El concepto de jurisprudencia

ivarGlez 1,850 views 14 slides Sep 11, 2017
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Video, como parte de la investigación en el proceso de admisión, de Unadm 2017


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El Concepto de Jurisprudencia IVÁN GONZÁLEZ GARCÍA ASPIRANTE A LA CARRERA DE DERECHO UNADM 2017

Suprema Corte de Justicia de la Nación La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país y cabeza del Poder Judicial de la Federación. Tiene entre sus responsabilidades defender el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; mantener el equilibrio entre los distintos Poderes y ámbitos de gobierno, a través de las resoluciones judiciales que emite; además de solucionar, de manera definitiva, asuntos que son de gran importancia para la sociedad. En esa virtud, y toda vez que imparte justicia en el más alto nivel, es decir, el constitucional, no existe en nuestro país autoridad que se encuentre por encima de ella o recurso legal que pueda ejercerse en contra de sus resoluciones.

¿Cuáles son los asuntos cuya atención corresponden a la SCJN? La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país, en virtud de lo cual, tiene como responsabilidad fundamental la defensa del orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de solucionar, de manera definitiva, otros asuntos jurisdiccionales de gran importancia para la sociedad.

De manera más específica E ntre los asuntos cuya atención le corresponde, se encuentran los siguientes: Los llamados Medios de Control de la Constitucionalidad, en los casos que a continuación se señalan: Amparos directos trascendentales. Recursos. Casos de incumplimiento de sentencias o repetición de actos reclamados. Casos de violaciones a la suspensión del acto reclamado o de admisión de fianzas ilusorias o insuficientes. El juicio de amparo:  Las controversias constitucionales. Las acciones de inconstitucionalidad. Las determinaciones de constitucionalidad sobre la materia de consultas populares.

¿Qué es una Controversia Constitucional? Las controversias constitucionales son procesos me­diante los cuales, se resuelven los conflictos que surjan entre dos de los Poderes Federales –Legislati­vo y Ejecutivo–, los Poderes de los Estados –Legislativo, Ejecutivo y Judicial–, los Órganos de Gobierno del Distrito Federal –Legislativo, Ejecutivo y Judicial–, o bien, entre los órdenes de go­bierno –federal, estatal, municipal o del Distrito Federal–, por invasión de competencias o bien, por cualquier tipo de violación a la Constitución Federal, por parte de los órganos señalados. Corres­ponde exclusivamente a la SCJN resolver estos procesos.

¿Qué es una Acción de Incostitucionalidad ? Es un medio de control de la constitucionalidad que se tramita en forma exclusiva ante la SCJN, por medio del cual se denuncia la posible contradic­ción entre la Constitución y alguna norma o dis­posición de carácter general de menor jerarquía –ley, tratado internacional, reglamento o decre­to–, con el objeto de preservar o mantener la supremacía de la Carta Magna y dejar sin efecto las normas declaradas inconstitucionales.

¿Qué es la jurisprudencia? La jurisprudencia es un conjunto de principios, razonamientos y criterios que los juzgadores establecen en sus resoluciones, al interpretar las normas jurídicas, es decir, al desentrañar o esclarecer el sentido y alcance de éstas o al definir los casos no previstos en ellas. La jurisprudencia es considerada una de las llamadas "fuentes formales del derecho", es decir, uno de los procesos o medios a través de los que se crean las normas jurídicas. Entre dichas fuentes encontramos también a la legislación, la costumbre, las normas individualizadas y los principios generales del derecho.

¿Quiénes pueden emitir jurisprudencia en el Poder Judicial de la Federación ? En el Poder Judicial de la Federación, por disposición de la ley, están facultados para emitir jurisprudencia obligatoria, el Pleno y las Salas de la SCJN; la Sala Superior y las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; los Plenos de Circuito y los Tribunales Colegiados de Circuito.

¿Para quiénes es obligatoria la jurisprudencia de la SCJN ? La jurisprudencia emitida por la SCJN, cuando funciona en Pleno o en Salas, es obligatoria para los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, los Juzgados de Distrito, los Tribunales militares y judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y los Tribunales administrativos y del trabajo, tanto locales como federales. Las Salas de la SCJN únicamente están obligadas por la jurispru­dencia decretada por el Tribunal en Pleno.

¿Cómo se integra la jurisprudencia de la SCJN? Las resoluciones de la SCJN constituyen jurisprudencia, siempre y cuando lo resuelto en ellas se sustente de manera reiterada o seriada en cinco sentencias ejecutorias, no interrumpidas por una que sostenga un criterio distinto. Además de esta condición, es necesario que la jurisprudencia sea aprobada, por lo menos, por ocho Ministros, si se tratara de jurisprudencia del Pleno, o por cuatro Ministros, en los casos de jurisprudencia de las Salas. Para la integración de este tipo de jurisprudencia, no se toman en cuenta las tesis aprobadas en los asuntos resueltos conforme a lo dispuesto en las disposiciones vigentes con anterioridad a la Décima Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta . También se forma jurisprudencia cuando el Pleno, las Salas de la SCJN llevan a cabo un procedimiento de unificación de criterios –contradicción de tesis–, al decidir el que debe prevalecer en el caso de que existan dos o más tesis –o criterios– contradictorias. En este caso, el Pleno, las Salas pueden, incluso, adoptar una nueva tesis, que habrá de prevalecer sobre las que contendieran.

¿Cuáles son los medios de difusión de la jurisprudencia de la SCJN ? El Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta , órgano oficial de difusión de la jurisprudencia del Poder Judicial de la Federación, excepto en lo que se refiere al Tribunal Electoral de este poder: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Además, existen múltiples medios no oficiales de difusión, entre ellos, diversos libros y una gran cantidad de discos ópticos, entre los que destaca el denominado IUS. Jurisprudencia y Tesis Aisladas : Publicaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Además, es posible consultar los criterios de la SCJN y de los Tribunales Colegiados de Circuito en este mismo portal de Internet : Semanario Judicial de la Federación

Conclusiones Existe mucho material literario y electrónico alrededor de este concepto. En mi caso resulto muy interesante profundizar un poco más. Me resulta impresionante que aún tenemos un largo camino que recorrer, orientados por la jurisprudencia de nuestro más alto tribunal. Es notorio que estas nuevas sentencias que surgen día con día vienen a resolver problemas que con las leyes actuales no sería posible. Por lo cual su conocimiento es muy importante y por ello existen los recursos en donde las podemos consultar. Indagando en la página de la SCJN podemos darnos cuenta que las jurisprudencias surgen de casos muy variados y repetitivos en todos los ámbitos sociales y culturales. Sin duda en México se lleva acabo una gran labor en función de las necesidades legislativas del día a día.

Bibliografía Acosta Romero, M. y. (2002). Derecho Jurisprudencial mexicano. México: Porrua . Atienza , M. (2004). El sentido del derecho. España: Ariel. Barberis , J. (1994). Formación del Derecho internacional . Buenos Aires: Ábaco de Rodolfo Depalma . Cabrera Acevedo, L. (2002). El constituyente de 1917 y el Poder Judicial de la Federación: una visión del siglo XX. México: Suprema Corte de Justicia de la Nación. La jurisprudencia. Su integración. (2004). México: Poder Judicial de la Federación. Massini , C. I. (2000). La prudencia jurídica. Buenos Aires: Abeledo Perrot . Rosales Guerrero, E. G. (2005). Estudio Sistemático de la jurisprudencia. México: Suprema Corte de Justicia de la Nación. SCJN. (9 de Septiebre de 2017). Suprema Corte de Justicia de la Nación . Obtenido de https://www.scjn.gob.mx/ Zárate, F. T. (2009). La Jurisprudencia. México: alegatos, núm 72. Zertuche García, H. G. (1990). La jurisprudencia en el sistema jurídico mexicano. México: Porrua .

Gracias por su atención.
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