Como elaborar un Acta Notarial, Modulo de Notarial de Pago
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Language: es
Added: Sep 22, 2025
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UNIVERIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS Modulo Derecho Notarial y Derecho Registral Acta de Notificación o Requerimiento al (AVAL-DEUDOR ) Billy Daniel Pérez Irías…………………………. 9910153. María Piedad Martínez Ordoñez………….….8315621. María Beatriz González González……………20091011068.
FUNCIÓN DEL ACTA NOTARIAL “Según El Art. 34 del Reglamento del Código del Notario: Podrán ser objeto de acta notarial, los hechos o circunstancias que presencie el notario, o que ante el se declare o le consten y sirvan para acreditar : Hechos o circunstancias Existencia de personas Cotejo de documentos La notificación o requerimiento que haga constar el nombre del requirente y el destinatario Existencia de documentos privados…… entre otros.
¿ Qué es y para que sirve el Acta Notarial? Según el Artículo 21 del Código del Notario . Es el instrumento público que autoriza el notario a requerimiento de parte interesada o por disposición de la ley Y sirven para narrar los hechos y circunstancias que presencie el notario o que ante el se declaren o le conste Requisito para solicitar un Acta Notarial Para solicitar un acta notarial debe el requirente expresar su voluntad de que se le emita la misma, y tener un interés legítimo en el acto que se quiera hacer constar. Se debe considerar que la actuación notarial es lícita y que con la emisión de esa acta notarial el ciudadano que la requiere está ejerciendo un derecho. El notario hará constar de manera expresa en el acta la capacidad y legitimación del requirente, su comparecencia, su declaración y su firma.
ACTA NOTARIAL (AVAL / DEUDOR) Mediante este instrumento el acreedor podrá reclamar el cumplimiento de la obligación al aval solidario en vista que una acta notarial podrá darle el valor jurídico al acto para poder llegar a un acuerdo ya sea por mutuo consentimiento o para ser elevado a instancias judiciales y así garantizar el cumplimiento total de la obligación.
Acta Notarial de Notificación o Requerimiento (Aval/Deudor ) Un requerimiento notarial de pago permite que el acreedor reclame el pago de su deuda, es decir, el cumplimiento de su obligación al deudor principal o en su defecto al aval. Persona o entidad se compromete y garantiza el pago de obligaciones de otra persona en caso de incumplimiento de pago por el deudor principal. Aval
Estructura de un acta notarial Encabezamiento Comprende el numero del instrumento en su caso, lugar, fecha y hora de la diligencia, el nombre, apellido. Domicilio y numero del registro del notario en la CSJ, escrito en letras y números y la dirección de la oficina notarial . Requerimiento Es la solicitud que la parte hace al notario a efecto de que haga constatar el hecho o cinscunstancia que se le indique . Objeto del Requerimiento Donde se exprese el motivo por el cual se solicita que el notario haga constar el hecho o cinscunstancia.
Estructura de un acta notarial Narración Consiste en la relación del hecho o circunstancia que constan al notario por haberlos percibido por sus sentidos . Autorización Consiste en la firma y huella del o los requirentes y de los que intervienen en el acta con tinta negra y la firma y sello del notario, puestas con tinta negra y azul respectivamente.
Lineamientos del Acta articulo 16 Código del Notariado 1) El número de orden que les corresponde escrito en letras y números; así como el lugar, día, mes y año del otorgamiento y en su caso, la hora 2) El nombre, apellido, domicilio y número de registro del Notario en la Corte Suprema de Justicia, escrito en letras y números y dirección dé la notaría 3) Nombre y apellido del o de los otorgantes, domicilio, su condición de ser mayores de edad, o la edad mínima del menor de edad cuando se trate de testar, si son habilitados de edad, su estado civil, profesión u oficio y nacionalidad, cuando lo requiera la ley 4) La afirmación de que, por el dicho de los otorgantes, éstos se encuentran en el ejercicio de sus derechos civiles 5) Razón de haber tenido a la vista los instrumentos públicos que acrediten, en su caso el poder o representación de los comparecientes cuando actúen en nombre de otro, y la indicación expresa y categórica de que conforme a dicho poder tiene las facultades necesarias o la representación es suficiente para la celebración del acto o contrato 6) La intervención de un intérprete designado por la persona que ignora el idioma español, quien prometerá el fiel cumplimiento de su cometido y firmará también el instrumento;
Lineamientos del Acta articulo 16 Código del Notariado 7) La relación del acto o contrato o hecho jurídico, con sus particularidades propias; y, en su caso, las actuaciones del asunto no contencioso sometido a la función notarial 8) La mención de haber tenido a la vista la autorización respectiva, para la celebración del acto o contrato en los casos en que fuere requerida por la Ley; Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial Poder Judicial de Honduras 9) Enterar a los otorgantes del derecho que la ley les concede para leer por si el instrumento o proceder por petición de aquellos a su lectura íntegra para su aceptación, ratificación y firma 10) Advertir a los otorgantes acerca de la obligación de proceder al registro del acto o contrato o resolución, cuando ello proceda 11) La fe del conocimiento de los otorgantes o la indicación de los documentos de que se haya valido para su identificación 12) La firma y huella digital del dedo índice de la mano derecha y en su defecto el de la izquierda, y a falta de éste de cualquier otro, de los otorgantes, testigos de conocimiento en su caso, además de la firma y sello del Notario. El Notario debe dar fe de las circunstancias que imposibiliten la firma o huella digital de los otorgantes, o testigos en su caso; y, 13) Cualquier requisito que exijan en leyes especiales.
Valor de los timbres Para determinar el valor de los Timbres para las Actas Notariales va a depender de la cuantía si es determinada o indeterminada En la mayoría de los casos las Actas Notariales llevan adheridos un Timbre del valor de L. 5.00
Valor de los timbres
Honorarios
Arancel del Notario Según el articulo 13 numeral 2 del código del notariado, se prohíbe a los notarios cobrar honorarios inferiores a los establecidos en el correspondiente arancel. El Articulo 14 del Arancel del Notario establece que la Asesoría Notarial se constituye con un mínimo de Dos Mil Quinientos Lempiras (L 2,500.00) por hora o fracción. Lo establecido en el artículo 17 inciso 1, Arancel del Notario , por Acta Notarial protocolares es de Tres Mil Lempiras ( L 3,000.00) y extra protocolares es de Dos Mil Quinientos Lempiras (L 2,500.00) Si fueren de cuantía determinada se cobraran además de los honorarios Veinticinco Lempiras (L 25.00 ) por cada millar de la cuantía del acta que se refiere. Por protocolizar actas de testamento cerrado o testamento verbal, se cobrara honorarios mínimos de cinco mil lempiras (L. 5,000.00).
Arancel del Notario Por ende dando esta suma puede llegar a ser de ocho mil lempiras (8,000.00) en total de arancel. Pueden ser L 5,500.00 ( Acta L 3,000.00 y por desplazamiento L 2,500.00 si fuera el caso) y de L 2,500.00 por la asesoría legal.
Arancel del Abogado Artículo 104 del Arancel de Abogados Redacción de Actas: Por la redacción de actas de sociedades u otras entidades, que han de constar en libros, si fueren con fines de lucro se cobrará como honorario mínimo la cantidad de L.5,000.00 por cada una y si no lo fueren será de L.3,500.00 cada una.
¿Se registra el Acta de Requerimiento Notarial? No, no aplica para registro. Porque son sobre hechos que da fe el notario, de situaciones que pasan. Pero él acta notarial se puede hacer a instancia de parte para fortalecer la seguridad jurídica del acto. En este caso nos estamos preparando para la demanda por ende se guarda como prueba para posteriormente utilizarla. En todo caso las actas que se registran son las de liberación de gravamen y precisamente, este no es el caso por eso no aplica.
Conclusiones Podemos concluir que es de suma importancia la participación de un Notario en los procesos legales. Hacen los procesos mas expeditos y economía procesal en los procesos.