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desechablestresesqui 5 views 2 slides Sep 02, 2025
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SESIÓN DOS: CUIDADO DE LA VIDA, DERECHO FUNDAMENTAL. 1. El derecho al cuidado para quienes lo necesitan, como niños, personas mayores o personas con discapacidad, debe garantizarse con calidad y responder a las necesidades específicas de cada grupo. Este cuidado debe tener como propósito no solo asegurar la subsistencia, sino también promover la realización personal de quienes lo reciben, enmarcado siempre en el principio de dignidad humana. 2. Los derechos y deberes de quienes cuidan implican que quienes realizan el cuidado también tienen derecho a condiciones dignas y de protección en su labor. En este contexto, el derecho al cuidado incumbe a los cuidadores remunerados, como los no remunerados, quienes tienen ciertas garantías que deben ser aseguradas y enfrentan riesgos físicos, de salud, psicosociales y relacionales que deben ser atendidos. 3. El derecho y el deber de autocuidado , entendiendo que cuidarse a uno mismo es también una responsabilidad importante. Esto significa atender la salud física, el bienestar emocional y mental y requiere condiciones materiales y simbólicas, como tiempo, recursos y un entorno que valore estas prácticas. El autocuidado es una forma de cuidado que permite cuidar mejor a los demás.

SESIÓN DOS: CUIDADO DE LA VIDA, DERECHO FUNDAMENTAL. 4 . El Cuidado ambiental son las actividades y procesos que contribuyen a la preservación, restauración, protección y defensa de la naturaleza, biodiversidad, territorios y los entornos vitales urbanos y rurales en el marco de una relación de interdependencia constitutiva de la vida en todas sus expresiones. 5. El derecho al cuidado debe concebirse desde un enfoque de género , reconociendo la necesidad de redistribuir las labores de cuidado para aliviar la carga desproporcionada, invisibilidad y estigmatizada que históricamente han asumido las mujeres. Esta carga, que las acompaña a lo largo de sus vidas, limita su capacidad para cumplir con las semanas de cotización necesarias para acceder a una pensión en la vejez.
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