AJUSTE DE LOS VALORES DE EXPOSICIÓN PERMISIBLES PARA LOS HORARIOS DE TRABAJO INUSUALES
DEFINICIONES Ciclo de trabajo repetitivo : período calendario durante el cual el horario de trabajo (turno de trabajo) se repite exactamente en forma diaria y semanal. Por ejemplo: -un horario convencional de 8 horas al día (de lunes a viernes), cinco días a la semana es un ciclo de trabajo de semanas calendario repetitivo -un horario de 12 horas al día durante 10 días consecutivos, seguido por un periodo de descanso de 10 días, constituiría un ciclo repetitivo de 20 días
EXPOSICIÓN MÚLTIPLE: la exposición diaria a varias sustancias DURACIÓN DE LA EXPOSICIÓN PROMEDIO EN HORAS A LA SEMANA EN FUNCIÓN DE UN CICLO DE TRABAJO REPETITIVO: la media aritmética de horas (H W ) del total semanal (7 días) de los turnos de trabajo durante el ciclo de trabajo repetitivo. Por ejemplo: un horario convencional de 8 horas al día (de lunes a viernes), 5 días a la semana, representa una duración de exposición promedio en horas a la semana basada en un ciclo de trabajo repetitivo de 40 horas a la semana. un horario de 12 horas al día durante 7 días consecutivos, seguido por 7 días de descanso, corresponde a una duración de exposición promedio en horas a la semana basadas en un ciclo de trabajo repetitivo de 42 horas a la semana.
CONDICIONES DE APLICACIÓN Los valores a corto plazo de exposición (STEL) y los valores de techo (CEILING) no están sujetas al principio de ajuste; sólo los TWA están sujetos al principio de ajuste. El proceso de ajuste TWAEV se aplica sólo a los horarios nominales con los cambios de no menos de 4 horas y no más de 16 horas. En ningún caso puede el AAEV ser mayor que el TWA.
PROCEDIMIENTO DE AJUSTE El procedimiento de ajuste se basa en la asignación de las categorías de ajuste (Tabla 1) Tabla 1: Lista de categorías de ajuste
CÁLCULO DE AAEV sustancias Categoría I , el TWAE no tiene que ser ajustado, independientemente del tipo de horario de trabajo Sustancias de categoría II , requieren un ajuste de diario Donde: Fa = factor de ajuste Hd = duración de la exposición en horas por turno
Categoría III, sustancias que requieren un ajuste semanal En el caso de sustancias de la categoría IV , el Fa debe ser calculado para cada una de las dos ecuaciones para las categorías II y III, el valor más bajo del Fa debe ser aplicado. Donde: Fa = factor de ajuste Hwk = duración media de los turnos de trabajo por semana sobre la base de un ciclo de trabajo repetitivo.
Factor de ajuste de los horarios de trabajo inusuales basados en la duración de los turnos de trabajo (h / d) y la duración media de la semana de trabajo (h / sem ) Categoría II* h/día Fa * La duración de los turnos de trabajo debe ser igual de un día al otro Para una sustancia cuyo ajuste se debe hacer sobre una base diaria ( Categoría II ), si los turnos de trabajo son todos de la misma longitud, por ejemplo, 12 horas diarias, la AAEV será 0,67 * TWA
Categoría III h/ sem Fa sustancias, que requieren un ajuste semanal, ejemplo: un horario de trabajo de 12 horas al dia durante 7 días consecutivos , seguido por 7 días de descanso da un promedio de exposición de 42 horas a la semana y un factor de ajuste de 40/42 o 0,95.
Categoría IV Azul: El ajuste diario más conservador Rojo: El ajuste semanal más conservador h/día h / sem , base en el ciclo repetitivo Fa
Para las sustancias Categoría IV , el más conservador de los ajustes diarios o semanales, debe calcularse los mismos criterios de cálculo para ajustes diario o semanal, el valor más bajo del Fa debe ser aplicado CONCLUSIÓN El proceso de ajuste de TWA en AAEVs se resume en la Figura 1 . Un AAEV no puede ser mayor que el TWA. STEl y CEILING nunca se ajustan.
Figura 1: proceso de ajuste TWA Identificación de la sustancia Establecimiento de la categoría de ajuste en el anexo IV I Sin ajuste II Duración del turno (horas) Variable Constante de un dia a otro Tabla 2, la categoría II El ajuste de la TWAEV basado en la duración de cada turno, respectivamente Tabla 2, categoría II El ajuste de la TWAEV Basado en la duración del turno
III Establecer el ciclo de trabajo repetitivo A partir del ciclo de trabajo, establecer la duración promedio de las semanas de trabajo (h / sem ) en función al ciclo repetitivo. Tabla 2, categoría III Ajuste del TWAEV en función de la duración promedio de las semanas de trabajo en h / sem VI IV Tabla 2, categoría VI FA basado en la duración de los turnos de trabajo (h / dia ) y la semana de trabajo promedio (h / sem )
EJEMPLOS DE AJUSTE PEV El proceso de ajuste PEV se presenta en forma de escenarios tomados de situaciones de trabajo real. CASO 1 : El cianuro de hidrógeno Respecto a la exposición al cianuro de hidrógeno o HCN (ácido cianhídrico) por parte de trabajadores con diferentes horarios de 8 horas al día, 5 días a la semana ¿Qué AAEV se aplica en su caso? La categoría de ajuste para esta sustancia, es I-a. La figura 1 nos informa que para todos Categoría I las sustancias, no hay un ajuste , independientemente del horario de trabajo
CASO 2: acetonitrilo Un técnico de laboratorio utiliza regularmente acetonitrilo como disolvente. Él trabaja 12 horas al día, 4 días a la semana, con semanas alternativas de lunes a jueves y de martes a viernes. ¿Cuál es el AAEV que se aplica en su caso? La categoría de ajuste para esta sustancia, indica la categoría II ,La Figura 1 indica que para todas las sustancias de categoría II, uno primero tiene que especificar si los turnos de trabajo en su horario nominal son siempre la misma longitud de día en día. En este caso, la duración de los turnos de trabajo es constante de12 horas al día, por lo que; el factor de ajuste (Fa)=8/12=0.67 67 mg / m³ x 0,67 44.7mg / m³
CASO 3: El plomo En una planta de recuperación de plomo de baterías de automóviles y de otras fuentes, los trabajadores tienen horarios con turnos de 12 horas durante dos semanas consecutivas de 3 días y 4 días. ¿Cuál sería el AAEV para el plomo que se aplicaría a estos trabajadores? La categoría de ajuste para esta sustancia, indica la categoría III , La Figura 1 indica que para todas las sustancias de categoría III, el ciclo de trabajo repetitivo primero debe especificarse. Ciclo repetitivo de 14 días= 2 semanas Tiempo de Exposición=3diasx12 + 4diasx12 = 84horas Duración de exposición media por semana( )= = 42h/sem factor de ajuste(Fa)=40/42 = 0,95. 0,05mg / m³ x 0,95 0,0475mg / m³
CASO 4: El estireno Una planta de fabricación de embarcaciones de recreo de fibra de vidrio tiene un horario de trabajo que consiste en tres días de trabajo seguidos por tres días de descanso. Todos los turnos de trabajo son de 12 h / d. en el caso de los trabajadores que utilizan estireno para fabricar el revestimiento polimérico, ¿cuál sería el AAEV? La categoría de ajuste para esta sustancia, indica la categoría IV . La Figura 1 indica que para todas las sustancias de la categoría IV, categorías II y III deben ser calculados y el valor más bajo del Fa debe ser aplicado. CATEGORÍA II todos los turnos de trabajo son de la misma longitud, 12 horas al día, por lo que; el factor de ajuste (Fa)=8/12=0.67 213mg / m³ x 0,67 142mg / m³
CATEGORÍA III Para la categoría III, el ciclo de trabajo repetitivo primero se debe especificar, que es de 42 días , tal como se resume en la siguiente tabla: W : trabajo A: ausencia
-42dias el ciclo=6semanas -Este ciclo incluye tres semanas de 36 horas y tres semanas de 48 horas. -Tiempo de exposición=3x36+3x48=252 horas -Duración de exposición media por semana( )= =42h/sem -factor de ajuste(Fa)=40/42 = 0,95. 213mg / m³ x 0,95 El AAEV de 142 mg / m³, siendo el más conservador, es por lo tanto aplicable a la exposición de estos trabajadores. 203mg / m³