CLASES DE CAUSA
En el contrato de compraventa, que es un género, dentro del cual caen un sinnúmero de figuras, como ser:
compraventa de muebles, de inmuebles, de semovientes, etc., que pertenecen a la misma categoría de
compraventa, la causa de la obligación, fatalmente la misma, es para el vendedor, recibir el precio y para el
comprador adquirir el derecho de propiedad: en el contrato de arrendamiento, que abarca una gran variedad
de especies de arriendo, como el arriendo de muebles, de inmuebles, de fundos rústicos, fundos urbanos
destinados a vivienda, etc., el fin inmediato, directo y abstracto, rigurosamente idéntico para todos ellos, es de
parte del arrendador, obtener el canon de alquiler mensual, semestral o anual y, de parte del arrendatario,
tener a su disposición el uso y goce temporal de la cosa recibida en arriendo.
c) Causa del contrato
Llamada en la doctrina italiana y en la legislación nacional, móvil del negocio, es el fin mediato, concreto,
diferente en los actos jurídicos inclusive que pertenecen a una misma categoría y que persiguen las partes al
contratar. No es un elemento técnico, sino volitivo, así por Ej: en la compraventa de una casa, la causa del
contrato de parte del comprador, puede ser: para vivir en ella, para alquilarla y obtener una renta, para
negociarla vendiéndola, etc., es decir, que el fin que se quiera dar a esa cosa es concreto porque responde a
móviles psicológicos particulares y privativos de cada uno de los contratantes, resultando como consecuencia
que este fin mediato y concreto que, fatalmente tiene que ser diferente entre las diversas personas que
participan en la celebración de la misma categoría de contratos y mucho más si intervienen en la misma
calidad de contratantes .