CONVERSATORIA DE COMPROBANTES DE PAGO ELECTRONICOS.pptx

JeanLoza2 1 views 45 slides Sep 30, 2025
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SUNAT CONVERSATORIO


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Obligatoriedad – Emisión electrónica de comprobantes de pago Conversatorio – abril 2016

Agenda Sistema de Emisión Electrónica Factura y Boleta de Venta electrónica Comprobantes de Retención y Percepción Guía de Remisión Electrónica Proveedores Servicios electrónicos

Sistema de Emisión Electrónica F ac t ur as B o l et as d e V e n t a N ot as de c r é d i t o N ot as de d é b i t o GRE CRE CPE Recibos Servicios Públicos F ac t ur as Boletas de Venta N ot as de c r é d i t o N ot as de d é b i t o GRE – modelo general CRE CPE SEE-SOL R.S . 182-2008/SUNAT Recibos por Honorarios Recibo por honorarios Factura Electrónica Boleta de Venta electrónica Desde dispositivo móvil

Factura y Boleta de Venta Electrónica

EMISOR ELECTRONICO Valida y emite constancia (CDR – Aceptado/Rechazado) 3 Estándar UBL Contenido Consistencia Firma digital . SUNAT validaciones 1 Emite factura electrónica Desde los sistemas del contribuyente ¿ Como funciona? Envía un ejemplar de la factura (Formato digital) 2 Formato digital Firmado digitalmente Otorgamiento (entrega) RECEPTOR (CLIENTE) Consulta 4 - Facturas -

El envío a SUNAT es en la fecha de emisión o en un plazo máximo: 7 días calendarios. Transcurrido el plazo NO tendrá la calidad de “factura” “nota” electrónica, aunque haya sido entregada. Puede sustentar el traslado de los bienes, siempre que la factura electrónica haya sido remitida y aceptada por SUNAT de manera previa al traslado (Factura – Guía). Es decir No se exige GRR . La entrega es por medios electrónicos. Ejemplo: pagina web, correo electrónico, web service , etc. El tipo de medio es señalado por el emisor. Adicionalmente, podrá otorgarse una representación impresa. No tiene efecto tributario. Numeración Independiente de la numeración en papel: Serie alfanumérica de 4 posiciones. Debe iniciar con la letra “F” Correlativo : debe iniciar en 1. Puede tener hasta 8 caracteres. Es Gestionada por el emisor. No se solicita autorización. Desde los sistemas del contribuyente –Factura electrónica

3 Valida y emite CDR Aceptado / Rechazado Desde los sistemas del contribuyente EMISOR ELECTRONICO - Boletas de venta - RECEPTOR Emite y entrega boleta de venta electrónica Representación impresa formato digital 1 SUNAT Resumen Diario Boletas y notas 2

La entrega de las boletas de venta es a través de representación impresa o por medios electrónicos (si existe consentimiento del comprador) Numeración Independiente de la numeración en papel Serie alfanumérica de 4 posiciones. Debe iniciar con la letra “B” Correlativo: debe iniciar en 1. Puede tener hasta 8 caracteres. Es Gestionada por el emisor. No se solicita autorización. No se envían a SUNAT Se envía un Resumen Diario con la información de boletas y notas emitidas. El envío es en la fecha de emisión por la totalidad de las boletas de venta y notas de crédito y debito emitidas en un día determinado Plazo máximo: 7 días calendarios. Tiene carácter de declaración jurada. Hasta el 30.06.16, el Resumen Diario la información se comunica de forma agregada. A partir del 01.07.2016, la información será detallada. Desde los sistemas del contribuyente – Boleta Venta electrónica

Representaciones Impresas

Otras disposiciones Envío de Resumen de comprobantes impresos Documento para comunicar la información de los comprobantes impresos y tickets, emitidos en situaciones de contingencia. Se realiza a través de un archivo plano, en SUNAT Operaciones en Línea. Conservación El emisor electrónico debe conservar los documentos electrónicos, los resúmenes diarios, comunicaciones de baja El receptor debe conservar los comprobantes de pago electrónicos Pérdida y obtención de ejemplares En caso de pérdida, destrucción, etc , de los comprobantes de pago, notas electrónicas o representaciones impresas, el adquirente debe solicitar al emisor un nuevo ejemplar. Consulta El emisor debe poner a disposición opción de consulta de factura, boletas y notas electrónicas que emita. La SUNAT pone a disposición del emisor y receptor una consulta de validez y de la información tributaria contenida en las “Facturas” y sus notas electrónicas vinculadas.

Antes de la modificación Con la modificación No era posible emitir por este supuesto Se pueden emitir facturas y boletas de venta por operaciones afectas al IVAP (vigencia 1.1.2016) Se debía emitir una boleta electrónica por transacción Es posible emitir una boleta de venta electrónica que consolide la totalidad de operaciones realizadas por montos menores a S/ 5. Solo se requería la dirección del domicilio fiscal Dirección del lugar de entrega del bien o servicio. Solo aplica para servicios. En el caso de bienes, en caso de venta itinerante. A partir del 01 enero 2017 Sólo en caso de Facturas Numero de placa, en caso de venta de combustible, cesión en uso de vehículos, prestación de servicios de mantenimiento. A partir del 01 de enero de 2017 Resumen Diario con información agregada. A partir del 01 de julio 2016 , se enviará detallado y no de manera agregada. RS 185-2015/SUNAT (17.07.2015) y modificatorias Ajustes Normativos 2015

Desde el PORTAL SUNAT

Desde el PORTAL SUNAT

Desde el PORTAL SUNAT

Desde el PORTAL SUNAT

[email protected] Desde el PORTAL SUNAT

Comprobantes de Retención y de Percepción electrnicos

Vigente a partir del 1.12.2015. Modelo obligatorio a partir del 1.1.2016, para todo Agente de Retención y/o Percepción Se han virtualizado las mismas reglas que existían para el mundo físico. Es posible emitir desde portal SUNAT o SEE del Contribuyente. Entre el 1.1.2016 y el 30.6.2016 podrán seguir emitiendo formatos físicos, pero debe enviarse el Resumen Diario de Retención o Percepción según corresponda Resumen diario: Documento donde se informa los documentos físicos emitidos en un día determinado. Su envío es a través de SUNAT Operaciones en Línea (Clave SOL). Plazo: 7 días calendarios Sistema CRE - CPE

Ser emisor electrónico del Sistema CRE-CPE, no lo convierte u obliga a ser Emisor de los Comprobantes de Pago Electrónicos. A partir del 1.7.2016 los agentes deberán emitir electrónicamente el Comprobante de percepción o retención. En casos de contingencia, podrá usar el esquema papel y deberá comunicar el “Resumen Diario“ Reversión Es la anulación o baja de un CRE o CPE ya emitido (incluso entregado). Está a cargo del Agente (emisor electrónico), y será comunicada al Proveedor o Cliente, según corresponda. Se elimina la obligación del llevado de los Registros del Régimen de Retención o Percepción a partir del 1.7.2016 Sistema CRE - CPE

EMISOR ELECTRONICO Emite comprobante electrónico formato digital 1 RECEPTOR (CLIENTE) formato digital Envía un ejemplar 2 Valida y emite constancia (CDR – Aceptado/Rechazado) 3 Consulta 4 Operatividad – SEE del Contribuyente

Operatividad – Portal

Operatividad – Portal

Operatividad – Portal

AGENTE Nuevos Formularios F.Virtual 626 Agentes Retención F.Virtual 633 Agentes Percepción F.Virtual 697 Agentes Percepción Ventas internas Agente Retención / Percepción Saldo 1 2 SISTEMA COMPROBANTES Y LIBROS ELECTRÓNICOS CUENTA AGENTE AGENTE Nuevos Formularios declaración mensual de Retenciones y Percepciones IGV Graba información en SUNAT Comprobantes de pago electrónico Consulta NUEVO FORMULARIO CANAL VIRTUAL DE PAGOS DJ Sombra Determinación de la deuda con percepción Muestra información en las casillas de bases imponibles e impuesto Si requiere modificar las casillas debe modificar los comprobantes electrónicos . Otras funcionalidades del formulario: Valida por RUC que sea agente Graba conforme se va registrando Determina si es original o rectificatoria

Guía de Remisión El ectrónica R.S. N.° 255-2015/SUNAT

Aspectos principales Es de uso opcional. Solo se ha regulado la GRE remitente. Otorgamiento: A través de medios electrónicos Sustento del traslado: Documento electrónico Previo al inicio del traslado la guía debe tener el ok de SUNAT Medios de emisión: Portal, desde los sistemas del contribuyente Opción de baja: por anulación del traslado o por cambio de destinatario.

Supuestos y reglas de emisión Modelo Físico UNIDAD DE TRANSPORTE Transporte Privado GRR Transporte Público GRR GRT + Punto de partida Punto de llegada F Además del CdP entre el proveedor y cliente Además del CdP entre el proveedor y cliente F Además del CdP entre el remitente y transportista F Depende de la modalidad de transporte Hasta 4 documentos involucrados , salvo las excepciones previstas en el artículo 21° del RCP.

Supuestos y reglas de emisión Modelo Electrónico UNIDAD DE TRANSPORTE Transporte Privado FE Remitente Transporte Público Punto de partida Punto de llegada Eventualmente, un solo documento PUEDE sustentar el traslado, incluso tratándose de transporte público, siempre que el remitente consigne la información del transportista (identificación de la empresa de transportes, del vehículo y del conductor) en la FE Remitente. NO ES OBLIGATORIO GRE Remitente ó

Supuestos y reglas de emisión UNIDAD DE TRANSPORTE Transporte Privado Transporte Público Punto de partida Punto de llegada De allí en adelante se han desarrollado todas las combinaciones posibles, de acuerdo a la naturaleza de la operación o la necesidad del contribuyente. 1. GRE 2. FE - R 1. FE - R 3 . FE - R + FE – T 4 . + GRE - R FE - T 4. FE - R GRE - T + 5. GRE - R GRE - T + * * La norma ha precisado que la FE – Transportista puede sustentar el traslado, siempre que el remitente sea el destinatario. Caso contrario, el remitente debe haber otorgado conformidad para que se sustente el traslado con la FE – Transportista. * 2 . GRE - R

Proveedores de Servicios Electrónicos – PSE (SEE – Del Contribuyente)

Operatividad Envía factura al receptor formato digital 2 RECEPTOR (CLIENTE) Emite comprobante Convierte información en XML, pone su firma y remite a SUNAT Selecciona PSE autorizado (uno o mas) Emisor ya no homologa EMISOR ELECTRONICO Selección de PSE Emisión de Factura Electrónica Valida y emite constancia ( CDR Aceptado/Rechazado) 4 SUNAT Envía un ejemplar de la factura (Formato digital) 3 Consulta 5 PSE autorizado 1

Rol Realizar por encargo del contribuyente, las siguientes actividades: Emisión de facturas, boletas venta y notas, guía de remisión, comprobantes de retención y percepción electrónicos Envío a la SUNAT de los ejemplares de facturas y notas. Generación de resumen diario y comunicación de baja. Recibir las constancias de recepción (CDR) que SUNAT envía. Requisitos Domicilio fiscal habido y contribuyente Activo. Ser emisor electrónico. Estar en el Régimen General del Impuesto a la Renta. Haber presentado declaraciones de los 6 últimos meses y consignado ingresos o ventas. No estar en proceso o tener sentencia condenatoria por delito tributario o aduanero. Contar con Capital o Activos netos igual o mayor a 150 UIT (aprox. US$ 180,000). Tener 5 o mas trabajadores declarados en la planilla electrónica. Certificación ISO/IEC – 27001 (requisito a partir del 01/01/2019). Aprobar el proceso de homologación Requisitos

Padrón de PSE autorizados http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/comprobantes-de-pago-empresas/comprobantes-de-pago-electronicos-empresas/see-desde-los-sistemas-del-contribuyente/2-comprobantes-que-se-pueden-emitir-desde-see-sistemas-del-contribuyente/factura-electronica-desde-see-del-contribuyente/3550-padron-de-proveedores-de-servicios-electronicos-pse

Muchas Gracias!!

35 Anexo 1 FACTURA

36 Anexo 3 NC

37 Anexo 4 ND

Formato Digital Firma Digital Certificado Digital / Firma Digital (Art. 2° ) A la firma electrónica referida en el Reglamento Firmas y Certificados Digitales (IOFE). Certificado Digital debe contener RUC, Razón social del emisor. Tener por lo menos nivel de seguridad medio.

39 Anexo 2 Boleta Venta

40 Anexo 5 RESUMEN DIARIO BOLETAS VENTA

Consulta de FACTURAS y NOTAS CREDITO DEBITO

Consulta sin clave sol

Consulta con clave sol

44 Consulta con clave sol

45 Consulta con clave sol
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