Derecho Administrativo II, Clase 7..pptx

RodrigoOrtega401229 8 views 18 slides Aug 27, 2025
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UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES 7º. SEMESTRE, DERECHO ADMINISTRATIVO II ENTIDADES Y ÓRGANOS DE CONSULTA Y DE CONTROL POLÍTICO-JURÍDICO LIC. JUAN CARLOS PÉREZ DÍAZ

EL MINISTERIO PÚBLICO. LEER DTO. 18-2016 REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL MP. Es la institución creada por la Constitución Política de la República de Guatemala, es auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones AUTONOMAS, cuyo principal objetivo es velar por el estricto cumplimiento de las layes. Artículo 251. INTEGRACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO: (Reformado por el Dto. 18-2016. Artículo 6. 1) Fiscal General de la República y Jefe del MP 2) Fiscales Regionales 3) Los Fiscales de Distrito y Fiscales de Sección: 4)Los Agentes Fiscales 5) Los Auxiliares Fiscales

EL FISCAL GENERAL. El jefe del Ministerio Público es el Fiscal General, a quien le corresponde la acción penal pública. Encargada de la investigación y el ejercicio de la persecución penal. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR EL FISCAL GENERAL. A) Ser Abogado y Notario B) Guatemalteco de origen; C) Tener las mismas calidades de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia; D) De Reconocida Honorabilidad E) Estar en goce de sus derechos de ciudadano; F) Ser Abogado colegiado: G) Mayor de cuarenta años H) Haber desempeñado como magistrado de la Corte de Apelaciones, un periodo completo o de los tribunales colegiados que tengan la misma calidad, o haber ejercido de Abogado por más de diez años.

NOMBRAMIENTO, REMOCIÓN Y DURACIÓN DEL CARGO DE FISCAL GENERAL. Es nombrado por el Presidente de la República de una nómina de seis candidatos, propuesta por una comisión de postulación. Dura en el ejercicio de su cargo CUATRO AÑOS. Puede ser removido por causas debidamente establecidas. COMISIÓN DE POSTULACIÓN. A) El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, quien la preside; B) Los Decanos de las facultades de Derecho o de Ciencias Jurídicas y Sociales de las universidades del país. C) El Presidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala. D) El Presidente del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.

FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO. Leer Dto. 18-2016 A) Investigar los delitos de acción pública y promover la persecución penal ante los tribunales, según las facultades que le confiere la Constitución , las leyes de la República y los Tratados y Convenios Internacionales. 2) Ejercer la acción civil en los casos previstos por la ley asesorar a quien pretenda querellarse por delitos de acción privada de conformidad con lo que establece el Código Procesal Penal. 3) Dirigir a la Policía y demás cuerpos de seguridad del Estado en la investigación de hechos delictivos. 4) Preservar el Estado de Derecho y el respeto a los derechos humanos , efectuando las acciones necesarias ante los Tribunales de justicia.

INSTITUTO DE FOMENTO MUNICIPAL Ente creado mediante Decreto 1132 “Ley Orgánica del Instituto de Fomento Municipal”, es un órgano técnico con funciones específicas de asesoría técnica y financiera para todas las municipalidades del país. Para el cometido de sus funciones tiene tres objetivos principales: A) La Asistencia técnica B) Asistencia Financiera C) Asistencia Administrativa Está integrada por una junta directiva: 3 directores propietarios

3 directores suplentes Nombramientos: Un propietario y suplente nombrado por el Presidente de la República. Un propietario y suplente nombrado por la Junta Directiva de la Asociación de Municipalidades (ANAM) Un propietario y suplente nombrado por la junta directiva del Banco de Guatemala.

ENTIDADES Y ORGANOS DE CONTROL POLÍTICO Y JURÍDICO. CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS. Es una institución técnica, descentralizada, con funciones de fiscalización de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendado de los organismos del Estado, contratistas de obras públicas y de cualquier persona, que, por delegación del Estado, invierta o administre fondos públicos. Art. 232 Constitucional.

Requisitos para ser jefe de la Contraloría General de Cuentas. Mayor de cuarenta años Guatemalteco, Contador Público y Auditor Reconocida honorabilidad y prestigio profesional Encontrarse en el goce de sus derechos de ciudadano No tener juicio pendiente en materia de cuentas Haber ejercido la profesión por más de diez años Art. 234 Constitucional. Lo elije el Congreso de República propuesto por la comisión de postulación.

La comisión de postulación la integra: A) Un representante de los Rectores de la Universidades del País. B)Los Decanos de las facultades que incluyan la carrera de Auditoría. C) Un representante de la Asamblea General del Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y Administradores de Empresas. Atribuciones de la Contraloría General de Cuentas: LEER ARTÍCULO 4 DEL DECRETO 31-2012 OBLIGATORIO PARA EL EXAMEN.

LA COMISIÓN Y EL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS. Son dos instituciones que tienen la función de contralor de los derechos humanos en Guatemala, la Comisión de los Derechos Humanos del Congreso de la República y el Procurador de los Derechos Humanos. A) Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Congreso de la República. La Comisión de Derechos Humanos se encuentra integrada por un Diputado por cada Partido Político representado dentro del período correspondiente y sus atribuciones están contenidas en la Ley de la Comisión y Procurador de los Derechos Humanos. Decreto 54-86

EL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS. Defensor del pueblo OMBUDSMAN. En el año 1809 marca en Suecia el aparecimiento constitucional del Ombusdman , palabra derivada del Imbud , que en el idioma sueco significa representante, comisionado, protector mandatorio, es decir un mandatario del pueblo, es electo por el parlamento para investigar las quejas de los ciudadanos frente a la actuación de los funcionarios públicos, aunque a esta fecha sus atribuciones han crecido en tal forma que le involucran en la casi totalidad de las funciones de la Administración Pública.

ELECCIÓN DEL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS. La Comisión del Congreso de la República, propone al Pleno del Congreso tres candidatos para la elección de un Procurador. DURACIÓN DEL CARGO: Ejerce su cargo durante cinco años, pudiendo ser reelecto para otro período de cinco años, pues la Constitución no contiene prohibición alguna para tal reelección. REQUISITOS PARA SER PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS.

De conformidad con el Artículo 273 de la Constitución Política de la República: A) Guatemalteco de origen B) Reconocida Honorabilidad C) Ser Abogado y Notario D) Mayor de cuarenta años E) Haber desempeñado un período completo como Magistrado de la Corte de Apelaciones o de los Tribunales Colegiados que tengan la misma calidad o haber ejercido la profesión de Abogado por más de diez años.

Atribuciones del Procurador de Derechos Humanos. LEER ARTÍCULO 275 CONSTITUCIONAL. A) Promover…. B) Denunciar….. C) Investigar….. D) Recomendar… E) Emitir censura pública por los actos…. F) Promover acciones… G) Otras. .

LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD. Es un organismo creado por la Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 268, “es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que la asigna la Constitución y ley de la materia”. INTEGRACIÓN: Se integra por cinco Magistrados Titulares y cinco suplentes, en el caso de conocimiento de inconstitucionalidades en contra de la Corte Suprema de Justicia, Congreso de la República, Presidente de la República, Vicepresidente, el número aumenta a siete y se designa por sorteo entre los suplentes.

DESIGNACIÓN DE LOS MAGISTRADOS. A) Un titular y suplente por el Pleno del Congreso de la República. B) Un titular y suplente por el Pleno de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia . C) Un titular y suplente por el Presidente de la República en Consejo de Ministros de Estado. D) Un titular y suplente por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Un titular y suplente por la Asamblea del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.

DURACIÓN EN EL CARGO. Duran en el ejercicio de su cargo cinco años, pudiendo ser reelectos, y la presidencia es rotativa de acuerdo a la edad de estos, del de más edad al más joven. REQUISITOS PARA SER MAGISTRADO A LA CC. A) Guatemalteco de origen B) Ser Abogado colegiado activo C) Ser de reconocida honorabilidad. D) Tener por lo menos quince años de graduación profesional desde el momento en que el profesional obtuvo sus títulos profesionales de Abogado y Notario.
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