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almendravillanueva2 0 views 10 slides Oct 29, 2025
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ANÁLISIS JURÍDICO:
PRIMERA SENTENCIA
PERUANA POR FRAUDE
INFORMÁTICO MEDIANTE
CRIPTOMONEDAS
INTEGRANTES:
CECILIA VENTURA REVILLA
ESTEFANY BARRIENTOS VANEGAS
DALIA HUANCA LINARES
ALMENDRA VILLANUEVA NÁQUIRA
HEIDI YOMARAHA CRUZ FORA
KAREN NICOLE CORDOVA FLORES
GRUPO 4
DERECHO INFORMATICO

INTRODUCCIÓN
En los últimos años, el uso de tecnologías financieras y activos
digitales, como las criptomonedas, ha revolucionado la economía
mundial y generado nuevos riesgos penales. En el Perú, este tema
cobró especial relevancia con la primera sentencia por fraude
informático mediante criptomonedas, emitida el 19 de marzo de
2024 por el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, que aplicó el
artículo 8 de la Ley N.º 30096, Ley de Delitos Informáticos,
sancionando la manipulación de datos para obtener un beneficio
ilícito.

DESCRIPCIÓN DEL CASO Y TIPIFICACIÓN
PENAL
En 2024, el Ministerio Público peruano dictó la primera
condena por fraude informático con uso de criptomonedas,
tras comprobar que un ciudadano vulneró datos bancarios
de una empresa y transfirió fondos ilícitos a billeteras
virtuales personales. El hecho fue sancionado bajo el artículo
8 de la Ley N.º 30096, que penaliza la manipulación de
sistemas informáticos para obtener beneficios indebidos.
Este caso marca un precedente jurídico en el Perú al aplicar
la normativa de delitos informáticos a criptoactivos,
reafirmando la protección del patrimonio y la seguridad
digital y evidenciando la capacidad del sistema penal para
adaptarse a los nuevos desafíos tecnológicos.

III. NATURALEZA DEL DELITO:
INFORMÁTICO O
COMPUTACIONAL Los delitos informáticos atacan directamente sistemas o datos
digitales, mientras que los computacionales usan la tecnología solo
como medio. En el caso analizado, la manipulación de datos
bancarios y transferencias virtuales evidencian un delito informático.
Este tipo penal, regulado por la Ley N.º 30096, refleja el aumento de
la criminalidad tecnológica en el Perú.

Delito ComputacionalDelito Informático
Definición: Es aquel en el que
el sistema o los datos
informáticos son el objetivo
directo del ataque.
El daño recae sobre la
información o los sistemas
digitales.
Ejemplo: Un hacker que ingresa
sin autorización a un sistema
bancario y altera las cuentas o
transfiere dinero digitalmente.
Definición: Es un delito común
cometido mediante el uso de
computadoras o tecnologías
digitales como medio o
herramienta.
La tecnología solo sirve como
instrumento para ejecutar el
delito.
Ejemplo: Una persona que usa
redes sociales para estafar o
suplantar identidad y obtener
dinero de terceros.

IV. EFECTO EN EL SISTEMA PENAL Y BIEN JURÍDICO DE
TUTELA PENAL
El delito de fraude informático protege dos
bienes jurídicos principales:
El patrimonio económico de las víctimas.
La confidencialidad, integridad y
disponibilidad de los sistemas informáticos.
Este enfoque dual fue incorporado en la Ley N.º
30096, inspirada en el Convenio de Budapest,
que reconoce la infraestructura digital como un
bien jurídico autónomo.
Según Cibercrimen en el Perú, stos delitos
afectan la confianza ciudadana y la estabilidad
económica, por lo que el Derecho penal debe
ampliar su protección a los bienes tecnológicos.

La sentencia de 2024 tiene un efecto clave porque:
Consolida la aplicación práctica de la Ley N.º 30096.
Establece un precedente judicial para futuros casos de ciberfraude y uso de
criptoactivos.
Obliga al sistema penal a modernizar sus mecanismos de persecución penal y
cooperación internacional (Defensoría del Pueblo, 2023).
Además, impulsa la creación de modelos de cumplimiento digital (digital
compliance) en las empresas, los cuales fortalecen la autorregulación y previenen
que las organizaciones sean usadas para cometer delitos informáticos.
De esta manera, el bien jurídico tutelado se amplía, abarcando tanto la propiedad
privada como la seguridad colectiva en el ciberespacio.
En conjunto, la sentencia de 2024 produce un efecto expansivo en el
sistema penal peruano, ya que:
Refuerza la función preventiva del Derecho penal.
Promueve la especialización de los fiscales en cibercriminalidad.
Fomenta la cooperación entre el sector público y privado para proteger los
bienes jurídicos digitales.

DERECHO
COMPARADO En América Latina, el crecimiento de los delitos informativos relacionados con criptomonedas
ha impulsado a varios países a adaptar sus legislaciones. En Argentina, la condena por fraude
con criptoactivos estableció un precedente en la responsabilidad penal en este símbolo,
destruyendo la necesidad de normas específicas para el entorno digital (Guido, 2023). México,
preocupada por el uso de criptomonedas en lavado de dinero, ha avanzado en políticas de
supervisión, junta enfrenta limitaciones técnicas y legales (Organización de los Estados
Americanos, 2022). Colombia, une sin regulación específica, ha reconocido la urgencia de
tipificar nuevos delitos informativos vinculados a criptoactivos debido al aviso de fraudes
(Servicio Legal SAS, 2024).Estos casos reflejan un esfuerzo regional hasta una regulación más
clara y adecuada frente a los desafíos del delito informativo.

CONCLUSION
El caso peruano de 2024 marca un avance significativo en la adaptación del
sistema penal a los delitos informativos relacionados con criptomonedas,
destruyendo la aplicación efectiva del derecho penal en fraudes digitales gracias
a la Ley No 30096. Diferenciar entre delitos informativos y computacionales
ayuda a comprender mejor esta criminalidad. Comparado con Argentina, México
y Colombia, Perú reforma retos similares, con la región buscando modernizar sus
leyes frente a la tecnología, une aún hay vacíos legales y falta de especialización.
En conjunto, el caso refleja una evolución del derecho penal hasta un sistema más
actualizado y capacidad de proteger la seguridad digital y el patrimonio de las
personas.

GRACIAS!!
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