NIA 620 UTILIZACIÓN DEL TRABAJO DE UN EXPERTO DEL AUDITOR
ALCANCE Esta norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor respecto del trabajo de uno persona u organización en un campo de especialización distintito al de la contabilidad o auditoría, cuando dicho trabajo se utiliza para facilitar al auditor la obtención de evidencia suficiente y adecuada. NO TRATA: Situaciones en las que el equipo del encargo incluye un miembro, o consulta a una persona u organización, especializado en el área especifica de contabilidad o de auditoría. La utilización por el auditor del trabajo de una persona u organización, especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría y cuyo trabajo en dicho campo se utiliza por la entidad para facilitar la preparación de los estados financieros.
RESPONSABILDAD Es un único responsable de la opinión de auditoría expresada. Sin embargo, si el auditor establece que el trabajo del experto es adecuado para los fines de la auditoría, puede aceptar los hallazgos o conclusiones de experto como evidencia de auditoría.
OBJETIVOS Los objetivos del auditor son: Determinar si se utiliza el trabajo de un experto En caso de utilizar el trabajo del experto, determinar si dicho trabajo es adecuado para los fines de la auditoría.
DEFINICIONES EXPERTO DEL AUDITOR ESPECIALIZACIÓN EXPERTO DE LA DIRECCIÓN Persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese campo es utilizado por el auditor para facilitarle la obtención de evidencia suficiente y adecuada. Cualificaciones, conocimiento y experiencia en un campo concreto. Persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese campo es utilizado por entidad para facilitar la preparación de los estados financieros.
Ejemplos de situaciones en las cuales es puede necesitar a un experto Valoración de instrumentos financieros complejos, terrenos, edificios, fabricas, maquinarias, joyas, obras de arte, antigüedades, entre otros . C álculos actuariales de pasivos asociados a contratos de seguros o planes de pensiones de empleados. E stimación de reservas de petróleo y gas. V aloración de pasivos medioambientales y de los costos de saneamiento. I nterpretación de contratos y disposiciones legales y reglamentarias. A nalisis de cuestiones fiscales complejas o inusuales.
REQUERIMIENTOS
REQUERIMIENTOS
¿Como evalúa el auditor la competencia, capacidad y objetividad del experto? La experiencia que tenga el experto en trabajos anteriores. Las discusiones con dicho experto. Las discusiones con otros auditores o con otras personas que estén familiarizadas con el trabajo del experto. Conocimiento de las cualificaciones de dicho experto, de su pertenencia a una organización profesional, de su habilitación para ejercer, entre otras. Artículos publicados o libros escritos por el experto. Las políticas y procedimientos de control de calidad de la firma de auditoría. Indagar ante la entidad sobre posibles intereses que tenga el experto y que puedan afectar su objetividad. P uede ser adecuado que el auditor obtenga una manifestación escrita del experto.
REFERENCIA AL EXPERTO EN EL INFORME DE AUDITORÍA OPINIÓN NO MODIFICADA El auditor no hará referencia al experto a menos que las disposiciones legales y reglamentarias lo soliciten. OPINIÓN MODIFICADA Si la opinión del experto influye en la opinión modificada, entonces si hará referencia al experto. El hacer referencia al experto no disminuye la responsabilidad del auditor con respecto a dicha opinión.