formatoExcel,segúnAnexoN°l,que contengalossiguientescampos:apellidopaterno,
apellidomaterno,nombres, Rut,dígitoverificador,edad, sexo, fechadeotorgamientode
la prestación, código de la prestación y fecha de digitación en elSIGGES.
Además, deberá remitir dentro de los 10 días del mes siguiente loscertificados
previsionalesdecadaunode lospacientesidentificadosenlanómina.
Lainformaciónantesindicadadeberáserenviadamediantecorreoelectrónicoal
referentetécnico,nominadopor el DepartamentodeCoordinaciónde la Red dentrode los
primerosdos días hábiles del mes siguiente a aquél en que se otorgaron las prestaciones.
SÉPTIMO:SinperjuiciodeloanteriorelCentrodeSaludMentalComunitariadependiente
de laMunicipalidaddeberá enviar la serieREM(RegistroEstadísticoMensual),vía correo
electrónicoal DepartamentodeInformaciónyAnálisisenSalud(DÍAS),mensualmente,
antesdel décimo día hábil del messucesivoal que seestáinformando.
ElCentro de Salud MentalComunitariase ob iga aregistrarmensualmentelas
Prestaciones Valoradas enSIGGES(sistemadeinformaciónpara gestión de lasgarantías
explícitasensalud),toda vezque éste es elúnicomediooficialpararendirestetipode
producción.
Paraambossistemasderegistrosdeinformación,la contrapartedel Servicio de
SaludMetropolitanoOccidente, será elDepartamentodeInformación yAnálisisde Salud.
ElmencionadoDepartamentorealizaráelmonitoreoajustándosea lanormativade
FONASA, loqueimplicaqueseeliminarándelaBasededatosdelCentrolos RUT
repetidos, bloqueados, con más de un diagnóstico durante el mismo mes o códigos que no
correspondenaprestacionesde salud mentalconvenidasu otra causal que FONASA
determine.
OCTAVO:Para accederalpago,elCentrodeSaludMentalComunitaria,a travésde su
IlustreMunicipalidad,deberáremitirfacturade la Municipalidad, anombrede laDirección
del Servicio de SaludMetropolitanoOccidente, Rut N°61.608.200-0,la quedeberáser
enviadaantesdel día 20 del mes siguiente, a aquél en que se otorgaron las prestaciones,
adjuntandodocumentaciónseñaladaenlacláusulasiexta.De no serremitidaenese
período,lafactura serápagadaen el messiguiente.
Comoseindicó,sólo se pagarán las actividades efectivamente realizadas y que
esténdebidamenteingresadasa SIGGESy validadas por elDepartamentode Información
yAnálisisen Salud (DÍAS)del Servicio de Salud Metropolitano Occidente.
NOVENO:Con el finde revisar elestrictocumplimiento de lasactividadescomprometidas
del Programa de Prestaciones Valoradas de SaludMentaldesarrolladaspor el Centro
Comunitario,serealizaránevaluaciones trimestrales,con losReferentesTécnicosde la
DireccióndelServicio,en los meses de marzo, julio, septiembre y diciembre, las cuales
permitiránreprogramaractividadeseimplementaresfuerzos conjuntosquepermitan cumplir
con lasactividadesypresupuestosasignados.
DÉCIMO:ElServicio,requeriráa la Municipalidad encualquierépoca,los datose
informesrelativosa laejecuciónde lasactividadesespecificadasen lacláusula cuartade
esteconvenio,con losdetallesyespecificaciones queestimedelcaso,pudiendo efectuar
unaconstantesupervisión,control yevaluacióndel mismo. Enconsecuencia,el Servicio
podrá en cualquier momento hacerfiscalizacionesen terreno, analizar casos de pacientes,
revisarfichasclínicas, auditarprocesosasistenciales,etc.
UNDÉCIMO:LaMunicipalidadseobligaamantenerparaeldebidocumplimientodelas
obligacionesquecontraeen virtud de esteConvenio,elpersonal,equipamiento,insumos
y planta físicanecesariospara la realización de lasprestacionesclínicasdescritas,en
conformidada loestablecidoenlaNormaTécnicaN°106delosCentrosdeSaludMental
Comunitario,aprobadapor ResoluciónExentaN°950del 29 de Diciembre de2008,del
MinisteriodeSalud.
DUODÉCIMO:Lasupervisiónde lasactividadesejecutadas porelCentrodeSaludMental
Comunitario,seráejercidapor el Servicio de Salud atravésdelDepartamentode
Coordinaciónde la Redde laDireccióndel Servicio, de acuerdo con las normas, planes y
programasqueimpartaelMinisteriodeSaludy/olasdisposicionespropiasdelServicio.