Ley Orgánica 5/2002 de 19 de junio de las cualificaciones y de la formación profesional Alexia Peteiro Mata Auria Vázquez Cid Tatiana González Alonso
Fomentar la inserción laboral, conseguir una población activa, cualificada y apta para la movilidad y libre circulación, a través de formación a lo largo de la vida integrando diferentes ofertas formativas como: reglada, ocupacional y continua. El presente marco normativo pretende garantizar la correspondencia entre las cualificaciones profesionales y las necesidades del mercado de trabajo. La ley configura un Catálogo Nacional de Cualificaciones P rofesionales y un procedimiento de acreditación de dichas cualificaciones. Objetivo
17 artículos 1 título preliminar 4 títulos 4 disposiciones adicionales 1 disposición final primera Estructura
Ordenación de un s istema integral de f ormación profesional, cualificaciones y acreditación, sostenido con fondos públicos que favorezca la formación a lo largo de la vida. Las acciones formativas programadas se desarrollarán en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (instrumentos y acciones para promover y desarrollar la integración de las ofertas de formación profesional para favorecer el desarrollo personal y social de las personas y cubrir las necesidades del sistema productivo), coordinado con las políticas activas de empleo. Título preliminar
Se establece el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales constituído por las cualificaciones identificadas por el mercado laboral que se organiza en módulos formativos. Cabe distinguir lo entendido por: Cualificación profesional : Competencias adquiridas mediante la formación o la experiencia laboral. Competencia profesional : conocimientos y capacidades que permiten el desarrollo profesional conforme las exigencias del mercado. Título I De las cualificaciones profesionales
Se establecen las acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de acceso al mundo laboral. Incluye: Las enseñanzas propias de la formación profesional. - Inserción y reinserción laboral de los trabajadores. - Formación continua. Título II De la formación profesional
La información y orientación profesional tendrá la finalidad de informar sobre el acceso al empleo, adquisición de competencias y cualificaciones profesionales, asesorar sobre las ofertas formativas y diferentes itinerarios, así como de la movilidad en el mercado laboral. Título III Información y orientación profesional
La finalidad básica del sistema es garantizar la eficacia de las acciones que se llevan a cabo y adecuarse a las necesidades del mercado de trabajo. Título IV Calidad y evaluación del sistema Nacional de Cualificaciones y formación profesional