constituye con un Centro Promotor de la actividad física y
deporte, agente que impulsa estilos de vida saludables, en los que la
actividad física y el deporte tengan un lugar destacado, en colaboración con
las familias y los entes locales

12. El Centro favorece la integración de alumnos procedentes de otros
países, con los recursos disponibles, facilitando el aprendizaje del idioma,
cuando sea necesario, y buscando una rápida adaptación e integración.

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13. Nuestro Centro reconoce el derecho que corresponde a los padres,
madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de
sus hijos. A este respecto, para la consideración de la función docente
como factor esencial de la educación, es imprescindible el reconocimiento
social del profesor y el apoyo a su tarea.

14. La línea metodológica del Centro será:
- Orientada hacia la consecución de las competencias clave
- Inductiva, a partir de los intereses de los alumnos e incorporando las
Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).
- Respetuosa con los diversos ritmos de aprendizaje.
- Potenciadora del esfuerzo y del trabajo del alumno.
- Participativa y que fomente la cooperación y el trabajo en equipo.
- Innovadora, activa y abierta a la observación y a la experimentación.
- Compensatoria con los alumnos con dificultades.

1.3.2.- Objetivos y propósitos de centro


Este PEC tiene como objetivo general regular la convivencia y el buen
funcionamiento de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, tanto de
forma individual como colectiva, dentro de un marco de tolerancia y respeto.



Objetivos concretos


1.1. Escuela abierta, libre y democrática
El Centro establece los siguientes objetivos:
1. Fomentar entre los miembros de la Comunidad Escolar hábitos de
respeto, diálogo y tolerancia.
2. Adquirir la responsabilidad y el compromiso de respetar y cumplir las
normas recogidas en el RRI, así como los acuerdos puntuales mayoritarios.
3. Impulsar la participación de los padres en la acción tutorial del Centro.
4. Promover la colaboración de los padres en actividades del Centro.
5. Implicar a los alumnos en la organización de normas de convivencia.
6. Preparar a los alumnos para el ejercicio responsable de la libertad.
7. Establecer contactos con otros centros.
8. Mantener la relación con las entidades e Instituciones locales y de
Gobierno.
9. Impulsar la participación de la AMPA en la vida del Centro.
10. Apostar por el fomento de las TICs
11. Fomentar el hábito lector.


1.2. Pluralismo y derecho a la libertad de expresión
El Centro establece los siguientes objetivos:
1. Respetar la iniciativa y fomentar la tolerancia, procurando la búsqueda de
la propia identidad

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2. Desarrollar en los niños los valores básicos de una sociedad democrática
y plural, desechando la violencia.
3. Mostrar una postura objetiva ante las distintas tendencias políticas,
religiosas y sociales.
4. Preparar a los alumnos para la participación en la vida democrática.
5. Formar a los alumnos en los principios de la paz, la cooperación, la
solidaridad,... entre los pueblos.
6. Promover la educción cívica y constitucional.


1.3. Aconfesionalidad
El Centro establece el siguiente objetivo:
1. Respetar todo tipo de creencias existentes en la Comunidad Escolar e
impedir cualquier discriminación por razón de confesionalidad.


1.4. Coeducación
El Centro establece los siguientes objetivos:
1. Potenciar la coeducación, no como un simple agrupamiento de niños y
niñas, sino como una educación igual para todos sin discriminación por
razón de sexo.
2. Eliminar del currículum cualquier sesgo sexista y discriminatorio.
3. Establecer criterios no sexistas en la selección de materiales.
4. Iniciar el conocimiento del mundo laboral y profesional, basado en
aptitudes personales y con independencia del sexo.
5. Infundir respeto y trato igualitario en futuras relaciones, eliminando el
sentimiento de superioridad o posesión evitando posible casos de acoso o
violencia de género.



1.5. Atención a la Diversidad
El Centro establece los siguientes objetivos:
1. Continuar con el proceso de inclusión que desde hace tiempo se
desarrolla en el Centro.
2. Organizar prioritariamente los recursos personales y materiales para
atender a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.
(acneaes).
3. Adecuar el currículum a la realidad concreta de los alumnos mediante las
medidas educativas que se estimen necesarias y organizar racionalmente
los recursos personales y materiales.
4. Intentar de la Comunidad Escolar una actitud abierta y receptiva hacia los
alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. (acneaes).
5. Intensificar la coordinación entre los tutores y los especialistas en el
tratamiento de los alumnos con necesidades específicas de apoyo
educativo. (acneaes).
6. Buscar la inclusión superando las posibles diferencias entre alumnos de
un mismo grupo.
7. Pretender que los alumnos se sientan afectivamente seguros entre sus
compañeros y sus profesores.

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1.6. Gestión democrática
El centro establece los siguientes objetivos:
1. Facilitar a todos los órganos representativos del Centro la participación en
la gestión.
2. Diversificar las tareas de gestión escolar y responsabilizar a quienes las
asuman.
3. Sacar el máximo rendimiento a los medios personales y materiales que
dispone el Centro.
4. Lograr la participación de la Comunidad Educativa y el mayor grado de
consenso posible en la gestión del Centro.
5. Impulsar la participación de los alumnos en la gestión,
responsabilizándoles en funciones específicas para las que estén
capacitados (biblioteca de aula, cuidado de materiales...).


1.7. Enseñanza bilingüe
El centro establece los siguientes objetivos:
1. Potenciar el bilingüismo a todos los niveles y la segunda lengua
extranjera (Francés) en 5º y 6º de Primaria.
2. Favorecer la utilización del idioma inglés con los medios y recursos
materiales de que dispone el Centro.
3. Impulsar la participación del profesorado en actividades de
perfeccionamiento referidas a la utilización del inglés como segunda lengua.
4. Inculcar en los alumnos el interés por el conocimiento de otras culturas de
habla inglesa y francesa.


1.8. Educación para la salud
El centro establece los siguientes objetivos:
1. Constituirse como Centro Promotor de la Actividad Física y el Deporte.
Integrar el Proyecto Deportivo de Centro dentro de este Proyecto Educativo,
aplicarlo y evaluarlo.
2. Establecer, mediante la educación para la salud, hábitos de higiene y de
alimentación sana.
3. Conocer y participar en programas de prevención de drogodependencias.
4. Conocer y participar en programas de educación sexual infantil.
5. Conocer los accidentes y enfermedades más comunes de acuerdo con
sus edades para prevenirlos.
6. Conocer las normas básicas y hábitos de prevención de posibles
accidentes y enfermedades
7. Prestar atención a las características de cada alumno/a para prevenir
problemas que puedan afectar a su salud emocional.

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2.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA



2.1.- ÓRGANOS COLEGIADOS


2.1.1.- CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar del centro es el órgano colegiado de participación en el
mismo de los diferentes miembros de la comunidad educativa. Su composición y
competencias vienen reguladas en los artículos 126 y 127 de la Ley Orgánica 2/2006
(LOGSE) en la redacción dada en la Ley Orgánica 8/2013 (LOMCE). Su régimen de
provisión y funcionamiento así como otros aspectos del mismo se encuentran
regulados en los artículos 8 a 21 del Real Decreto 82/1996 (ROC). También se hacen
referencias a otros aspectos en artículos dispersos de otras instrucciones del
Departamento.


2.1.2.- CLAUSTRO DE PROFESORES

El Claustro de Profesores es el órgano propio de participación de los maestros
en el gobierno del centro. Está integrado por la totalidad de los profesores que prestan
servicios en el centro. Su composición y competencias vienen reguladas en los
artículos 128 y 129 de la Ley Orgánica 2/2006 (LOGSE) en la redacción dada en la Ley
Orgánica 8/2013 (LOMCE). Su régimen de funcionamiento así como otros aspectos del
mismo se encuentran regulados en los artículos 8 a 21 del Real Decreto 82/1996
(ROC). También se hacen referencias a otros aspectos en artículos dispersos de otras
instrucciones del Departamento.






2.2.- ÓRGANOS UNIPERSONALES


2.2.1.- DIRECTOR

El Director es uno de los componentes del equipo directivo del centro tal como
recoge el artículo 131 de la Ley Orgánica 2/2006 (LOGSE) en la redacción dada en la
Ley Orgánica 8/2013 (LOMCE). La forma de selección, nombramiento y cese se hallan
regulados en los artículos 132 a 139 de la misma ley. Estos y otros aspectos también
se desarrollan en los artículos 25 a 32 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en artículos
dispersos de otras instrucciones del Departamento.

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2.2.2.- JEFE DE ESTUDIOS

El centro cuenta con un Jefe de Estudios que forma parte del equipo directivo del
centro tal como recoge el artículo 131 de la Ley Orgánica 2/2006 (LOGSE) en la
redacción dada en la Ley Orgánica 8/2013 (LOMCE). Su nombramiento, competencias
y cese están desarrolladas en los artículos 33 a 37 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y
en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento.


2.2.3.- SECRETARIO

El centro cuenta con un Secretario que forma parte del equipo directivo del
centro tal como recoge el artículo 131 de la Ley Orgánica 2/2006 (LOGSE) en la
redacción dada en la Ley Orgánica 8/2013 (LOMCE). Su nombramiento, competencias
y cese están desarrolladas en los artículos 33 a 37 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y
en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento.





2.3.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE


2.3.1.- COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

El centro cuenta con una Comisión de Coordinación Pedagóg ica cuya
composición y competencias vienen señaladas en los artículos 43 y 44 del Real
Decreto 82/1996 (ROC). En los artículos 9 a 13 de la Orden de 26 de junio de 2014 y
modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización) se
recogen su régimen de funcionamiento y otras cuestiones. Forman parte de la CCP el
director, el jefe de estudios, los coordinadores de los equipos didácticos, el coordinador
de bilingüismo y el representante en el centro del EOEP.


2.3.2.- EQUIPO Y OBSERVACI ÓN DE CONVIVENCIA E IGUALDAD

En el centro hay formado un Equipo de Convivencia e Igualdad con el fin de
planificar, analizar y evaluar las distintas intervenciones en los planes de convivencia e
igualdad del centro. Este equipo está formado por la Jefatura de Estudios, el
especialista de orientación educativa del EOEP, el coordinador del equipo de
convivencia e igualdad y aquellos componentes del claustro de profesores que
participen en el mismo. Su composición y funcionamiento vienen recogidos en el
artículo 7 de la Orden 1003/2018 (BOA de 18 de junio).

Asimismo, hay formado una Observatorio de Convivencia e Igualdad en el que
están representados todos los sectores de la comunidad educativa con el fin de

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canalizar las inquietudes de los mismos y propiciar acciones de promoción de la
igualdad y prevención, análisis y resolución de conflictos. Su composición y
funcionamiento vienen recogidos en el artículo 8 de la Orden 1003/2018 (BOA de 18 de
junio).

Las funciones de la Comisión de Convivencia que estaba creada en el centro al
amparo del RD 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los alumnos) son ahora
desarrolladas desde el Observatorio de Convivencia e Igualdad.



2.3.3.- COMISIÓN DE COORDINACIÓN ENTRE EQUIPOS DIDÁCTICOS

El centro cuenta con una Comisión de Coordinación formada por el jefe de
estudios, los coordinadores de equipos didácticos, los tutores del último nivel y los que
se harán cargo del alumnado cuando se llevan a cabo reagrupamientos. Sus funciones
son:
- Intercambiar información general sobre el nivel curricular (contenidos
conseguidos, refuerzos, velocidad lectora, metas alcanzadas, apoyos, ...).
- Establecer estrategias metodológicas que facilitan la adaptación de los alumnos
a la nueva etapa o al nuevo nivel (rutinas, hábitos, libretas, agenda,
explicaciones, ...).
- Facilitar información de la dinámica de grupo.
- Intercambiar información individual de los alumnos (rendimiento, motivación,
conducta, ...).


2.3.4.- EQUIPOS DIDÁCTICOS

Los Equipos Didácticos son las unidades organizativas básicas del centro en los
ámbitos pedagógico, administrativo y económico. Su constitución se recoge en el
artículo 130 de la Ley Orgánica 2/2006 (LOGSE) en la redacción dada en la Ley
Orgánica 8/2013 (LOMCE).

Se establecen cuatro equipos didácticos: uno de segundo ciclo de Educación
Infantil y tres de Educación Primaria (Equipo Didáctico 1-2, Equipo Didáctico 3-4 y
Equipo Didáctico 5-6). Cada uno de ellos está constituido por la totalidad de los tutores
de dichos grupos y los profesores, especialistas y profesores colaboradores del
programa bilingüe que imparten clase mayoritariamente en esos cursos. Todo el
profesorado estará adscrito a un equipo didáctico en función de la organización del
centro.

Cada equipo didáctico tienen un coordinador que es el responsable ante el Jefe
de Estudios en el ámbito pedagógico y ante el Secretario en los ámbitos administrativo
y económico.

Las competencias de los equipos didácticos y de sus coordinadores están
reflejadas en los artículos 39, 40, 41 y 42 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en el
artículo 1.1 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de
junio de 2016 (Instrucciones de organización). Además se establecen otras funciones,
tanto para los equipos didácticos como para los coordinadores:

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- Adaptar a cada nivel la programación general de las diversas áreas.
- Profundizar en la metodología propia a adoptar por el equipo.
- Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar los objetivos terminales.
- Preparar las reuniones con los padres.
- Favorecer el trabajo interdisciplinar y mantener reuniones de nivel y con los
profesores colaboradores del programa bilingüe para coordinar el trabajo en el
aula.
- Programar las actividades extraescolares y complementarias para su inclusión
en la Programación General Anual.
- Administrar y gestionar los presupuestos de que se dota a los equipos
didácticos.


TUTORES

Cada uno de los grupos de alumnos tendrá un maestro tutor. Su designación
viene regulada en el artículo 45 del Real Decreto 82/1996 (ROC) y en los artículos 14 a
17 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de
2016 (Instrucciones de organización).



PROFESORES ESPECIALISTAS SIN TUTORÍA

Tendrán la misma consideración que el resto del profesorado. Sus funciones en
el área docente vienen determinadas por el puesto que ocupan en el centro. Los restos
horarios se distribuirán hasta completar su horario a criterio de la Dirección según las
necesidades de funcionamiento y de acuerdo con las instrucciones dadas por el
Departamento.

A principio de curso se adscribirán al ciclo donde impartan mayor número de
horas o al que les adjudique el Director a propuesta del Jefe de Estudios si pasan por
todos. Podrán ser coordinadores de ciclo en igualdad de condiciones que el resto del
profesorado.



PROFESORES COLABORADORES DEL PROGRAMA BILINGÜE

Todos ellos tendrán en lo docente la misma consideración que el resto del
profesorado y sus funciones vienen determinadas por el Convenio entre el MEC y el
British Council de fecha 2 de noviembre de 1995 y desarrolladas en los artículos 35 y
36 (en función del profesorado de que se trate) de la Orden 823/2018 (BOA de 28 de
mayo) por la que se regula el modelo BRIT – Aragón.

Entre ellos nombrarán a uno que será el coordinador del programa bilingüe y su
representante dentro de la Comisión de Coordinación Pedagógica. A la hora de elegir
curso y materia seguirán los mismos criterios que el resto del profesorado y que vienen
establecidas en la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de
junio de 2016 (Instrucciones de organización y funcionamiento).

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2.4.- OTROS ÓRGANOS Y FUNCIONES DE COORDINACIÓN


En cuanto a las funciones de coordinación se estará a lo establecido en el
articulado de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio
de 2016 (Instrucciones de organización).





2.4.1.- COORDINADOR DE EQUIPO DIDÁCTICO

Cada uno de los equipos didácticos a los que se hace referencia en el punto
2.3.4 de este Proyecto Educativo de Centro estará dirigido por un coordinador. Su
designación y cese vienen recogidos en los artículos 39 a 42 del Real Decreto 82/1996
(ROC) y en el artículo 4 del punto 1.1 de la Orden de 26 de junio de 2014 y
modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización).

Las competencias del coordinador de un equipo didáctico son las siguientes:
a) Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa y elevar a la
Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas formuladas a este
respecto por el Equipo Didáctico.
b) Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos.
c) Coordinar la enseñanza en los niveles correspondientes de acuerdo con el
proyecto curricular de etapa.
d) Llevar el dietario de los temas tratados y los acuerdos tomados en las reuniones.
e) Convocar y presidir las reuniones del Equipo Didáctico.
f) Representar al Equipo de Ciclo ante los diversos órganos del Centro.
g) Presentar a la Comisión de Coordinación Pedagógica informe del trabajo
realizado por el Equipo de Ciclo.
h) Coordinar la inversión de los fondos asignados.
i) Dinamizar el trabajo en grupo de los miembros del Equipo Didáctico.
j) Aportar a la Comisión de Coordinación Pedagógica todas las propuestas que
desde el Equipo de Ciclo se hagan a los documentos oficiales del Centro.
k) Aquellas otras funciones que le encomiende el Jefe de Estudios en el área de su
competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación
curricular y actividades complementarias.





2.4.2.- EQUIPOS DE COORDINACIÓN Y VIGILANCIA DE RECREOS

Para la coordinación y vigilancia de los espacios de recreo y las entradas y
salidas de los alumnos del Centro, se formarán unos equipos rotativos de profesores.
El profesorado de Educación Infantil formará sus propios equipos dado que tienen
espacio diferenciado y otros tiempos.

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De la formación y seguimiento de estos equipos se encargará la Jefatura de
Estudios de acuerdo con el artículo 82 de las Instrucciones del Departamento. En ellos
habrá profesorado de todas las etapas y equipos didácticos.

Son funciones de los equipos de coordinación y vigilancia de recreos:
- Dirigir el acceso de los escolares al centro al inicio de las sesiones de mañana,
de tarde y al finalizar el tiempo de recreo.
- Controlar las salidas de los alumnos.
- Vigilar a los alumnos en los diferentes espacios del patio durante los recreos.
- Solventar los incidentes que se originen en estos momentos y ponerlos en
comunicación de los tutores y, si es necesario, el Jefe de Estudios.
- Acompañar y atender a los alumnos accidentados al botiquín o a dirección
según la gravedad del percance.




2.4.3.- COORDINADOR DEL PROGRAMA DE BILINGÜISMO

La figura del coordinador del programa de bilingüismo del centro viene recogida
en el artículo 118 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14
de junio de 2016 (Instrucciones de organización). Asimismo, se amplian en el artículo
34 de la Orden 823/2018 por la que se regula el modelo BRIT -Aragón.

Las funciones del coordinador del programa de bilingüismo se completan en el
Proyecto de Bilingüismo del centro (BRIT-Aragón Convenio MEC-BC) y en este
documento y son las siguientes:
- Canalizar toda la información entre el centro y el British Council y distribuirla
entre el profesorado.
- Gestionar los recursos económicos destinados al programa y llevar el dietario
con los temas tratados y los acuerdos tomados.
- Organizar la Feria del Libro Inglés y las dramatizaciones para los alumnos.
- Asistir a las reuniones de coordinación pedagógica para trasladar la información
al resto de los asesores.
- Explicar, junto al Jefe de Estudios, el funcionamiento del programa cuando un
nuevo profesor llega al centro y proporcionarle material necesario para poder
empezar en el programa.
- Coordinar el desarrollo del currículo y los materiales específicos de uso común.
- Coordinar las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el
programa.
- Coordinar la realización de las pruebas finales que se organizan en el centro con
los alumnos de 6º de Primaria para evaluar el programa.




2.4.4.- COORDINADOR DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA

El servicio de biblioteca lo gestionan uno o dos profesores del claustro de entre
los interesados que lo manifiesten. Su designación y funciones vienen señaladas en el

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artículo 24 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de
junio de 2016 (Instrucciones de organización) y ampliadas en este documento:
- Asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de los recursos
documentales y de la biblioteca del centro.
- Difundir, entre la comunidad educativa, información administrativa, pedagógica y
cultural.
- Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información,
entretenimiento y ocio.
- Asesorar en la compra de nuevos materiales y fondos para la biblioteca y
administrar y gestionar los presupuestos de que se dota este servicio.
- Llevar el control y préstamo de libros y recursos y la apertura del servicio
durante la hora del recreo.
- Elaborar, junto al Jefe de Estudios, el reglamento que gestiona el uso de la
biblioteca.
- Coordinar la actuación de la biblioteca con el personal responsable del
Programa de Apertura de Centros.





2.4.5.- COORDINADOR DEL SERVICIO DE TECNOLOGÍA

El servicio de tecnología (medios informáticos y audiovisuales) lo gestionan uno
o dos profesores del centro. Su designación y funciones vienen señaladas en el artículo
25 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de
2016 (Instrucciones de organización) y ampliadas en este documento:
- Coordinar las actividades que se desarrollen en el centro relativas al uso de las
tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
- Fomentar la utilización por parte del profesorado de las tecnologías informáticas
o audiovisuales en su actividad docente.
- Asesorar al centro en la adquisición de nuevos materiales y fondos y administrar
y gestionar los presupuestos de que se dota a este servicio.
- Mantener actualizado el inventario de medios informáticos y audiovisuales y
coordinar su reparación en caso de avería.




2.4.6.- COORDINADOR DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS

La figura del coordinador de actividades deportivas y su nombramiento vienen
recogidas en el artículo 23.1 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en
Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). Sus funciones son las
siguientes:
- Coordinar todas las actividades en torno a este servicio.
- Coordinar la utilización de los recursos de que dispone el centro.
- Administrar y gestionar los presupuestos de que se dota este servicio.
- Gestionar los trámites relacionados con las actividades deportivas.
- Fomentar e impulsar la actividad deportiva entre el alumnado.

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- Asumir la Coordinación Deportiva de Centro junto con las funciones que le sean
asignado por el mismo, o delegar dichas funciones en otra persona según las
instrucciones del propio proyecto.


2.4.7.- COORDINADOR DEL PROGRAMA DE APERTU RA DE CENTROS

La figura del coordinador del Programa de Apertura de Centros y su
nombramiento vienen recogidos en el artículo 23.2 de la Orden de 26 de junio de 2014
y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización). Sus
funciones girarán en torno a las específicas de las convocatorias en las que el centro
participa (Programa de Apertura de Centros, Programa Abierto por Vacaciones, …).




2.4.8.- COORDINADOR DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO

El Decreto 105/2013 por el que se regula el sistema aragonés de formación
permanente del profesorado crea en su artículo 23.1 la figura del coordinador de
formación del profesorado.

Sus funciones vienen recogidas en el artículo 26 de la Orden de 26 de junio de
2014 y modificaciones en Orden de 14 de junio de 2016 (Instrucciones de organización)
y en otras instrucciones recibidas desde Educación:
- Detección de necesidades de formación del centro y coordinación con el órgano
competente en materia de formación del profesorado.
- Será el encargado de elaborar anualmente el plan de formación de centro,
documento que recoge las acciones formativas del profesorado para el curso.
- Si el centro participa en el Programa de Prácticas Escolares, el coordinador de
formación será también el coordinador de dicho programa (según la resolución
anual que se publica para el desarrollo de prácticas escolares).





2.4.9.- OTROS

Se podrán formar comisiones o coordinaciones para trabajar aspectos concretos
en función de las necesidades. Su designación y funciones vienen contempladas en el
artículo 22 de la Orden de 26 de junio de 2014 y modificaciones en Orden de 14 de
junio de 2016 (Instrucciones de organización).

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3.- EL RRI Y LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.



3.1.- PREÁMBULO Y FUNDAMENTOS LEGALES.

Preámbulo
El presente Reglamento pretende facilitar una óptima convivencia en el Centro y
generar un clima de buenas relaciones que propicien el ejercicio de la libertad,
participación y respeto entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Debe
canalizar la participación de todos los sectores educativos, incluyendo tanto derechos
como deberes y planteando una exigencia más cualitativa que cuantitativa. Tiene como
objetivo fundamental el potenciar al máximo la educación integral del alumno/a y el
desarrollo de su personalidad, dentro de una proyección social.
Ya que con él pretendemos seleccionar objetivos prioritarios para optimizar las
relaciones humanas, deseamos que sea considerado por todos los miembros de
nuestra Comunidad, más que como instrumento meramente sancionador y disciplinario,
como un conjunto de normas reguladoras de nuestra convivencia, favoreciendo entre
nosotros el desarrollo de un clima de diálogo, respeto, solidaridad y aceptación del
hecho diferencial de cada uno, como base de una convivencia pacífica, responsable y
democrática.
Su marco jurídico se enmarca dentro de la Constitución y de la legislación en
materia educativa, así como de la que se determine con posterioridad por los órganos
competentes del Estado o los autonómicos legalmente constituidos.

Fundamentos legales
1.- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2.- Real Decreto 73/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se
establece la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa
y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de
la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 5-4-2011).
3.- Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de
Educación Primaria (Real Decreto 82/96 de enero), donde se definen las funciones del
tutor.
4.- Orden del 22 de agosto de 2002 del Gobierno de Aragón por la que se regula la
organización y funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y
Primaria y los Centros Públicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de
Aragón.

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5.- Orden de 11 de noviembre de 2008, por la que se regula el procedimiento para la
elaboración y aprobación del Plan de Convivencia Escolar en los centros educativos
públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA del 10 de
diciembre) y Orden 1003/2018 de 7 de junio y Orden 1003/2018 de 7 de junio (BOA del
18 de junio) por la que se determinan las actuaciones que contribuyen a promocionar la
convivencia, igualdad y la lucha contra el acoso escolar en las comunidades educativas
aragonesas.
6.- Decreto 73/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece
la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las
bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la
Comunidad Autónoma de Aragón.





3.2.- NORMAS DE CONVIVENCIA.

Normas Generales

1.- Las relaciones personales de todos los miembros de la comunidad educativa se
basarán en el respeto mutuo y favorecerán un clima de convivencia.
2.- La comunidad educativa, para el buen desarrollo de las funciones del profesorado,
velará porque reciba el trato, la consideración, el apoyo y el respeto acordes con la
importancia de su tarea.
3.- La convivencia en el centro escolar se basará en los siguientes principios:
a) El respeto a sí mismo y a los demás.
b) El ejercicio responsable de los derechos y el cumplimiento de los deberes
establecidos por parte de todos y cada uno de los componentes de la comunidad
educativa.
c) La valoración y el respeto a las normas de funcionamiento y los principios
democráticos, así como a comportarse de acuerdo con ellos.
d) La promoción de la cultura democrática en el centro.
e) La igualdad de los derechos de todas las personas y colectivos, en particular
entre hombres y mujeres, la valoración de las diferencias y el rechazo de los
prejuicios.
f) Los procesos de enseñanza y aprendizaje deben desarrollarse en un clima de
respeto mutuo.
4.- Los órganos de gobierno, el profesorado y demás personal del centro docente
cuidarán de que el ejercicio de los derechos y deberes del alumnado se someta a las
limitaciones que las mismas leyes les imponen y velarán porque no se produzcan
situaciones de discriminación alguna por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado
civil, orientación sexual e identidad de género, capacidad, estado de salud, lengua,

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cultura, religión, creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal,
económica o social.
5.- Todos los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a que se respete su
integridad física y moral y no podrán ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios y
degradantes. Los alumnos deben seguir las orientaciones del profesorado respecto de
su aprendizaje y mostrarles el debido respeto y consideración.
6.- Los órganos de gobierno, los profesores y tutores del centro docente llevarán a
cabo las actuaciones necesarias para el conocimiento por parte del alumnado de sus
derechos y deberes.
7.- Cualquier miembro de la comunidad educativa estará abierto a las sugerencias que,
respetuosamente, se le realicen sobre actitudes, relaciones, comportamientos...
8.- Los alumnos prestarán reconocimiento, colaboración y apoyo al profesorado, equipo
directivo, personal de administración y servicios y demás miembros de la comunidad
educativa.
9.- Los alumnos deben cumplir las instrucciones del profesorado y las del personal no
docente cuando éstas sean dictadas en ejercicio de las funciones que la normativa
legal les encomienda. Todos los alumnos deben participar en las actividades formativas
e intervenir en ellas con interés, realizando los trabajos personales que se les
encomienden y colaborando en los grupos de trabajo que se organicen, contribuyendo
a la creación y mantenimiento de un ambiente adecuado al trabajo intelectual y
evitando comportamientos perturbadores en el aula.
10.- Alumnos y profesores deben asistir a clase con puntualidad y participar en las
actividades orientadas al desarrollo del currículo correspondiente. Todos los miembros
de la comunidad educativa deben cumplir y respetar los horarios aprobados para el
desarrollo de las actividades del centro.
11.- Los alumnos deben respetar el ejercicio al derecho al estudio de sus compañeros.
Deben participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución
de un adecuado clima de estudio en el centro docente, respetando el derecho de sus
compañeros a la educación, la autoridad y orientaciones del profesorado y las
indicaciones del personal no docente en el ejercicio de sus funciones.
12.- Todos los miembros de la comunidad educativa deben cuidar, mantener las
condiciones de higiene y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones
del centro, así como respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad
educativa.
13.- Todos los miembros de la comunidad educativa cuidarán su higiene personal,
asistiendo al centro con la debida limpieza y con el atuendo adecuado en cada ocasión
(actividades lectivas, educación física, etc.) y sin gorras, pañuelos, etc. (salvo casos
excepcionalmente autorizados).
14.- Se respetarán las normas de higiene y limpieza con el entorno.
15.- El uso de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos están prohibidos a los
alumnos dentro del recinto escolar (siempre que no sean necesarios para el desarrollo

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de las actividades educativas). En caso de incumplimiento, serán retirados por el
profesorado que lo comunicará y entregará a los padres del alumno.
16.- Los alumnos deben respetar las normas recogidas en el RRI sobre acceso,
permanencia y salida del centro, así como las relacionadas con las actividades
complementarias y extraescolares que se desarrollen fuera del mismo.

Relacionadas con las entradas y salidas del centro

1.- El horario lectivo del Centro será de 09:00 a 14:00 horas. Al inicio y al final de curso
hay un período de clase en horario reducido, de 09:00 a 13:00 horas.
2.- Las puertas del recinto escolar se abrirán diez minutos antes del comienzo de las
clases y las del centro a la hora de empezar las clases, salvo los días de lluvia que se
abrirán diez minutos antes para que los alumnos puedan acceder al vestíbulo.
3.- Las entradas y salidas del centro se avisarán mediante una señal acústica.
4.- El alumnado de Infantil entrará al centro por las puertas destinadas al mismo: cada
alumno accederá y abandonará el aula por la puerta de su clase que se abre
directamente al patio (a excepción de los que usen los servicios de guardería o
comedor en los que se establecerá la forma adecuada).
5.- El alumnado de Primaria entrará por las dos puertas de acceso de dicho edificio: los
alumnos de 1º-3º-5º utilizarán una puerta y los de 2º-4º-6º la otra puerta. Los alumnos
de primero a cuarto entrarán en fila atendiendo los criterios y forma que para ello se
han acordado en los respectivos equipos didácticos y en la CCP.
6.- El profesorado de Infantil recogerá y entregará a los alumnos con puntualidad en la
puerta que le sea asignada para ello.
7.- Los profesores de Primaria encargados de la vigilancia de patios de ese día
atenderán la entrada de los alumnos de Primaria con puntualidad y se encargarán de
que la entrada se realice de forma ordenada, evitando gritos y carreras. El resto del
profesorado se repartirá por los pasillos y escalera de acceso a las aulas.
8.- Los acompañantes que vienen a dejar y recoger a los alumnos deberán permanecer
alejados de la puerta para no interrumpir la entrada y salida y se abstendrán de
acceder al interior en esos momentos. En los días de lluvia intensa o nieve, los
acompañantes de los alumnos de Infantil que tienen sus clases en el ala derecha del
edificio principal podrán acceder al centro y esperar en el pasillo, enfrente de las aulas,
hasta la hora de recogida.
9.- Al finalizar las sesiones lectivas, los padres o familiares, sobre todo de los más
pequeños, deberán estar muy atentos a su recogida, evitando el que permanezcan
solos en las puertas de los edificios o del colegio. En el caso de ausencia prolongada
de padres o familiares, si no ha mediado aviso y no hay posibilidad de ponerse en
contacto con ellos, el profesor responsable avisará a la policía municipal para que se
hagan cargo del alumno y lo pondrá en comunicación de la dirección del centro. En el
caso de reincidir, se comunicará también a los Servicios Sociales y al Servicio de
Inspección.

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10.- Al inicio de las clases no se permitirán retrasos de más de cinco minutos. En el
caso de que ocurran deberán justificarse; de lo contrario el tutor informará a la Jefatura
de Estudios que aplicará lo dispuesto en el RD. de Derechos y Deberes. Cuando sin
causa justificada se produjeran retrasos continuados a la hora de entrada se
comunicará a la Jefatura de Estudios quien informará a los padres con el fin de
solucionar el problema. En caso de persistir los retrasos se pondrá en conocimiento del
Servicio de Inspección y a los responsables del Programa de Absentismo Escolar.
11.- En el caso de las faltas de asistencia, los padres deben justificar por escrito dichas
faltas. En el caso de superar un alumno las faltas sin justificar marcadas por la
Comisión de Absentismo, se comunicará al Servicio de Inspección y a los responsables
del Programa de Absentismo Escolar.
12.- Se habituará a los alumnos a no hacer salidas a los servicios en los períodos de
clase. En las entradas a clase por la mañana, después del recreo y por la tarde, los
alumnos se dirigirán directamente a las aulas, sin entrar a los aseos salvo por
necesidad ineludible.
13.- Todas las salidas colectivas al gimnasio, aulas de música e informática..., o
dependencias comunes se realizarán bajo el control del profesor o persona
responsable correspondiente evitando molestias al resto de clases y dejando cerrada
la clase. Si no es una actividad habitual, sería recomendable dejar una nota en la
puerta indicando dónde está el grupo de alumnos.
14.- Los profesores de Educación Física, Música,… se encargarán de recoger a los
alumnos en sus aulas para conducirlos al gimnasio o al espacio donde imparta la clase.
Al terminar la actividad los conducirá de nuevo a sus aulas respectivas procurando
evitar molestias al resto de clases.
15.- Para salir del Centro durante el horario escolar, se requerirá la presencia de los
padres o tutores. En el caso de que vengan otras personas a recogerlos, avisarán con
antelación y firmarán una autorización consintiendo dicha salida. Los mismos criterios
se seguirán durante la prestación del servicio de comedor.
16.- Los profesores saldrán con el grupo de alumnos que, en ese momento, les
corresponda según su horario.
17.- No se permitirá la entrada de animales al colegio, tanto en el patio como en el
edificio, salvo en el caso de actividades escolares.

Relacionadas con el tiempo de recreo

1.- El recreo se realizará en el patio. Los días que, por inclemencias meteorológicas o
por cualquier otra causa, no pueda ser utilizado el patio, los alumnos de Primaria
permanecerán en su aula bajo el cuidado del profesorado de su ciclo y los alumnos de
Infantil irán a la sala de psicomotricidad, al cuidado de las maestras que ese día tienen
guardia de recreo. Será la jefatura de estudios quien tome la decisión. Esos días no
sonará la señal de final de clase antes del recreo.

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2.- Ningún alumno permanecerá dentro del edificio durante el recreo sin la presencia de
personal responsable, por motivos de seguridad y organización y ningún alumno
entrará a las clases durante la hora de recreo excepto que vayan acompañados de un
profesor.
3.- Los espacios exteriores dedicados al tiempo de recreo por el alumnado de cada
Equipo Didáctico se definirán a principio de cada curso en la PGA, así como los
servicios a utilizar durante dicho recreo.
4.- Durante el tiempo de recreo, los alumnos seguirán las indicaciones que les haga el
personal responsable respecto a la observancia de normas de interés general;
especialmente sobre juegos peligrosos, situaciones de riesgo, agresiones e insultos,
etc.
5.- Se evitarán todo tipo de acciones y juegos que atenten contra la integridad física o
moral de los miembros de la comunidad.
6.- En horario de patio, el alumnado no podrá salir del mismo sin el permiso del
personal responsable encargado de su vigilancia.
7.- Dentro del edificio no se puede jugar con balones, patines... que puedan ocasionar
algún perjuicio. El profesorado podrá retirar dichos objetos y entregarlos al tutor del
alumno o en jefatura de estudios que los devolverán al alumno tras ser amonestado.
8.- Queda prohibido arrojar al suelo bolsas, envoltorios, restos de comida, etc., para
ello se utilizarán las papeleras y contenedores correspondientes. Además, no se debe
empezar a almorzar hasta llegar al patio.
9.- Para el cuidado y vigilancia de los recreos se organizarán turnos entre el
profesorado del centro. Este profesorado velará por el cumplimiento de las normas de
convivencia y las referentes a la coordinación del patio que figuran en este reglamento.
La coordinación de la vigilancia y el uso del patio viene regulada en el punto 3.4.2 bajo
el epígrafe “Equipos de coordinación y Vigilancia de Recreos”.
10.- En caso de accidente, si la herida es leve, el alumno será debidamente atendido
en el Centro por el profesorado encargado de la vigilancia de patio y, si la herida
requiere algún otro tratamiento se seguirán los siguientes pasos:
o Atender al alumno.
o Ponerlo en conocimiento del Equipo Directivo.
o Comunicarlo al tutor y avisar a la familia del alumno.
o En caso de ausencia de ésta o de necesitarse un desplazamiento urgente, el
Jefe de Estudios tomará las medidas oportunas para que los alumnos del
profesor acompañante queden debidamente atendidos.
o Elaborar el parte de percance escolar.

11.- El Proyecto Deportivo de Centro indicará la forma y manera en la que se aplicarán
el programa “recreos activos” en consenso con el claustro de profesores.

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Relacionadas con el tiempo de clase

1.- Las entradas y salidas del aula se harán ordenadamente y controladas por el
profesor correspondiente. Los maestros abrirán las aulas al primer toque del timbre y
se repartirán por pasillos y escaleras para controlar el acceso.
2.- Durante las horas de clase está terminantemente prohibido a los alumnos
permanecer en los pasillos. Los maestros evitarán sacar alumnos al pasillo como
castigo.
3.- En aquellos cursos cuyo horario motive cambio de profesorado, los alumnos
mantendrán el orden durante el tiempo que dure dicho cambio.
4.- Al terminar las actividades lectivas y en el período de recreo, los alumnos
abandonarán el edificio. De permanecer en él, lo harán bajo la vigilancia de personal
responsable.
5.- Al finalizar las clases, el aula deberá quedar correctamente ordenada, colaborando
en ello tanto los alumnos de Infantil como los de Primaria organizados por el profesor
correspondiente.
6.- Una vez finalizadas las clases y en el período de recreo las aulas permanecerán
cerradas, abriéndose solo en caso de necesidad justificada. No se considera necesidad
el olvido de material escolar, prendas de abrigo, etc.
7.- El paso por espacios comunes (pasillos, vestíbulo...) se realizará de la manera más
silenciosa posible, de forma que no interfiera en la realización de las actividades del
resto de las aulas.
8.- Por respeto a los demás, no se permitirá comer chicles, pipas, etc... salvo en fiestas
escolares y bajo supervisión del profesor correspondiente. Juguetes, golosinas, etc. no
se deben llevar al colegio. Evitamos de este modo que los profesores retiren objetos
que no contribuyen al correcto desarrollo de la actividad educativa.


Relacionadas con la utilización de instalaciones y materiales
1.- Todas las dependencias del centro se usarán de forma correcta y adecuada a su
función.
2.- Al finalizar las actividades el material y mobiliario deberá quedar en orden. De
producirse algún deterioro o extravío deberá comunicarse al encargado de dicho
servicio para que adopte las medidas oportunas.
3.- Los alumnos se responsabilizarán de aportar el material que le soliciten sus
maestros para la realización de las actividades, es decir, asistirán a clase con el
material correspondiente (cuadernos, ropa deportiva, etc.) según las indicaciones del
profesorado.

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4.- La biblioteca del centro dispone de un servicio de préstamo. Los alumnos y sus
familias serán responsables de la pérdida de libros u otro material que tengan en
préstamo y se encargarán de su reposición al centro.
5.- Los daños graves causados por el uso indebido o sustracción en los locales o
materiales del centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa
serán reparados o repuestos a costa del causante.
6.- Los padres o tutores de los alumnos esperaran a sus hijos en el patio durante la
realización de las actividades extraescolares. También podrá utilizarse para ello el
vestíbulo en caso de lluvia o mal tiempo.
7.- Se facilitará el uso de las instalaciones para la realización de actividades
extraescolares promocionadas por el PDC, el AMPA, Ayuntamiento, DGA ... siempre
con la supervisión de alguna persona responsable.

Relacionadas con los reagrupamientos de alumnos
1.- Por acuerdo del Claustro y aprobado por el Consejo Escolar, se realizará un
reagrupamiento de alumnos al finalizar Infantil y en Primaria cada dos cursos, por
considerarse beneficioso para el alumnado y para la convivencia en el centro.
2.- Los criterios establecidos por la Comisión de Convivencia para realizar los
agrupamientos son los siguientes: heterogeneidad en función de sexo, igual número de
alumnos por grupo, heterogeneidad en la diversidad curricular y en el caso de
hermanos, el grupo de profesores encargado de efectuar el reagrupamiento de
alumnos, tratará de forma individual cada caso.
3.- Los equipos docentes encargados de llevar a cabo los reagrupamientos estarán
formados por el profesorado que imparte clase en ese nivel. Posteriormente tendrán
una reunión informativa con el tutor que los recibe.


Relacionadas con los servicios de comedor, guardería, taller lúdico biblioteca y
guardia y custodia
1.- Todas las normas de carácter general serán de aplicación a estos servicios.
2.- El precio de los servicios de comedor, guardería, guardia y custodia, biblioteca y
taller lúdico lo determinará el Consejo Escolar al inicio de cada curso de acuerdo con
las instrucciones del Servicio Provincial de Educación.
3.- El pago de los servicios se realizará domiciliado por banco o en efectivo, según las
instrucciones aprobadas por el Consejo Escolar. En caso de impago también se
seguirán las instrucciones aprobadas por el Consejo Escolar.

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4.- Los alumnos deberán respetar y obedecer a los monitores responsables de cada
servicio; si un alumno incumple reiteradamente las normas de comportamiento, se le
podrá privar de estos servicios.
5.- El horario del servicio de guardería es de 7:30 a 09:00 horas de la mañana durante
todos los días lectivos del curso. Los alumnos que hagan uso del mismo podrán elegir
el horario de entrada según las necesidades de cada familia. El desayuno se prepara a
las 8:15 horas y no se sirve a los alumnos que llegan más tarde de esa hora.
6.- El horario de comedor es de 14:00 a 16:00 horas durante el curso y de 13:00 a
15:00 cuando hay jornada reducida. Según el Proyecto de Organización de Tiempos
Escolares, la primera hora se dedica a la comida y en la segunda se llevan a cabo, tal
como se reflejaba en el proyecto:
- Realización de tareas escolares voluntarias para los alumnos de 3º a 6º de
Primaria que lo desean, vigilados por monitores de comedor.
- Actividades de refuerzo educativo realizadas por el profesorado.
- Actividades de ocio y tiempo libre llevadas a cabo por los monitores de comedor.
El horario de recogida se ha flexibilizado en dos franjas horarias: tramo 1: salida a las
15:15 horas y tramo 2: salida a partir de las 15:45 horas.
Los adultos esperarán al niño en las zonas señaladas por los monitores de comedor y,
si se marcha sólo, deberán presentar autorización en Secretaría autorizándolo.
7.- Para avisar de la utilización del servicio de comedor diario se fija como hora máxima
las 11:00 horas con el fin de facilitar el trabajo en la cocina. A partir de esa hora no se
admitirá ningún alumno ni se reintegrará el importe a los ya apuntados que no hagan
uso del comedor.
8.- Siempre que un alumno abandone el centro con sus padres en horario de comedor
debe informar a los monitores responsables del servicio.
9.- Es conveniente que el alumno traiga para su higiene una bolsita con su cepillo y
pasta de dientes.
10.- La variedad del menú pretende que todos los alumnos coman de todo, salvo
excepciones debidamente justificadas con certificación médica que la familia debe
presentar en Secretaría para que, de manera inmediata, se comunique al personal de
cocina o aquellos que, por motivos religiosos, tengan prohibido algún tipo de alimento.
En el caso de que, de forma temporal, el alumno necesite dieta blanda bastará con un
justificante de los padres a la cocina o a los monitores de comedor.
11.- Los usuarios del servicio de comedor de Primaria acudirán a la biblioteca para
marchar después al comedor acompañados por sus monitores y los de Infantil serán
recogidos en su edificio por los suyos.
12.- Los alumnos irán al baño antes de entrar al comedor. En la comida no se podrá
salir salvo necesidad ineludible.
13.- Entrarán al comedor cuando se de la señal, con orden, sin carreras y evitando los
gritos. Al comedor se accederá sin prendas de abrigo (chaquetas, gorros, guantes, ...) y
otros objetos como material escolar, balones, juguetes, etc.

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14.- Cada uno ocupará su sitio permaneciendo bien sentado. No se levantará sin
autorización del monitor y procurará hablar en voz baja.
15.- Los alumnos atenderán las indicaciones de los monitores del comedor, guardarán
las normas elementales en la mesa y comerán las cantidades que se les pongan
adecuadas a su edad.
16.- Cuidarán y usarán el material del comedor para su finalidad.
17.- Se establece un tiempo razonable para comer de una hora aproximadamente.
18.- Al terminar de comer, cuando los monitores lo autoricen, saldrán a la dependencia
que se les indique, sin correr. Si un alumno tuviera que asistir a otra actividad en este
período, no podrá asistir a las mismas hasta que no termine de comer (si está
sancionado cumplirá la sanción al día siguiente).
19.- Salvo excepciones puntuales, los servicios que presta el centro (comedor,
guardería, biblioteca y taller lúdico) tendrán preferencia en la distribución de espacios
sobre las actividades extraescolares que se desarrollen a lo largo del curso.
20.- Cada monitor del servicio de comedor se responsabiliza del grupo de alumnos que
le corresponde por lo que si, en algún momento, los padres necesitan alguna
aclaración deben hablar con los monitores concretos de su hijo.
21.- Trimestralmente se entregará a los padres un boletín informativo del
comportamiento del alumno en el comedor.
22.- En los servicios de comedor y guardería no se administrará medicación alguna
(salvo excepciones y siempre con justificante médico).
23.- Cuando las condiciones climatológicas no permitan salir al patio, los alumnos de
Infantil utilizarán el espacio de psicomotricidad y los alumnos de Primaria harán uso
tanto de la sala de usos múltiples como del gimnasio “Atarazanas”.

24.- Guardia y Custodia: dentro del proyecto de tiempos escolares se realizará la
actividad de Guardia y Custodia (en horario de 13 1 14 horas durante los días de
jornada reducida y de 14 a 15 horas durante el recto del curso): atendido por monitores
y tendrá carácter mensual, no pudiéndose utilizar de forma esporádica. El precio lo
establece el Consejo Escolar, se pagará por adelantado cada mes, necesitando un
mínimo de diez alumnos. Utilizarán la sala de usos múltiples del centro. El alumnado
deberá hacer caso en todo momento a los monitores de este servicio.

25.- Biblioteca: dentro del proyecto de tiempos escolares se realizará la actividad de
Biblioteca en horario de 16 a 17 horas en el período general y de 15 a 16 horas en el
período de horario reducido. Puede ser utilizado por el alumnado de 3º a 6º curso de
primaria. En el Consejo escolar se aprobará si tiene un coste para las familias de cada
curso. El alumnado del centro podrá asistir con sus familiares para realizar tareas
escolares, préstamo de libros y/o búsqueda de información. El alumnado deberá hacer
caso en todo momento a los monitores de este servicio.

26.- Taller Lúdico: dentro del proyecto de tiempos escolares se realizará la actividad de
Taller Lúdico en horario de 16 a 17 horas en el período general y de 15 a 16 horas en

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el período de horario reducido. Puede ser utilizado por el alumnado de infantil y de 1º y
2º de primaria. No tiene coste para las familias, para su funcionamiento será necesario
un mínimo de diez alumnos y tendrá carácter mensual, no se puede utilizar de forma
esporádica. La no asistencia injustificada generará la pérdida del derecho a asistir.
Utilizarán la sala de usos múltiples del centro. El alumnado deberá hacer caso en todo
momento a los monitores de este servicio.






3.3.- PROCESO DE CORRECCIÓN DE LAS CONDUCTAS DEL
ALUMNADO.


El proceso a seguir en la corrección de las conductas del alumnado lo
encontramos en el ANEXO I de este Proyecto Educativo de Centro y fue aprobado en
Consejo Escolar de 26 de junio de 2013.










3.4.- PLAN DE CONVIVENCIA.


El Plan de Convivencia del Centro lo encontramos desarrollado en el ANEXO II
de este Proyecto Educativo de Centro.

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3.5 .- DOCUMENTO DE ACUERDO SOBRE LAS TAREAS
ESCOLARES

Todo el profesorado y familias están de acuerdo en que la prescripción de los
deberes escolares debe seguir el principio que guía cualquier proceso de enseñanza,
es decir, estar adaptada a los intereses, necesidades, conocimientos y las
competencias de cada estudiante.

CRITERIOS GENERALES
1. Los docentes, en función de la etapa, nivel madurativo, realidad social, etc. de sus
alumnos, orientarán y recomendarán al alumnado y familias las tareas que consideren
especialmente interesantes.
2. La realización de las tareas no podrá ser tenida en cuenta en las calificaciones de los
alumnos. Si se podrán evaluar como parte del proceso de enseñanza aprendizaje del
alumno. No calificables, pero sí evaluables.
3. En la etapa de Educación Infantil existirán puntualmente actividades para desarrollar
en familia para que conozcan el trabajo de su hijo en clase.
4. El tiempo dedicado a la realización de tareas en Primaria será directamente
proporcional a la edad del alumno. Desde unos pocos minutos en los primeros cursos
de Educación Primaria, hasta incrementar progresivamente en los últimos cursos.
5. Se realizará una explicación previa de las tareas y lo que se espera de las mismas.
Estarán adaptadas en la medida de lo posible a las necesidades y capacidades del
alumnado.
6. No se utilizarán las tareas como medida disciplinaria, pero se informará a la familia
de la actitud del alumno y se buscará solución a su problema.
7. Conviene proponer actividades atractivas, orientadas a desarrollar el interés por
aprender, evitando la copia literal y generalizada de enunciados del libro de texto.
Valorando la utilidad y explicación.
8. El profesorado ofrecerá estrategias de organización y planificación del tiempo en la
realización de deberes y técnicas de estudio para fomentar el trabajo autónomo del
alumnado.
9. Favorecer la utilización de la agenda personal de trabajo del alumno, encargando las
tareas para un período de tiempo de cierta amplitud, de forma que el alumno pueda
organizarse.
10. Se debe evitar una acumulación excesiva de tareas para lo que es imprescindible la
coordinación entre el equipo docente.
11. Los Equipos Didácticos del mismo nivel unificarán los contenidos de las tareas a
realizar.
12. Las familias deben mantener un seguimiento del trabajo de su hijo, tanto en el
centro como en casa. Su función debería ser facilitar (espacios apropiados y tiempos),
apoyar, animar y tranquilizar a los hijos en la realización de las tareas mostrando
actitudes positivas hacia las mismas y el trabajo del profesor. Dar orientaciones pero no
prestar un exceso de ayuda que limite su trabajo.
13. La responsabilidad que se les debe otorgar a los alumnos es apuntar los deberes,
coger el material necesario y hacerlos. La responsabilidad de las familias es el apoyo al
profesorado a través de una supervisión de las tareas realizadas, limpieza y orden.

Objetivos y Tipos de Tareas
La base de toda planificación y actividad dentro de nuestra Comunidad de
Aprendizaje será la comunicación constante y positiva entre todos los componentes de

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la comunidad educativa, alumnos, familias y profesores, guiados por unos objetivos
comunes que son el aprendizaje y la convivencia.
Ciclo de Infantil
- Ayudar a las familias a conocer el trabajo en el aula: Lectura en casa.
- Implicar a las familias en el proceso de aprendizaje de los alumnos: Buscar
información y materiales sobre los temas que se están trabajando.
- Colaborar con el centro en las unidades didácticas que estamos trabajando: Escritura
sencilla.
- Estimular actitudes de investigación, cooperación y esfuerzo: Actividades lógico-
matemáticas.
- Favorecer el desarrollo de la competencia comunicativa, compartiendo momentos y
disfrutando en familia: Visualización de videos y canciones.

1º y 2º de Primaria
- Desarrollar comprensión y velocidad lectora : lectura biblioteca de aula y fichas de
comprensión.
- Desarrollar memoria y expresión verbal : Memorizar poesías, canciones, teatros,
trabalenguas.
- Potenciar competencia de aprender a aprender : Buscar información sobre diferentes
temas vistos en clase ( animales, países, comida… )
- Desarrollar la expresión escrita y artística : Elaborar pequeños carteles o murales
sobre distintos temas ( festividades, anuncios, unidades temáticas…)
- Afianzar la mecánica de cálculo :Tareas para afianzar el cálculo escrito y mental.
- Desarrollar la motricidad fina y afianzar lazos familiares : Manualidades
- Trabajar redacción, ortografía e imaginación : Escritura creativa de temas variados (
vacaciones, fin de semana, poesía… )
- Utilizar razonamiento lógico : Retos matemáticos.
- Por supuesto los alumnos que no tengan medios para realizar las tareas podrán
utilizar el aula de informática y la biblioteca.

3º y 4º de Primaria
- Promover la creatividad y espíritu emprendedor :Trabajos de investigación.
- Reforzar aprendizajes básicos para avanzar en el proceso de aprendizaje: Tareas
Instrumentales.
- Desarrollar la Competencia Comunicativa: Tareas de comprensión oral y escrita.
- Adquirir estrategias y hábitos de estudio: actividades para promover los hábitos de
estudio.
- Fomento de la competencia comunicativa : Exposiciones, producción de diferentes
tipos de textos ( recetas, poesías, cuentos… ) y escritura creativa.
- Utilizar la biblioteca de aula y del colegio : Tareas de fomento de la lectura por placer.
- Afianzar lazos familiares: manualidades, textos cooperativos, retos, búsqueda de
información, recopilación de materiales…
- Promover la competencia de aprender a aprender: investigaciones,
representaciones…

5º y 6º de Primaria
- Mejorar la ortografía, redacción y fomentar la creatividad : Por ejemplo con la
elaboración de textos de creación propia.
- Afianzar los contenidos presentados y trabajados en el aula : Por ejemplo realización
de
actividades, lectura de textos y/o libros, repaso y/o estudio de la materia que se ha
explicado en el aula.

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- Potenciar la creatividad y la autonomía : Por ejemplo elaboración de producciones
audiovisuales.
- Motivar al alumnado en su proceso de enseñanza-aprendizaje: Juegos para repasar
contenidos.
- Despertar el interés, favorecer la autonomía en el alumnado y desarrollar el
pensamiento crítico: Información, búsqueda, recopilación, organización...( soporte
informático, audiovisual, visita a museos )...
- Favorecer que el alumno maximice y amplíe su comprensión de los hechos
cotidianos: Tareas periódicas a nivel escrito y oral como por ejemplo anuncios, cuñas
y/o entrevistas radiofónicas.
- Valorar la importancia del trabajo bien hecho a nivel individual para la posterior
conjunción grupal: alguna tarea para el trabajo por proyectos.
- Participar en la elaboración y producción artística: Representación escénica, musical,
teatral…
- Favorecer el autoconocimiento y valorar la convivencia: Llevar a cabo reflexiones
individuales y/o grupales relacionadas con ámbitos de la cotidianidad.

CONCLUSIÓN
Las anteriores orientaciones supondrán un esfuerzo importante por parte del
profesorado, para organizar unos deberes adaptados a las distintas realidades y que
faciliten el aprendizaje de cada alumno. De la misma manera será básico el apoyo y
trabajo de las familias, con el seguimiento de las tareas y el desarrollo de la
responsabilidad en sus hijos.
En el caso de alumnos que no realicen las tareas de forma reiterada, se deben
conocer las causas y adoptar las medidas más indicadas en colaboración con las
familias.
Con la aprobación de este documento sobre tareas escolares, en el que todas
las partes implicadas están de acuerdo, es necesario recordar la importancia del
cumplimiento en la realización de las tareas escolares por parte del alumno y la
implicación de los padres en su seguimiento, apoyando unos deberes que favorecen el
aprendizaje del alumnado.

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4.- LOS RECURSOS HUMANOS. DERECHOS Y
DEBERES.



4.1.- PROFESORADO

Las funciones, derechos y deberes del profesorado vienen recogidas en el
capítulo 2, título 1, del Real Decreto 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los
miembros de la comunidad educativa) y en artículos dispersos de otras instrucciones
del Departamento.



4.1.1.- FUNCIONES DEL PROFESORADO

1.- La programación y la enseñanza de las áreas, materias , módulos y otras tareas
docentes que tengan encomendadas.
2.- La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de
los procesos de enseñanza.
3.- La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del
alumnado.
4.- La promoción, organización y participación en las actividades complementarias
programadas por los centros dentro o fuera del recinto educativo.
5.- La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de
respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los
valores propios de una sociedad democrática.
6.- La tutoría de alumnos para dirigir su aprendizaje, transmitirles valores y ayudarlos,
en colaboración con los padres, a superar sus dificultades.
7.- La colaboración con los servicios de orientación en el proceso de orientación
educativa y académica de los alumnos.
8.- La información periódica a los padres sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos,
así como la orientación para su cooperación en el mismo.
9.- La coordinación de las actividades docentes de gestión y de dirección que les sean
encomendadas.
10.- La participación en la actividad general del centro.
11.- La participación en los planes de evaluación que determinen las administraciones
educativas o los propios centros.
12.- La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de
enseñanza correspondiente.



4.1.2.- DERECHOS DEL PROFESORADO

1.- A participar en los órganos del centro: consejo escolar, claustro de profesores y
otros órganos de coordinación docente.
2.- A desempeñar con libertad su función docente de conformidad con los principios
establecidos en la legislación educativa.

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3.- A participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa, la programación
general anual y las programaciones de aula.
4.- A participar en la vida del centro y en la gestión de la convivencia escolar.
5.- A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el
normal desarrollo de las actividades docentes.
6.- Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la
comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones.
7.- A utilizar, de acuerdo con sus funciones, los medios materiales y las instalaciones
del centro.
8.- A recibir formación continua que posibilite su desarrollo personal y profesional a lo
largo de su carrera docente.
9.- A que se le facilite la información y la asistencia a actividades de perfeccionamiento.
10.- A no ser interrumpido en horario de clase para atender a los padres, salvo en
casos excepcionales.
11.- A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.



4.1.3.- DEBERES DEL PROFESORADO

1.- Ejercer sus funciones de acuerdo a la legislación vigente, al proyecto educativo de
centro, a los proyectos curriculares de etapa y a lo previsto en el reglamento de
régimen interior del centro.
2.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la
dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
3.- Favorecer un clima de convivencia y respecto en la comunidad educativa.
4.- Informar a la comunidad educativa de las normas de convivencia y de las medidas
correctoras aplicadas a los alumnos por conductas contrarias a la convivencia del
centro.
5.- Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y contribuir a la mejora de
la convivencia escolar.
6.- Velar por la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible.
7.- Además de los regulados en los puntos anteriores, el profesor debe:
- Asistir puntualmente al centro y cumplir con su horario laboral.
- Controlar la entrada a clase y las faltas de asistencia de sus alumnos.
- Asumir el cargo o responsabilidad sobre las tareas que le encomiende el equipo
directivo.
- Tratar de forma reservada los datos referentes al alumnado y al centro.
- Comunicar a la dirección cualquier información, incidencia, ... de la que tuviera
conocimiento y que afecten al funcionamiento del centro.
- Ser responsable del material destinado a su nivel.
- Mantener el orden y la disciplina dentro de la clase y resolver, cuando sea
responsable de un grupo de alumnos, los conflictos que pueden surgir entre los
mismos.
- Atender a los alumnos en caso de percance. Si es leve se curará en el botiquín y
si presenta alguna duda, es grave o susceptible de reclamación por parte de los
padres, se comunicará inmediatamente a la dirección del centro para actuar en
consecuencia.
- En caso de necesitar ausentarse de la clase lo comunicará al compañero más
próximo.
8.- Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente.

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4.1.4.- ADSCRIPCIÓN DEL PROFESORADO

El orden para la asignación de tutorías, cursos, áreas de conocimiento y
actividades docentes se regirá por lo establecido en la Orden de 26 de junio de 2014
(Instrucciones de organización) teniendo en cuenta además otras cuestiones:
1.- Para un mejor desarrollo de la acción tutorial, se tendrá en cuenta la continuidad del
tutor con un mismo grupo de alumnos, salvo casos excepcionales según el ROC, a lo
largo de los tres cursos de la etapa de Infantil y de dos cursos consecutivos en
Educación Primaria (1-2, 3-4, 5-6).
2.- Como norma, quedan vacantes todos los cursos impares y aquellos donde se haya
producido la baja de un tutor al finalizar curso. La dirección notificará al inicio de curso
al profesorado las plazas que haya vacantes (por terminar dos cursos consecutivos el
maestro o por baja en su tutoría de alguno de ellos).
3.- Los especialistas cubrirán las necesidades del centro en su área en primer lugar. En
educación física se adscribirán uno a cada dos cursos de Primaria. En inglés se
distribuirán de manera que haya tres especialistas de esta materia por lo menos para
cada dos cursos.
4.- Los maestros se pondrán de acuerdo ocupando aquellas bajas que hubiera. Si hay
consenso y teniendo presente lo anterior, los maestros que estén libres optarán a las
vacantes que les correspondan por su especialidad y por orden de antigüedad en el
claustro y el director procederá a su nombramiento.
5.- La misma antigüedad en el centro servirá como criterio de elección para los
profesores colaboradores del programa bilingüe.
6.- La plaza de apoyo en Educación Infantil se cubrirá atendiendo a los siguientes
criterios: si hay varias personas interesadas en la misma se atenderá al criterio de
antigüedad entre las que terminan ciclo; si no hay voluntarias entre las que terminan
ciclo, será la más reciente en el centro que no la haya ocupado anteriormente o que
haga más tiempo que haya estado de apoyo.
7.- Respetando los criterios descritos, el director, a propuesta del jefe de estudios,
asignará los grupos de alumnos y tutorías teniendo en cuenta los acuerdos alcanzados
por el claustro de profesores en su primera reunión del curso. Si no se produce el
acuerdo, el director los asignará atendiendo a lo establecido en la Orden de 26 de junio
de 2014 (Instrucciones de organización).
8.- Respecto a las coordinaciones de ciclos y servicios, los maestros se pondrán de
acuerdo para ocupar dichas coordinaciones; si hay consenso, el director procederá a
su nombramiento en el primer claustro del curso y si no lo hay se atenderá a los
siguientes criterios:
- Se respetará la continuidad de la persona que ha desempeñado correctamente
una coordinación y tiene intención de continuar (se atenderá especialmente el
compromiso de continuidad de la persona interesada en coordinar un servicio).
- Si hay varias personas interesadas en una coordinación se atenderá al criterio
de antigüedad en el centro; si no hay voluntarios, será la más reciente en el
centro o la que haga más tiempo que ha ocupado esa coordinación.



4.1.5.- SUSTITUCIONES

Las ausencias del profesorado serán suplidas según la Orden de 26 de junio de
2014 (Instrucciones de organización) por profesores del centro que no cubran su

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horario lectivo. El jefe de estudios notificará a cada profesor las sustituciones que haya
de realizar y llevará un cuadro en el cual se contemplen las mismas.
El maestro que tenga que ausentarse, según establece la normativa de
permisos, deberá dejar actividades preparadas y justificar su ausencia
documentalmente, si es posible.
En las sustituciones, el jefe de estudios procurará que recaigan por este orden:
en el propio tutor, personal del mismo curso, del ciclo y, salvo situaciones extremas, de
la misma etapa (Infantil o Primaria). En ambos casos, al principio de curso se
organizarán los horarios en base a la disponibilidad de personal y a las necesidades.





4.2.- ALUMNADO

Los derechos y deberes de los alumnos están recogidos en el capítulo 1 del Real
Decreto 73/2011 (Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad
educativa) y en artículos dispersos de otras instrucciones del Departamento.



4.2.1.- DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Todos los alumnos, en las condiciones establecidas por la normativa vigente,
tienen derecho a:
1.- Recibir una formación integral que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
2.- Que se respete su identidad, intimidad y dignidad personales.
3.- Que se respete su libertad de conciencia.
4.- La integridad física y moral.
5.- Ser valorado con objetividad.
7.- Que se respete su libertad de expresión.
8.- Reunirse en el centro en las condiciones establecidas por la normativa.
9.- Participar en la vida del centro utilizando los cauces para ello establecidos.
10.- Utilizar las instalaciones del centro con finalidad educativa en actividades
escolares y extraescolares respetando la normativa.
11.- La igualdad de oportunidades.
12.- La protección social y el apoyo educativo, en los casos de infortunio familiar o
accidente.



4.2.2.- DEBERES DE LOS ALUMNOS

Todos los alumnos, en las condiciones establecidas por la normativa vigente,
tienen el deber de:
1.- Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades
(asistir a clase con puntualidad, participar en las actividades, cumplir los horarios,
seguir las orientaciones del profesorado y respetar a los miembros de la comunidad
educativa).

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2.- Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y
complementarias.
3.- Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar.
4.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la
dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
5.- Respetar las normas de organización, de funcionamiento y de convivencia del
centro educativo.
6.- Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales
didácticos.



4.2.3.- ADSCRIPCIÓN DE LOS ALUMNOS EN DUCACIÓN INFANTIL
TRES AÑOS

A su ingreso en tres años, los alumnos se agruparán siguiendo el orden de fecha
de nacimiento numerados 1, 2 y 3 (en función de las vías), por un lado los chicos y por
otro las chicas en diferentes listas. Se forman grupos: uno por cada uno de los
números. Al final se redondea el número para que todos los grupos, de ser posible,
tengan el mismo número de alumnado. De esta forma se reparten por igual niños y
niñas.

En el caso de gemelos se atenderá la solicitud de los padres en el momento de
realizar la matrícula y, en caso de duda, se aconsejará colocarlos por separado.

De igual modo, si hubiera varios alumnos con idioma diferente al castellano de
ellos mismos o de los progenitores y/o tutores legales tratarán de distribuirse
equitativamente en las diferentes aulas o gupos.

En el caso de que entren varios ACNEAES, alumnos con informe, que vayan al
IASS o minorías étnicas se distribuirán para que no vayan al mismo grupo.

En las nuevas altas se igualan las clases por orden o se incorporan a la A.

Al finalizar el ciclo, a criterio del equipo docente, se realizarán los
reagrupamientos aprobados en el centro.



4.2.4.- READSCRIPCIÓN DE LOS ALUMNOS POR CAMBIO DE ETAPA
O EQUIPO DIDÁCTICO

1.- Por acuerdo del Claustro y aprobado por el Consejo Escolar, se realizará un
reagrupamiento de alumnos al finalizar la etapa de Educación Infantil o cambiar de
Equipo Didáctico en Primaria, por considerarse beneficioso para el alumnado y para la
convivencia en el centro.
2.- Los criterios establecidos por la Comisión de Convivencia para realizar los
agrupamientos son los siguientes: heterogeneidad en función de sexo, igual número de
alumnos por grupo, heterogeneidad en la diversidad curricular y en el caso de

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hermanos, el grupo de profesores encargado de efectuar el reagrupamiento de
alumnos, tratará de forma individual cada caso.
3.- Los equipos docentes encargados de llevar a cabo los reagrupamientos estarán
formados por el profesorado que imparte clase en ese nivel. Posteriormente tendrán
una reunión informativa con el tutor que los recibe.



4.2.5.- NECESIDAD DE ATENCIÓN SANITARIA EN TIEMPO ESCOLAR

El alumno necesitado de una especial atención sanitaria en el tiempo escolar
debe ser considerado como un menor necesitado de un cuidado especial para su
integración e inclusión escolar. Los centros educativos, por lo general, no disponen de
los medios ni del personal necesarios para prestar la asistencia sanitaria.

El Gobierno de Aragón (a través de la Dirección General de Ordenación
Académica, la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud y la Dirección
General Pública), en Resolución de 16 de marzo de 2015 elaboró instrucciones
relativas a la organización y el funcionamiento de la atención sanitaria no titulada en los
centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En casos crónicos y con alumnos en situación de emergencia previsible (asma,
reacciones alérgicas graves, hipoglucemia y epilepsia), así como en temas relativos a
la administración de medicamentos y siempre que se considere necesario se seguirá el
protocolo marcado en dichas instrucciones y se cumplimentarán los documentos
especificados en las mismas.





4.3.- PADRE Y MADRES. AMPAS.

Los derechos y deberes de los padres o tutores legales de los alumnos están
recogidos en el capítulo 3 del Real Decreto 73/2011 (Carta de derechos y deberes de
los miembros de la comunidad educativa) y en numerosos artículos dispersos de otra
normativa e instrucciones del Departamento. También hace referencia a los mismos la
Disposición Final Primera de la LOMCE (Ley Orgánica 8/2013).

Por otra parte, las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPAS)
vienen reguladas por el Real Decreto 1533/1986 de 11 de julio y sus funciones están
establecidas en al título 6 del Real Decreto 82/1996 de 26 de enero por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de Centros.

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4.3.1.- DERECHOS DE LOS PADRES O TUTORES LEGALES

Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos o
tutelados, tienen los siguientes derechos:
1.- A que sus hijos o tutelados reciban una educación con las máximas garantías de
calidad, en consonancia con los fines establecidos en la Constitución, en el Estatuto de
Autonomía de Aragón, en las leyes educativas, en el Proyecto educativo de centro y en
el Proyecto curricular de etapa.
2.- A escoger centro docente, tanto público como distinto de los creados por los
poderes públicos.
3. A que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus
propias convicciones.
4.- A estar informados sobre el progreso de aprendizaje e integración socioeducativa
de sus hijos o tutelados.
5.- Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la
comunidad educativa.
6.- A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro
educativo, en los términos establecidos en las disposiciones vigentes.
7.- A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y
profesional de sus hijos.
8.- A ser informados sobre todas aquellas decisiones relacionadas con la convivencia
escolar que afecten a sus hijos.
9.-A participar en la elaboración del Plan de convivencia y de las normas de
convivencia del centro e implicarse en su seguimiento.
10.- A colaborar en la propuesta de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia
escolar.
11.- A conocer el Plan de convivencia y las normas de convivencia del centro.
12.- A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.




4.3.2.- DEBERES DE LOS PADRES O TUTORES LEGALES

Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de
sus hijos o tutelados, tienen los siguientes deberes:
1.- Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración
con el profesorado y el centro.
2.- Contribuir a la mejora de la convivencia escolar, respetando las normas
establecidas por el centro y procurando que sus hijos o tutelados las cumplan.
3.- Colaborar en todos aquellos aspectos relacionados con la convivencia escolar y en
la aplicación y cumplimiento de las medidas educativas de corrección de conductas que
afecten a sus hijos o tutelados.
4.- Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de
dificultad, para que sus hijos o tutelados cursen los niveles obligatorios de la educación
y asistan regularmente a clase.
5.- Proporcionarles, en la medida de sus posibilidades, los recursos y las condiciones
necesarias para el progreso escolar.
6.- Estimularlos para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les
encomienden.

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7.- Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los
compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el
proceso educativo y el rendimiento de sus hijos o tutelados.
8.-Fomentar el respeto por todos los miembros de la comunidad educativa.
9.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la
dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.



4.3.3.- ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS. AMPA.

El centro cuenta con una Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA)
creada y regulada por el Real Decreto 1533/1986 de 11 de julio. Sus funciones están
establecidas en el título 6 del Real Decreto 82/1996 de 26 de enero por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de Centros y son las siguientes:
1.- Elevar al consejo escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y
de la programación general anual.
2.- Informar al consejo escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que
consideren oportuno.
3.- Informar a los padres de su actividad.
4.- Recibir información del consejo escolar sobre los temas tratados en el mismo, así
como recibir el orden del día de dicho consejo antes de su realización, con el objeto de
poder elaborar propuestas.
5.- Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
6.- Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior.
7.- Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.
8.- Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el
consejo escolar.
9.- Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus
modificaciones.
10.- Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados
por el centro.
11.- Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del centro para el buen
funcionamiento del mismo.
12.- Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el consejo
escolar.


4.4.- PERSONAL NO DOCENTE

En el centro desempeñan su trabajo una serie de personas dependientes del
Servicio Provincial de Educación, del Ayuntamiento o de determinadas empresas que
han contratado algunos de ellos. Son las denominadas personal no docente: auxiliar de
educación especial, conserje, personal administrativo, personal de cocina, monitores de
comedor, de aula matinal y biblioteca, personal de limpieza, técnico de educación
infantil tres años, etc.

Sus funciones están contempladas dentro de la normativa correspondiente, en
su contrato laboral y en las normas del Reglamento de Régimen Interior que les son de
aplicación. En el caso de la auxiliar de educación especial, sus funciones se
encuentran recogidas en el Plan de Atención a la Diversidad. Recibirán del secretario y

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del director, en su caso, las instrucciones necesarias para el cumplimiento de sus
funciones.



4.4.1.- DERECHOS DEL PERSONAL NO DOCENTE.

1.- A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro
educativo, en los términos establecidos en las disposiciones vigentes.
2.- A ejercer su función de acuerdo con las obligaciones del puesto que desempeña.
3.- Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la
comunidad educativa, en el cumplimiento de sus funciones.
4.- A utilizar, según sus funciones, los medios materiales y las instalaciones del centro.
5.- A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el
normal desarrollo de sus tareas.
6.- A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.



4.4.2.- DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE.

1.- Ejercer sus funciones de acuerdo con las obligaciones del puesto que desempeña,
la legislación vigente y con lo previsto en el Reglamento de régimen interior del centro.
2.- Atender y seguir las instrucciones del director o, en su caso, del secretario del
centro en el ejercicio de sus funciones.
3.- Contribuir a la consecución de los objetivos educativos del centro y, especialmente,
de los relativos a la convivencia.
4.- Contribuir a la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible.
5.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la
dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
6.- Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente.

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5.- ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS Y RECURSOS. NORMAS
PARA SU UTILIZACIÓN



5.1.- RECURSOS MATERIALES: DISTRIBUCIÓN Y
UTILIZACIÓN


Los espacios son un condicionante importante para la acción educativa que se
desarrolla en los centros. La distribución de los espacios es un aspecto de gran
importancia a la hora de establecer una determinada metodología didáctica. El espacio
escolar es el lugar donde el alumno desarrolla la mayor parte de su actividad. Es
necesario pues que se adapte a las condiciones que determine la idea de educación
que pretendemos desarrollar.

La necesidad de que el centro educativo sea, además de un centro de
aprendizaje, un lugar de convivencia, exige que los espacios para la relación están
perfectamente pensados y contemplados, con un acceso fácil y que proyecten un
ambiente acogedor.

La organización de los espacios en el centro docente viene determinada
fundamentalmente por algunos criterios prácticos:
- Agrupar las aulas de un equipo didáctico en un sector del centro, con la
finalidad de facilitar la coordinación de los profesores de ese equipo. En ese
mismo ámbito de equipo didáctico es conveniente contar con algún espacio
especialmente dedicado a la acción tutorial y a la coordinación de ciclo que
permita el trabajo conjunto del profesorado y posibilite la ubicación de
material didáctico común.
- Procurar que la distribución del espacio propio del aula permita los diferentes
tipos de agrupamientos de alumnos que demandan las d iversas
metodologías didácticas, según la edad de los alumnos.
- En la medida que sea posible, tener en cuenta que los espacios comunes
(comedor, aula matinal, biblioteca, gimnasio, etc.) tengan un acceso lo más
fácil posible por parte de los alumnos de las diferentes etapas y equipos
didácticos.
- Para una atención diversificada de los alumnos hay que tratar de contar con
espacios que puedan facilitar la flexibilidad de los agrupamientos de los
alumnos y también un trabajo más individualizado.

Además, hay que tener en cuenta que las instalaciones escolares, una vez
finalizada la jornada lectiva, pueden ser utilizadas por la AMPA, el Ayuntamiento u otras
instituciones tal como se recoge en la LOE: “Corresponde a las Administraciones
Educativas establecer el procedimiento para el uso de los centros docentes, que de
ellas dependan, por parte de las autoridades municipales, fuera del horario lectivo para
actividades educativas, culturales y deportivas u otras de carácter social. Dicho uso
quedará únicamente sujeto a las necesidades derivadas de la programación de las
actividades de dichos centros”.

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Por lo tanto, como regla general respecto al uso de las instalaciones del centro
escolar, el criterio general restrictivo para su autorización será el cumplimiento de las
necesidades derivadas de la programación de las actividades (escolares,
complementarias y extraescolares) del centro. No obstante, la filosofía que debe
presidir el uso de las instalaciones escolares ha de ser la de facilitar su autorización
siempre que se respete la normativa existente. Así, el uso de las instalaciones
escolares por Ayuntamiento u otras instituciones fuera del horario lectivo estará
supeditado al normal desarrollo de la actividad docente y del funcionamiento del centro
y condicionada a los criterios establecidos en la Programación General Anual y se
atendrá en todo momento a la Orden de 20 de junio de 1995 por la que se regula la
utilización por los Ayuntamientos y otras entidades de las instalaciones de los centros
docentes públicos no universitarios dependientes del MEC (BOE 9-8-1995) ya que la
Comunidad Autónoma de Aragón no ha legislado nada al respecto.

Tal como se recoge en la mencionada normativa, los usuarios serán
responsables de:
- Asegurar el normal desarrollo de las actividades a realizar.
- Adoptar las medidas oportunas en materia de vigilancia, mantenimiento y
limpieza de los locales e instalaciones, de tal manera que las dependencias
queden en perfecto estado para su uso inmediato posterior por los alumnos
en sus actividades escolares ordinarias.
- Sufragar los gastos originados por la utilización de los locales e instalaciones,
así como los gastos por posibles deterioros, pérdidas o roturas en el material,
instalaciones o servicios, derivados directa o indirectamente.

Una vez valoradas las demandas de uso de los diferentes espacios escolares y
atendiendo en primer lugar a su utilización en horario lectivo se intenta establecer una
distribución horaria que permita atender todas aquellas actividades, bien sean
extraescolares o de otros organismos que solicitan hacer uso de ellas.
- Aulas.- Se utilizan de forma exclusiva para impartir las clases de las
diferentes áreas y realizar reuniones de tutoría de padres individuales o
grupales. Quedan para uso exclusivo de profesorado y alumnado.
- Biblioteca.- Se utilizará como espacio de lectura y actividades con ella
relacionadas, consulta, servicio de préstamo y realización de tareas
escolares. Está en todo momento a disposición de profesorado y alumnado
(siempre que esté acompañado) y atendida por un profesor en el horario de
recreo (lectura y servicio de préstamo) y monitor del Programa Apertura de
Centros en horario de tarde (también con posibilidad de uso por parte de las
familias).
- Gimnasios (Anejas y Atarazanas).- En horario lectivo, se utilizan ambos para
las clases de educación física y, en horario no lectivo, se utilizan para
actividades extraescolares. En momentos sin ocupar por nuestros alumnos,
el gimnasio Atarazanas también puede ser utilizado por otras entidades
(Ayuntamiento, Asociación de Vecinos, Universidad ...) en las condiciones
marcadas por la normativa sobre la utilización de espacios escolares y el
PDC
- Aulas específicas (salón de actos, sala de psicomotricidad, audiovisuales,
informática, usos múltiples, etc.).- Se utilizan en horario lectivo por los
alumnos acompañados por el profesorado para realizar actividades
específicas previa reserva de las mismas en la forma acordada al efecto. En
horario no lectivo pueden utilizarlas la AMPA u otras asociaciones bajo
petición.

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- Comedor y aula matinal.- Espacios destinados exclusivamente a
desempeñar, uno de ellos, las funciones de comedor y, el otro, las de aula
matinal, taller lúdico, aula de desdobles u otros usos.
- Tutorías.- Salas de reunión y trabajo del profesorado por equipos didácticos y
ubicación de material de ciclo. En ocasiones se utilizan para llevar a cabo
actividades de apoyo o atención a alumnos en pequeño grupo.
- Patios de recreo y pistas deportivas.- Se utilizarán para las clases de
educación física y recreo (según la distribución acordada por el claustro al
inicio de cada curso) y para actividades extraescolares u otras actividades en
las condiciones marcadas por la normativa sobre utilización de espacios
escolares y el PDC

La distribución de aulas, tutorías y otros espacios destinados a un equipo
didáctico la realizará dicho equipo didáctico por acuerdo en reunión a principio de
curso.





5.2.- BANCO DE LIBROS

Desde el curso 2018/19 la DGA ha presentado la documentación necesaria para
la puesta en marcha y desarrollo del Banco de Libros en las escuelas sostenidas con
fondos públicos. Las Órdenes y Resoluciones que lo desarrollan son las siguientes:
 ORDEN ECD/1535/2018, de 12 de septiembre, por la que se establece el
modelo y el sistema de Banco de Libros y otros materiales curriculares para su
implantación y desarrollo en los centros docentes sostenidos con fondos
públicos que imparten enseñanzas de Educación Primaria y Educación
Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
 ORDEN ECD/483/2019, de 13 de mayo, por la que se regula el sistema de
Banco de Libros y otros materiales curriculares y su implantación en los centros
docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de
Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad
Autónoma de Aragón.
 Resolución de 12 de noviembre de 2018 del Director General de Innovación,
Equidad y Participación, por la que se dictan instrucciones para la implantación
del sistema de Banco de Libros y otros materiales curriculares para este curso
2018-2019.
 Resolución del Director General de Innovación, Equidad y Participación por la
que se establece la cuantía de referencia sobre la cual se calculará la aportación
de los usuarios al sistema de Banco de Libros y otros materiales curriculares y
se determina plazo para la formalización de convenios con las asociaciones de
madres y padres de alumnado y los establecimientos de venta de material
curricular.
 Resolución de 16 noviembre por la que se amplía el plazo para la elección del
Órgano Gestor del Sistema de Banco de Libros.

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El Banco de Libros se desarrollará en los cursos de 3º, 4º, 5º y 6º de
primaria y se encargará de gestionar los materiales curriculares (no fungibles) que
puedan ser reutilizados durante al menos cuatro cursos. Por tanto las áreas que va a
abarcar en este centro serán las siguientes:
- Matemáticas
- Lengua Castellana
- Social Science
- Natural Science

Para la implantación de este programa en el centro se creará una Comisión del
Banco de Libros, dentro del Consejo Escolar, que velará por su adecuado desarrollo.
Estará formada por los siguientes miembros:
- Un miembro del Equipo Directivo (preferentemente el secretario) que será el
coordinador.
- Un representante del profesorado.
- Un representante de las familias.
Sus funciones serán las que marque la normativa vigente.
Para el desarrollo de algunos de estos procesos la DGA pondrá a disposición del
centro una aplicación informática con la que poder realizar un control y seguimiento
de los usuarios participantes y del material disponible. A través de ella se generará la
documentación necesaria para el desarrollo y continuidad del programa y se gestionará
el sistema de altas y bajas. Esta aplicación será gestionada por el secretario del centro.
Los procesos de gestión del sistema de Banco de Libros serán desarrollados
por el Órgano Gestor. El Órgano Gestor puede ser el centro, el AMPA o una Librería.
En caso de que el órgano gestor sea el AMPA o una Librería deberán firmarse el
convenio de colaboración (Anexo IVa / Anexo IVb).
Los procesos a desarrollar serán los siguientes:
1. Incorporación de materiales
Al finalizar el mes de abril los equipos didácticos propondrán los libros de texto
para el curso siguiente, de acuerdo con la normativa vigente. Dichos materiales serán
aprobados por el Consejo Escolar durante el mes de junio y serán publicados en los
medios digitales del centro y habrá una copia en el tablón de anuncios de la secretaria
del centro. Se diferenciará entre los materiales que pertenecen al Banco de Libros y los
que no.

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La Comisión del Banco de Libros y la secretaria del centro serán los encargados
de introducir en la aplicación informática los distintos materiales, de imprimir las
etiquetas identificativas y de asignar los lotes en la aplicación a cada alumno/a.
2. Gestión de usuarios.
El alumnado que voluntariamente se adhiera al sistema de Banco de Libros
deberá cumplimentar la correspondiente solicitud de incorporación (Anexo I) en el
periodo que se establezca, que no será inferior a quince días. En ese mismo plazo se
deberá abonar la aportación económica que marque la Consejería de Educación para
cada curso escolar. Los usuarios que deseen causar baja en el sistema deberán
presentar en el centro educativo el Anexo II en los mismos plazos que la adhesión.
Todo este proceso de altas y bajas se gestionará desde la secretaria del centro.
Todo alumno/a que participa voluntariamente en el Banco de Libros acepta las
normas que vienen recogidas en el Anexo III de la Orden de Banco de Libros.
3. Revisión y entrega de materiales curriculares.
Los equipos didácticos de cada curso se encargarán de la devolución y la
revisión de los materiales curriculares utilizados durante cada curso escolar por los
usuarios participantes y por el alumnado becado de su curso.
Una vez revisados los materiales los equipos didácticos prepararán los lotes de
materiales para el curso siguiente, etiquetándolos siguiendo la normativa vigente y
plantearán un informe con las necesidades para el curso siguiente.
Durante los primeros días de septiembre los equipos didácticos de cada curso se
encargarán de la distribución de los materiales curriculares entre el alumnado
participante, recogiendo los recibís de las familias.
Las familias al recibir el material tendrán la obligación de poner forros nuevos a
los libros para favorecer su conservación.
4. Recogida de materiales curriculares.
La recogida y restitución de materiales curriculares se realizará en el centro
escolar durante el mes de junio por parte de los Equipos Didácticos de cada curso
escolar participante, que verificarán la entrega y el estado de los libros de texto y
entregará un recibí a las familias. El centro podrá reclamar a los usuarios la reposición
de los materiales extraviados o deteriorados por el uso negligente o incorrecto de los
mismos. La negativa a la reposición de estos materiales supondrá la exclusión del
Sistema de Banco de Libros hasta que se solucione la situación.
5. Evaluación de necesidades y seguimiento.
Al finalizar el curso y una vez revisados los distintos materiales, cada equipo
didáctico emitirá un informe con el estado de los mismos y las necesidades que
tengamos para el curso siguiente. La Comisión del Banco de Libros lo revisará y

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procederá a tomar las medidas necesarias para disponer de todos los materiales
necesarios para el curso siguiente.
Al finalizar el curso y una vez revisados los distintos materiales, cada equipo
didáctico emitirá un informe con el estado de los mismos y las necesidades que
tengamos para el curso siguiente. La Comisión del Banco de Libros lo revisará y
procederá a tomar las medidas necesarias para disponer de todos los materiales
necesarios para el curso siguiente, lo que informará en el Consejo Escolar durante el
mes de junio.
El seguimiento del funcionamiento del programa se realizará a través de la
Comisión del Banco de Libros y del Consejo Escolar del centro, de donde saldrán las
líneas de actuación y las modificaciones necesarias para facilitar el buen
funcionamiento del Banco de Libros del centro.






5.3.- RÉGIMEN ADMINISTRATIVO


Los documentos serán competencia de la persona responsable en cada caso.
Conviene hacer referencia a la obligación de custodia y confidencialidad de los datos
referentes a los alumnos. Todo el personal realizará las tareas administrativas que
marque la normativa vigente en relación a su cargo.

Así, cada tutor tendrá la obligación de:
- Llevar el control de asistencia del alumnado a través de la aplicación
informática GIR reflejando si las faltas son justificadas o no. El jefe de
estudios junto con el tutor tomarán las medidas oportunas al respecto y
derivarán a la Comisión de Absentismo los casos susceptibles.
- Cumplimentarán el boletín de información a las familias y las
correspondientes actas de evaluación.
- Coordinar la realización de las adaptaciones curriculares de los alumnos que
lo necesiten y proponer, junto al equipo docente, a los alumnos que necesiten
apoyo o refuerzo.
- Comunicar y pedir autorización para las actividades complementarias y
extraescolares y la utilización de datos o imágenes de sus alumnos.
- Confeccionar o coordinar la confección de los partes de incidencia y
percance relativos a sus alumnos.

Cada coordinador de equipo didáctico llevará un libro de actas de las reuniones
de su equipo con los temas tratados y acuerdos tomados. Cada uno de los servicios
tendrá un inventario del material y llevará una hoja registro de la utilización – reserva de
aulas específicas del servicio y del préstamo del material.

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5.4.- RÉGIMEN ECONÓMICO


El centro administra y gestiona las partidas presupuestarias asignadas por el
Servicio Provincial de Educación, las aportaciones que se puedan recibir de otras
instituciones o entidades (becas, ayudas, programas, etc.) y las aportaciones
realizadas por las familias en concepto de servicios (comedor, aula matinal,
extraescolares, material, etc.).

Todo lo relacionado con el régimen económico del centro se gestionará a través
de la aplicación informática GIR – Contabilidad proporcionada por el Departamento de
Educación de la DGA y a las instrucciones que desde este Departamento se emitan.

El presupuesto es el instrumento de planificación del centro con la expresión de
sus proyectos que, para su período de vigencia, recoge los ingresos y los gastos
necesarios para su funcionamiento.

El presupuesto será elaborado por el equipo directivo, de conformidad con la
normativa vigente, en el momento que se reciba del Departamento de Educación la
comunicación de las cantidades que, con carácter general, hayan sido estimadas para
sus gastos de funcionamiento y las cantidades específicas para gastos concretos con
cargo al presupuesto.

Como norma, los equipos didácticos y servicios reciben una asignación en
función de las necesidades que se tienen previstas o que puedan surgir. En el caso de
los equipos didácticos, se asigna una cantidad fija a cada uno y una cantidad variable
en función del número de aulas que tienen. Los servicios, por su parte, reciben una
asignación variable en función de sus necesidades. De estas actividades habrá que
descontar los gastos de fotocopias, plastificaciones y similares. Los coordinadores de
cada equipo didáctico y servicio supervisarán la ejecución del presupuesto en el equipo
o servicio que ellos coordinan.

Tanto el Claustro como el Consejo Escolar serán informados del presupuesto
anual en sesión ordinaria y podrán presentar a estudio las propuestas que consideren
oportunas. Estos presupuestos no están cerrados, son susceptibles de modificación al
alta o a la baja. Para actividades puntuales se podrán asignar cantidades específicas.

El centro solo puede tener una cuenta bancaria que centralizará todas las
operaciones de ingresos y pagos. Los pagos se efectuarán mediante transferencia
bancaria o cheques nominativos autorizados con la firma mancomunada del director y
el secretario del centro o de los sustitutos de los mismos.

El saldo deudor en la cuenta corriente constituye una grave irregularidad por lo
que no deben ordenarse pagos que originen números rojos en la cuenta operativa del
centro y puedan dar lugar a posibles intereses negativos por descubierto. Para realizar
el movimiento de pequeños ingresos y pagos en metálico; ésta estará subordinada a la
cuenta corriente operativa del centro y la provisión de fondos para esta caja se
efectuará siempre con talón nominativo extendido a favor del centro.

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La contratación de personal necesario para la prestación de servicios se
realizará a través de empresas autorizadas, el centro no tiene capacidad jurídica para
hacerlo. Asimismo, cuando una compra, reparación o contrata supere los 3000 euros
se requiere la petición de, como mínimo, tres presupuestos y el Consejo Escolar elegirá
el más conveniente (por su cuantía y por sus condiciones) y aprobará el gasto
correspondiente. En todo caso, se estará siempre a lo marcado por la normativa
vigente.

El equipo directivo informará al Claustro y al Consejo Escolar de la cuenta de
gestión del centro dos veces al año: a 31 de diciembre (referida al año natural) y a 31
de agosto (referida al curso académico).






5.5.- ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS


El equipo directivo elaborará el programa anual de actividades complementarias
y extraescolares que formará parte de la Programación General Anual (PGA), según
las directrices del Consejo Escolar a cuya aprobación será sometido y que recogerá las
propuestas del Claustro de Profesores, de los Equipos Didácticos y de los
representantes de padres. Dichas actividades serán realizadas por los Equipos
Didácticos y coordinadas por el Jefe de Estudios.

Las actividades complementarias y extraescolares tendrán carácter voluntario
para alumnos y profesores; no constituirán discriminación para ningún miembro de la
comunidad educativa y carecerán de ánimo de lucro. Una vez incorporadas a la PGA y
aprobadas por el Consejo Escolar, el profesorado tendrá la obligación de participar
siempre que no haya manifestado específicamente su negativa razonada a realizar
dicha actividad en el momento de la propuesta por un Equipo Didáctico o previa a la
aprobación de la PGA.

Cualquier actividad extraescolar requerirá del permiso de los padres; en cuanto a
las actividades complementarias, bastará con la comunicación de las mismas. Durante
el desarrollo de actividades complementarias y extraescolares, los alumnos estarán
sometidos al régimen disciplinario del centro y a la autoridad del profesorado. Si la
actividad es llevada a cabo por la AMPA, será esta asociación la que establezca sus
normas de funcionamiento.

La organización de actividades complementarias y extraescolares que se
incluyan en el programa anual podrá realizarse directamente por el mismo centro, en
colaboración con el Ayuntamiento de la localidad o a través de asociaciones
colaboradoras, pudiendo aportar estas entidades sus propios fondos para sufragar los
gastos derivados de dichas actividades.

El programa anual de actividades complementarias y extraescolares incluirá:
a) Las actividades complementarias que vayan a realizarse.

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b) Las actividades extraescolares de carácter cultural que se realicen en
colaboración con los diversos sectores de la comunidad educativa o en
aplicación de acuerdos con otras entidades.
c) Los viajes de estudios y los intercambios escolares que se pretenden
realizar.
d) Las actividades artísticas que se vayan a celebrar dentro y fuera del recinto
escolar.
e) Las actividades físicas y deportivas incluidas en el PDC
f) Cuantas otras se consideren convenientes.

En cuanto a la Asociación de Padres y Madres de Alumnos, una de las
finalidades que les marca la normativa vigente es la realización de actividades de
carácter educativo que refuercen los valores y objetivos del proyecto educativo de
centro. Para ello, al inicio de cada curso plantearán en la Programación General Anual
las actividades complementarias y extraescolares que van a llevar a cabo a lo largo del
curso.

La AMPA podrá utilizar las instalaciones y locales del centro escolar para la
realización de las actividades extraescolares facilitando la integración de dichas
actividades en la vida escolar y teniendo en cuenta el normal desarrollo de la misma. A
efectos de la utilización de locales será necesaria la previa comunicación de la Junta
Directiva de la AMPA a la Dirección, de acuerdo a lo recogido en el Proyecto Educativo
de Centro, el PDC y la normativa vigente.

La Asociación de Madres y Padres de Alumnos no podrá desarrollar en el centro
docente otras actividades que las previstas en sus estatutos dentro del marco de los
fines que la ley les asigna como propios. En todo caso, de dichas actividades deberá
ser informado el Consejo Escolar del Centro y de las mismas podrán participar todos
los alumnos cuando vayan dirigidas a éstos y en las condiciones marcadas por la
AMPA. Asimismo, la programación, la responsabilidad y los gastos extraordinarios que
se puedan derivar de las actividades correrán a cargo de dicha asociación.

Las actividades físicas y deportivas incluidas en el Proyecto Deportivo de Centro
que se planifiquen para el curso escolar deberán verse concretadas en este punto de la
PGA.





5.6.- PLAN DE EVACUACIÓN


El Plan de Evacuación forma parte y está incardinado en el Plan de
Autoprotección elaborado y aprobado durante el curso 2004/2005 y debe ser conocido
por todo el profesorado y personal del centro por lo que, atendiendo a la normativa
vigente, forma parte también del Proyecto Educativo de Centro.

El Plan de Evacuación General del Centro lo encontramos desarrollado en el
ANEXO III de este Proyecto Educativo de Centro.

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6.- DISTRIBUCIÓN DEL HORARIO LECTIVO


6.1.- EN EDUCACIÓN PRIMARIA


PROPUESTA DE ORGANIZACIÓN HORARIA A PARTIR DEL CURSO 2019 -2020


ÁREAS 1º 2º 3º 4º 5º 6º
Sesión Minutos Sesión Minutos Sesión Minutos Sesión Minutos Sesión Minutos Sesión Minutos
Matemáticas 5 225 5 225 5 225 5 225 5 225 5 225
Lengua 6 270 6 270 6 270 6 270 5 225 5 225
C. Naturales 3 135 3 135 3 135 3 135 3 135 3 135
C. Sociales 3 135 3 135 3 135 3 135 3 135 3 135
Inglés 4 180 4 180 4 180 4 180 4 180 4 180
E. Física 4 180 4 180 4 180 4 180 3 135 3 135
Religión Valores 1 45 1 45 1 45 1 45 1 45 1 45
Plástica 2 90 2 90 2 90 2 90 2 90 2 90
Música 1 45 1 45 1 45 1 45 1 45 1 45
2º lengua ex (francés) 0 0 0 0 0 0 0 0 2 90 2 90
Tutoría 1 45 1 45 1 45 1 45 1 45 1 45
TOTAL 30 1350 30 1350 30 1350 30 1350 30 1350 30 1350

Cada día hay un recreo de 30 minutos.

Autonomía de centro
En 3º y 4º hay 180 minutos
En 5º y 6º hay 225 minutos (dentro de ellos hay que incluir 90 de francés)

Tiempo de autonomía de centro
ÁREAS 1º 2º 3º 4º 5º 6º
Lengua 45 45 45 45 0 0
Naturales 45 45 45 45 45 45
Sociales 45 45 45 45 45 45
Inglés 30 30 30 30 30 30
Artística Plástica 15 15 15 15 15 15
2ª lengua ex (francés) 0 0 0 0 90 90
Total 180 180 180 180 225 225

Tiempo bilingüe horas 9 9 9 9 10,5 10,5
Minutos 540 540 540 540 540 y 90 540 y 90
Porcentaje lectivo 40% 40% 40% 40% 46,66% 46,66%


6.2.- EN EDUCACIÓN INFANTIL
La que marca su Proyecto Curricular que se revisará en el curso 2019-2020.

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7.- PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL (POAT)


El Plan de Orientación y Acción Tutorial es la estructura organizadora del
conjunto de acciones, de orientación y seguimiento, dirigidas a todo el alumnado a lo
largo de su escolaridad cuyo objetivo es el logro de las competencias básicas.

Teniendo en cuenta su carácter intencional y sistemático, la orientación debe
explicitarse y organizarse en el Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) que se
incorpora a este Proyecto Educativo de Centro como Anexo IV.






8.- PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (PAD)


Puede definirse la atención a la diversidad como la respuesta que nuestro centro
da a los alumnos que lo necesitan, desarrollando el currículo y organizando los
recursos de manera que facilitan a la totalidad del alumnado el desarrollo de las
competencias básicas así como el logro de los objetivos de la etapa.

Para ello, se elabora el Plan de Atención a la Diversidad que encontramos
desarrollado en el Anexo V de este Proyecto Educativo de Centro.




9.- PLAN DEPORTIVO DE CENTRO (PDC)


Un Centro promotor de la Actividad Física y el Deporte, debe introducir en su
Proyecto Educativo un Proyecto deportivo dinámico que promueve la concepción de la
actividad física y el deporte como elemento fundamental de un estilo de vida saludable,
revisando los modelos de actividad física y del deporte en edad escolar, desarrollando
sus valores y minimizando los contra-valores de modelos de práctica poco coherentes
con los principios educativos y cívicos.
Tiene como idea principal e irrenunciable que los beneficios que se obtienen de
la actividad física y el deporte no son consecuencia de las supuestas bondades que la
práctica deportiva lleva de manera inherente sino, sobre todo, de las decisiones y
actuaciones de las personas que están implicadas.

Para ello, se elabora el Proyecto Deportivo de Centro que encontramos
desarrollado en el Anexo VI de este Proyecto Educativo de Centro.

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10.- LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS



10.1.- COMEDOR ESCOLAR

El comedor escolar es un servicio complementario de carácter educativo y cuya
existencia contribuye a una mejora de la calidad de la enseñanza. Desempeña una
destacada función social y educativa, ya que, además de cumplir una función básica de
alimentación y nutrición, está integrado en la vida y organización del centro educativo.

Se rige por la siguiente normativa:
- Orden Ministerial de 24 de noviembre de 1992 por la que se regulan los
comedores escolares – MEC (BOE 8-12-92).
- Orden de 12 de junio de 2000 regulando el servicio de comedor escolar en los
centros escolares de Aragón (BOA 23-6-00).
- Resolución anual de la Dirección General de Ordenación Académica por la que
se establecen criterios y se dictan instrucciones para la programación,
contratación y desarrollo del servicio complementario de comedor escolar para
cada curso.
- Otra normativa como el Convenio Colectivo de Monitores de Comedor,
convocatoria anual de ayudas, normativa sobre seguridad alimentaria y nutrición,
etc.

El centro dispone de un servicio de comedor escolar, con cocina en el mismo,
gestionado mediante contratación de una empresa del sector por parte de la DGA.

La cocina está equipada cumpliendo la normativa legal en cuanto a seguridad, en
las adecuadas condiciones de calidad y cumplimiento de las normas vigentes en
materia de alimentos.

El servicio está atendido por cocinera, pinche de cocina y monitores (en número
variable según la cantidad de comensales que hacen uso del servicio). Siempre hay, al
menos, un miembro del equipo directivo en el centro durante la prestación del servicio.

La comida se realiza en un solo turno en el que los monitores atienden directamente
a los alumnos. En el proyecto de comedor escolar que, anualmente, se incluye en la
PGA, las actividades se organizan en dos grandes bloques diferentes, girando en torno
al tiempo de la comida (se introduce a los alumnos en los hábitos de higiene y
alimentación saludables y respeto a las normas del comedor) y el tiempo posterior a la
misma en el que hay programadas numerosas y variadas actividades de tiempo libre e
incluye también un tiempo para facilitar la realización de tareas escolares para alumnos
de 3º a 6º de Primaria que voluntariamente lo deseen, vigilados por monitores de
comedor.

El colegio presta el servicio de comedor mediante la modalidad de gestión indirecta,
es decir, la concesión del servicio la tiene una empresa del sector contratada por el
Servicio Provincial de Educación tras la participación en la oportuna convocatoria.

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Dicha empresa facilita, de forma mensual, el menú correspondiente a los alumnos
usuarios fijos del servicio de comedor.

La variedad del menú pretende que todos los alumnos coman de todo, salvo
excepciones debidamente justificadas con certificación médica que la familia debe
presentar en secretaría para que, de manera inmediata, se comunique al personal de
cocina o aquellos que, por motivos religiosos, tengan prohibido algún tipo de alimento.

El horario del servicio de comedor es de 14:00 a 16:00 horas (de 13:00 a 15:00
cuando solo hay jornada de mañana), estando la salida flexibilizada en dos franjas
horarias:
- Tramo 1: salida a las 15:15 horas.
- Tramo 2: salida a partir de las 15:45 horas.
Los padres deberán recoger a sus hijos a la hora indicada o presentar autorización
en la secretaría del colegio autorizando a sus hijos a abandonar el centro.

El precio del servicio de comedor lo establece el Departamento de Educación,
Cultura y Deporte de forma anual. Es diferente para los alumnos fijos y para los
alumnos esporádicos que lo utilizan mediante vales; en cuanto a los alumnos fijos hay
establecido un importe único mensual (pudiendo producirse una sola alta y baja por
curso). Los precios, en uno y otro caso, ya vienen fijados desde Educación.

Cualquier modificación en los alumnos tendrá efectividad a partir del inicio del mes
siguiente de su comunicación en la secretaría del centro.

Para avisar de la utilización del servicio de comedor diario se fija como hora máxima
las 11:00 horas con el fin de facilitar el trabajo en la cocina; a partir de esa hora no se
admitirá ningún alumno.

Aproximadamente, el día 10 del mes en curso (excepto en septiembre que será el
día 20), se pasará al cobro el recibo de ese mismo mes a los alumnos fijos. En el
supuesto de impago del servicio de comedor, el Consejo Escolar aprobó adoptar las
siguientes medidas (acta 1/2008 de 29 de enero de 2008):
- En el caso de que el importe del servicio esté domiciliado en una entidad
bancaria y se produzca la devolución del recibo: una vez que el centro tenga
constancia de dicha devolución, se pondrá en contacto con la familia primero
telefónicamente y, si no pudiese solucionarse así el problema, se haría por
correo con acuse de recibo o mediante escrito entregado personalmente en el
que firmen tener constancia de dicha utilización para que se haga efectivo el
pago en secretaría en el plazo de una semana (dicho pago incluirá también los
gastos bancarios generados por la devolución). Si no se hace efectivo el abono
en dicho plazo, el alumno no podrá utilizar el servicio de comedor.
- En el caso de que el importe del servicio no esté domiciliado y el pago se
efectúe en la secretaría del centro, transcurridos diez días de la entrega de la
notificación de pago a la familia a través del alumno, los plazos y el sistema
serán los mismos que en el caso anterior.

Los alumnos deberán respetar y obedecer al personal del servicio de comedor; si un
alumno incumple reiteradamente las normas de comportamiento en el comedor, se le
podrá privar de este servicio. Además de las normas que, con carácter general, son de
aplicación en el centro, hay algunas específicas de comedor que están recogidas en el
apartado correspondiente del Reglamento de Régimen Interior.

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Para la realización de las actividades lúdicas y deportivas, este servicio
dispondrá de las pista y patios de Anejas. En caso de mal tiempo, el alumnado de este
servicio dispondrá de las instalaciones necesarias, dependiendo de su número podrán
disponer de la sala de psicomotricidad, sala multiusos, del gimnasio “Atarazanas” y del
gimnasio de “Anejas”.



10.2.- AULA MATINAL O GUA RDERÍA.

La “guardería” o “aula matinal” es un servicio que el centro ofrece a todo el
alumnado con objeto de ayudar a las familias cuyo horario laboral coincide con el de su
hijo/a. Dentro de ésta, los niños están al cargo de monitores que complementan la labor
educativa antes de la jornada escolar.

El horario del servicio es de 7:30 a 9:00 horas de la mañana durante todos los
días lectivos del curso. Los alumnos que hagan uso del mismo podrán elegir el horario
de entrada según las necesidades de cada familia. El desayuno se prepara a las 8:15
horas y no se sirve a los alumnos que llegan más tarde de esa hora.

El precio del servicio de guardería es el mismo para todos los alumnos con
independencia de la hora en que se incorporen al mismo o si toman desayuno o no.
Dicho precio lo establece de forma anual, aunque puede ser revisable por motivos
excepcionales, el Consejo Escolar y es diferente para los alumnos fijos para los
alumnos esporádicos que utilizan el servicio. En cuanto a los alumnos fijos, de los días
que falte únicamente se les descontará el precio del desayuno, pues el servicio de
monitores hay que pagarlo, desayunen o no los niños.

El sistema de pago y las normas de funcionamiento son similares a las del
servicio de comedor pero el cobro del servicio se efectuará a mes vencido para los
alumnos fijos.

Para la realización de las actividades lúdicas de este servicio dispondrá de las
pistas y patios de Anejas, de la sala multiusos y de la sala de psicomotricidad.




10.3.- TRANSPORTE ESCOLAR.

El transporte escolar es un servicio escolar complementario de la enseñanza, de
carácter excepcional y destinado a hacer posible la escolarización de aquellos alumnos
que, cursando estudios de nivel obligatorio de enseñanza en los centros públicos,
residen en localidades que carecen de puestos escolares adecuados a ese nivel de
estudios y, por tanto, han de trasladarse a otros más próximos para su correcta
escolarización.

El transporte escolar en el colegio lo forman:

- Alumnos beneficiarios de las Ayudas Individualizadas de Transporte (AITs) para
los casos en que no existe ruta de transporte organizada.

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- Rutas de transporte escolar establecidas mediante contratos, convenios y
reserva de plazas en líneas regulares.

En ambos casos, de forma anual, el Servicio Provincial de Educación publica la
normativa y contrata el servicio aunque, en el caso de las rutas de transporte, la
utilización compartida de las mismas entre varios centros ocasiona algunos problemas
de organización que no ocurrirían si todos los alumnos de la misma ruta estuvieran
escolarizados en un solo centro.




10.4.- SERVICIO DE GUARDIA Y CUSTODIA.

Con horario de 13:00 a 14:00 horas durante los días de jornada reducida y de
14:00 a 15:00 horas durante el resto del curso. Atendido por monitores. El precio lo
establece el Consejo Escolar. Para su funcionamiento es necesario un mínimo de diez
alumnos fijos cada mes. Será renovable mensualmente y, en caso de haber menor
número, no se pondrá en funcionamiento.

Para la realización de las actividades lúdicas de este servicio dispondrá de las
pistas y patios de Anejas, de la sala multiusos y de la sala de psicomotricidad.



10.5.- APERTURA DE CENTROS.

Aunque no pueda considerarse como un servicio complementario propiamente
dicho, el centro participa en el Programa “Apertura de Centros”. El colegio tiene una
larga experiencia en cuanto a la apertura en horario extraescolar; además del aula
matinal y el servicio de comedor, ofrece también numerosas y variadas actividades
extraescolares que organiza la Asociación de Madres y Padres en diferentes horarios a
lo largo del día y los sábados por la mañana. También participa el centro en el
Programa “Abierto por Vacaciones” lo que contribuye, junto a lo anterior, a mejorar la
conciliación de la vida laboral y privada de las familias.

Durante los cursos 2001-2002 y 2002-2003 ya funcionó, a plena satisfacción, el
Proyecto “Puertas Abiertas” en el centro y, desde el curso 2004-2005 hasta el 2012-
2013, el Proyecto “Abriendo el Cole” que han permitido, entre otras cosas, abrir la
biblioteca por las tardes en horario extraescolar para alumnos y familias. Tras la
desaparición de este programa, desde el curso 2014-2015, participamos en el
Programa “Apertura de Centros” convocado por la DGA en el marco del Programa
Operativo del Fondo Social Europeo.



10.6.- BIBLIOTECA

Dentro del proyecto de tiempos escolares se realizará la actividad de Biblioteca
en horario de 16 a 17 horas en el período general y de 15 a 16 horas en el período de

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horario reducido. Puede ser utilizado ñor el alumnado de 3º a 6º de Primaria. En el
Consejo Escolar se aprobará si tiene un coste para las familias cada curso. El espacio
que se utilizará será la biblioteca del centro. El alumnado del centro podrá asistir con
sus familiares para realizar tareas escolares, préstamo de libros y7o búsqueda de
información. El alumnado deberá hacer caso en todo momento a los monitores de este
espacio.



10.7.- TALLER LÚDICO

Dentro del proyecto de tiempos escolares se realizará la actividad de Taller
Lúdico en horario de 16 a 17 horas en el período general y de 15 a 16 horas en el
período de horario reducido. Puede ser utilizado por el alumnado de Infantil y de 1º y 2º
de Primaria. No tiene coste para las familias, para su funcionamiento será necesario un
mínimo de diez alumnos y tendrá carácter mensual, no se puede utilizar de forma
esporádica. La no asistencia injustificada generará la pérdida del derecho a asistir.
Utilizarán la sala de usos múltiples del centro. El alumnado deberá hacer caso en todo
momento a los monitores de este servicio.

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11.- RELACIONES ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA.


La participación de los diferentes integrantes de la comunidad educativa en la
gestión y el gobierno de los centros de enseñanza debe traducirse en una mejora de la
calidad educativa de los centros a la que, desde distintas perspectivas, han de
contribuir padres, madres o tutores legales, profesorado, alumnado, personal de
administración y servicios e instituciones del entorno inmediato.

Responsabilidad compartida, actitudes constructivas, capacidad para el diálogo y
respeto a los campos de competencia de cada cual, son medios para entender la
participación de todos en el funcionamiento del centro. También son fundamentales la
planificación del trabajo, el reparto de tareas y la transmisión de la información para
que esa participación sea fructífera.

El presente capítulo se refiere a los sectores fundamentales de la comunidad
educativa, a saber, el profesorado, alumnos y alumnas, padres, madres o tutores y
personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria. Las
relaciones con otras instituciones del entorno se tratarán en el capítulo siguiente.

El Consejo Escolar y el Claustro de Profesores son los órganos colegiados de
gobierno a través de los cuales participa la comunidad educativa y el profesorado,
respectivamente, en el control y gestión del centro. Existen, además, otros órganos del
centro que interrelacionan entre sí y, a su vez, con los órganos colegiados: tutorías,
equipos didácticos, AMPA, etc.

- La participación del profesorado se lleva a cabo a través de:
o Los diferentes órganos de coordinación docente del centro: equipos
didácticos y comisiones de coordinación.
o El Claustro de Profesores.
o Los representantes del profesorado en el Consejo Escolar.
- La participación de las familias se lleva a cabo a través de:
o Las asociaciones de madres y padres.
o Los representantes de madres y padres en el Consejo Escolar.
o Las entrevistas y tutorías con el profesorado (POAT).
o Otros cauces de participación: jornada de aulas abiertas, actividades
extraescolares, etc.
- La participación del alumnado se lleva a cabo a través de los cauces para ello
establecidos en este Proyecto Educativo de Centro.
- La participación del personal de administración y servicios se lleva a cabo a
través de sus representantes en el Consejo Escolar.



11.1.- PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO.

En el centro existen varios órganos de coordinación a través de los que el
profesorado participa directamente o mediante sus representantes en el funcionamiento

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del mismo: comisión de coordinación pedagógica, comisión de convivencia, comisión
de coordinación entre equipos didácticos y equipos didácticos.

Sus funciones, composición y forma de funcionamiento se hallan recogidos en el
apartado 2.3 de este PEC.

También el profesorado participa en la gestión del centro a través de sus
representantes en el Consejo Escolar en la forma establecida en el apartado 2.1.1 y, de
forma directa, en el Claustro de Profesores (apartado 2.1.2) que es el órgano propio de
participación de los maestros en los aspectos pedagógicos y organizativos.




11.2.- PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS.

De la participación de las familias en el centro y las asociaciones de padres y
madres de alumnos, sus funciones, derechos y deberes se habla extensamente en el
apartado 4.3 de este Proyecto Educativo de Centro así como de la participación de sus
representantes en el Consejo Escolar (apartado 2.1.1).

La participación e implicación de los padres en el proceso de enseñanza y en la
vida del centro tiene que ser activa, con vocación constructiva y respeto a la normativa.
Estas relaciones deben entenderse como algo natural y necesario para conseguir el
objetivo común: la educación de los alumnos.

Es importante, por lo tanto, articular mecanismos que posibiliten lo anteriormente
expuesto y, por ello, incluso antes del período de matrícula en Educación Infantil se
realiza una jornada de aulas abiertas para que las familias puedan conocer el centro y
su funcionamiento; en septiembre, antes del comienzo del período lectivo se realizan
reuniones generales de 1º de Educación Infantil para conocer al profesorado, dar unas
orientaciones generales y coordinar el período de adaptación.

También a nivel general, a lo largo del curso se realizan al menos tres reuniones
grupales de padres en cada una de las aulas. Por otra parte, a lo largo de la semana,
de 16:00 a 17:00 horas el profesorado las dedica a entrevistas con los padres previa
citación.

Así, la participación de los padres en el centro se realiza a través de: tutorías,
sus representantes en el Consejo Escolar en las líneas recogidas en el apartado 2.1.1
de este PEC, la Asociación de Madres y Padres de Alumnos y otros cauces más
variados.

Por otra parte, desde el centro se proporciona, al inicio de cada curso escolar, un
cuadernillo de Orientaciones para la Familia para Infantil con el que se pretende
informar de los aspectos más relevantes del funcionamiento del centro y, en Educación
Primaria y por gentileza de la Asociación de Padres, se proporciona a los alumnos una
agenda escolar que vincula a los padres con el profesorado y en la que el profesor
puede anotar todas aquellas observaciones que crea conveniente (tareas a realizar,
actividades no realizadas, programar visitas de tutoría, etc.) y los padres pueden visar

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todas aquellas observaciones registradas por el profesor, anotar lo que desee
comunicarle, justificar las faltas de asistencia y puntualidad, etc.

También como sistema de información y comunicación rápido y efectivo, el
centro y la AMPA mantienen abiertos y operativos sendos blogs en los que informan
del devenir diario del colegio (lasanejasdeteruel.blogspot.com y ampa-anejas-
teruel.blogspot.com) y se intenta potenciar el uso del e-mail como medio de
comunicación.




11.3.- PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL NO DOCENTE.

En el centro desempeñan su trabajo una serie de personas dependientes del
Servicio Provincial de Educación, del Ayuntamiento o de determinadas empresas que
han contratado alguno de ellos. Son las denominadas personal no docente: auxiliar de
educación especial, conserje, auxiliar administrativo, personal de cocina, monitores de
comedor, de aula matinal y biblioteca, personal de limpieza, técnico de educación
infantil tres años, etc.

Sus funciones, derechos, deberes se hallan contemplados en el apartado 4.4 de
este Proyecto Educativo y su participación en la vida del centro se lleva a cabo a través
de sus representantes en el Consejo Escolar.

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12.- RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES.


Entendemos por entorno el medio social en que el alumnado se desenvuelve,
con el que interactúa constantemente y que ejerce una gran influencia en la formación
de sus esquemas de conocimiento y por tanto, en la continua evolución de sus
estructuras cognitivas. El entorno se hace presente al alumnado en forma de
instituciones más o menos complejas, según su amplitud y sistema de relaciones
internas de las que el alumno forma parte.

Por ello, las actividades del centro escolar tienen que estar de acuerdo con la
vida de estas instituciones. El alumno se está preparando para mejorar su entorno y
esto, jamás podría hacerlo de espaldas al mismo. Por ello hay que generar el mayor
número de relaciones entre la escuela y entorno, abriendo aquella y colaborando con
entre otras, las siguientes entidades:


Servicio de Inspección Educativa

Dentro del Servicio Provincial de Educación se integra el Servicio de Inspección
Técnica Educativo. Las relaciones del centro con el SITE vienen marcadas por la
legislación vigente ya que es dicha entidad la encargada de asesorar e informar a los
miembros de la comunidad educativa en sus derechos y obligaciones, supervisar la
práctica docente y el funcionamiento del centro y velar por el cumplimiento de la
normativa en el mismo.


Unidad de Programas Educativos

Dentro del Servicio Provincial de Educación se integra le Unidad de Programas
Educativos a la que corresponde la coordinación, fomento, asesoramiento y
seguimiento de numerosos programas en algunos de los cuáles participa el centro
relacionados con la enseñanza de las lenguas, las nuevas tecnologías, el absentismo
escolar, la apertura de centros, etc.


Centro de Innovación y Formación Educativa (CIFE)

El CIFE es la institución que atiende las necesidades de formación del
profesorado del centro. El CEIP “Las Anejas” está adscrito al Centro de Innovación y
Formación Educativa “Ángel Sanz Briz” de Teruel y, anualmente, elabora un Plan de
Formación que recoge las solicitudes de formación por parte del profesorado y, de
forma coordinada con el CIFE, trata de dar respuesta a esas demandas. Para ello, se
establece una línea de coordinación a través del Coordinador de Formación en el
Centro.


Comisión de zona de absentismo escolar

A fin de controlar el absentismo escolar en la medida de lo posible, a través del
representante del equipo directivo y del PTSC del centro, se participará mensualmente

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en las reuniones con la Unidad Técnica, la UPE, Inspección Educativa, Servicios
Sociales Municipales y Comarcales y Sección de Protección de Menores y se seguirá
en todo momento el protocolo del Departamento de Educación.


Centro Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Teruel

Coordinación con los profesionales de los Servicios Sociales para llevar un
seguimiento socioeducativo de alumnos con problemática socio-familiar, derivando
aquellos casos que se considere necesario.



Servicios Sociales Comunitarios

Se realizará el seguimiento escolar de los alumnos cuyas familias son usuarios
de estos servicios o bien se solicita su intervención y/o información sobre las familias
de alumnos con problemática socio-familiar a través de los profesionales del EOEIP.



Servicio de Protección e Intervención de Menores del IASS

Coordinación y transmisión de información de los casos de alumnos/as que se
encuentran en seguimiento por el citado servicio. Y derivaciones urgentes si proceden
a través de los profesionales del EOEIP.



Salud infanto – juvenil

Se mantendrán contactos con esta institución para los casos que requieran la
intervención de este servicio a través del EOEIP o bien a través de los tutores.



Programa de Atención Temprana del IASS

Se mantiene contacto con este organismo para la escolarización en el segundo
ciclo de infantil de los alumnos que pertenecen a este servicio desde edad temprana.



Ayuntamiento de Teruel

Se establecen relaciones periódicas con el Ayuntamiento para informar y
gestionar las necesidades de mantenimiento del colegio, organizar el uso de las
instalaciones escolares por otras instituciones y en horario extraescolar, fines de
semana y períodos vacacionales y en la organización del tráfico en las entradas y
salidas del alumnado en el colegio. Se participa en los programas y actividades que
convoca el Ayuntamiento: Programa de Educación Vial, Programa de Medioambiente,
Visita al Ayuntamiento, actividades deportivas, etc.

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Ministerio del Interior – Plan Director para la Convivencia

Dentro del acuerdo marco de colaboración entre los Ministerios de Educación y
del Interior se solicita la participación en el Plan Director para la Convivencia y Mejora
de la Seguridad en los Centros Educativos, especialmente en lo que concierne a los
riesgos asociados al uso de internet y de las nuevas tecnologías.


Institutos de Educación Secundaria Obligatoria

Se atenderán todos los procesos que conlleva el paso de los alumnos de
Primaria a Secundaria y se prestará especial atención al mismo en lo que concierne al
IES “Francés de Aranda” por ser el IES de referencia. Para ello:
- Se realizarán las acciones que se marcan el Plan de Transición de Primaria a
Secundaria. Se planificará y se asistirá a las reuniones trimestrales con los
Departamentos de Orientación, los Equipos Directivos de centros de Primaria e
IES y los coordinadores de tercer ciclo de Primaria y los de 1º de ESO según los
temas a tratar.
- Se mantendrán reuniones a final de curso para informar sobre los ACNEAEs de
6º de Primaria y de los alumnos derivados a apoyo o a los Programas
Institucionales.
- Se realizará seguimiento de los alumnos derivados mediante reuniones
puntuales con los orientadores de los centros.


Universidad de Zaragoza

Se colabora en las prácticas del alumnado de Magisterio y Psicología a lo largo
de todo el curso, tutelando a alumnos de prácticas en las aulas como una apuesta de
calidad en la formación de los docentes.


Otras instituciones

También se mantiene contacto con otras instituciones como Cruz Roja, Cáritas u
otras (para tratar de ayudar a alumnos o familias que presentan determinadas
necesidades) o ASPANSOR, ONCE u otras con las que el profesorado y el EOEIP
mantienen contactos para atender las necesidades específicas que presentan algunos
alumnos.

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13.- REFORMA DEL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO.


Cuando se considere necesario introducir modificaciones en el Proyecto
Educativo de Centro (PEC), las propuestas de modificación podrán hacerse por el
Equipo Directivo, por el Claustro, por cualquiera de los otros sectores representados en
el Consejo Escolar o por un tercio de los miembros del Consejo Escolar, garantizando
el plazo de un mes de información pública para que pueda ser conocido por el resto de
los sectores. La propuesta de modificación deberá ser aprobada por el Director del
centro en el tercer trimestre del curso y entrará en vigor al comienzo del curso
siguiente.








14.- DISPOSICIÓN FINAL.


Este Proyecto Educativo de Centro (PEC) tendrá vigencia hasta tanto no se
dicten normas de rango superior o sea modificado de la forma indicada en el capítulo
anterior.

El presente PEC se somete a información del Consejo Escolar en su reunión del
día 30 de junio de 2020 (acta número x/2020) y entrará en vigor al comienzo del curso
2020/2021.
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