enrequesimiento ilicito de prestacion.pptx

JoseLucana2 4 views 17 slides Sep 14, 2025
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EL ENRIQUECIMIENTO ILEGÍTIMO

Concepto y Antecedentes Históricos El enriquecimiento ilegítimo ocurre cuando una persona obtiene un beneficio patrimonial sin causa legítima, en detrimento de otra. No se confunde con transacciones válidas, sino con situaciones sin justificación jurídica. 1 Derecho Romano Surgió con remedios como las 'condictione' y la acción in rem verso. 2 Legislación Europea Consolidado por la equidad y el derecho canónico en España y Francia. 3 Bolivia Regulado en el Artículo 961 del Código Civil, que exige restitución por enriquecimiento sin justo motivo.

Naturaleza Jurídica La doctrina considera el enriquecimiento ilegítimo como una obligación de origen legal (ex lege). Surge directamente del ordenamiento jurídico para restablecer el equilibrio patrimonial. No es un acto lícito, ilícito o natural, sino un hecho jurídico que genera una obligación restitutoria.

La Acción In Rem Verso La acción in rem verso es el instrumento procesal para que el empobrecido reclame la restitución del bien o su valor. Es una acción personal, subsidiaria y restitutoria, distinta de daños y perjuicios o reivindicatoria. En Bolivia, prescribe en cinco años (Art. 1507 del Código Civil). Enriquecimiento del Demandado Incremento injustificado en su patrimonio. Empobrecimiento del Actor Correlativa disminución patrimonial. Relación Causal Vínculo directo entre enriquecimiento y empobrecimiento. Ausencia de Causa Legítima Sin título jurídico que lo justifique. Subsidiariedad No debe existir otra acción directa para la restitución.

3. La Acción In Rem Verso (Enriquecimiento sin causa en la legislación boliviana) Concepto Acción que la ley confiere a quien ha sufrido una disminución patrimonial sin causa justa , para reclamar contra quien se benefició injustamente. Origen romano : acción contra el pater familias por bienes adquiridos por esclavos o hijos menores. Naturaleza : restitutoria (no indemnizatoria).

Puede ejercerla: El empobrecido directamente. Sus sucesores (herederos). Acreedores del empobrecido , mediante acción subrogatoria (art. 1.497 C.C. boliviano).

Objeto Restitución del bien desplazado. Si no es posible, devolución de su valor económico . Art. 1507 C.C. boliviano → prescribe en 5 años (prescripción ordinaria). Diferencias Clave Acción In Rem Verso : Restitutoria, personal, contra el enriquecido. Acción de daños y perjuicios : indemnizatoria, basada en culpa o dolo. Acción reivindicatoria : real, contra cualquier poseedor. Gestión de negocios : se da solo si alguien actúa sin mandato en favor de otro.

Requisito 1 – Enriquecimiento del Demandado Diferencia entre su patrimonio actual y el que tendría sin el desplazamiento injusto. Ejemplo Bolivia : Un banco cobra una comisión inexistente → su patrimonio aumenta indebidamente. Requisitos de Procedencia de la Acción In Rem Verso

Requisito 2 – Empobrecimiento del Actor Patrimonio disminuido correlativamente. Es la contracara del enriquecimiento. Ejemplo : Una persona paga por error una deuda ya cancelada (art. 894 C.C. – pago indebido). Requisito 3 – Relación Causal El empobrecimiento debe ser consecuencia directa del enriquecimiento del otro. Ejemplo : Empresa constructora edifica en terreno ajeno → el dueño del predio se enriquece con la obra, mientras el constructor se empobrece.

Requisito 4 – Ausencia de Causa Justa No debe existir un título legal válido que justifique el enriquecimiento. Ejemplo : Si un funcionario recibe un pago extra sin norma que lo respalde, debe devolverlo (TSJ – control de legalidad en remuneraciones). Conclusión La acción in rem verso en Bolivia solo procede si: Hay enriquecimiento y empobrecimiento correlativos. Existe nexo causal. No hay causa jurídica válida. No existe otra acción directa (principio de subsidiariedad). Se busca restablecer el equilibrio patrimonial de manera justa.

Vías de Enriquecimiento Ilegítimo El enriquecimiento ilegítimo puede surgir de diversas situaciones, incluyendo acciones del enriquecido, del empobrecido o eventos naturales. Hechos del Enriquecido Beneficios involuntarios o construcciones en terreno ajeno. Hechos del Empobrecido Pagos indebidos o construcciones en terreno ajeno. Hechos Naturales Aluvión, avulsión, mezcla o confusión de bienes.

POR HECHOS DEL ENRIQUECID0Ejemplo: Construcción en terreno propio con materiales ajenos. ¿Qué pasa? Se beneficia sin pagar por materiales. Base legal: Artículos 147 y 148 CC. POR HECHOS DEL ENRIQUECIDO Ejemplo: Pago indebido o construcción en terreno ajeno por error. ¿Qué pasa? Otro recibe beneficio sin derecho. Base legal: Artículo 129-|| CC. POR HECHOS DEL EMPOBRECIDO

Ejemplo: Aumento de terreno por aluvión o mezcla de bienes. ¿Qué pasa? Beneficio sin intervención humana. Base legal: Artículos 131, 132 y 133 CC. El enriquecimiento ilegítimo puede originarse por acciones del beneficiado, del empobrecido o por hechos naturales POR HECHOS NATURALES

Límites de la Reparación La reparación por enriquecimiento ilegítimo tiene límites claros para garantizar la justicia y evitar nuevos desequilibrios. No Exceder el Enriquecimiento La restitución no puede superar el beneficio obtenido. No Superar el Empobrecimiento La reparación no puede ser mayor que la pérdida del actor.

Otras Fuentes de Obligaciones Además del enriquecimiento ilegítimo, el derecho boliviano reconoce otras fuentes de obligaciones.

Diversidad de Fuentes 1 El Contrato Acuerdo de voluntades que crea, modifica o extingue obligaciones. 2 El Hecho Ilícito Acto contrario a la ley que causa daño y obliga a reparar. 3 Declaración Unilateral Una persona se obliga a sí misma a cumplir una prestación. 4 La Ley Norma jurídica imperativa que impone obligaciones.

Conclusión El enriquecimiento ilegítimo y otras fuentes de obligaciones, como contratos, hechos ilícitos, declaración unilateral y la ley, son fundamentales en el derecho civil boliviano. Su correcta aplicación garantiza la justicia, la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones patrimoniales.
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