Ordenamiento Territorial y Cuencas normativas

afneyra 9 views 123 slides Sep 24, 2025
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Aspectos metodologicos sobre OT


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GESTION TERRITORIAL Mayo 2025 A. Fernando Neyra P. [email protected] 949222702 Marco Normativo Vigente Proceso de Ordenamiento Territorial Mecanismos de Financiamiento Estado de Implementación Cambios de Uso y Articulación con la Planificación Estratégica

MARCO NORMATIVO ORDENAMIENTO TERRITORIAL 1997-2016

1997 Ley Orgánica N°26821 - Aprovechamiento Sostenible de Recursos Naturales Establece a la ZEE como instrumento de apoyo al Ordenamiento Territorial para evitar conflictos por superposición de títulos y usos inapropiados del territorio, en base a identificación de áreas prioritarias, conciliando intereses nacionales de conservación del patrimonio natural con el aprovechamiento sostenible de los RRNN. 2002-2003: Ley Orgánica N° 27783 – de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica N° 27867 - de Gobiernos Regionales Ley Orgánica N° 27972 –de Municipalidades Establecen la vinculación con el proceso de descentralización y las competencias gobiernos regionales y municipios en OT, incluyendo facultad de aprobar sus instrumentos de gestión. 2014: Ley 30230, establece la definición del Ordenamiento Territorial , indicando que la ni la ZEE ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de uso .

2005 Decreto Supremo 008-2005-PCM, Reglamento de Ley N° 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Establece que OT y ZEE constituyen referente obligatorio de las políticas públicas en todos los niveles de gobierno. Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente Establece que la planificación y el OT tienen por finalidad complementar planificación económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones en el territorio y orientar sus conservación y aprovechamiento sostenible. 2004 Decreto Supremo 087-2004-PCM, Reglamento de la Zonificación Ecológica y Económica Norma que implementa el proceso de Ordenamiento Territorial principalmente en Regiones a partir de la ZEE, y establece que la conducción del proceso es a través de Presidencia de Consejo de Ministros, a través del Consejo Nacional del Ambiente – CONAM. 2014: Ley 30230, establece la definición del Ordenamiento Territorial , indicando que la ni la ZEE ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de uso .

2008 Decreto Legislativo N° 1013 – Ley de Creación del MINAM Define como una de sus funciones específicas establecer la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el OT, en coordinación con entidades correspondientes y conducir su proceso. Se precisa además que MINAM asume todas las funciones del CONAM entre ellas las que venía ejerciendo sobre OT. 2006 Resolución Directoral Nº 005-2006-EF/68.01 Aprueba las Pautas para la Elaboración de PIP en Ordenamiento Territorial, que tenia como eje principalmente obtener como producto la ZEE, fue aplicado principalmente por el conjunto de Gobiernos Regionales, con impulso del CONAM. 2010 Revolucion Ministerial N° 026 - 2010 – MINAM Aprueba los lineamientos de política en Ordenamiento Territorial con la finalidad de establecer premisas para desarrollar y promover planes de desarrollo económico, ambiental, social y cultural en los tres niveles de gobierno, sobre la base de ZEE y los instrumentos de Ordenamiento Territorial vigentes, así como promover la elaboración de proyectos de desarrollo de capacidades para el Ordenamiento Territorial en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y en los presupuestos participativos;

2013 Resolución Ministerial 135-2013- MINAM Aprueba la Guía Metodológica para la elaboración de los Instrumentos para el Ordenamiento Territorial que establece el proceso, los instrumentos y los procedimientos para su validación que considera la opinión favorable del MINAM Resolución Directoral Nº 007-2013-EF/63.01 Aprueba los Lineamientos para la Elaboración de PIP en Materia de Ordenamiento Territorial , que recoge el proceso OT establecido en la RM 135-2013-MINAM y establece los mecanismos para la incorporación en los procesos de gestión de Regiones y Municipios, enfocándolo como Servicio de Ordenamiento Territorial. Deja sin efecto las pautas OT aprobadas el 2006, debiendo adecuarse. 2014: Ley 30230, establece la definición del Ordenamiento Territorial , indicando que la ni la ZEE ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de uso . Política de Estado N° 34 en Gestión y Ordenamiento Territorial El Acuerdo Nacional aprueba la política como mecanismo de concertación del Estado, complementa la definición de territorio que se tenia en la constitución y establece la orientación de las acciones del Estado en el marco de la Gestión Territorial.

Territorio es …. “…. entendemos el territorio como el espacio que comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre y en el que se desarrollan relaciones sociales, económicas, políticas y culturales entre las personas y el entorno natural, en un marco legal e institucional; y en el que convergen los intereses, identidades y culturas de las poblaciones…” ACUERDO NACIONAL Territorio es el suelo, subsuelo, dominio marítimo y el espacio aéreo que los cubre. Art. 54° CONSTITUCION

2014 Ley 30230, Establece la definición del Ordenamiento Territorial, indicando que la ni la ZEE ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de uso. 2016 Resolución Ministerial N° 118-2016-PCM precisa que la transferencia de competencias sectoriales a Gobiernos Regionales y Locales en Ordenamiento Territorial deberán realizarse en coordinación con el Ministerio del Ambiente atendiendo sus competencias y atribuciones en esta materia establecidas en su Ley de Creación (Decreto Legislativo N° 1013)

CONSTITUCION POLITICA DEL PERU Art. 2 Literal 22 Art. 66, 67 y 68 Estado debe proveer de un ambiente sano y sostenible para la calidad de vida de los ciudadanos Los RRNN, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento, determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus RRNN Ley N° 26821 / Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los RRNN (1997) D. L. N° 1013 / Creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente (2008) Ley N° 27783 / Ley Orgánica de Bases de la Descentralización (2002) Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (2002) Ley N° 27972 / Ley Orgánica de Municipalidades (2002) Ley N° 30230 / Ley General de Medidas para Promoción…. y Dinamización de Inversión (2014) NORMAS QUE REGULAN EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL COMO FUNCION DEL ESTADO DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES QUE SUSTENTAN LA FUNCION NORMAS CON RANGO DE LEY QUE DEFINEN Y DELIMITAN EL ALCANCE DE LA FUNCION Ley N° 28611 / Ley General del Ambiente (2005) NORMAS QUE REGULAN LA FUNCION Y EJECUCION EN LOS NIVELES DE GOBIERNO 16 RESOLUCIONES MINISTERIALES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE QUE NORMAN LA CONDUCCION Y EL PROCESO (2010-2016) 2 RESOLUCIONES MINISTERIALES DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS PRECISAN QUE LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS EN ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEBE COORDINARSE CON EL MINAM 1 DECRECTO SUPREMO (2004) DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DEL MINISTROS QUE REGLAMENTA LA ZEE 3 RESOLUCIONES DIRECTORALES DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS QUE DEFINEN DESDE EL AÑO 2006 EL MECANISMO DE FINANCIAMIENTO CON INVERSION PUBLICA DEL PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 1 DIRECTIVA METODOLOGICA (2006) DEL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE SOBRE LA ZEE NORMAS CON RANGO DE LEY QUE DETERMINAN LA COMPETENCIA DE LOS TRES NIVELES DE GOBIERNO

INSTRUMENTOS QUE NORMAN EL PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

LEY Nº 30230, ARTÍCULO 22 (2014) El ordenamiento territorial es un proceso político, técnico y administrativo destinado a orientar la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, sobre la base de la identificación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios económicos, socioculturales, ambientales e institucionales. Ni la Zonificación Ecológica y Económica, ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de uso. DEFINICION LEGAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ¿Por qué no Define Usos ? Son otras las herramientas de gestión del territorio las que definen los usos, de acuerdo al marco normativo Peruano , por ello es que el Ordenamiento Territorial es un proceso, que conforme al marco legal vigente, define herramientas de carácter propositivo y orientador, sumado a información que resulta útil para otros mecanismos de gestión del territorio, los cuales si definen usos. Ej. La asignación de concesiones de uso de recursos naturales (MINAGRI, MINEM, PRODUCE), titulación urbana y rural (VIVIENDA, MINAGRI, COFOPRI, SUNARP), desarrollo urbano (VIVIENDA), demarcación territorial (PCM), descentralización (PCM) entre otros.

COMPETENCIA EN ORDENAMIENTO TERRITORIAL Los Gobiernos Regionales y Locales ejercen sus funciones específicas en ordenamiento territorial en el marco y en correspondencia con las políticas y planes nacionales y sectoriales vigentes; LEY 27867: LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES (2002) De acuerdo al Art. 53, los Gobiernos Regionales formulan, aprueban, ejecutan, evalúan, dirigen, controlan y administran los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial , en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales. LEY 27783: LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES (2002) De acuerdo al Art. 73, planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial , en el nivel provincial . DECRETO LEGISLATIVO 1013: LEY DE CREACION, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE (2008) Establecer la política, los criterios, las herramientas, y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional , en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso.

Ordenamiento Territorial SITUACION DEL MARCO LEGAL 2017 - 2021

2017 Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM – Aprobación del ROF MINAM Establece que MINAM tiene la función de Ordenamiento Territorial Ambiental

El ordenamiento territorial incorpora diversas temáticas vinculadas a las potencialidades, limitaciones, servicios y dinámicas del territorio, las cuales son abordadas en términos de gestión administrativa del Estado sectorialmente (agrícola, forestal, minero, acuícola, turístico, conservación, entre otros). Sin embargo, la Ley de creación del MINAM (DL 1013) le da la competencia expresa, como entidad del Estado sobre el Ordenamiento Territorial, teniendo el mandato de definir la política, criterios, herramientas y procedimientos, lo cual no es posible cambiar mediante una norma de menor rango , como se pretende con el Decreto Supremo N°002-2017-MINAM que establece de forma irregular que MINAM tiene la función de Ordenamiento Territorial Ambiental, la cual no esta definida legalmente y no tiene niveles de gobierno competentes. UNA ENTIDAD DEL ESTADO ¿PUEDE RENUNCIAR A UN MANDATO ESTABLECIDO POR LEY?

2019 Resolución de Secretaria General N° 027-2019-PCM/SG (norma no publicada en El Peruano) Crea la unidad funcional de Ordenamiento Territorial y de Gestión de Riesgos de Desastres en el Despacho del Viceministerio de Gobernanza Territorial Sin tener competencia establecida por Ley vulnerando el principio de legalidad que rige el ejercicio de la función pública , la Secretaria General de la PCM crea de forma irregular la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión de Riesgos de Desastres en el Despacho del Viceministerio de Gobernanza Territorial

2019 Decreto Supremo N° 237-2019-PCM – Plan Nacional de Competitividad Sustentándose en el DS 002-2017-MINAM, se precisa que se requiere una Ley OT cuya propuesta se presentara al congreso en el primer semestre del 2020. Se trabajara una Política Nacional de OT que se aprobara en Julio del 2021 y que las Regiones tendrán instrumentos de OT implementados en el 2030 Si bien reconoce conducción de MINAM por Decreto Legislativo 1013, norma pretende confundir al precisar que se trata de ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL, vinculándolo al ROF aprobado de forma irregular el 2016. Se indica además que se presentará proyecto de Ley para clarificar rectoría, y recién 2030 Regiones contarían con ORDENAMIENTO TERRITORIAL

2020 Resolución Ministerial N° 105-2020-PCM (norma no publicada en El Peruano) Se formaliza el proceso para el desarrollo de las etapas y pasos para la elaboración de la Política Nacional de Ordenamiento Territorial Sin tener competencia establecida por Ley, la PCM “formaliza” el proceso para el desarrollo de las etapas y pasos para la elaboración de la Política Nacional de Ordenamiento Territorial, emitiendo la RM 105-2020-PCM que no esta publicada en el diario oficial El Peruano

2020 Resolución Ministerial N° 094-2020-MINAM Norma que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del 2020 en donde se considera como la transferencia de competencias del MINAM en Ordenamiento Territorial en concordancia con la RM 118-2016-PCM

2020 Sentencia del Tribunal Constitucional – Impugnación de Ley 30230 Precisa que el Ministerio del Ambiente sigue siendo, tal como establece el DL 1013, la institución que establece la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso.

2021 Decreto Supremo N° 022-2021-MINAM Norma aprueba nuevo ROF derogando el aprobado en Abril del 2017 precisando competencias del MINAM en Ordenamiento Territorial restituyendo “Dirección General de Ordenamiento Territorial” con el agregado de “y gestión integrada de recursos naturales”

SITUACION DEL MARCO LEGAL 2021-2024

2023 Informe N° 149-2023-EF/63.03 14 de Julio del 2023 MEF propone eliminar los proyectos de inversión publica en Ordenamiento Territorial por el porcentaje de gobiernos regionales y locales que brindan servicios para el Ordenamiento Territorial con capacidad operativa inadecuada.

2023 Resolución Ministerial N° 245-2023-MINAM 23 de Julio del 2023 MINAM modifica los indicadores de brechas de infraestructura, aceptando la propuesta del MEF de eliminar los proyectos de inversión publica en Ordenamiento Territorial por el porcentaje de gobiernos regionales y locales que brindan servicios para el Ordenamiento Territorial con capacidad operativa inadecuada.

2023 Decreto Supremo N° 107-2023-PCM del 25/09/2023 Norma que modifica el ROF de la PCM precisando que conforma la Secretaria de Gestión de Riesgos de Desastres, retirando la palabra “Ordenamiento Territorial”

2023 Resolución de Secretaria General N° 148-2023-PCM/SG del 28/12/2023 Norma que deja sin efecto la Resolución de Secretaria General N° 027-2019-PCM/SG que conforma la Unidad Funcional de Ordenamiento Territorial y Gestión de Riesgo de Desastres del Viceministerio de Gobernanza Territorial, quedando solo la PCM con la competencia de Gestion de Riesgos de Desastres

CONCLUSIONES MINISTERIO DEL AMBIENTE es el órgano competente en Ordenamiento Territorial conforme el DL 1013 y lo precisado en el parágrafo 63 de la sentencia del TC Esta condición solo puede ser modificada y atribuida a otro órgano del Estado por Ley que modifique o derogue el DL 103 ¿Una entidad publica puede impulsar una política nacional sin tener competencia establecida por Ley? No, una entidad pública no puede impulsar una política nacional sin tener la competencia correspondiente. Las políticas nacionales deben ser establecidas y promovidas por las autoridades competentes que tienen la autoridad y el respaldo legal para hacerlo. Si una entidad pública intenta impulsar una política nacional sin la competencia necesaria, podría estar actuando de manera inapropiada y desviándose de sus funciones y responsabilidades, infringiendo el principio de legalidad . Es importante respetar la estructura legal y el marco institucional establecido para la formulación de políticas a nivel nacional. LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS ha retirado toda mención al Ordenamiento Territorial como función o competencia por no tener mandato legal Legalmente no le correspondería conducir o formular la Política Nacional de Ordenamiento Territorial en tanto no se modifique o derogue el DL 1013 conforme lo precisado por la sentencia del TC

SITUACION DEL MARCO LEGAL 2025

LEY Nº 32279 - LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DE CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (SINADOT) 02 de Abril del 2025

Ordenamiento Territorial en Perú: Lo vinculante y lo no vinculante entre la POLITICA NACIONAL y la LEY La relación entre la política nacional de Ordenamiento Territorial (OT) y la reciente Ley de OT aprobada por el Congreso en Perú puede generar cierta confusión y aparentes contradicciones debido a la naturaleza de los marcos normativos y su aplicación. Aquí hay algunos puntos a considerar: 1. Política Nacional de OT: Esta política establece lineamientos y principios para el ordenamiento territorial en el país, buscando una gestión sostenible y ordenada del territorio. Sin embargo, al ser una política, su aplicación puede depender de la voluntad de las autoridades locales y regionales. 2. Ley de OT: La Ley de Ordenamiento Territorial en Perú establece un marco legal que regula cómo debe llevarse a cabo el ordenamiento territorial. Sin embargo, si esta ley no es vinculante en ciertos contextos, puede llevar a que las autoridades no estén obligadas a seguir los lineamientos establecidos en la política nacional. 3. Conflicto entre lo vinculante y lo no vinculante: La falta de obligatoriedad puede crear un escenario en el que las políticas y los planes de ordenamiento territorial no se implementen de manera efectiva, lo que puede resultar en un desajuste entre las intenciones de la política nacional y la realidad en el terreno.

4. Descentralización y autonomía regional: En Perú, las regiones tienen cierta autonomía y pueden tener sus propios enfoques sobre el ordenamiento territorial, lo que puede llevar a diferencias en la implementación de la política nacional. En resumen, la aparente contradicción se origina de la diferencia entre los marcos políticos y legales y su capacidad de ser aplicados de manera efectiva. Para resolver estas tensiones, podría ser necesario fortalecer la vinculación entre la política y la ley, así como mejorar la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno.

PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

ELABORACIÓN DE INSTRUMENTOS TÉCNICOS (Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, aprobada por RM N° 135-2013-MINAM)

ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACION ZEE ANALISIS PROSPECTIVO DISENO MODELO PROPOSITIVO MONITOREO Y EVALUACION FASE I LA REALIDAD: COMO ESTAMOS ? FASE II LA PROPUESTA: COMO NOS GUSTARÍA ESTAR ? LA IMPLEMENTACIÓN COMO HACEMOS PARA LOGRARLO ? DIT APROBACION EE INSTRUMENTOS TECNICOS INSTRUMENTOS DE GESYION POT MEDICION DE INDICADORES 1 2 3 4 SISTEMA DE INFOFRMACION Formulación y aprobación de expediente SNIP OT Interés y compromiso políticos y social Mapeo de actores Aprobación del procesos de OT y elaboración de instrumentos técnicos Conformación del comité técnico de ZEE y OT Conformación del equipo técnico de GR y GL Capacitación y asistencia técnica del MINAN para elaboración de los instrumentos técnicos y ejecución del proceso Análisis de capacidad institucional y fortalecimiento Cumplimiento del procedimiento técnico establecidos en RM 135-MINAM-2012 Talleres participativos Talleres participativos Concertación y consulta ciudadana Diseño de visión y escenarios de desarrollo Capacitación y asistencia técnica del MINAN para elaboración de los instrumentos técnicos y ejecución del proceso Cumplimiento del procedimiento técnico establecidos en RM 135-MINAM-2012 Aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial Mejora de la organización y capacidad institucional Fortalecimiento de capacidades a autoridades, funciones, técnicos de GR y GL Articulación de instrumentos de gestión y cumplimiento de políticas nacionales Incorporación del OT en instrumentos de gestión administrativa y operativa Incorporación del Modelo de OT en planes de operativos y procesos de desarrollo/Diseño e implementación de sistemas de información territorial/Mejora de la organización social para administración del territorio/Fortalecimiento de mecanismos de coordinación entre niveles de gobierno/ Cohesion y cooperacion territorial/Aplicación y diseño de marcos normativos/ Fiscalizacion y control ambiental/ Participacion ciudadana/ Organizacion Territorial

ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA Es un proceso dinámico y flexible para la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales. Una vez aprobada, la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales. (Ley N° 26821,Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; el Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, Reglamento de ZEE; Decreto del Consejo Directivo Nº 010-2006-CONAM/CD, Directiva Metodología para la ZEE; Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, aprobada por RM N° 135-2013-MINAM)

6/6/25 Los pasos mínimos que se requieren llevar a cabo en la etapa inicial del proceso de ZEE son los siguientes: Conocer los beneficios del ordenamiento territorial, y de la información que se genera con la ZEE, identificando las necesidades e importancia para el escenario regional / local. Asumimos la decisión política y de organización para el proceso, instalando la Comisión Técnica Regional /Local de ZEE y OT. Comunicamos al MINAM el interés y las necesidad de recibir asistencia técnica. Evaluar la capacidad de financiamiento y gestionar recursos. ETAPA INICIAL DEL PROCESO DE ELABORACION DE LA ZEE

Formulación de La ZEE Fase Preliminar Fase de Generación de Información Fase de Análisis Fase de Evaluación Fase de Validación Participación, capacitación y Difusión ETAPA DE FORMULACIÓN

METODOLOGIA 1

METODOLOGIA 2

Variables temáticas MEDIO BIÓTICO: Vegetación Fauna Terrestre Fauna Acuática MEDIO ABIÓTICO: CLIMA Temperatura Precipitación Altitud Humedad relativa SUELO Taxonomía de suelos a nivel de Gran Grupo GEOMORFOLOGIA Fisiografía a nivel de paisaje Procesos geomorfológico GEOLOGIA Litología Estratigrafía HIDROGRAFIA. Red hidrográfica Cuerpos de agua Zonas de inundación Cuencas MEDIO SOCIOECONÓMICO: ASPECTOS SOCIALES Población + Procesos migratorios Calidad de vida + CCNN ASPECTOS ECONOMICOS: Tipo de actividad económica Infraestructura de transporte y comunicaciones Clases de uso de la tierra + Tenencia de la tierra SE GENERA LA BASE DATOS PRELIMINAR

INFORMACION GENERADA SOBRE CARACTERIZACION DEL TERRITORIO COMPONENTES MAPA (TEMA) FÍSICOS (TEMÁTICO) MAPA BASE MAPA DE GEOLOGÍA MAPA DE GEOMORFOLOGÍA MAPA DE FISIOGRAFIA MAPA DE SUELOS MAPA DE CAPACIDAD DE USO MAYOR DE LA TIERRA MAPA DE CLIMA BIOLÓGICOS (TEMÁTICO) MAPA DE VEGETACIÓN MAPA DE FAUNA MAPA FORESTAL SOCIOECONÓMICOS (TEMÁTICO) MAPA DE USO ACTUAL DE LA TIERRA MAPA DE POTENCIALIDADES SOCIOECONÓMICAS MAPA DE TURISMO SUBMODELOS (INTERMEDIOS) MAPA DE APTITUD PRODUCTIVA MAPA DE APTITUD PISCÍCOLA MAPA DE VULNERABILIDAD MAPA DE VALOR ECOLÓGICO MAPA DE CONFLICTOS DE USO MAPA DE VOCACIÓN URBANO E INDUSTRIAL ZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA Instrumento técnico de caracterización del territorio a través de la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible desde la información producida desde la evaluación de potencialidades y limitaciones con criterios físicos y biológicos principalmente. Orienta la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la población que la habita y en armonía con el ambiente.

ESTRUCTURA PARA LA GENERACIÓN DE SUBMODELOS ODETCA Cámara de Diputados

SUB MODELOS DE EVALUACION Y ANALISIS DEL TERRITORIO SUB MODELO DESCRIPCIÓN Valor Productivo de Recursos No Renovables Orientados a determinar las áreas que poseen mayor aptitud para desarrollar actividades productivas con recursos naturales No renovables Valor Productivo de Recursos Renovables Orientados a determinar las áreas que poseen mayor aptitud para desarrollar actividades productivas con recursos naturales renovables Valor Bio - Ecológico Orientado a determinar las áreas con características que ameritan una estrategia especial para conservación de la biodiversidad y/o procesos ecológicos esenciales. Peligros Potenciales Múltiples Orientado a determinar las áreas que presentan alto riesgo por estar expuestas a procesos geodinámicas y otros procesos que afectan o hacen vulnerables al territorio y sus poblaciones Vulnerabilidad Socio - Económica Orientado a determinar las áreas que por sus características socio económicas presentan susceptibilidad a sufrir daños y pérdidas ante la manifestación de un peligro. Conflictos de Uso del Suelo Orientado a identificar las áreas donde existe incompatibilidad (sitios de uso y no concordantes con su vocación natural, así como sitios en uso en concordancia natural pero con problemas ambientales por el mal manejo), así como conflictos entre las actividades sociales, económicas y con el patrimonio cultural. Así como conflictos por superposición de derechos de uso. Aptitud Urbano Industrial Orientado a identificar las áreas que poseen condiciones tanto para el desarrollo urbano como para la localización de la infraestructura industrial Valor Histórico Cultural Orientado a identificar las áreas que presentan una importante riqueza patrimonial, material e inmaterial y usos tradicionales que ameritan una estrategia de tratamiento especial, que considera asimismo a las comunidades campesinas. Potencialidades Socio - Económicas Orientado a identificar las áreas que presentan importantes condiciones para la competitividad y de desarrollo humano. ZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA Es el resultado de un esfuerzo de integración del conjunto de información generada desde aspectos físicos y biológicos principalmente. ANTES SE ENTEDIA AL MAPA FINAL COMO EL UNICO RESULTADO

AHORA SE PRECISA QUE LA ZEE TIENE MUCHOS RESULTADOS QUE NO COMPITEN Y NO DEBE VERSE UNICAMENTE EL MAPA FINAL

Resultados principales de la ZEE: Alternativas de uso en función a características del territorio.

NIVELES DE CALIFICACIÓN DE LAS CATEGORÍAS DE USO EN LA ZEE* Uso recomendable. Uso recomendable con restricciones. Uso no recomendable. * Artículo 10º del Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) DS Nº087-2004-PCM

ETAPA DE APROBACION Una vez concertada y consensuada la propuesta de ZEE procedemos a su aprobación formal, previa opinión favorable. Los estudios son aprobados por la autoridad competente, según el nivel correspondiente. En el ámbito regional (departamental) es aprobado por el Gobierno Regional, mediante Ordenanza Regional. En el ámbito local es aprobado por el Gobierno Local, previa opinión favorable del Gobierno Regional, mediante ordenanza local.

Siendo un instrumento del gobierno regional o local en su conjunto debe ser utilizado para la gestión del desarrollo a partir de su consideración como insumos en otros instrumentos de gestión territorial. ETAPA DE APLICACIÓN

Le corresponde al equipo técnico del gobierno regional o local realizar las acciones de monitoreo, evaluación y actualización. Se actualiza información de la ZEE según las necesidades y dada la relevancia de los cambios producidos. ETAPA DE MONITOREO, EVALUACION Y ACTUALIZACION

ESTUDIOS ESPECIALIZADOS Son los instrumentos técnicos de carácter estratégico , que enfatizan el análisis de las dinámicas, relaciones y funcionalidad que se evidencian en el territorio bajo estudio y su articulación con otros territorios. Responden a la necesidad de conocer la relación de las sociedades con su medio natural, evolución, situación actual y proyección, permitiendo articular la gestión y ocupación del territorio en concordancia con sus características naturales, necesidades y desarrollo económico . Se priorizan a partir de la información generada en la ZEE, el contexto geográfico, el rol y las dinámicas territoriales, sociales, económicas, ambientales, de cada ámbito de intervención. (Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, aprobada por RM N° 135-2013-MINAM; Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, DS N° 007-2008-MINAM)

ESTUDIOS TECNICOS ESTUDIOS DE GESTION ESTUDIO DE ANALISIS DE LA DINÁMICA REGIONAL. ESTUDIO DE ANALISIS DE NORMATIVA Y POLÍTICAS CON INCIDENCIA TERRITORIAL ESTUDIO DE EVALUACIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Y CAMBIO CLIMÁTICO ESTUDIO DE ANALISIS DE LAS CAPACIDADES INSTITUCIONALES ESTUDIO DE SERVICIOS ECOSISTEMICOS ESTUDIO EN ANÁLISIS DE LOS CAMBIOS DE LA COBERTURA Y USO DE LA TIERRA ESTUDIO DE ANALISIS DE LA DINAMICA DE LITORAL

ESTUDIO ESPECIALIZADO: DINAMICA ECONOMICA REGIONAL Identifica y caracteriza la dinámica económica del ámbito geográfico analizado, las tendencias de crecimiento económico a partir de la articulación interna, así como con el entorno (a nivel nacional e internacional). Permite además, conocer tendencias de crecimiento y desarrollo de asentamientos poblacionales, conectividad, áreas vulnerables, así como actividades que ponen en riesgo a ecosistemas o recursos naturales existentes en el ámbito geográfico. Tiene como objetivo, caracterizar la dinámica económica, incluyendo la dinámica de los sistemas urbanos, en tanto aquella se relaciona con un entorno natural, con la dinámica de la cobertura y uso de la tierra, identificando los factores capaces de producir cambios e impactos positivos o negativos en el subsistema espacial (distrito, provincia o departamento). Para elaborar este EE, se deberá integrar y analizar la información generada de manera secuencial a través de las siguientes pautas técnicas: 1) Dinámica Económica y 2) Dinámica de Sistemas y Organización Territorial. La información generada de la aplicación de las pautas técnicas referidas, deberá ser integrada y analizada de forma conjunta con la información producida en el EE de Análisis de los Cambios de la Cobertura y Uso de la Tierra.

ESTUDIO ESPECIALIZADO: EVALUACIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Y VULNERABILIDAD AL CAMBIO CLIMÁTICO Comprende las acciones y procedimientos que se realizan para conocer los peligros o amenazas, analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestión del Riesgo de Desastres. En lo que respecta al cambio climático busca identificar elementos vulnerables, susceptibles de ser afectados por las diferentes manifestaciones de este fenómeno. Objetivos: - Contar con un instrumento básico que permita tomar decisiones y realizar acciones de prevención, mitigación y adaptación ante eventos de desastres, vinculados o no al efecto del cambio climático. - Mejorar la comprensión de las conexiones entre los procesos de generación de conocimiento técnico-científico de los fenómenos (naturales o antrópicos), el ordenamiento territorial y la gestión de riesgo de desastres. - Describir los elementos conceptuales, metodológicos, características, escalas y formas de representación de los peligros, vulnerabilidades y riesgos para cada uno de los fenómenos, así como su significado en términos de impacto, frecuencia y mitigabilidad, para la planificación del territorio. - Ofrecer una propuesta conceptual y metodológica para la adopción de medidas regulatorias y programáticas para cada uno de los fenómenos analizados, de modo que dichas propuestas, en conjunto, permitan el diseño y aplicación de políticas de reducción del riesgo de desastres con incidencia en el ordenamiento territorial.

ESTUDIO ESPECIALIZADO: SERVICIOS ECOSISTEMICOS Comprende la caracterización de los principales servicios ecosistémicos existentes en un determinado ámbito geográfico, entendidos como aquellas funciones o procesos de los ecosistemas que generan beneficios económicos, sociales y ambientales para la sociedad que, de no existir, las poblaciones relacionadas con ellos verían afectada su calidad de vida, así como la viabilidad de sus actividades económicas. Tiene como objetivo caracterizar los principales servicios ecosistémicos existentes en un determinado ámbito geográfico, así como sus condiciones, situación actual, características, estado de conservación, dinámica existente, entre otros

ESTUDIO ESPECIALIZADO: ANALISIS DE LOS CAMBIOS DE LA COBERTURA Y USO DE LA TIERRA Comprende la identificación de los factores y procesos que definen cambios en la cobertura y uso de la tierra, así como las causas y los principales efectos. Tiene el objetivo de conocer la dinámica y principales efectos generados por los cambios en la cobertura y uso de la tierra

ESTUDIO ESPECIALIZADO: ECOSISTEMAS Y HABITAT MARINO COSTERO Comprende la identificación, clasificación, y caracterización de los ecosistemas, hábitats y sus servicios; así como de los impactos predominantes de la intervención humana en estos, habiéndose para ello efectuado el análisis de la dinámica litoral . • Objetivos: Contar con una herramienta metodológica básica para la comprensión de los procesos de formación y desarrollo de las playas. Facilitar la comprensión de la relación causa-efecto entre los diferentes procesos del sistema costero. Facilitar la identificación de las causas de la erosión. Describir cualitativamente la dinámica litoral, determinar el balance sedimentario; erosión, transporte y acumulación de sedimentos. Ajustar algunos aspectos del plan de seguimiento ambiental, mejorar las medidas correctivas y arbitrar sobre otras que mitiguen el impacto en la dinámica sedimentaria

ESTUDIO ESPECIALIZADO: ANALISIS DE CAPACIDAD INSTITUCIONAL Constituye un instrumento técnico que analiza la capacidad institucional de los diversos niveles de gobierno que han culminado la fase inicial y están en el proceso de desarrollo de los instrumentos técnicos contenidos en esta Guía Metodológica. Mediante este estudio, cada Gobierno Regional o Gobierno Local, sobre la base de su situación actual, de las políticas nacionales, intersectoriales, sectoriales y territoriales y de su rol y competencias, identificará la capacidad y condiciones institucionales que actualmente posee, a partir de lo cual identificará aspectos positivos y negativos, así como las necesidades de mejorar, adaptar o adecuar su esquema organizacional y funcional al proceso del ordenamiento territorial. Este estudio comprende la caracterización general del contexto y del nivel organizacional, funcional y de recursos del ámbito de gobierno correspondiente, para establecer sus capacidades institucionales reales, determinando estrategias y programas que conduzcan a poder asumir adecuadamente la gestión de su territorio. Tiene como objetivo analizar las competencias y atribuciones de los gobiernos regionales y locales, según corresponda, así como las condiciones organizacionales en que operan actualmente, para así determinar sus capacidades reales para articularse con las políticas relacionadas con el ordenamiento territorial.

ESTUDIO ESPECIALIZADO: NORMATIVA Y POLITICAS CON INCIDENCIA TERRITORIAL Comprende el análisis de políticas y normas existentes con incidencia en el territorio, para lo cual se deberá analizar el nivel de articulación entre instrumentos de gestión, la ejecución de proyectos de desarrollo y estrategias de intervención. Tiene como objetivo, Analizar la normativa y las políticas con incidencia territorial existentes en un determinado ámbito geográfico

DIAGNÓSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO Es un instrumento técnico que integra y analiza la información generada en la ZEE y los EE , permitiendo completar el conocimiento de las condiciones y características ambientales y sociales, así como de la dinámica y tendencias de crecimiento económico de un determinado ámbito geográfico, y de sus implicancias en los ecosistemas. A partir de los resultados del DIT se desarrollaran las fases del proceso de elaboración del POT. (Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, aprobada por RM N° 135-2013-MINAM)

DIAGNOSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO - DIT Análisis de la información generada en los Estudios Especializados Análisis integrado de la información generada de la ZEE y EE Análisis de información generada en la ZEE Identificación de elementos estructurantes, problemas, potenciales, limitaciones, procesos, capacidad de gestión y políticas SINTESIS DE DINAMICAS TERRITORIALES Y CONDICIONES FISICO NATURALES ANÁLISIS DEL SISTEMA TERRITORIAL CONSTRUIDO (DINÁMICAS TERRITORIALES) ANÁLISIS INTEGRADO DEL SISTEMA TERRITORIAL ANÁLISIS DEL SISTEMA TERRITORIAL DEL MEDIO NATURAL ANÁLISIS ESTRATEGICO DEL SISTEMA TERRITORIAL MODELO ACTUAL DEL TERRITORIO (ESCENARIO ACTUAL) 1 2 3 4

VARIABLES CLAVES DEL DIAGNÓSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO DIAGNOSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO DINÁMICAS Y TENDENCIAS EN LA OCUPACIÓN DEL TERRITORIO PERCEPCIÓN DEL ENTORNO TERRITORIAL IDENTIFICAR LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL ASPECTOS INSTITUCIONALES, POLÍTICOS, NORMATIVO INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DISPONIBLES ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y CANALES DE RELACIÓN CARACTERÍSTICAS FÍSICAS, BIOLÓGICAS Y SOCIOECONÓMICAS POTENCIALIDADES Y LIMITACIONES ESTAS VARIABLES NO SON ABSOLUTAS.

DIAGNOSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO Integrando y analizando la información de la ZEE y los EE Extractivas Pesca Minería Petróleo Tala Productivas Agricultura Ganadería Silvicultura Piscicultura Transformativas Ind. Alimentaria Ind. Metalúrgica Construcción Vivienda Distributivas Comercio Vías Servicios Básicos DINAMICAS SOCIOECONOMICAS Conservación Áreas Naturales Patrimonio Biodiversidad Flora y Fauna Paisaje SERVICIOS AMBIENTALES Protección Áreas Trat. Especial Población Vulnerable Ecosistemas Frágiles Zonas de Recuperación

LOS RESULTADOS DE LA ZEE DEBEN COMPLEMENTARSE ASPECTOS EOCNOMICOS Y SOCIALES QUE BRINDAN LOS ESTUDIOS ESPECIALIZADOS Y EL DIAGNOSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO PREVIAMENTE ANTES DE PASAR AL POT

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL El POT vincula al proceso de ordenamiento territorial con otros planes e instrumentos relacionados a la gestión del territorio y del desarrollo, los cuales son abordados por otros sectores y niveles de gobierno en el marco de sus competencias y funciones. El POT es un instrumento dinámico, participativo y se construye sobre la base del DIT . Se ejecuta a nivel regional y local provincial, en correspondencia con las funciones definidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades, y en el marco de las políticas nacionales de desarrollo. (Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, aprobada por RM N° 135-2013-MINAM)

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL POLÍTICA SOCIAL / ECONÓMICA CULTURAL NORMATIVA AMBIENTAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PLANES DE DESARROLLO CONCERTADO PROYECTOS DE INVERSION POLITICAS PUBLICAS “INSTRUMENTO ORIENTADOR Y PROPOSITIVO” ZEE EE DIT

PREPARACION DIAGNOSTICO ELABORACION DE PLANES MONITOREO IMPLEMENTACION ZEE EE POT DIT FASE ANALISIS PROSPECTIVO FASE FORMULACION PROPUESTA GTENERAL PERMANENTE Y CONTINUO ETAPA 2 = Medición de indicadores RETROALIMENTACION Y ACTUALIZACION PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ETAPA 1 ETAPA 4 ETAPA 5 ETAPA 3 1.Dinámica Económica Regional 2. Capacidad Institucional 3. Ecosistema y hábitat marino costero 4.Normativa y políticas con incidencia territorial 5. Evaluación de riesgos 6. Análisis cambios cobertura y uso de la tierra 7. Servicio ecosistemico . Análisis de los elementos Análisis de la estructura Ecológica Económica Funcional Condicional Norma institucional Configuracion del sistema Modelo actual del sistema territorial Estudios temáticos Medio físico Medio biológico Medio socioecon. Sub modelos Potencialidades Aptitudes Vocación Propuesta de ZEE Interés y compromiso políticos y social Mapeo de actores. Aprobación del procesos de OT y elaboración de instrumentos técnicos. Conformación del comité técnico de ZEE y OT. Al 2011 A Diciembre 2018 17 REGIONES CON ZEE APROBADA 3 REGIONES EE APROBADO 01 REGION CON POT APROBADO Cuenta con un reglamento aprobado con DS 087-2004-PCM y una directiva metodológica para su elaboración, implementación y actualización con lo cual se inicia el proceso de Ordenamiento Territorial FASE APROVACION Y VALIDACION FASE APROVACION Y VALIDACION Análisis comparativos Definición indicadores meta/ línea de base Medición del nivel de avance Sistema de información Provisión de información Articulación Integración Competitividad Diversificación Cohesión Concertación Cooperación Equilibrio Convergencia Conformación del equipo técnico de GR y GL. Capacitación y asistencia técnica del MINAN para elaboración de los instrumentos técnicos y ejecución del proceso. Análisis de capacidad institucional y fortalecimiento. Cumplimiento del procedimiento técnico establecidos en RM 135-MINAM-2012. 5 REGIONES CON ZEE APROBADA

Para la elaboración de los ZEE, EE, DIT y POT los Gobiernos Regionales y Locales constituirán una Comisión Técnica de Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial ** ** La constitución, conformación de sus miembros y sus funciones se encuentran regulados en la Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM

Se necesita desarrollar y contar con capacidades a nivel técnico, administrativo y político con objetividad y visión integral del territorio peruano , además de tener en cuenta el marco metodológico establecido para su implementación, todo ello en correspondencia con las políticas nacionales y con una plena articulación entre los distintos niveles de gobierno. ¿Qué se requiere para desarrollar el Ordenamiento Territorial ? Porque es una función compartida con el Nivel Nacional –que lo lidera– además de los Gobiernos Regionales y Locales, cada uno de los cuales desarrolla funciones específicas, permitiendo desarrollar un proceso concertado y coordinado, donde se pueden conocer información, prioridades y necesidades desde arriba hacia abajo y viceversa. ¿Por qué se requiere articular con los niveles de gobierno ?

MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO Y ESTADO DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN EL PERU

Inversión Publica en Gobiernos Regionales y Locales en Materia de Ordenamiento Territorial Para el desarrollo del proceso de Ordenamiento Territorial se organiza la disposición de los recursos necesarios en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - INVIERTE.PE, a fin de ejecutar de manera eficiente la provisión de servicios a la población. En ese sentido el Nivel Nacional debe brindar las orientaciones y consideraciones técnicas para la formulación de tipología de proyectos que incorporen el Ordenamiento Territorial, técnicamente bien sustentados e incrementar de manera significativa la calidad de inversión en esta materia.

MECANISMOS FINANCIEROS PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL EL MEF ha determinado que los recursos públicos que se destinen en materia de OT para conformar los servicios que genere el PIP en OT corresponden a gastos de inversión y por lo tanto requieren de un expediente técnico PIP para ejecutarse, por lo tanto los recursos en OT: No son para realizar gasto corriente, no son para realizar planes y/o mapas, estudios Sino mas bien para generar insumos y fortalecer capacidades de acuerdo al proceso definido por el nivel nacional. Desde la puesta e marcha de los instrumentos de OT, los servicios operan y deben generar benéficos (retorno de la inversión), no se tiene que esperar a concluir los instrumentos. Los recursos de inversión publica permiten fortalecer las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales de nivel Provincial. El nivel nacional brinda apoyo para impulsar la formulación y ejecución de proyectos técnicamente bien sustentados e incrementar de manera significativa la inversión de calidad. Contar con un PIP viable que considere la materia de Ordenamiento Territorial permitirá al titular de pliego gestionar el financiamiento del PIP ante el MEF , para su respectiva ejecución, y conforme se alcancen las metas físicas solicitar ampliación de presupuesto.

RD Nº 007-2013-EF/63.01 LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACION DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2006-EF/68.01 "PAUTAS PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN A NIVEL DE PERFIL DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE DESARROLLO DE CAPACIDADES PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL” SERVICIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MECANISMOS PARA SU IMPLEMENTACIÓN

SERVICIOS PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Consiste en la provisión de servicios especializados, orientados a atender la demanda de la población por información y regulación para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, en armonía con las condiciones del ambiente y de seguridad física fomentando el desarrollo sostenible de un determinado ámbito geográfico Definición

PIP EN MATERIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL “Toda intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el objetivo de promover la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio a través de la instalación o mejoramiento de los servicios de información y/o regulación para el Ordenamiento Territorial, dentro del marco de su competencia, cuyos beneficios sean generados durante la vida útil del proyecto y sean independientes de los de otros proyectos”. Definición

DEFINICIÓN DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN? comprende la provisión de datos integrales referidos a las alternativas de uso sostenible del territorio, basado en la evaluación de sus limitaciones y potencialidades, teniendo en cuenta todos sus componentes: físicos, biológicos, económicos, sociales, culturales, ambientales, políticos y administrativos con perspectiva de largo plazo . En ese sentido, el principal insumo para la prestación de este servicio es la ZEE

DEFINICIÓN DEL SERVICIO DE REGULACIÓN comprende la provisión de normas y reglas para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, formulados a partir de los instrumentos generados en la etapa de diagnóstico (ZEE y otros estudios especializados) y del plan de ordenamiento territorial.

Proceso de Ordenamiento Territorial desde la Inversión Publica

Acciones a Considerar en OT desde la Inversión Publica

01 Gobierno Regional a aprobado sus estudios especializados MOQUEGUA 17 04 02 05 100 A REQUIPA 100 03 Gobiernos Regionales cuentan con estudios especializados aprobados 01 Gobierno Regional cuando con POT aprobado 02 Gobiernos Regionales cuentan con DIT aprobados 7

Cobertura Nacional de Mapa Base al 2016 con avances ZEE El Mapa Base es el primer insumo cartográfico generado y construido para un proceso de evaluación y diagnóstico del territorio. Sobre este instrumento se construyen y evalúan las características del territorio (Físicos – Biológicos y Socioeconómicos) para elaborar mapas temáticos, es decir es la plataforma cartográfica que representa el territorio desde el punto de vista topográfico, hídrico y de ocupación (Población, vías, infraestructura, etc.) El Mapa Base se construye teniendo como insumos Imágenes Satelitales y/o fotografías aéreas, Modelos de elevación digital (DEM), GPS (Sistema de Posicionamiento Global) entre otros.

¿Cuánto se ha avanzado en generar información para el desarrollo desde los instrumentos de Ordenamiento Territorial ? Se han generado importantes insumos para que los gobiernos regionales y locales realicen los instrumentos de planificación del territorio, facilitando, gestionando y proporcionado información cartográfica, temática e imágenes de satélites.

¿CÓMO BENEFICIA A REGIONES Y MUNICIPIOS EL DESARROLLAR UN PROCESO DE OT? Identificación en términos cuantitativos y cualitativos de las potencialidades, limitaciones y dinámicas de nuestro territorio en base información primaria principalmente y especializada. Caracterización completa del territorio para ejercer la función de ordenamiento territorial reconocida en las leyes orgánicas. Reducción de la incertidumbre acerca de la localización y magnitud de las zonas con aptitud productiva, zonas de tratamiento especial, zonas con vocación urbana e industrial, zonas de protección y conservación ecológica, y zonas de recuperación. Óptimo conocimiento según escala definida, sobre las condiciones de peligros, vulnerabilidad y riesgos de desastres ante el cambio climático, para una adecuada gestión de riesgos. Identificación de las necesidades y problemas territoriales para la formulación de proyectos de inversión con condiciones de sostenibilidad económica, social, ambiental, así como ante la posible ocurrencia de riesgos de desastres. Fortalecimiento de la institucionalidad del gobierno regional y local por el involucramiento participativo de la población, agentes económicos, sociales, pueblos indígenas, entre otros, en el proceso de ordenamiento territorial. Generación de plataformas tecnológicas de información especializada del territorio que visibilizan los productos del proceso de ordenamiento territorial, para su uso por la población. Conocimiento adecuado de la estructura económica y especialización productiva que permita la adopción de políticas públicas . Personal de planta capacitado en el manejo de información especializada del territorio . Evita que el desarrollo de actividades y los procesos de desarrollo se vuelvan insostenibles, desequilibrados, desarticulados para el entorno y el ser humano .

CAMBIO DE USO DEL SUELO

. . . . PATRON DE OCUPACION DEL TERRITORIO

Departamento Deforestación Anual (has) Deforestación Absoluta (has) Tasa de Deforestación (ha/año) 2009-2010 2010-2011 San Martín 39,760.16 30,797.53 70,557.69 35,278.85 Loreto 24,210.75 36,200.84 60,411.59 30,205.80 Ucayali 16,342.14 9,942.41 26,284.55 13,142.28 Huánuco 12,785.28 7,777.46 20,562.74 10,281.37 Madre de Dios 5,402.23 5,959.29 11,361.52 5,680.76 Pasco 3,998.02 3,937.90 7,935.92 3,967.96 Amazonas 3,981.32 4,541.77 8,523.09 4,261.55 Cusco 739.70 1,457.95 2,197.65 1,098.83 Junín 332.57 1,514.10 1,846.67 923.34 Ámbito Deforestación Anual (has) Deforestación Absoluta (has) Tasa Prom. de Deforestación (ha/año) 2009-2010 2010-2011 Amazonía 108,571.51 103,380.00 211,951.51 105,975.76 Cuadro. Cuadro de Resultados del Análisis de Deforestación para el periodo 2009-2010-2011; ámbito Amazonía: Deforestación Absoluta, Deforestación Anual y Tasa Promedio de Deforestación Cuadro. Resultados del Análisis de Deforestación para el periodo 2009-2010-2011; Deforestación Anual , Deforestación Absoluta y Promedio de Deforestación por Regiones Representativas de la Amazonía Peruana

Situación actual del territorio y sus recursos Desarticulación Visión sectorizada Falta implementación de disposiciones legales

(*) Definición del Manual para la Comunidad: El Cambio Climático y la Función de los Bosques. CI 2010

Cambio de Uso de Suelos Cambios en la manera en que se utiliza o gestiona la tierra.* (*) Definición del Manual para la Comunidad: El Cambio Climático y la Función de los Bosques. CI 2010

Vinculación de los dispositivos normativos de MINAGRI con MINAM vía el Ordenamiento Territorial y sus Instrumentos Técnicos El Reglamento de Clasificación de Tierras por su CUM , sirve como insumo para la ZEE. El Reglamento de Ejecución de Levantamiento de Suelos , sirve como herramienta para la planificación del uso de la tierra y en la elaboración de la ZEE y el OT. (Literal b del art. 1 y art. 14 del D.S Nº 013-2010-AG). En el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1089 , se señala que el Diagnóstico Físico- Legal de la unidad de territorio, debe contener entre otros, la identificación de la ZEE. (Numeral 3 del art. 15º)

Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor Decreto Supremo Nº 017-2009-AG Objeto: Permite caracterizar el potencial de los suelos en el ámbito nacional, determinando su capacidad e identificando sus limitaciones, dentro del contexto agrario y permite implementar medidas de conservación y aprovechamiento sostenido. (Art. 1º) Aplicación: Usuarios del suelo en el contexto agrario, la ZEE y el Ordenamiento Territorial, instituciones públicas y privadas, así como por los gobiernos regionales y locales. (Art. 1º) El levantamiento de suelos constituye la base temática técnico – científica en que se basa la clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor. (Art. 17º) Vinculación con el MINAM : Ministerio de Agricultura, en CONCORDANCIA con el Ministerio del Ambiente, tiene a su cargo la clasificación de las Tierras según su CUM, nivel nacional. (Art. 12º) Cuando la Clasificación es realizado por otros distintos al MINAGRI, lo aprueba dicho Ministerio en CONCORDANCIA con el MINAM. (Art. 13º) Problemática: No se han establecido procedimientos y/o protocolos, mediante los cuales se ejecutarán las coordinaciones entre el MINAGRI y el MINAM, a efectos de lograr una decisión articulada de ambos sectores, para la clasificación de tierras por su CUM, así como para aprobar aquellas clasificaciones que realicen otros organismos (sector público o privado), dentro del marco del actual Reglamento.

Formalización y Titulación de predios rústicos y tierras eriazas habilitadas – Decreto Legislativo Nº 1089 Objeto: Formalizar y Titular predios rústicos y tierras eriazas habilitadas, a nivel nacional, estableciendo además que COFOPRI, asume de temporal (4 años) y excepcionalmente, las competencias para la formalización y titulación de predios rústicos y tierras eriazas habilitadas. (Art. 1º) Vinculación al MINAM vía DGOT : Con el proceso de Ordenamiento Territorial, a través de la ZEE, - etapa del Diagnóstico Físico Legal-, en el proceso de formalización y titulación de predios rústicos de propiedad el Estado, se señala que el diagnóstico físico legal de la unidad territorial contendrá, entre otros, la identificación de los sitios o zonas arqueológicas, áreas naturales protegidas y la zonificación ecológica y económica. (Art. 15º Decreto Supremo Nº 032-2008-VIVIENDA) Observaciones: El artículo 3º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1089, se excluye el ámbito de aplicación de dicha norma, a las áreas de uso público , forestales, de protección , las que constituyan sitios o zonas arqueológicas y aquéllas declaradas como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, entre otros. El 07/12/13, se publicó la Resolución Ministerial Nº 478-2013-MINAGRI, que aprueba la Relación de Procedimientos Administrativos derivados de este Decreto Legislativo y su Reglamento, los cuales serán ejecutados por la Direcciones Regionales de Agricultura.

Proceso para Formalización y Titulación de tierras forestales. Dirección General de Ordenamiento Territorial

Problemática: No se han establecido procedimientos y/o protocolos, mediante los cuales se ejecutarán las coordinaciones entre el MINAGRI y el MINAM, a efectos de lograr una decisión articulada de ambos sectores, para la clasificación de tierras por su CUM, así como para aprobar aquellas clasificaciones que realicen otros organismos (sector público o privado), dentro del marco del actual Reglamento. En ese sentido, la DGOT ha venido realización de reuniones de trabajo conjuntamente con la Dirección General de Diversidad Biológica a fin de establecer mecanismo para dar cumplimiento a lo señalado en el párrafo precedente. Las cuales han sido continuadas a nivel de la DGOT, producto de las cuales se ha elaborado un proyecto de Decreto Supremo, que busca precisar las responsabilidades para la clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor.

CAMBIO DE USO Participación y opinión del MINAM Opinión sobre: El contexto y/o entorno del área de estudio. Condiciones para desarrollo de la actividad.

Instrumentos de Planificación Normados por Nivel de Gobierno NIVEL NACIONAL Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) Plan Estratégico Institucional (PEI) Presupuesto Institucional Plan Operativo Institucional NIVEL REGIONAL Plan de Desarrollo Regional Concertado Plan de Competitividad Regional Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas Plan Estratégico Institucional (PEI) Programa de Desarrollo Institucional Presupuesto Participativo Presupuesto Institucional Plan Operativo Institucional

Instrumentos de Planificación Normados por Nivel de Gobierno NIVEL LOCAL: Provincial Distrital Plan de Desarrollo Municipal Concertado Plan de Acondicionamiento Territorial ( Prov ) Plan de Desarrollo Urbano Plan de Desarrollo Rural Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos Plan Estratégico para el Desarrollo Económico Sostenible Plan de Desarrollo Institucional Programa de Inversiones Presupuesto Participativo Presupuesto Institucional Plan Operativo Institucional

A NIVEL NACIONAL SÓLO EXISTE EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO ESTRATÉGICO. NO EXISTE UN PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO TERRITORIAL NACIONAL. A la fecha existen planes sectoriales que incorporan la denominación “enfoque territorial” (MEF)

ARTICULACION DE LOS OBJETIVOS NACIONALES

INSTRUMENTOS DE GESTION Los instrumentos de gestión territorial nos permiten organizar y orientar el proceso de desarrollo. Son parte de las Políticas de Estado Concurren al servicio de los objetivos y estrategias del desarrollo nacional

INSTRUMENTOS DE GESTION TERRITORIAL Y EL PDC DIRECTIVA N° 001-2014-CEPLAN

✉ : [email protected] : @afneyra Gracias por su atención !!!
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