Bloque Constitucional El Bloque constitucional se entiende como el conjunto normativo con principios y disposiciones, materialmente constitucionales, fuera del texto de la constitución documental y tiene como fin ser parámetro para el control constitucional de las normas infraconstitucionales .
Definiciones del bloque consticional Estrada Vélez afirma que: "es el conjunto de normas que configuran una unidad constitucional Francisco Rubio Llorente ofrece una definición introductoria, anotando que en la doctrina francesa el " Bloque de Constitucionalidad, se utiliza para designar el conjunto de normas que el Consejo Constitucional aplica en el control previo de constitucionalidad de las leyes
La expresión «bloque de constitucionalidad» surgió en Francia, a raíz de la decisión del consejo constitucional de 16 de julio de 1971, que incorpora a la constitución nacional de 1958: la Declaración de Derechos del hombre de 1879, el preámbulo de la carta de 1946 y determinadas leyes de la república. Esto con la finalidad de establecer de forma concreta la naturaleza y fuerza constitucional de los derechos fundamentales no incluidos de manera expresa en la constitución francesa .