Ley_1883_Sistema_de_Seguros_DIAPOSITIVAS.pptx

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Un resumen de los puntos clave de la ley N° 1883 Sistema de Seguros-Bolivia


Slide Content

Ley N° 1883 del Sistema de Seguros – Bolivia Artículos clave y su aplicación en la Contabilidad de Seguros Elaborado por: Edilberto Tarqui Cala

Artículo 1 – Objeto de la Ley Regula la constitución, funcionamiento, supervisión y control de las entidades aseguradoras, reaseguradoras y sus intermediarios. Ejemplo: La empresa 'Vida Seguros S.A.' debe cumplir los requisitos establecidos antes de operar en Bolivia.

Artículo 3 – Autoridad de Supervisión La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) es responsable de supervisar las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Ejemplo: La APS revisa los informes financieros y los niveles de solvencia de las aseguradoras.

Artículos 9, 10 y 15 – Constitución y requisitos Solo las sociedades anónimas con autorización previa pueden operar. Deben contar con un capital mínimo y cumplir los requisitos técnicos y financieros establecidos. Ejemplo: Una empresa debe presentar su plan de negocios y demostrar solvencia antes de obtener licencia.

Artículos 23, 25 y 26 – Contrato y Póliza de Seguro Clasifica los seguros en personas y generales. El contrato de seguro se formaliza mediante una póliza que detalla derechos y obligaciones. Ejemplo: En un seguro de vehículo, la póliza especifica la cobertura, exclusiones y monto asegurado.

Artículos 28 y 31 – Obligaciones del Asegurado y del Asegurador El asegurado debe declarar el riesgo y pagar la prima; el asegurador debe indemnizar oportunamente al verificarse el siniestro. Ejemplo: Si el cliente paga su prima y sufre un accidente, la aseguradora debe pagar la indemnización en los plazos establecidos.

Artículos 44 y 45 – Reaseguros Permite que una aseguradora transfiera parte de sus riesgos a una reaseguradora autorizada. Ejemplo: Una compañía de seguros de incendios puede reasegurar parte de sus pólizas con una reaseguradora internacional.

Artículos 53 y 55 – Intermediarios y Registro Los corredores y agentes deben estar autorizados y registrados ante la APS. Ejemplo: Un corredor no registrado no puede ofrecer legalmente pólizas de seguros.

Artículos 67 y 70 – Supervisión y Sanciones La APS puede auditar y sancionar a las entidades por infracciones. Las sanciones van desde amonestaciones hasta la revocatoria de la licencia. Ejemplo: Una aseguradora que no cumple con el margen de solvencia puede ser multada o suspendida.

Artículo 77 – Reglamentación y Disposiciones Finales El Poder Ejecutivo reglamentará la Ley mediante decretos supremos. Deroga toda norma contraria. Importancia: Garantiza la coherencia legal en la aplicación del sistema de seguros.

Conclusiones La Ley 1883 asegura la transparencia, solvencia y protección de los asegurados en Bolivia. Para la contabilidad de seguros, establece un marco claro para el registro contable de primas, reservas, siniestros e inversiones. ✅ Clave para profesionales contables y financieros.