DERECHO PENAL INTERNACIONAL INTEGRANTES: Carol Abril Bautista Laime Evelin Mayela Huallpa Quispe Alexi Anael Condori Miranda Yadhira Ortiz Ramos TEMA NRO. 9
1. ORIGEN Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PENAL INTERNACIONAL El derecho penal internacional tiene raíces antiguas, ligadas a la cooperación entre Estados para perseguir delitos transfronterizos. Tras la Primera Guerra Mundial, el Tratado de Versalles propuso juzgar al Káiser Guillermo II por crímenes de agresión, después de la Segunda Guerra Mundial, con los Tribunales de Núremberg y Tokio, que por primera vez juzgaron a individuos por crímenes de guerra, contra la humanidad y contra la paz. Finalmente, en 1998 se adoptó el Estatuto de Roma, que dio origen a la Corte Penal Internacional (CPI)
2. CRÍMENES INTERNACIONALES SEGÚN EL ESTATUTO DE ROMA GENOCIDIO : Acciones perpetradas con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD: Actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil. CRÍMENES DE GUERRA: Violaciones graves de los Convenios de Ginebra y del derecho internacional humanitario en conflictos armados, tanto internacionales como internos CRIMEN DE AGRESIÓN: Uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, integridad territorial o independencia política de otro .
3. PRINCIPIO DE COMPLEMENTARIDAD EN LA CORTE PENAL INTERNACIONAL El principio de complementariedad es el eje central que define la relación entre la Corte Penal Internacional (CPI) y los sistemas judiciales nacionales. Su objetivo es equilibrar la soberanía estatal con la necesidad de combatir la impunidad por genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y agresión. 4. ROL DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU EN EL DERECHO PENAL INTERNACIONAL El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) desempeña un papel crucial en el Derecho Penal Internacional, particularmente en situaciones que amenazan la paz y la seguridad internacionales, entre sus funciones destacan:
Remisión de casos a tribunales internacionales: El CSNU puede remitir situaciones al fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), incluso si el Estado involucrado no es parte del Estatuto de Roma. Creación de tribunales ad hoc: El CSNU ha establecido tribunales penales internacionales para juzgar crímenes internacionales cuando no existía aún la CPI. Poder de suspensión (Artículo 16 del Estatuto de Roma): El CSNU puede suspender una investigación o enjuiciamiento de la CPI por un periodo de 12 meses renovables si considera que afecta la paz y la seguridad internacionales.
5. INMUNIDADES DE JEFES DE ESTADO Y SU COMPATIBILIDAD CON LA JUSTICIA PENAL INTERNACIONAL En el Derecho Internacional tradicional , los jefes de Estado en ejercicio gozan de inmunidad personal frente a tribunales extranjeros, sin embargo, en el Derecho Penal Internacional moderno , esta inmunidad se ha relativizado en ciertos contextos. Como el caso de Omar al-Bashir ( Sudán); la CPI emitió órdenes de arresto en su contra por genocidio y crímenes de guerra, desafiando la inmunidad como jefe de Estado. También el caso de Charles Taylor ( Liberia); que fue juzgado por el Tribunal Especial para Sierra Leona pese a su estatus presidencial anterior .
6. EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD PENAL INTERNACIONAL NULLUM CRIMEN, NULLA POENA SINE LEGE Este principio básico del Derecho Penal garantiza que no hay crimen sin ley ( nullum crimen sine lege ) y no hay pena sin ley ( nulla poena sine lege ). Su aplicación en el derecho penal internacional está consagrada en el artículo 22 del Estatuto de Roma, protegiendo contra la aplicación retroactiva de normas penales y asegurando que las personas solo sean juzgadas por actos que ya eran delitos. Paul Johann Anselm Ritter Von Feuerbach (1775 – 1833)
8. DERECHO PENAL INTERNACIONAL Y DERECHOS HUMANOS El derecho penal internacional es también una herramienta de protección de los derechos humanos, ya que permite procesar a los responsables de violaciones graves cuando los Estados no pueden o no quieren hacerlo .
El Estatuto de Roma (1998): Fundamento de la Corte Penal Internacional (CPI), define los crímenes internacionales y establece normas sobre su persecución. Declaración Universal de Derechos Humanos (1948): Proclama la dignidad inherente de todas las personas y constituye la base ética de los derechos humanos. Convenios de Ginebra (1949): Normas esenciales sobre el trato a heridos, prisioneros de guerra y civiles durante conflictos armados.
9. DELITOS DE COMPETENCIA INTERNACIONAL (TPI) Y OTROS TRIBUNALES AD HOC Los crímenes internacionales son aquellos que afectan gravemente a la comunidad internacional: El genocidio, Los crímenes de lesa humanidad y Crímenes de guerra Los principales tribunales internacionales son los siguientes : Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY): su jurisdicción son aquellos crímenes cometidos en los Balcanes. Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR ): su legado tiene enfoque de género en el derecho penal internacional y consolidación. Corte Penal Internacional (CPI): cuenta con una jurisdicción de crímenes de guerra, lesa humanidad, genocidio y crimen de agresión.
10. EXTRADICCIÓN Y COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL La extradición es un mecanismo de cooperación jurídica internacional mediante el cual un Estado entrega a una persona a otro Estado para ser juzgada. EXTRADICIÓN ACTIVA: Cuando un Estado solicita la entrega de una persona. Por ejemplo, el caso de Joaquín "El Chapo" Guzmán. EXTRADICIÓN PASIVA: Cuando un Estado recibe la solicitud y decide sobre la entrega. Por ejemplo, el caso de Julián Assange. La cooperación jurídica internacional es un conjunto de mecanismos mediante los cuales los Estados colaboran en asuntos judiciales y legales.
11. CRITICA Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL Sin embargo, su eficacia ha sido objeto de debate, algunos puntos críticos se incluyen: Limitada jurisdicción: No todos los países son miembros, lo que impide procesar ciertos crímenes. Dependencia de la cooperación estatal: La CPI no tiene fuerza policial propia y depende de los Estados para arrestar a los acusados. Lentitud en los procesos: Los juicios pueden tardar años, lo que afecta la percepción de justicia. Selección de casos: Se ha criticado que la mayoría de los casos involucran países africanos, lo que genera cuestionamientos sobre imparcialidad.
CONCLUSION El Derecho Penal Internacional ha evolucionado desde formas rudimentarias de cooperación entre Estados hasta consolidarse como una herramienta robusta para combatir la impunidad por los crímenes más atroces que afectan a la comunidad internacional. La creación de la Corte Penal Internacional (CPI) representa un hito histórico que consagra la responsabilidad penal individual, i ncluso para jefes de Estado, y reafirma principios como la legalidad, la complementariedad y el respeto a los derechos humanos, que a pesar de sus limitaciones la CPI y otros tribunales internacionales han contribuido significativamente al establecimiento de una justicia global.