DENOMINACIÓN
Hay diversos sectores doctrinales que le
denominan, atendiendo los elementos que le
caracterizan, pero todas son válidas:
“Civil Law”, por contraposición al
“Common Law”.
Sistema continental, por contraposición
al sistema insular.
Romano-canónico.
Grupo francés (por René David)
Sistema romanístico (por los italianos)
Romano-cristiano.
Sistema neorrománico.
características de la familia
jurídica romano-germánica
El derecho romano que se ha
recibido en Europa y América,
no es el derecho clásico romano,
sino, el derecho del Corpus Iuris
Justinianeo.
La recepción del derecho
romano tuvo características
distintas en diversos países.
Han contribuido otros
elementos históricos, como los
ibéricos, derecho canónico,
derecho natural, derecho
germánico, etc.
Unidad cultural como
sistema clasificatorio
La familia romano-germánica surge de la influencia
y recepción del derecho romano en Europa
continental y en otros países que adoptaron sus
principios.
Sin embargo, algunos ordenamientos se
diferenciaron, dando lugar a sistemas híbridos o
mixtos, como los de Louisiana, Escocia y Quebec.
Luisiana , estado
constituyente de los
Estados Unidos de
América . Escocia es uno de los
cuatro países que
forman el Reino Unido. Québec es una
provincia de Canadá
EVOLUCIÓN HISTÓRICA
DEL DERECHO
ROMANO
En 753 a.c. se funda la
ciudad de Roma, hasta la
caída del Imperio romano
de Oriente, con la caída
de Constantinopla en
1453.
ETAPAS DEL DERECHO ROMANO
ARCAICO PRECLÁSICOLa fundación de
Roma - la
promulgación de
las Leyes de las
XII tablas 753 a.c. - 449 a.c. Promulgación de
las Leyes de las
XII tablas - el final
de la República 449 a.c. - 27 a.c. CLÁSICOFinal de la
República -
imperio de
Alejandro Severo 27 a.c. - 235
ETAPAS DEL DERECHO ROMANO
POSTCLÁSICOMuerte de
Alejandro Severo
- Emperador
Justiniano sube al
trono 235- 527 JUSTINIANEO Duración del
Imperio
Justiniano. 527- 565
ETAPA ARCAICA
En esta etapa se destacan una serie de hitos
que determinan las características de la
familia jurídica romano-germánica.
El derecho que se desarrolló en esa época fue
a través de la Ley de las XII Tablas.
OBJETIVOS DE LAS XII TABLAS
establecer con precisión los
procedimientos organización
de la familia romana (familia,
herencia, tutela y curatela);
propiedad, posesión y
obligaciones;
delitos;
derecho público, y
derecho sagrado
ETAPA PRECLÁSICA
En esta etapa, Roma sufre una
transformación que va desde
crisis de índole económica,
social y política, culminando
con la caída del sistema
republicano.
Por otra parte, la política exterior de Roma, se convierte
en “primera potencia” del Mediterráneo.
Ambos factores, fueron determinantes para una
profunda transformación en el campo del derecho.
El derecho tuvo que evolucionar y
adaptarse a nuevos acontecimientos y
cambios; sin embargo, la costumbre siguió
siendo fuente formal.
Pero con un campo de acción cada vez más
reducido, conforme aumentaba la
actividad legislativa y normativa.
La legislación (decenviral), aunque ganó importancia, resultó
insuficiente ante la rápida evolución social.
Para adaptarla a nuevas circunstancias, se utilizó la
interpretatio: labor de ampliar y actualizar las normas para
que el derecho privado respondiera a las nuevas
necesidades.
Los pontífices dejan de tener el
monopolio jurídico.
Se va estableciendo una nueva
fuente del derecho: decisiones
judiciales, emitidas por jueces o
praeter romanos.
ETAPA CLÁSICA
La jurisprudencia ayudó al derecho romano a
adaptarse a nuevas necesidades sociales, pero
también causó problemas: las sentencias
diferentes en casos similares lo volvieron un
derecho difuso y poco creíble en su evolución.
Tras la muerte de Alejandro
Severo, las invasiones bárbaras y el
poder persa debilitaron al Imperio.
La falta de publicidad y
coordinación de las constituciones
imperiales generó incertidumbre y
anarquía jurídica.
ETAPA POSTCLÁSICA
Para ordenar el derecho, surgieron las primeras
codificaciones:
Los Códigos Gregoriano y Hermogeniano, y
El Código Teodosiano (426-427)
Conocidos como codificaciones prejustinianeas.
Ante el caos, se procuró una
sistematización de criterios, esta se
simboliza en la codificación del
derecho romano, realizada en
Bizancio por Justiniano.
El legislador estaba obligado a
restablecer el equilibrio de la
organización jurídica.
ETAPA JUSTINIANEO
En el año 528, ordenó un texto
legislativo unitario que fuera un
texto en continua adaptación.
Se corporizó en la Codificación de
Justiniano.
A través de cuatro obras:
1. Código
2. Digesto
3. Instituciones
4. Novelas