Colocacion familiar eloisa

JULIOCESARGUTIERREZ13 3,284 views 3 slides Jan 12, 2022
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Colocacion familiar eloisa


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Ciudadano
Juez de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del
Estado Lara.
Su Despacho. -
“SOLICITUD DE COLOCACION FAMILIAR”
Yo, ELOISA DEL CARMEN COLMENAREZ, de Nacionalidad Venezolana, mayor de
edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: V-7.395.412 asistido por
ciudadano ABOGADO.: JULIO CESAR DAVILA GUTIERREZ de Nacionalidad Venezolana,
mayor de edad y de éste domicilio, debidamente Inscritos por ante el Instituto de Previsión Social
del Abogado bajo los números: 269.979 con el debido acatamiento, respeto y consideración acudo
ante su competente prestigiosa autoridad a los fines de exponer y solicitar:
LOS HECHOS ALEGADOS Y FUNDAMENTO DEL DERECHO
Es el caso Ciudadano Juez que soy la Abuela paterna de tres (3) nietos menores de edad de
nombres y apellidos: CAMILA VALENTINA GODOY BARRIOS , siendo el PRIMERO (1)
teniendo 10 años de edad cumplidos, acompaño marcado letra “A” su partida de nacimiento con
acta N° xxxxx de fecha de nacimiento del día QUINCE (15) de DICIEMBRE del año dos mil diez
2010, JUAN PABLO GODOY BARRIOS el SEGUNDO (2) menor de edad teniendo 08 años de
edad cumplidos, acompaño marcado letra “B” su partida de nacimiento con acta N° xxxxx de fecha
de nacimiento del día dos (02) de mayo del año dos mil once 2012, y SOFIA VALENTINA
GODOY BARRIOS , el TERCER (3) menor de edad teniendo 07 años de edad cumplidos,
acompaño marcado letra “C” su partida de nacimiento con acta N° xxxxxx de fecha de nacimiento
del día dieciocho (18) de enero del año dos mil once 2014 y son hijos de mi hijo legitimo ELIGIO
JOSE GODOY COLMENAREZ , titular de la cedula de identidad V-23.482.545, con residencia
en la Republica de Panamá el cual se fue hace más de cinco (5) años por motivos de buscar mejoras
y calidad de vida, e hijos de mi ex - nuera VANESSA CAROLINA BARRIOS GUTIERREZ
titular de la cedula de identidad V-22.314.164 con residencia en el país de Perú el cual se fue hace
más de dos (2) años por motivos de buscar mejoras y calidad de vida, desde su separación conyugal
mis nietos estuvieron primero con su abuela materna en el estado Yaracuy y por motivo de

vacaciones los niños se vinieron a mi casa en Barquisimeto Estado Lara donde se encuentran desde
la fecha tres (3) de Octubre de 2020 bajo mis cuidado, brindándole un sustento, vestimenta,
habitación, educación, cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes,
requeridos por el menor, sobre todo mucho amor, ya que los tres menores de edad se encuentra con
mucho apego a mí, el cual hasta la fecha lo he venido cumpliendo en conformidad a los artículos 75
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 5, 10, 22, 26, 28, 30,
31, 32, 35, 37, 41, 42, 47, 65, 66, 67, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del
Adolescente y para la solicitud de la colocación familiar me apego a los artículos 394, 395, 396,
397, 398, 399, 400, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente. Por otra
parte le resalto ciudadano juez que la abuela materna de nombre ramona y desconozco su plena
identificación que reside en el estado Yaracuy quiere llevarse a los menores de edad a la fuerza no
quieren irse con ella porque se sienten amenazados por ella los tres niños dicen que la abuela los
maltrata con un objeto de nombre REJO instrumento provisto de un cabo y una tira de cuero
crudo que se utiliza para animar o castigar a las bestias como caballo, vaca, toro entre otros,
donde se le está vulnerando una calidad de vida a los menores de edad que no es la adecuada y no
les da buena atención como es el afecto de una abuela y los tres menores alegan no se sienten bien
con su abuela ramona, mis nietos pueden dar su testimonio y yo las pruebas de los audios y
mensajería y tengo temor que la señora ramona ingrese a la fuerza como hace mención en los
mensajes ( ME LOS VA A ETREGAR POR LAS BUENAS O POR LAS MALAS) con algún
familiar en compañía de ella y se lleve a los menores de edad en contra de sus voluntades
afectándolos psicológicamente, física y moral.

PETITORIO
Señor Juez de conformidad a la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente
en sus artículos 394, 395, 396, 397, 398, 399, 400, y a la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela en su artículo 75, Solicito muy respetuosamente ante de su competente autoridad que
se me otorgue la medida provisional de COLOCACIÓN FAMILIAR sobre mis tres nietos
menores de edad ya antes identificados quiénes se encuentran bajo mi representación como su abuela
paterna ya que me encuentro capacitada para asegurar de forma permanente y satisfactoria el
cuidado de los menores de edad, garantizándoles así con ello el desarrollo psicosocial, además de la
integridad física y emocional del niño.

DE LAS NOTIFICACIONES
Para las Citaciones, Notificaciones y practica de las diligencias probatorias de Ley nuestro Hogar
común se encuentra ubicado en: tXXXXXXXXXXXXXXX apartado 1402 Caracas D.C.
Teléfono: XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX


SOLICITANTE ABOGADO ASISTENTE

Extracto

POSIBILIDAD DE TRAMITAR UNA MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACION FAMILIAR
EN EL TRANSCURSO DE SU PROCESO

Dentro del trámite de una Medida de Colocación Familiar, resulta necesario que se solicite el
otorgamiento de una medida cautelar mientras dure el proceso, ya que la responsabilidad de
crianza de ese NNA no puede quedar en el limbo, esta medida sin duda será otorgada
siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos socio legales necesarios.
La Colocación Familiar puede ser la solución a situaciones que se presentan en el actual
contexto socio familiar venezolano, que afectan o inciden en la vida de la niñez y la
adolescencia, en pro de su protección y mejor desenvolvimiento personal.