Es el conjunto de normas de Derecho Público, de finalidad protectora, cuyo cumplimiento es exigible siempre que se realiza una operación de comercio exterior de mercancías, y aquellas otras imprescindibles para su aplicación efectiva . 1.1 Concepto de Derecho Aduanero
El Derecho Aduanero es el conjunto de normas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, y de los medios en que se transportan o conducen, así como los actos y formalidades del despacho aduanero, y los hechos o actos que deriven de este, las sanciones que en su caso se hagan acreedores por los delitos que puedan cometer en las importaciones o exportaciones.
El sujeto esencial y dominante: el Estado. Sus d isposiciones son de orden público y no pueden ser modificadas por los particulares. La naturaleza de sus normas son de integración y subordinación jurídica. Por lo tanto el Derecho Aduanero es Derecho Público por su origen, por su estructura y por su finalidad. 1.2 Naturaleza jurídica
Época prehispánica: tenían , además del trueque, sistemas de valor y medida que se empleaban para el intercambio de mercancías. Tal y como ahora utilizamos billetes, monedas y cheques, entonces se usaban pequeños carrizos rellenos de polvo de oro, plumas de aves preciosas y semillas de una cierta especie de cacao, los cuales eran reconocidos y aceptados en toda Mesoamérica. Los tianguis o plazas de mercadeo estaban sujetos a reglamentos estrictos, cuyo cumplimiento era vigilado por inspectores especiales. Las culturas dominantes, como la mexica, exigían a los pueblos juzgados el pago de tributos e imponían una organización del comercio a grandes distancias, organización que resultó vital para la sociedad precortesana . 1.3 Historia del Derecho Aduanero
Del año 1500 a 1600: comenzó la formalización del comercio de España con sus colonias con la expedición de las reales cédulas de 1509, 1514, 1531 y 1535, que reglamentaban el monopolio mercantil de ésta con los territorios recientemente conquistados. El 1551, en Veracruz, se inició la edificación de las primeras instalaciones portuarias. En 1953, Felipe II, por medio de una Cédula Real, ordenó restringir el volumen de la carga comercial para limitar las mercancías no filipinas, los llamados «productos de la China».
Del año 1600 a 1700: a los puertos de Veracruz, Acapulco y Campeche, en 1597 se dispuso que los oficiales a cargo de la Casa de Contratación se trasladaran a la Banda de Buitrón, lugar situado frente a San Juan de Ulúa, hecho que permitió que en 1601, por órdenes de Felipe II, se instalara la aduana en tierra firme. En 1647, el rey Felipe IV vio la necesidad de que la ciudad contara con una aduana cerrada donde fueran captados todos los productos que entraban al puerto.
Del año 1700 a 1800: En el puerto de Acapulco, el tráfico comercial se llevaba a cabo mediante esporádicas ordenanzas y cédulas reales; en 1702 se elaboró el primer reglamento para el tráfico comercial entre Filipinas y la Nueva España. El virrey Casa fuerte expidió en 1728 una cédula a fin de que ninguna de las mercancías que ingresaban al puerto de Veracruz pudiera bajarse a tierra sin el consentimiento del oficial de justicia o regidor. La pena por incumplimiento era el decomiso de los productos.
Del año 1800 al 1900: El primer documento legal del México independiente fue el Arancel General Interno para los Gobiernos de las Aduanas Marítimas en el Comercio Libre del Imperio, publicado el 15 de diciembre de 1821. En 1821, la Sección de Aduanas se encontraba adscrita a la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda. En el año de 1831, México firmó un tratado de amistad con los Estados Unidos, uno de sus primeros convenios en materia de comercio internacional . El 1 de marzo de 1887 se expidió una nueva Ordenanza General de Aduanas Marítimas y Fronterizas con dos anexos: en el primero apareció en forma separada la tarifa general; el segundo contenía la aplicación de la tarifa.
Del año 1900 al 2000: El 19 de febrero de 1900 se constituyó por decreto presidencial la Dirección General de Aduanas, conformada por seis secciones . El 17 de octubre de 1913 se firmó el decreto por el cual se crearon ocho secretarías de Estado para el despacho de los negocios administrativos, entre ellas la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Comercio, con atribuciones sobre aranceles de aduanas marítimas y fronterizas, vigilancia, impuestos federales y otros conceptos . En 1951 se publicó el Código Aduanero, vigente hasta 1982, durante el período de sustitución de importaciones. Junto con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (29 de diciembre de 1976) se publicó un nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (23 de mayo de 1977).
Época moderna Del año 2000 a nuestros días: Se hicieron algunas modificaciones, principalmente en el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior; el ingreso o extracción de mercancías por vía postal; el reconocimiento aduanero de mercancías; la valoración aduanera; la garantía de contribuciones para el régimen de tránsito de mercancías, los procedimientos administrativos y las infracciones aduaneras, entre otras.
Son hechos y fenómenos que contribuyen a la creación de la norma jurídica aduanera. Clasificación: Fuentes históricas : son los medios por los cuales se obtiene el conocimiento histórico del derecho. Ejemplos: papiros, códices, tablillas, etc. Fuentes materiales, racionales o reales: consisten en un conjunto de hechos o de circunstancias que determinan el contenido de las normas jurídicas, por lo tanto, son todos los fenómenos de carácter social, económico, político, étnico, religioso o técnico que en forma concurrente van a producir una norma jurídica. Fuentes formales: son las formas externas o procedimientos de la manifestación del derecho, predeterminado para cada sistema jurídico su proceso de manifestación, siendo obligatorio para todos. 1.4 Fuentes e historia del Derecho Aduanero
Derecho constitucional: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos regula la facultad de establecer impuestos al comercio exterior. Derecho fiscal: tiene como objetivo principal la recaudación de contribuciones. Derecho administrativo: establece las atribuciones y facultades conferidas al personal de gobierno encargado de la fiscalización del comercio exterior. Derecho financiero: porque tiene como finalidad regular la balanza de pago y de comercio. 1.5 Relación con otras disciplinas.
Derecho Penal: se encarga de regular los actos o hechos o contrarios a la Ley Aduanal, en dicha materia. Derecho Internacional : determina las zonas de integración aduanera como son las áreas de libre comercio. Derecho Económico: establece que el Estado busca que el particular obtenga un fin económico (incentivación). Derecho Procesal: regula las normas jurídicas procesales para establecer las actividades en dicha materia. Derecho Civil: establece los diversos principios o doctrinas del derecho civil como la personalidad , la obligación, la propiedad, etc. Derecho Mercantil : estudia los diversos principios o doctrinas del derecho mercantil como los comerciantes, los títulos de crédito, los manifiestos de carga, etc.