NOM 009 STPS CAPACITACION PARA EL TRABAJDOR

seguridadlaboral18 29 views 14 slides Aug 28, 2025
Slide 1
Slide 1 of 14
Slide 1
1
Slide 2
2
Slide 3
3
Slide 4
4
Slide 5
5
Slide 6
6
Slide 7
7
Slide 8
8
Slide 9
9
Slide 10
10
Slide 11
11
Slide 12
12
Slide 13
13
Slide 14
14

About This Presentation

NOM 009 STPS


Slide Content

NOM 009 STPS Trabajos en alturas

Introduccion

Definiciones

Campo de aplicación La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en aquellos lugares donde se realicen trabajos en altura.

Responsabilidad -EMPRESA

Responsabilidad - COLABORADOR

Puntos de anclaje El elemento que posee suficiente resistencia para la fijación de malacates, cables de suspensión, cables de seguridad y otros dispositivos de suspensión, soporte o paro durante una caída, y que puede ubicarse o instalarse en los edificios, andamios suspendidos, plataformas de elevación, entre otros, en los que se realiza un trabajo en altura.

Equipo de protección personal específicos Aquéllos de uso personal empleados para suspender o soportar a un trabajador en actividades que impliquen riesgo de caída de altura. Incluyen también los utilizados para la prevención de caídas de altura y para la detención en el caso de que éstas lleguen a presentarse. Comprenden, entre otros, los denominados de restricción, posicionamiento, ascenso y/o descenso controlado y detención de caídas.

TIPOS Los sistemas de restricción deberán emplearse únicamente para limitar la distancia de desplazamiento del trabajador a no menos de 1.20 mt Los sistemas de posicionamiento únicamente para mantener al usuario en posición en su punto de trabajo. Este tipo de sistemas no deberá emplearse para detención de caídas El uso de sistemas de protección personal para interrumpir caídas de altura deberá ser obligatorio cuando realicen trabajos en altura sobre: a) Bordes de azoteas, terrazas, miradores, galerías o estructuras fijas elevadas, al igual que en aberturas como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales, donde no sea posible la colocación de barreras fijas o protecciones laterales o perimetrales, o no se empleen sistemas personales de restricción. b) Estructuras fijas elevadas donde no sea posible la colocación de redes de seguridad. c) Andamios tipo torre o estructura, a más de 3.5 m. d) Andamios suspendidos o plataformas de elevación. e) Escaleras de mano, a más de 3.5 m del nivel de referencia.

Composición

Lineas de vida

Equipos a utilizar

Medidas de seguridad
Tags