GUIA No. 1 Tema 1 PASIVO CORRIENTE.pdf

LIZBETHERNANDEZ1 227 views 21 slides Jun 08, 2022
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Material sobre Pasivo Corriente


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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
INSTITUTO UNIVERSITARIO JESÚS OBRERO
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
ASIGNATURA: CONTABILIDAD SUPERIOR
PROFESORA: LIZBET HERNÁNDEZ

1

PASIVO CORRIENTE

Las empresas requieren de financiamientos por las compras de bienes y servicios, para lo
cual recurre a la obtención de obligaciones a corto plazo, motivo por el cual Kieso (1997)
define a los pasivos, como las representaciones financieras de las obligaciones, contraídas
por la empresa, de transferir recursos económicos a otras entidades en el futuro, como
resultado de una operación o evento anterior que afecta a dicha empresa (pág. 456).
Los pasivos son las representaciones financieras de las obligaciones, contraídas por la
empresa, de transferir recursos económicos a otras entidades en el futuro, como resultado de
una operación o evento anterior que afecta a dicha empresa.
Ahora bien, el pasivo u obligación debe poseer por lo menos (3) tres características:
a. Implica el sacrificio futuro de dinero en efectivo, bienes o servicios
b. Constituye una obligación por parte de la empresa
c. La operación o evento que da lugar a la obligación por parte de la empresa debe haber
ocurrido ya. En este caso, es conveniente agregar que la entidad recibió el bien o
servicio que generó la contratación de la deuda u obligación.
De acuerdo al Marco Conceptual de las normas internacionales, las características de los
pasivos son:
✓ Una característica esencial de todo pasivo es que la entidad tiene contraída una
obligación en el momento presente.
✓ Un pasivo es un compromiso o responsabilidad de actuar de una determinada
manera.
✓ Las obligaciones pueden ser exigibles legalmente como consecuencia de la
ejecución de un contrato o de un mandato contenido en una norma legal
✓ Aparecen por la actividad normal de la entidad, por las costumbres y por el deseo
de mantener buenas relaciones comerciales o actuar de forma equitativa

Ahora bien, dependiendo del periodo de financiamiento, el pasivo puede clasificarse en:
Pasivo Corriente: como las obligaciones contraídas por la empresa por la adquisición de
bienes y servicios que deben ser pagados en un periodo igual o menor a un año. Generalmente
este pasivo se relaciona con las operaciones cotidianas de la entidad, necesarias para la
operatividad de la misma.
Pasivo No Corriente: como las obligaciones contraídas por la entidad por la adquisición de
bienes y servicios que deben ser pagadas en un periodo mayor a un año. Este pasivo se
relaciona con las fuentes de financiamiento a largo plazo destinada a la inversión en
proyectos por adquisición de bienes para incrementar la rentabilidad de la empresa o en su
defecto la mejora en la producción y/o prestación de servicios.
Valuación del pasivo corriente:
El pasivo se debe medir por el valor actual de los desembolsos futuros necesarios para
liquidarlos, es decir se registra por el valor total de la deuda.
Entre los pasivos corrientes tenemos los siguientes:

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2

LAS CUENTAS POR PAGAR

Representan saldos que se adeudan a proveedores, originados por la adquisición de bienes y
suministros, con cargo a una cuenta abierta. Generalmente se originan por la compra de
mercancías, insumos, activos no corrientes entre otros.
Es prudente señalar que, en el caso venezolano, las operaciones de compra – venta de bienes
y servicios están sujetas a la Ley de Impuesto al Valor Agregado, salvo aquellas tipificadas
en la ley como exentas o cuyas entidades no están sujetas.
El porcentaje de impuesto aplicable a la operación gravada por esta ley se denomina alícuota.
En este momento se aplica en forma generalizada:
Alícuota reducida 8%
Alícuota general 16%

El artículo 27 de la Ley del I.V.A. establece otras alícuotas adicionales para casos especiales.
(Gaceta Oficial Extraordinaria 6.507 de fecha 29/01/2020)
Por otra parte, es importante señalar que el precio de un producto puede ser expresado en el
importe del producto más el I.V.A. o el valor total (precio total) del producto, es decir que
incluye el IVA.
En el primer caso es multiplicar el importe o base imponible por el porcentaje de la alícuota
para determinar el precio total del producto, por ejemplo:
El producto tiene un valor de 500.000 más
el IVA
El Precio total sería:
I.V.A. = Importe x Alícuota
I.V.A. = 500.000 * 16% = 80.000,00
Precio = Importe + I.V.A.
Precio = 500.000 + 80.000
Precio = 580.000,00
Verificación:
500.000,00 x 1,16 =580.000,00

En el segundo caso es realizar una regla de tres simple, por ejemplo:
El producto tiene un precio total de
812.000(incluye el IVA)
El Precio total sería:
Sí 812.000 =======➔ 116%
Cuánto es importe x1 ======== 100%
Cuánto es IVA x2 ======== 16%
Importe x1 = 812.000 x 100 / 116 = 700.000 Bs.
I.V.A. x2 = 812.000 x 16 / 116 = 112.000 Bs.
Para verificar se puede restar:
812.000Bs. – 700.000Bs. = 112.000Bs.

Adicionalmente es importante señalar, que el I.V.A., para efectos tributarios y contables, es
definido en la ley de dos formas:

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3

Crédito Fiscal: Es el I.V.A. expresado en la factura de compras, y será compensado en la
declaración mensual. Si el crédito fiscal es mayor que el débito fiscal, el saldo de la cuenta
crédito fiscal será considerado como un activo (excedente) que será aprovechado en el o los
meses siguientes y se denomina Excedente de Crédito Fiscal.
Débito Fiscal: Es el I.V.A. expresado en la factura de ventas, y será compensado en la
declaración mensual. Si el débito fiscal es mayor que el crédito fiscal, el saldo de la cuenta
débito fiscal será considerado como un pasivo (I.V.A a pagar). Inicialmente el IVA debía ser
declarado y pagado dentro de los primeros quince (15) días continuos al mes declarado. No
obstante, existen los denominados Contribuyentes Especiales que ACTUALMENTE deben
declarar y pagar el I.V.A. quincenalmente en las fechas establecidas por el SENIAT.
Aclarado los puntos, los asientos contables se explicarán a través de ejercicios.

Caso 1: Compras de bienes expresando el importe más el I.V.A. (Monto Facturado).
La empresa Inversiones La Promesa, C.A. compra, de contado, mercancías por Bs. 150.000
más IVA.
Descripción Ref. Debe Haber
-1-
Compras M01 150.000,00
Crédito Fiscal M02 24.000,00
Banco M03 390.000,00
P/r Compra de mercancía de contado

Caso 2: Compras de bienes expresando el valor total o precio total (incluye el IVA)
La empresa Inversiones La Promesa, C.A. compra, de contado, mobiliario por Bs. 348.000
(incluye IVA).
Se realiza el cálculo correspondiente:
El producto tiene un precio total de
348.000(incluye el IVA)
El Precio total sería:
Sí 348.000 ==========➔ 116%
Cuento es importe x1 =========== 100%
Cuanto es IVA x2 =========== 16%

Importe x1 = 348.000 x 100 / 116 = 300.000Bs.
I.V.A. x2 = 348.000 x 16 / 116 = 48.000Bs.

El registro sería el siguiente:
Descripción Ref. Debe Haber
-1-
Mobiliario M04 300.000,00
Crédito Fiscal M02 48.000,00
Banco M03 348.000,00
P/r Compra, de contado, de mobiliario

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Caso 3: Compras de bienes con descuento condicionado.
La empresa Inversiones La Promesa, C.A., el día 05/08/2020 compra mercancías, a crédito,
por Bs. 200.000 más IVA, considerando 7/10: 5/15.
Descripción Ref. Debe Haber
-2-
Compras M01 200.000,00
Crédito Fiscal M02 32.000,00
Cuentas por Pagar M05 232.000,00
P/r Compra de mobiliario de contado

El día 10/08/2020, la empresa paga la factura por compras de mercancías. En este caso se
aprovecha el descuento condicionado del 7% porque está pagando antes de los 10 días. Este
descuento debe formalizarse con la recepción de la Nota de Crédito del proveedor para
efectos del registro, tanto del libro de compras como del libro diario principal.
El cálculo sería el siguiente.

Documento Importe I.V.A. Precio
Factura 200.000 32.000 232.000
(-) Nota de Crédito 7% 14.000 2.240 16.240
Monto a Pagar 186.000 29.760 215.760

El asiento del pago de la factura sería:
Descripción Ref. Debe Haber
-3-
Cuentas por Pagar M05 232.000,00
Descuento sobre Compras M06 14.000,00
Crédito Fiscal M02 2.240,00
Banco M03 215.760,00
P/r Pago factura con descuento condicionado

Para poder explicar el asiento de la compensación fiscal, es importante determinar el saldo
de la cuenta Crédito Fiscal a través del mayor
Cuenta: Crédito Fiscal Folio: 02
Descripción Ref. Debe Haber Saldo
Compras de mercancías contado 24.000,00 24.000,00
Compras de mobiliario 48.000,00 72.000,00
Compras de mercancías 32.000,00 104.000,00
Descuento 7% en mercancías 2.240,00 101.760,00

Continuando con el ejercicio, a través de asientos, se explicará cómo registrar la
compensación fiscal una vez registradas las operaciones de ventas.

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Caso 1: Considerando que las ventas, de acuerdo al libro de ventas de contado, fue Bs.
600.000,00 más I.V.A. de Bs. 96.000.

Los asientos serían los siguientes:
Descripción Ref. Debe Haber
-4-
Bancos M03 696.000,00
Ventas M07 600.000,00
Débito Fiscal M08 96.000,00
P/r Resumen mensual de ventas

El asiento de compensación sería
Descripción Ref. Debe Haber
-4-
Débito Fiscal M08 96.000,00
Crédito Fiscal M02 96.000.000
P/r Compensación fiscal del mes

Al pasar el registro al mayor del Crédito Fiscal
Cuenta: Crédito Fiscal Folio: 02
Descripción Ref. Debe Haber Saldo
Compras de mercancías contado 24.000,00 24.000,00
Compras de mobiliario 48.000,00 72.000,00
Compras de mercancías 32.000,00 104.000,00
Descuento 7% en mercancías 2.240,00 101.760,00
Compensación fiscal 96.000,00 5.760,00

El saldo de la cuenta, representa el Excedente del crédito fiscal que pasará al siguiente mes
para ser aprovechado en la declaración, por cuanto fue mayor el I.V.A. producto de las
compras de bienes y servicios (Crédito Fiscal) que el I.V.A. generado por las ventas del
periodo (Débito Fiscal).

Caso 2: Considerando que las ventas de contado, de acuerdo al libro de ventas fue Bs.
1.000.000,00 más I.V.A. de Bs.160.000,00.
Los asientos serían los siguientes:
Descripción Ref. Debe Haber
-4-
Bancos M03 1.160.000,00
Ventas M07 1.000.000,00
Débito Fiscal M08 160.000,00
P/r Resumen mensual de ventas

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En este punto es preciso recordar que el saldo de la cuenta Crédito fiscal es de Bs. 101.760,00
(ver mayor).
El asiento de compensación sería
Descripción Ref. Debe Haber
-4-
Débito Fiscal M08 101.760,00
Crédito Fiscal M02 101.760,00
P/r Compensación fiscal del mes

Al pasar el registro al mayor del Crédito Fiscal
Cuenta: Crédito Fiscal Folio: 02
Descripción Ref. Debe Haber Saldo
Compras de mercancías contado 24.000,00 24.000,00
Compras de mobiliario 48.000,00 72.000,00
Compras de mercancías 32.000,00 104.000,00
Descuento 7% en mercancías 2.240,00 101.760,00
Compensación fiscal 101.760,00 0,00

Y luego, al actualizar el libro mayor del Débito Fiscal, observamos lo siguiente:
Cuenta: Débito Fiscal Folio: 03
Descripción Ref. Debe Haber Saldo
Resumen de Ventas del mes 160.000,00 160.000,00
Compensación fiscal 101.760,00 58.240,00

El saldo de la cuenta, representa el IVA a pagar que deberá ser enterado (pagado) en el lapso
establecido, por cuanto fue mayor el I.V.A. producto de las ventas (Débito Fiscal) que el
I.V.A. generado por las compras de bienes y servicios (Crédito Fiscal) del período.

EJERCICIOS DE REFUERZO:
La empresa La Prosperidad, C.A. realizó las siguientes operaciones en el mes de agosto 2020.
Día Descripción de la operación
01 Compras mercancías s/F-4561 por Bs. 195.000 más IVA
02 Compras mercancías a crédito s/F-3698 por Bs. 616.000 (incluye el IVA); 8/10
05 Compras mobiliario s/F-8574 por Bs. 250.000 más IVA
09 Paga la factura F-3698 por compras de mercancías a crédito
15 Compra Artículos de Oficina por Bs. 125.000 más I.V.A y paga con transferencia
electrónica

Registre las operaciones. Para la compensación fiscal considere:
a. Ventas del mes por Bs. 1.680.000,00 (incluye el I.V.A.)
b. Ventas del mes por Bs. 900.000,00 más IVA

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RETENCIONES POR PAGAR

Las Retenciones por pagar son pasivos que se generan al momento de aplicar una norma.
Algunas operaciones son objeto de retenciones, lo cual consiste en aplicar una alícuota o
porcentaje sobre el monto bruto de la operación, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
En el caso de operaciones, se aplican las siguientes retenciones:
a. Retenciones de I.S.L.R. por pagar
b. Retenciones de I.V.A. a terceros por pagar.

a. Retenciones de ISLR por pagar, se produce cuando la empresa en su condición de
sujeto pasivo contrata un servicio a un tercero; ahora bien, al momento de generar el
pago o abono a cuenta del mismo está obligado a retener el impuesto sobre la renta,
según lo establecido en Decreto 1.808 del 23/04/1997, en el cual se establece el
Reglamento Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta en materia de Retenciones.

Las retenciones que se realizan por concepto de pago de sueldos y salarios, tanto de
contribuciones sociales como de impuesto sobre la renta, serán desarrolladas en el punto de
pasivos laborales.

Las retenciones de impuesto sobre la renta por pago de servicios o pagos distintos a sueldos
y salarios, se realizan considerando dos elementos importantes, como lo son, por una parte,
el tipo de persona receptora del pago, es decir:
a. Si es una Persona Natural Residente (PNR) o No Residente (PNnoR)
b. Si es una Persona Jurídica Domiciliada (PJD) o No Domiciliada (PJnoD)
Y por la otra, el servicio objeto de retención.

Este impuesto retenido deberá ser declarado y pagado dentro de los plazos establecidos en la
norma vigente al momento de producirse la retención. El no enteramiento (declaración y
pago) del impuesto retenido genera sanciones pecuniarias aplicadas por el SENIAT al
momento de una fiscalización.

Para facilitar la determinación de la retención, aplicando el porcentaje establecido, se elaboró
un cuadro resumen de las retenciones más usuales, por cuanto el objetivo es determinar la
retención y registrar el asiento contable. La especialización en materia de retenciones se
realizará en la asignatura Sistemas Tributarios en semestres más avanzados en la carrera.
Es importante señalar que el monto sobre el cual se aplicará la retención varía con la unidad
tributaria. En los pagos o abonos en cuenta a personas jurídicas o comunidades
domiciliadas en el país, las retenciones por servicio se realizarán sobre cualquier monto.
En el caso de Persona Natural Residente (PNR), el monto objeto de retención será igual o
superior al resultado de la siguiente formula:

Monto objeto de retención Bs. = Factor (83.3334) x U.T.

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Para agosto 2021, considerando que está en vigencia el cambio de la UT a Bs. 20.000,00; el
cálculo sería el siguiente:

Monto objeto de retención Bs.= 83.334 x 20.000 = 1.666.667,00 Bs.

Es decir, todo pago u abono a cuenta realizado a una PNR igual o superior a este monto es
objeto de retención. Al variar el valor de la UT, variará también la base imponible o monto
objeto de retención.
Cuando se trate de personas naturales y el porcentaje de retención aplicable sea del 1% o 3%,
el monto base debe ser superior a Bs. 1.666.667,00, por cuanto éstos poseen un sustraendo
de Bs. 16.666,67 y Bs. 50.000,00 respectivamente, es decir, la retención será aquella que
supere el monto del sustraendo. Para verificar el análisis del sustraendo, se puede realizar el
siguiente cálculo:

Sustraendo = 1.666.667,00 x 1% = 16.666,67
Sustraendo = 1.666.667,00 x 3% = 50.000,00

Ejemplo: Si el monto pagado es por ejemplo Bs. 2.000.000,00

Entonces el cálculo sería:
Monto = 2.000.000,00
Retención 3% = 60.000,00
Sustraendo = 50.000,00
Retención ISLR= 10.000,00
Monto Neto Pagar/abonar a cuenta 1.990.000,00

Otra forma:
Monto: 2.000.000 –1.666.667,00 = 333.333,00
Monto objeto de Retención = 333.333,00
Retención I.S.L.R. 3% = 10.000,00

Monto a Pagar: 2.000.000,00 –10.000,00 = 1.990.000,00

Desarrollo de ejemplos, por casos:

Caso 1: Retención de honorarios profesionales a PNR. Le empresa paga honorarios
profesionales al Licenciado en Contaduría s/Factura 2795 de fecha 15/07/2021 por Bs.
2.500.000,00 más I.V.A. Como es una PNR, le corresponde retener por cuanto lo pagado es
mayor al monto mínimo que en este caso es Bs. 1666.667,00.
Al monto del honorario se le aplica el porcentaje de retención para determinar el ISLR a
retener. A este monto se le resta el sustraendo. El saldo restante representará la retención a
realizar.
Honorarios Profesionales Persona Natural Residente 2.500.000,00
Retención de ISLR = 2.500.000,00 x 3% = 75.000,00

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Sustraendo = 50.000,00
Retención de ISLR = 25.000,00

El asiento contable sería:

Fecha Descripción Ref. Debe Haber
1
15/07/2021 Honorarios Profesionales 2.500.000,00
Crédito Fiscal 400.000,00
Retención de I.S.L.R. por pagar 25.000,00
Banco 2.875.000,00
P/r Honorarios s/f-2795

Caso 2: Retención por pago de servicios a PJD.
Le empresa JJ Servicios, C.A. contrata el servicio de mantenimiento del aire acondicionado
del Departamento de ventas, s/Factura 004578 de fecha 26/07/2021 por Bs. 1.850.000,00 más
I.V.A., con crédito a 7 días. Como es una PJD, le corresponde retener el 2% sobre cualquier
monto, por lo que el cálculo sería el siguiente:

Retención ISLR =1.850.000,00 x 2% = 37.000,00 Bs

El asiento contable sería:
Fecha Descripción Ref. Debe Haber
1
15/07/2021 Servicio de Mantenimiento de Aire Acondicionado 1.850.000,00
Crédito Fiscal 296.000,00
Retención de I.S.L.R. por pagar 37.000,00
Gastos Acumulados por Pagar 2.109.000,00

P/r Servicio de Mantto aire acondicionado a crédito
s/f004578

En este caso, se registra el pasivo como gasto acumulado por pagar, y se registra la retención
por cuanto el abono a cuenta (registro contable) fue primero que el pago.

Caso 3: Retención por pago Comisiones Mercantiles.
La empresa paga a Gustavo Peña, la cantidad de Bs. 7.500.000,00 más IVA, por concepto de
Comisión Mercantil como Representante de Ventas en la Zona Andina del país. El vendedor
presenta la Factura 0009587 de fecha 17/08/2021. Como es una PNR, le corresponde retener
el 3%, caso similar a los honorarios profesionales:

Retención ISLR = 7.500.000 x 3% =225.000,00
Sustraendo = 50.000,00
Retención ISLR =175.000,00

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El asiento contable sería:
Fecha Descripción Ref. Debe Haber
1
17/08/2020 Comisiones Mercantiles 7.500.000,00
Crédito Fiscal 1.200.000,00
Retención de I.S.L.R. por pagar 175.000,00
Banco 8.525.000,00
P/r Pago de comisiones mercantiles s/f0009587

b. Retención del IVA de terceros por pagar: La Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 37.320 de fecha 14/07/2015 establece que los sujetos
pasivos distintos a las personas naturales, están en la obligación de retener el IVA
cuando compren bienes o servicios. (Contribuyentes Especiales o Sujetos Especiales
por designación de la Administración Tributaria)

No se aplicará la retención entre otros casos, a los pagos de viáticos, pagos a
Directivos, Administrativos o personal por concepto de reembolsos siempre y cuando
el monto no supere las 20 UT, los pagos por caja chica, por compra de bienes y
servicios siempre que el monto no supere las 20 UT, los pagos de servicios públicos,
como aseo, electricidad, telefonía siempre que el pago sea domiciliado en cuentas
bancarias del agente de retención.

La retención será del 75% del Impuesto al Valor Agregado expresado en la factura.
Y será del 100% cuando el IVA no esté expresado en la factura, cuando el proveedor
venda piedras preciosas o cuando el proveedor sea calificado por el portal del Seniat
para la retención del 100%; para lo cual se sugiere revisar en el portal por la opción
Consulta de Rif.

GASTOS ACUMULADOS POR PAGAR:

Para el autor Fernando Catacora (1998), los gastos acumulados están compuestos por todos
aquellos pasivos que son estimaciones, sobre las cuales se tiene la seguridad razonable de
que se han realizado los costos y gastos relacionados y que, en la mayoría de los casos, no se
conoce su monto exacto por lo cual se realiza una estimación de su cuantía. En este caso, se
debe tener claridad en la política de estimación y ésta debe ser revelada en los estados
financieros. Cualquier error en el cómputo genera una subestimación o sobreestimación en
el resultado del ejercicio.
Dentro de los gastos acumulados por pagar se encuentran las siguientes partidas:

•Gastos por servicios públicos, como por ejemplo: electricidad, agua, aseo urbano, telefonía
e internet de acuerdo al caso.

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•Gastos por Honorarios Profesionales, Comisiones Mercantiles, fletes o servicios de
transporte, mantenimientos, alquileres, entre otros.

•Gastos por impuestos nacionales o municipales, como por ejemplo el ISLR por pagar,
Patente Municipal por Pagar entre otros

•Aportes patronales, como por ejemplo: aporte patronal del Seguro Social Obligatorio,
Aporte Patronal del Régimen Prestacional de Empleo, Aporte Patronal del Régimen
Prestacional de Vivienda y Hábitat. Estas cuentas serán estudiadas en la nómina.

•Provisiones por Beneficios Laborales, tales como Vacaciones, utilidades, prestaciones
sociales, los cuales serán estudiados en la nómina. En este punto se desarrollarán los tres
primeros ítems, por cuanto los siguientes serán desarrollados en el tema de nómina y
beneficios laborales.

El desarrollo del punto se realizará a través de ejemplos para que se visualice mejor la
contabilización de la factura que sustenta el gasto acumulado, por cuanto en estos casos son
facturas recibidas por servicios disfrutados mas no cancelados a la fecha de elaboración del
estado financiero, motivo por el cual deben ser reflejadas como un pasivo corriente.

Caso 1: Gastos por servicios públicos, como por ejemplo: electricidad, agua, aseo urbano,
telefonía e internet. El 16/08/2021, la empresa recibe factura de telefonía e internet por Bs.
1.195.800,00 más IVA, correspondiente al mes de octubre 2021.
Fecha Descripción Ref. Debe Haber
1
16/08/2021 Servicios Públicos 1.195.800,00
Crédito Fiscal 191.328,00
Retención de I.V.A. por pagar 143.496,00
Banco 1.243.632,00
P/r Pago de comisiones mercantiles s/f0009587

Caso 2: Gastos por Honorarios Profesionales, Comisiones Mercantiles, fletes o servicios de
transporte, mantenimientos, alquileres, entre otros.

El 16/08/2021, la empresa recibe factura de la empresa Arrendamientos Cars Lara, C.A, por
el Alquiler de Vehículo por Bs. 2.500.000,00 más IVA, a crédito s/f350045. En este caso por
ser el alquiler de un bien mueble, le corresponde aplicar la retención de ISLR del 5% sin
sustraendo al momento del abono a cuenta o al momento de cancelar la factura. Igual
procedimiento se realiza para la retención del IVA, ya sea la retención del 75% o del 100%,
esto lo establece el Seniat.. Para fines didácticos veamos los cálculos de las retenciones, no
obstante, esto se registra al momento del abono en cuenta o de la cancelación de la factura.

Retención ISLR = 2.500.000,00 x 5% = 125.000,00.

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Retención IVA = 400.000,00 x 75% = 300.000,00

El asiento sería el siguiente:

Fecha Descripción Ref. Debe Haber
1
16/08/2021 Gasto por Alquiler de Vehículos 2.500.000,00
Crédito Fiscal 400.000,00
Alquiler de Vehículos por pagar 2.900.000,00

P/r Arrendamientos Cars Lara, f-350045 a
crédito

Tanto en el caso 1 como en el caso 2, la cuenta de mayor puede llamarse gastos acumulados
por pagar o un nombre alusivo a la naturaleza de la operación, por ejemplo, en el primer caso
puede ser C.A.N.T.V. por Pagar y en el segundo caso Arrendamientos de bienes muebles por
pagar o Arrendamientos de vehículos por pagar.

Caso 3: Gastos por impuestos nacionales o municipales, como por ejemplo el ISLR por pagar,
Patente Municipal por Pagar entre otros.

En este caso podemos trabajar con el impuesto a las actividades económicas por industria,
comercio e índole similar, conocida a través del tiempo como Patente Municipal. La empresa
causó un impuesto de municipal de Bs. 300.250,00 correspondiente a la alícuota por las
ventas del mes de agosto 2021. Es importante señalar que la Patente se calcula atendiendo a
una alícuota tributaria establecida en la Gaceta Municipal la cual se aplica atendiendo a la
actividad económica que realiza la empresa. La alícuota se aplica sobre los ingresos del mes.
La Ordenanza Municipal establece que se debe anticipar el 90% del tributo en forma mensual
y que, una vez concluido el ejercicio fiscal, se pagará la diferencia o 10% no pagado en cada
mes. El asiento debe registrarse el último de cada mes y pagarse antes del día 14 del
calendario del mes siguiente.
El asiento sería:
Fecha Descripción
Ref
. Debe Haber
1
31/08/2021 Gasto por Impuesto a la Actividad Económica (patente) 300.250,00
Impuesto a la Actividad Económica por pagar 300.250,00
P/r Causar el gasto de Patente del mes de agosto.

EJERCICIOS DE REFUERZO:
La empresa Inversiones Intenso 2021, C.A. realiza las siguientes operaciones:
a. El 28/07/2021 Recibe factura No. 3590 por Mantenimiento del Vehículo por Bs.
1.650.000 más IVA
b. El 15/08/2021 recibe factura de Alquiler de video beam, por Bs. 450.000,00 más IVA.
Emite cheque del banco provincial

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c. El 31/08/2021 se causa el impuesto municipal por Bs. 500.000,00
Se pide: Registrar las operaciones. Elaborar la nota explicativa al 31/08/2021 considerando
los saldos a la fecha.

CRÉDITOS DIFERIDOS

Comprende una entrada de dinero por concepto de un ingreso futuro, es decir, que se cobró
en forma anticipada. Para Kohler, citado por Catácora (pág.198) “representa un ingreso
recibido o contabilizado antes de que se devengue; es decir, antes de que se entregue el valor
total o parcial por el cual se recibe o habrá de recibir dicho ingreso”. Al recibirse el dinero,
se crea un compromiso de prestar un servicio o entregar un bien en venta, por lo que ese
compromiso representa un pasivo.

Los créditos diferidos más utilizados son:
* Alquileres cobrados por anticipado
* Depósitos recibidos en garantía.
* Intereses cobrados por anticipado.

Es importante señalar que, en el caso de Intereses cobrados por anticipado, por ser un ingreso
financiero no están sujetos a la Ley de Impuesto al Valor Agregado; ahora bien, en los casos
de operaciones productos de alquileres cobrados por anticipado y depósitos recibidos en
garantía, son sujetas a la ley y en consecuencia cada vez que se produzcan se está en la
obligación de generar el débito fiscal correspondiente.

Los créditos diferidos son pasivos contingentes, que se convierten en ingreso al momento
en que se causan o se entrega el bien o servicio para cumplir con el compromiso adquirido al
momento de la recepción del efectivo. Para comprender mejor el tema, se desarrollará un
ejercicio por cada cuenta:

Caso 1: Alquileres Cobrados por Anticipado:
La empresa el 01/08/2021 alquila un local comercial a razón de Bs. 3.500.000,00 mensuales
más el I.V.A. Cobra 2 meses en forma anticipada. Como son dos meses se multiplica.
Alquiler cobrado p/anticipado = Bs. 3.500.000,00 x 2 meses = 7.000.000,00 Bs.
El IVA, se calcularía: Bs. 7.000.000 x 16% = 1.120.000,00 Bs.

El asiento sería el siguiente:
Fecha Descripción Ref Debe Haber
01/08/2021 1
Banco 8.120.000,00
Alquiler Cobrado por Anticipado 7.000.000,00
Debito Fiscal 1.120.000,00
P/r Cobro de 2 meses de alquiler anticipad.

Ahora bien, al cierre del mes de agosto, se cumple el mes de alquiler, por lo que debe
causarse el ingreso de la siguiente forma:

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Fecha Descripción Ref Debe Haber
01/08/2021 1
Alquiler Cobrado por Anticipado 3.500.000,00
Ingresos p/Alquiler 3.500.000,00
P/r Mes de alquiler causado.

Caso 2: Depósito Recibido en Garantía.
El 30/08/2021, la empresa alquila un equipo audiovisual por cuatro (04) días, a razón de Bs.
350.000,00 diarios más IVA, adicionalmente cobra por depósito en garantía, por algún daño
causado al equipo, Bs. 200.000,00 más el IVA. El equipo es devuelto el 4 de septiembre en
perfectas condiciones.
En este caso, se multiplica el alquiler 350.000 x 4 = 1.400.000,00
Mas, el depósito recibido en garantía = 200.000,00
Total recibido = 1.600.000,00
Más IVA = 1.700.000,00 x 16% = 256.000,00
Total facturado = 1.856.000,00

Fecha Descripción Ref Debe Haber
30/08/2021 1
Banco 1.856.000,00
Alquiler cobrado por Anticipado p/ Equipo Audio 1.400.000,00
Depósito recibido en garantía 200.000,00
Débito Fiscal 256.000,00
P/r Alquiler de Audiovisual más depósito en garantía

Posteriormente, el 04 de septiembre cuando se recibe el equipo audiovisual y se verifica que
está en perfectas condiciones se procede a devolver el depósito recibido en garantía. El
asiento contable sería el siguiente:
Fecha Descripción Ref. Debe Haber
04/09/2021 1
Deposito recibido en garantía 200.000,00
Alquiler cobrado por Anticipado p/ Equipo Audio 1400.000,00
Ingresos por Alquiler Equipo Audiovisual 1.400.000,00
Banco 200.000,00
p/r alquiler causado y devolución de deposito

Caso 3: Intereses Cobrados por Anticipado:

La empresa otorga un préstamo el 01/08/2021 de Bs. 5.000.000,00 a 90 días, al 15% anual.
Cobra los intereses en forma anticipada. En este caso se procede a calcular los intereses
considerando la fórmula de interés simple.

I = C x r x t = 5.000.000 x 0.15 x 90/360 = 187.500,00

Entonces el asiento sería el siguiente:

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Fecha Descripción Ref. Debe Haber
01/08/2021 1
Préstamos por cobrar 5.000.000,00
Intereses cobrados por anticipado 187.500,00
Banco 4.812.500,00
P/r préstamo con cobro de intereses en forma
anticipada


Al cierre del mes de agosto, se han causado 30 días de interés, por lo que se convierten en
un ingreso para la empresa. En este caso, la amortización se puede realizar con una regla de
tres, o calculando el interés en 30 días. En ambos casos el resultado es el mismo:

187.500,00====➔ 90
X ======= 30
X= 187.500,00 x 30 / 90 = 62.500,00
I=5.000.000 x 0.15 x 30 / 360
I=62.500,00

El asiento sería el siguiente:
Fecha Descripción Ref. Debe Haber
31/08/2021 1
Intereses cobrados por anticipado 62.500,00
Ingresos por Intereses financieros 62.500,00
p/r Treinta días de interés causado

Al 30/09/2021, el asiento sería similar. Ahora bien, el 31/10/2021 se vencería el préstamo
por lo que se cobraría el préstamo y se causaría los treinta días que faltan para alcanzar los
noventa días del préstamo. El asiento sería el siguiente:
Fecha Descripción Ref. Debe Haber
31/10/2021 1
Banco 5.000.000,00
Intereses cobrados por anticipado 62.500,00
Ingresos por Intereses financieros 62.500,00
Préstamo por cobrar 5.000.000,00
P/r Cobro de préstamo y amortización de intereses

EJERCICIOS DE REFUERZO:
La empresa La Esperanza, C.A. realizó las siguientes operaciones en el mes de julio 2020.
a. El 05/05/2021 la empresa realizó un préstamo por Bs. 4.800.000,00 pagadero a dos meses
a una tasa del 17.5% anual. Los intereses fueron cobrados en forma anticipada
b. El 15/05/2021 la empresa alquiló un local comercial a razón de Bs. 2.500.000 mensuales.
Cobró 3 meses en forma anticipada y 1 mes como depósito en garantía. Cobró el IVA
correspondiente. Se pide: Registrar las operaciones en forma cronológica.

EFECTOS POR PAGAR

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Los Efectos por Pagar son pasivos corrientes representados en giros o letras de cambio.
Generalmente, surgen por la adquisición de bienes o servicios o en su defecto por el
financiamiento de una cuenta por pagar al convertirla en giro. En todo caso, el giro o letra de
cambio le ofrece mayor seguridad al momento de cobrar al beneficiario o en su defecto mayor
obligatoriedad al que adquirió la deuda; sin embargo, en la actualidad se sugiere que las
deudas avaladas con giros, sean notariadas para incrementar la legalidad.
Los efectos por pagar pueden darse:
a. Por las compras de bienes como vehículos, mobiliario, maquinaria, entre otros, donde
la operación se realiza con el pago de una inicial y la diferencia es un crédito
financiado a una tasa de interés en un tiempo establecido en el contrato. Donde cada
giro tiene vencimientos sucesivos a 30 días cada uno.
b. Por la adquisición de pólizas de seguros, donde la operación se realiza con el pago de
una inicial y la diferencia es un crédito financiado a una tasa de interés en un tiempo
establecido en el contrato. Donde cada giro tiene vencimientos sucesivos a 30 días
cada uno.
c. Por la conversión de facturas en giros, por la adquisición de bienes o servicios. Estas
facturas son sustituidas por giros o letras de cambio para ser pagadas con
vencimientos sucesivos a 30 días cada uno. El beneficio del que realizó el cambio de
cuentas por pagar a efectos por pagar, es el fraccionamiento de la deuda; mientras que
el beneficio del receptor, es que estos giros representan un activo, que pueden ser
descontados en una entidad financiera para obtener financiamiento a corto plazo con
la garantía de pago del documento.
Estos casos se pueden ejemplificar de la forma siguiente:
a. Por la compra de bienes:
a.1. Cuando el contrato de financiamiento establece que el interés sea calculado
con interés simple:
Ejemplo: La empresa Inversiones La Esperanza, C.A., el día 30/04/2020, adquiere un
vehículo por Bs. 15.000.000,00 más el I.V.A., a la Concesionaria Tu Carro Propio,
C.A. , paga una inicial del 30% y el resto es financiado a 10 meses al 15%. El total
de la deuda es avalada con la firma de 10 giros a treinta días cada uno en forma
sucesiva. Los giros incluyen los intereses de financiamiento.

En este caso, el asiento de compra del vehículo sería el siguiente:
Descripción Ref. Debe Haber
-1-
Costo del Vehículo: 15.000.000,00
I.V.A. 16% : 2.400.000,00
Total Precio: 17.400.000,00
Inicial 30%: 5.220.000,00
Monto a Financiar 12.180.000,00

I = C x i x t
t= 30 días x 10 giros = 300 días
I = 12.180.000 x 0,15 x 300/360
I= 1.522.500
Deuda = 12.180.000,00 + 1.522.500,00
Deuda = 13.702.500,00
Giro = 13.702.500,00 / 10 giros =
Giro = 1.370.250,00 c/u

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17

Vehículo M01 15.000.000,00
Crédito Fiscal M02 2.400.000,00
Intereses Registrados no Causados M03 1.522.500,00
Banco M04 5.220.000,00
Efectos por Pagar M05 13.702.500,00
P/r Compra de Vehículo con inicial del 30%
y firma de 10 giros a 30 días c/u financiados
al 15%


Ahora bien, en este caso el giro se vence el 30 de mayo, por lo que la fecha permite realizar
la amortización del interés.
La amortización del interés se puede realizar por una regla de tres o considerando la fórmula
de interés simple para 30 días. De ambas formas el resultado será el mismo.

El asiento contable, por concepto del pago del primer giro y la amortización del interés sería
el siguiente:
Descripción Ref. Debe Haber
-2-
Efectos por Pagar M05 1.370.250,00
Gastos por Intereses M06 152.250,00
Intereses Registrados no Causados M03 152.250,00
Banco M04 1.3370.250,00
P/r Pago de giro 1/10 y amortización de
intereses


Este asiento se realizará cada vez que sea pagado un giro. En los casos que no coincida la
fecha de cierre de mes con el pago del giro, se deberá registrar la amortización del interés al
cierre del mes y el pago del giro en la fecha que corresponda.

a.2. Cuando el contrato de financiamiento establece que el interés sea calculado
a través de una tabla de amortización, es decir que la cuota a pagar contiene
capital más intereses:
Ejemplo: La empresa Inversiones La Esperanza, C.A., el día 30/04/2020, adquiere un
vehículo por Bs. 20.000.000,00 más el I.V.A., a la Concesionaria Tu Carro Propio,
C.A., paga una inicial del 30% más el IVA y el resto es financiado a un año al 15%,
mensual considerando 12 cuotas mensuales vencidas.
El primer paso es determinar el monto a pagar y el monto a financiar.


1.522.500,00 =======➔ 300 días
X ======= 30 días
X=1.522.500 x 30 / 300
X=152.250,00
I = C x i x t
I = 12.180.000,00 x 0,15 x 30/360
I= 152.250,00

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Paso 1: Determinar el monto a pagar y el monto a financiar:

Vehículo: 20.000.000,00
Inicial 30%: 6.000.000,00
Monto a Financiar 14.000.000,00
Inicial mas I.V.A. =
I.V.A. 16% 3.200.000,00
(+) Inicial 6.000.000,00
Banco 9.200.000,00


Paso 2: Identificar la fórmula para determinar la cuota vencida.

R = S x i =
1-(1+i)
-n

Dónde: R es la cuota
S es el capital a financiar
i es la tasa de interés expresada en el tiempo de las cuotas
n es el número de cuotas a financiar

Paso 3: Identificar los elementos o datos de la fórmula
Capital(S) 14.000.000,00
I 15% anual = 0,15 anual
N 1 año = 12 cuotas

Paso 4: Aplicar la fórmula

R =
2.100.000,00
= 2.582.730,87
0,813092849

Paso 5: Elaborar el cuadro de amortización (vencida)
Fecha Cuota Valor Cuota Interés Capital Saldo

14.000.000,00
30-05-2020 P01 2.582.730,87 2.100.000,00 482.730,87 13.517.269,13
30-06-2020 P02 2.582.730,87 2.027.590,37 555.140,50 12.962.128,63
30-07-2020 P03 2.582.730,87 1.944.319,29 638.411,57 12.323.717,06
30-08-2020 P04 2.582.730,87 1.848.557,56 734.173,31 11.589.543,75
30-09-2020 P05 2.582.730,87 1.738.431,56 844.299,31 10.745.244,44
30-11-2020 P06 2.582.730,87 1.611.786,67 970.944,20 9.774.300,24
30-12-2020 P07 2.582.730,87 1.466.145,04 1.116.585,83 8.657.714,41

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30-01-2021 P08 2.582.730,87 1.298.657,16 1.284.073,71 7.373.640,70
28-02-2021 P09 2.582.730,87 1.106.046,11 1.476.684,76 5.896.955,94
30-03-2021 P10 2.582.730,87 884.543,39 1.698.187,48 4.198.768,46
30-04-2021 P11 2.582.730,87 629.815,27 1.952.915,60 2.245.852,86
30-05-2021 P12 2.582.730,87 336.877,93 2.245.852,94 0,00
TOTALES 30.992.770,35 16.992.770,35 14.000.000,00 0,00

Paso 6: Registrar los asientos en forma cronológica

La compra del vehículo, el pago de la inicial más el I.V.A y el financiamiento

Descripción Ref. Debe Haber
-1-
Vehículo 20.000.000,00
Crédito Fiscal 3.200.000,00
Intereses Registrados no Causados 16.992.770,35
Banco 9.200.000,00
Efectos por Pagar 30.992.770,35
P/r Compra de vehículo con pago de 30% de inicial más el IVA.
Financiamiento a 12 meses con cuotas vencidas


El pago de la cuota 1
-2-
Efectos por Pagar 2.582.730,87
Gastos por Intereses 2.100.000,00
Banco 2.582.730,87
Intereses Registrados no Causados 2.100.000,00
p/r Pago de la cuota 1/12 vencida

El asiento del pago de la cuota, será repetitivo hasta que se pague la última cuota. Es posible
que en el último pago se genere una diferencia de céntimos el cual puede ajustarse sin
problema, ya que el monto es insignificante. Ahora bien, como los cuadros de amortización
financiera vencida y anticipada, serán analizados con mayor profundidad en el tema de
hipotecas y arrendamiento financiero, en este punto solo será de carácter informativo, a fin
de explicar las diferentes formas de financiamiento de adquisición de bienes.

b. Por la adquisición de pólizas de seguros
El tratamiento contable por las compras de pólizas de seguros, es similar al caso a.1.,
anteriormente explicado, la diferencia radica en que la actividad aseguradora no está sujeta a
la Ley del I.V.A.
Por ejemplo, la empresa La Esperanza, C.A. el 15/02/2020 adquiere una póliza de seguro de
incendio por Bs. 500.000,00. Paga una inicial del 40% más los intereses y el resto es
financiado a 6 meses, al 12%. Se firman 6 giros con vencimiento cada 30 días.
Costo de la Prima: 500.000,00
Inicial 40%: 200.000,00
I = C x i x t
t= 6 meses x 30 días = 180 días

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20

En este caso la adquisición de la póliza de seguro de incendio se registraría de la forma
siguiente:
Descripción Ref. Debe Haber
-1-
Seguro de Incendio Prepagado M07 500.000,00
Intereses Registrados no Causados M03 18.000,00
Banco M04 218.000,00
Efectos por Pagar M05 300.000,00
P/r Compra de póliza de seguro, con inicial
del 40% y financiamiento a 6 meses al 12%


El 28 de febrero corresponde causar 15 días tanto del seguro como del interés. Ambos serán
amortizados en un lapso de un año (360 días).

El asiento sería el siguiente:
Descripción Ref. Debe Haber
-2-
Gastos de Seguro de Incendio M09 20.833,33
Gastos por Intereses Financieros M08 1.500,00
Intereses Registrados no Causados M03 1.500,00
Seguro de Incendio Prepagado M07 20.833,33
P/r Amortización de 15 días de intereses y de
gastos de seguro


El 15 de marzo, vence el giro 1/6 por lo que debe realizarse el pago.
Descripción Ref. Debe Haber
-3-
Efectos por Pagar M07 50.000,00
Banco M04 50.000,00
P/r Pago de giro 1/6 del seguro de incendio

Monto a Financiar 300.000,00
(+) Interés 12% 18.000,00
Total deuda 300.000,00
Valor giro 50.000,00

I = 300.000,00 x 0,12 x 180/360
I= 18.000,00
Póliza: 500.000,00 Bs.
Amortización: 15 días
Gastos = 500.000,00/360*15 = 20.833,33 Bs.
I = C x i x t
I = 300.000,00 x 0,12 x 15/360
Verificando el monto
I= 1.500,00 Bs.
I= 18.000,00/180*15 = 1.500,00 Bs.

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21

El 30 de abril, se deben amortizar 30 días, tanto de gastos por intereses, como de gastos de
seguro; en este caso el asiento sería similar al asiento N° 2, pero considerando 30 días para
determinar el monto causado de ambos conceptos.
b. Por la conversión de facturas en giros:
Si una empresa posee cuentas por pagar a un lapso determinado, y el proveedor requiere el
dinero, entonces pueden llegar a un acuerdo de aceptación de giros, es decir, se cambia la
factura por uno o más giros, de acuerdo a la negociación entre las partes.
Para explicar la operación, se considerará el siguiente ejemplo: El 01/03/2020, la empresa La
Esperanza, C.A. compra mercancías, a crédito a 30 días, por Bs. 1.500.000,00 más I.V.A
según F-4589.
Descripción Ref. Debe Haber
-1-
Compras 1.500.000,00
Crédito Fiscal 240.000,00
Cuentas por Pagar 1.740.000,00
P/r Compra de mercancías a crédito de 30 días

Al día siguiente, en conversaciones de la empresa con su proveedor, consideraron firmar dos
(2) giros a 30 días cada uno. El asiento sería el siguiente:
Descripción Ref. Debe Haber
-1-
Cuentas por Pagar 1.740.000,00
Efectos por Pagar 1.740.000,00
P/r Conversión de F-4589 por 2 giros a 30
días cada uno.


EJERCICIOS DE REFUERZO:
La empresa La Prosperidad, C.A. realizó las siguientes operaciones en el mes de febrero 2021
Día Descripción de la operación
01 Compra mercancías s/F-9874 por Bs. 1.800.000,00 más IVA
02 Compra Computador por Bs. 2.600.000,00 más I.V.A., paga el 20% de inicial más
el IVA, el resto es financiado a 90 días al 14%, firma 3 giros iguales y sucesivos
12 Compra póliza de seguro de robo, sobre el computador. La prima es de Bs.
260.000,00, paga una inicial de Bs. 50.000,00 y el resto es financiado al 8% a 3
meses. Firma 3 giros iguales y sucesivos a 30 días cada uno.
20 De la factura F-9874, paga el I.V.A. y por el resto firma 3 giros a 15 días cada
uno.
Se pide: Registre las operaciones en forma cronológica y los asientos de ajuste al cierre de
cada mes, de acuerdo al caso.