Resolución Provincial N° 835/2014 de "Creación de la Policía Municipal"

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About This Presentation

El gobernador bonaerense Daniel Scioli firmó la Resolución N° 835/2014 que crea la Policía Municipal en la Provincia de Buenos Aires, fuerza que comenzará a estar "operativa en julio de 2015. El nuevo escuadrón se denominará "Unidades de Policía de Prevención Local" y no va a...


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soncsmmesaroros | BA

VISTO ta Ley N° 13787 y sus Modeles, las Leyes N°
12.184, N° 13.482 y N° 13,982, los Decretos N° 220/14 y NP 3734, y

CONSIDERANDO:

‘Que conforme las provisiones de los anfeuos 2, 5 y
concordantes de la Loy N° 12:54, la seguridad púbica resulta competencia
exclusiva del Estado y su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Provincia
de Buenos Ares, importando para los cudaconos, el goce y ejric e sus
derechos, ortados y garantias consttucionales;

Que la Loy N" 13482 de Unificación de las Nomas do
Organización ce las Polcias dela Provincia de Buenos Airs defmi las distintas
‘reas polciales y sus competencias materials, estableciendo a su vez la
descentalzación y desconcentración operativa de las Policías ca la Provincia,
insttuyendo en cabeza del Ministro de Seguridad la creación ce nuevas unigacos
palais y a doterminación desu ámbit de compotonca tetera

Que conforme el Decreto N" 220/14, so ha decirado la
emergencia en materia de segurdas públic en todo el erario d la Provincia de
Buenos As

Que ‘meclante ei Decreto: N° 373/14 el Gobemador de la
Provincia de Buenos Ales instuy6 al Maisto de Seguridad: a que en ojrcicio de
las faulaces que le confer la Ley N° 13.482, cree las Unizades de Polcle de
Prevención Local, con el bjeto de fortalecer la prevención del delta a escala
Municipal y potenciar a descentralzaciónoperatwa de a patil

Que por che aco s fo acu a astablcer la unidad orgánica
que ejercerá la coornación estatica y supenisin de la activites de dichas

(Que la optimización de la acción preventiva policía, require la
asagtaión de ls pollas generales als pariouansades co casa municipe:

Que, atendiendo al mentado supuesto, se han implementado
verse acces tendientes a lograr una mayor inmodiaez orro las fuerzas
scale y los cudacanos

(Que os menoster nur a los muniopios de la provincia de
‘Buenos Are à adherir al sistema inti;

(Que ha tomado intervención se su competencia la Subsecretaría

de Prariteaió

(Que la presente medida sa dita an uso de las atibucions

canfrdas gor la Ley N° 13.57 y sus mecicaoris, artos 4°, 7°, 21 dela Loy N"

2422, ylos Decretos N° 220/14 y NP 373/14
Por elo,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD
IDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE

ARTÍCULO 4°. Crear, comio Unidad Pollas Unidades de Polcla de Pravensión
Local, can tango orgánico do Divsién, en aquese municipios cuyas autofdades
citan sueri l "Convenio Especico de Confrmación y Cooperación.

Las unidados croadas por la presente serán equipacas, conformadas y
‘inanciadas por el presupuesto dela provincia de Buenos As

ARTÍCULO 2 Establoer que los Unidades de Polcia de Prvencldn Loca serán
coordinodas por una Superiiencancia de Seguidad Laca, que como Unidad
Pekcial se ere en el ámbito de a Subeecraara de Ploifcación cel Winter de
Seguridad

ARTÍCULO $”. Disponer que las "Unidades de Polea de Prevención Local actuarán
como polcia de seguridad en los Muricplos de más de soterta mi (70000)
hebitantes que scnieran mediante el “Convenio Especico de Conformación y
Cooperación suscripto porel ntencnte y ratcado por Ordenanza Muria
Excepcionalmente podrán contemplese stuaiones de munlpios quo no
superen la mencionada cantidad de habitants y que solcien eu incorporación
eno nstrumento contendrá todas las disposiciones que rasuten necesarias
a los efectos de la puesta en furcónamiento y conformación de la “Unidad de
Polela de Prevención Loca en ei dbo jurisdiccional correspondiente

ARTÍCULO 4°, nvtar a los municipios de a provincia de Buenas Ar aconzados
or las prevsiones del arícuo precedente, a la suscripción del convento de
séheuion respective.

capruLoi
MISIONES Y FUNCIONES

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD LOCAL:

ARTÍCULO Sr. Misión. La Superiencencia de Seguridad Local es un mando

general de carácter operativo, que Gene por misión coordinar y supenisar la
¿ocur de areas oporativas vinculadas aa lucha contra el dato urbano en base
al Programa Operatvo do Seguridad" disoñado e implementado en cada unica,

ARTÍCULO 6%. Funciones. La Supertendencia de Segurdas Local ara por
fancier
a) Berar la coordinación cperalva del personal bajo Su mando, para el
cumpimiente de las metas, accionos y tareas ordenadas, confome a las
normes coneituvonales, legales y reglamentatas vgentes y les convenios
«ue oporunamente so suscban con ls munis.
Reciir de ntandert el Programa Operativo de Segura” con as polis
preventivas y las acciones estratégica propuetos para su mue.
‘Supenisor el funcionamiento de las “Unidades de Polcla de Prevención
Loca", con la parteipación del municipio
comin con las restantes unidades pales ei cumplimiento de las matas
gras alas “Unidades de Polea de Prevención Loca.
Ester toda-04a actvidad que sea propia de la conducción “el rgano
superar a ev cago,

UNIDADES DE POLICÍA DE PREVENCIÓN LOCAL
ARTÍCULO 7”. Misión. Las “Unidades: de Polcia de Prevención Loca” tendrán
cairo msn esencial la prevención de cells y contavenciones, actuardo con
emoctosicas de polela de proximiiad, coordinando su actuación con los
munies y demás unidades pokisies.

Elite de la “Unidad de Polla de Prevención Loca’ será designado por el
avo de Seguritad, en acuerco con el tendente del municipio respecto

ARTÍCULO 8%, Funciones. Les "Unidades de Polcla de Prevencion Lace tendrán
porfundones:
a) Reakzar atvidades de “observación, parulaje y viglarcis, en las zonas

detmitadas por ei sistema de seguridad estabiecdo a vel provincia
Efectuar la prevención primaria, on un conocimiento cabal del cetor sarta
obra el culta
implementar mecanismo de disuasión ente a actes y hechos eltwos ©
contravencionales.
Hacer cesar la comisión de deltos y contavenciones © impedir sus
intevent en os confits relacionados con la violencia do género, cuyo En
serán dotados con un sistema de comunicaciones tterenciado, vehicules
¡dontficable, paricpación de personal emenino, y los recursos matraes
necesarios par un elecivotrtamient de dich proben.
Impedir que los hechos delcivos o conravencionales tertados cometidos,
produzcan consecuencias datas uleires.
Establece un relación esacha on a comunidad ena abor preventa,
Colaborar con les tere de ansia preventive, en base a mapas delos
que so deberán conecconary mantener actualizados.
Coordinar el esfuerzo poco con el esto delos agentes qu nteenen ena
comunidad
Prestar audio oentacón; en le medida de lo necesario, a tod vecino que
asilo requiera,

CAPÍTULO!
CONFORMACIÓN ORGÁNICA

ARTÍCULO 8". Convenio Especiieo de Conformación y Cooperación. El
erwerio Especifco de Conformación y Cooperación" a suserbise con los
irtensetos Munispalos deberá establecer los cios técnicos, fr los
«sorogomes y plazos, acordar la asistencia cnica que se requiera, y detalar las
axcones a desarolar pora el cumplimiento de ls disposiciones de la presente
Asinismo, deberän preclares los ojetvos minimos cerdos ls tareas de
prevención desametadas por pare de las “Unidades de Poicia de Provencén
Loca
E diseno y la ejecución delas allas yo estrategas de seguridad local
serán corcerados y programados en el ámbito de la Mesa de Coorénación
Opera Local read por el atc 17.

CAPITULO nt
FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL

ARTÍCULO 10°. Curso'de' Formación. La formacién profesional dei personal

potes se organizar, gestionará y administrará a través del"Curso de Formación de

Polla de Prevonción Local, que se desarllrá de manera descentralizada, y
tents cono mínimo doce (12) meses de duración, inuyendo un período de
practi profesiona: en los puestos operatives de trabajo, puslendo reduce bajo
ccunsancias espaces e un pazo no mencr a es (5) meses.

835

AN

ARTÍCULO 11, Reclutamiento. Establecer que los Intendentes que aceras al
Convenio: Especifco de Contemación y Cooperación”, estarán facutados: para
desarolar las gestones ce diuión y recramiento al “Curso de Formación de
Pella de Prevención Locil;-contorme Les estándares general omitans.por la
Subsecretaria de Planificación

A tales fines, el personal que 28 poetuara para el ingreso a cio curso,
deterá presta la conformidad establecida enel artículo 25 dei presente.

ARTÍCULO 12. Carácter y orientación: La formación y la capactacién profesional
de personal poil deberán sor permanentes durant toda la carrera profesional y
estarán orentadas » la producción" de capacidades y competencias especias
asignadas, adecuados 8 las coratostcas fundamentales de prevención y
proximidad ento actusisn,

ARTÍCULO 43. Capacitación profesional. La capacitación profesional di personal
polcal consistrá en su adiestramiento, entrenamiento, perteccionamisnto yo
actualización profesional en lo relativo 2 su especialidad, al desaalo do
responsetiiades de dirección superior © supervision media, la actafzación yo
entrenamiento y lo promoción, resultando apicabes las previsiones de la Ley N
18.982 y nomas relomentaris.

CAPITULO IV
INSTITUTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL

ARTÍCULO 14. Instituto do Formación y Capacitación de las Unidades de
Policia de Prevonción Local. Creación. Créase el Instituto de Formación y
Copactación de las Unidades de Polcia de Prevención Local, aboceco a la
formación y capuctación del personal poll a desempeñarse en ls "Unidades de
Poll de Prevención Local al que funcionrá en el ámbito dela Subsecretaría de
Planes el Ministro de Seguridad

ARTÍCULO 15. Principio de Inmutablidad de Destino. El persona! roll que
haya aptobedo el "Curso de Formación de Poca de Prevención Local, asignado a
ls "Unidades de Policia de Prevención Local, n podrá cambiar su destno salvo
casas excepcionales, debidamente jueieades y mediante confermided del
Intense del municpo de referencia,

ARTICULO 16. Las Incomoracones de persona a las “Unidades de Policia de
Prevención Laca que se dispongan, deberán der preferencia a os restenes yo
stores de municipio, o de a vecindad del lugar a que serán asignados.

CAPÍTULO Y
ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL

ARTÍCULO 47. Conformación dela Meta de Coordinación Operativa Local. La
desa de Ccoránsción Operative Loca, futionará an cada munie, y estará

Intendente Murispa.
1) El Coordinador Opera.

ARTÍCULO 20. Deteiminar que en el ámbto de cada “Unidas do Poicla de
Fresención Lesal esti un COORDINADOR OPERATIVO designado por esta
Cetera Ministerial a propuesta del Inendente Munispal y dependiente de la
Subeeweala de Planicación. el cual deberá realzar un seguimiento «de Je
ergtementación y cesultados dé "Programa Operativo de Seguridad" instrumentado,
supervisar y canteros recursos eignacos pra el roma desenvolvimiento dela
misma tragando por su mantenimiento y consavación.

ARTÍCULO 21. À fects de reaizar dichas ones, as autoridados municipales
te los respecivos poridos pretardn su cooperación y partcioarén e la misma, con
+ sicance cue establezca l respecto "Convenio Eapectico de Conformacion y

ARTÍCULO 22. insti ale Subsccrtaia de Plaifaión pare quo, on coordinación
con lo Sibsccataría de Relaciones Instucinales, la Subsecretaria de
Csorónación y Logística Oberaiwa: y la Subsecretaria Legal, Técnica y
Amir, adopt todas las medidas conducentes para dotar a las unidades
pales que per la presento se crean, de os recursos necesarios para su

ARTÍCULO 23, Los Munioies poßrän realizar aportes a acordar en el "Comanio
species de Cenfemación y Cooperación”. Los apoyos fnanclercs, tgistios y
manos que sins dl Intendente ara el anar operative de a fuerza serán
coorinados can ei Minister de Seguridad

ARTÍCULO 24. Disponer que las unisados möules quo integren las “Unidades de
Policia de — Prevención Local" se ientfquen con el emblema nattucanal
conteniendo el nombre del municpi al qua pertenecen, tléono de contacto

para trees preventivas y el número $11 para urgencia.

[ARTÍCULO 25. Establcor que par el caso en que se clspusiora egsatvamonte la

competencia municipal para aberer lo función de pola local porn suserbree
los convenios respecivos que permtan levar adelante la transterenia de los
recursos humanos y meterals que a tal fin se encuontenafectedes, a cuyo efecto
lei personal deberá prestar su contornidad con anterioridad al comienzo de los
cursos de capacitación dispuestos para el ingreso,

ARTÍCULO 26. Los Muntisios podrán acordar con el Ministero de Seguras la
rescisión del “Comenio Espaciico ce Conformación y Cooperacón, con
utrzselén del Departamento Deieratvo Muricipa

En el convenio de rescisión se establecerán los plazos y condiciones pora la

ARTÍCULO 27, Registra, comunicar, publica, sr al Ba Informativa, posar la
SSubeecelaria de Planificación. Cumplido, erenvar

resoLucón 835

Jno di

©) Es Jefe do la Unidad de Policia de Prevenién Local

ARTÍCULO 48. Funciones, La Mesa de Coordinación Operativa Local
funcione básicas:

a) Ansizar los aspectos. funcionales y operates respecte de la
implementación de estrategias locales de seguidad preventa.

1) Asegurar el Intercambio de información air as istuciones pociale que
_actoen en el muniplo de referencia

€) Asegura la coornación operative delas actuaciones ovadas a cabo por
las insttacionos pales que actin en el municipio de rferenca

(9 Pranifear as actuaciones conjuntas o coordinadas entre las is
poses que acen an el murio de referencia,

+) Etectuar el andes del mapa del eto.

CAPITULO VI
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

ARTÍCULO 19. Estatlecer que cada Intendente que haya adrerido “Convenio
Zspscifeo de Conformación y Cooperación” podrá cena un “Programa Opsratvo
de Seguridad”, que contendrá las pocas prevenivas y las acciones estratégicas
propuestas para au distrito, cuya Implementación y ejecución estará cargo cel Jefe
Ge a “Unidad de Pocia de Prevención Loca, con a Maldad de detnesr y apcar
ose” homogéneas de prevención, generales y pertculares en todos los
municipio.