1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx

308 views 37 slides Jul 18, 2022
Slide 1
Slide 1 of 37
Slide 1
1
Slide 2
2
Slide 3
3
Slide 4
4
Slide 5
5
Slide 6
6
Slide 7
7
Slide 8
8
Slide 9
9
Slide 10
10
Slide 11
11
Slide 12
12
Slide 13
13
Slide 14
14
Slide 15
15
Slide 16
16
Slide 17
17
Slide 18
18
Slide 19
19
Slide 20
20
Slide 21
21
Slide 22
22
Slide 23
23
Slide 24
24
Slide 25
25
Slide 26
26
Slide 27
27
Slide 28
28
Slide 29
29
Slide 30
30
Slide 31
31
Slide 32
32
Slide 33
33
Slide 34
34
Slide 35
35
Slide 36
36
Slide 37
37

About This Presentation

COMPRA DE INSUMOS Y MERCANCIAS A NIVEL INTERNACIONAL


Slide Content

Diplomado en Agroexportaciones Mischel Gary Lindo Matos [email protected]

Abog. Mischel Gary Lindo Matos 2 El Contrato de Compra Venta Internacional es la figura típica del comercio Internacional bajo cuyas normas se desenvuelven la importación y la exportación , y constituye el acuerdo de voluntades con fines lucrativos , entre partes cuyos centros operativos se encuentran en países distintos, sobre una mercancía lícita que debe pasar por Aduanas . Se caracteriza por que la tradición de la mercancías se da del territorio de un Estado al territorio de otro , que pacten desde Estados Diferentes , o, que la tradición se ejecute en territorio distinto de aquel de donde surgió la obligación. Es el contrato más importante por su función económica, es el instrumento jurídico y económico más idóneo y frecuente para la circulación de los bienes , desde sus productores, generalmente a través de intermediarios. La compraventa internacional da origen a contratos accesorios que posibilitan su realización o que aseguran a las partes contratantes LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Abog. Mischel Gary Lindo Matos 3 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

COMPRA VENTA CONTRATO PRINCIPAL COMPRADOR VENDEDOR TRANSPORTE SEGURO ALMACENAM. CONTRATOS ACCESORIOS Abog. Mischel Gary Lindo Matos 4

Con la finalidad de simplificar las normas que faciliten el comercio internacional, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional-CONUDI (UNCITRAL) elaboró la “ Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compra Venta Internacional de Mercaderías ”, adoptada en Viena el 11 de Abril de 1980, en vigor desde el 1 de enero de 1988. En armonía con lo dispuesto por la Ley Nº 26647 que establece las normas relativas al perfeccionamiento nacional de los tratados celebrados por el Estado, mediante el Decreto Supremo Nº 011-99-RE del 18 de febrero de 1999 se ha aprobado la adhesión del Perú, con vigencia a partir del 01 de abril del 2000. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 5 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

LOS USOS Y COSTUMBRES MERCANTILES: Convención de Viena de 1980 sobre Compraventa Internacional de Mercaderías Incoterms - riesgos y momento de la entrega de la mercancía, costos y documentos. Reglas relativas a la cobranza (publicación 522 CCI). Reglas y usos uniformes relativos al crédito documentario (publicación 600 CCI). Abog. Mischel Gary Lindo Matos 6 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Abog. Mischel Gary Lindo Matos 7 Operadores directos LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Son Operadores Indirectos Aquellos operadores intermediarios que facilitan el acceso a un determinado mercado del exterior y que puede asegurar mejores condiciones de eficacia, durabilidad, rentabilidad, presencia del producto y de la marca en dicho mercado. Actúan en virtud de un contrato de intermediación comercial ( Brokers o Corredores, Comisionistas, Agencias Comerciales y Sucursales). Broker , es el que actúa en mérito a un contrato de corretaje o mediación por el cual pone en contacto al comprador con el vendedor a quienes les vende información comercial cobrándoles la comisión pactada. Comisionista, es el que actúa en mérito a un contrato de comisión celebrado con una de las partes, por el cual participa por cuenta del comitente. Es decir, participa por cuenta de quien lo contrata cobrándole la comisión pactada sin ser representante legal. El Comisionista puede ser de venta (coloca pedidos) o de compra (comisionista para una sola transacción). Agente Comercial , es el que actúa en mérito a un contrato de agencia suscrito con el vendedor, por el cual puede colocar pedidos (intermediario) o vender de stock por su cuenta y riesgo, estando facultado para prestar servicios de posventa. Los agentes se distinguen según las características y alcances de las operaciones de representación. Sucursa l , es la empresa que actúa vinculada financieramente con su matriz, quien tiene acciones en la sucursal y le dicta la política a seguir Abog. Mischel Gary Lindo Matos 8 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Otros Operadores : participan en la ejecución de contrato: BANCO TRANSPORTE EMPRESAS DE SEGURO ALMACENES AGENTES DE ADUANA, etc. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 9 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

LA INICIACION LA NEGOCIACION VENDEDOR EL CONTRATO LA ADMINISTRACIÓN COMPRADOR Abog. Mischel Gary Lindo Matos 10 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Abog. Mischel Gary Lindo Matos 11 Fases Operativas LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

PERFECCIONAMIEMTO DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL PRODUCTO CANTIDAD PRECIO ACEPTACIÓN ORDEN DE COMPRA OFERTA COTIZACIÓN PERÚ VENDEDOR ITALIA COMPRADOR Abog. Mischel Gary Lindo Matos 12 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Información del Comprador y Vendedor Descripción de la mercancía (al detalle) El precio ( Incoterm ) Condiciones de pago Plazo de entrega Lugar de entrega Contratación de transporte y seguro Trámite aduanero de exportación e importación Embalajes Legislaciones y jurisdicción aplicable Fijación de daños y perjuicios Entrega de documentos Abog. Mischel Gary Lindo Matos 13 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

El Contrato de Compra Venta Internacional 1 . ¿COMO ENTREGAR / RECIBIR LAS MERCANCIAS? 2 . ¿COMO COBRAR / PAGAR EL VALOR DE LAS MERCANCIAS? 4 . ¿COMO CUBRIR LOS RIESGOS A LOS QUE EVENTUALMENTE SE ENCUENTRAN EXPUESTAS LAS MERCANCIAS? 3 . ¿COMO TRASLADAR LAS MERCANCIAS DESDE EL LUGAR DE ORIGEN HASTA EL LUGAR DE DESTINO? VENDEDOR COMPRADOR Abog . Mischel Gary Lindo Matos 14

Convención de las NN.UU. sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (Convención de Viena de 1980 ). La Convención está referida a mercancías, es decir a la compraventa internacional de bienes entre partes que tengan sus establecimientos en estado diferente, sin tener en cuenta ni la nacionalidad de las partes ni el carácter civil o comercial del contrato. No regula la transferencia de servicios . Tampoco se aplica a las compraventas de mercaderías para uso personal, familiar o doméstico, en subastas, judiciales, de valores mobiliarios, títulos o efectos de comercio y dinero, de buques embarcaciones aerodeslizadores y aeronaves y de electricidad. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 15

LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL ASPECTOS IMPORTANTES DEL CONVENCION DE VIENA Ámbito de aplicación.- La Convención se aplica a los contratos de compra -venta de mercaderías entre partes que tengan sus establecimientos o centros de operaciones en Estados diferentes o que se encuentren en países distintos, regulando exclusivamente sobre la formación del contrato y los derechos y obligaciones del comprador y del vendedor . No regula respecto de la validez del contrato ni de ninguna de sus estipulaciones, consagrando la preponderancia del acuerdo de voluntades que puede excluir la aplicación de las reglas o establecer excepciones o modificar sus efectos . Abog. Mischel Gary Lindo Matos 16

Interpretación.- El principio que debe guiar la interpretación de la Convención es su carácter internacional y la necesidad de promover la uniformidad de su aplicación y de asegurar la observancia de la buena fe en el comercio internacional, debiendo las declaraciones y otros derivados de los contratos interpretarse de conformidad con la intención de las partes. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 17 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Forma del contrato .- La Convención consagra la regla general de que el contrato de compraventa internacional no está sujeto a ningún requisito formal , dejando a salvo el caso de contratantes cuyos países al adherirse a la Convención hayan declarado que se deben hacer “por escrito”, comprendiéndose en esta expresión al telegrama y al télex. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 18 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Perfeccionamiento del contrato .- La Convención en su Parte II – Formación del Contrato , artículos 14 al 24, regula lo concerniente a la Oferta, la revocación de la oferta por el oferente, la Aceptación, el retiro de la aceptación por el destinatario y el perfeccionamiento del contrato. La Oferta puede ser revocada hasta antes que el destinatario haya enviado la aceptación y la Aceptación puede ser retirada hasta antes que llegue al oferente. El contrato se perfecciona cuando el oferente hizo la Oferta y el destinatario la acepta . La aceptación debe ser expresa e indicar el asentimiento a la oferta, sea por una declaración o un acto del destinatario que surtirá efecto desde el momento que llegue al oferente. Si la respuesta a la oferta contiene adiciones, limitaciones o modificaciones se considera como un rechazo de la oferta y constituirá, a su vez, una contraoferta. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 19 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Obligaciones generales Del vendedor: De entregar las mercaderías al comprador Entregar los documentos acreditados de las mercaderías al comprador Transferir al propiedad de las mercaderías al comprador Abog. Mischel Gary Lindo Matos 20 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Abog. Mischel Gary Lindo Matos 21 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Obligaciones generales Del comprador: Pagar el precio de las mercaderías Recibir las mercaderías Abog. Mischel Gary Lindo Matos 22 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Abog. Mischel Gary Lindo Matos 23 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

En caso de incumplimiento por el comprador, el vendedor podrá: Ejercer la acción de incumplimiento, vale decir exigir al comprador que pague el precio o reciba las mercaderías o documentos. Declarar resuelto el contrato, y Exigir, en ambos casos, la indemnización de los daños y perjuicios. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 24 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Obligaciones Comunes del comprador y vendedor Conservar las mercaderías Obligación de abonar intereses por las sumas adeudadas. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 25 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Trasmisión del Riesgo Es fundamental el punto de entrega de la mercancía, pues el riesgo por pérdidas y daños se traspasa en el mismo momento en que se transfieren las mercancías, bajo el principio “res perit domino” (la cosa se pierde para su dueño). La Convención señala como regla básica, que la pérdida o el deterioro de la mercancía sobrevenido después de la transmisión del riesgo al comprador, no libera a este de su obligación de pagar el precio, a menos que se deban aun acto u omisión del vendedor . Abog. Mischel Gary Lindo Matos 26 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Cuando la compraventa es con transporte de las mercancías, el vendedor está obligado a entregárselas al porteador o transportista . Si es sin transporte tendrá que entregarla en el lugar convenido (fabricación, producción, operatividad) trasladándose el riesgo cuando las mercancías se ponen a disposición del comprador en el lugar convenido y en la fecha de entrega, con conocimiento de éste. Si se conviene una fecha para la entrega, el riesgo no se transfiere inmediatamente poniendo a disposición las mercancías en una fecha más temprana. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 27 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Caso fortuito y fuerza mayor.- La Convención en su artículo 79 establece el principio de culpabilidad en el incumplimiento de las obligaciones como causal de responsabilidad. De modo que una parte no es responsable si prueba que el incumplimiento es ajeno a su voluntad, pero tiene la obligación de notificar a la otra parte la existencia del impedimento y sus efectos. El artículo 80 consagra la excepción “non adimpleti contractus ”, al disponer que una parte no podrá invocar el incumplimiento de la otra parte en la medida que tal incumplimiento haya sido causado por acción u omisión de aquella. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 28 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Efectos de la resolución del contrato .- El primer efecto de la resolución es que ambas partes puedan liberadas de las obligaciones emergentes del contrato, salvo la indemnización de daños y perjuicios que pueda ser debida. Resuelto el contrato, el vendedor, si estuviera obligado a restituir el precio, deberá abonar también los intereses a partir de la fecha en que se haya efectuado el pago. A su vez, el comprador, si estuviera obligado a restituir las mercancías, deberá pagar al vendedor el importe de todos los beneficios que haya obtenido de dichas mercancías. Abog. Mischel Gary Lindo Matos 29 LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Conflictos: La escalera decisional CONFLICTO (DE LAS PARTES) Negociación (partes) Mediación (3° Asistente) Conciliación (3° Asistente Derecho) Arbitraje (laudo del arbitro) JUICIO (SENTENCIA DEL JUEZ) Abog. Mischel Gary Lindo Matos 30

Modelo de un Contrato de Compra Venta Internacional Abog. Mischel Gary Lindo Matos 31

Seller NITRORUMANIA S.A. 1, Ileni Street , Fagaras 505200 - Brasov, Romania Phone : +40-268-206500 Fax : + 40-268-216111 Invoice No 04975 - Date : April 30, 2012 Buyer ZEGEL ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. – MÉXICO Tel +3793 0380 Fax + 3793 0387 Country of Origin Romania - Fagaras Country of final destination Mexico Denomination AMOPOR Porous Granulated Ammonium Nitrate Tropicalized Grade Specifications As per Annex 1 Quality To be approved by SGS or Romcontrol Packing Polyethylene bags repacked in Polypropylene bags – As per Annex 2 Quantity 3’700 MT Port of loading Constantza – Romania Black Sea Port of Discharge Puerto Manzanillo - Mexico 3’000 MT Puerto Progresso - Mexico 700 MT Unit Metric Ton USD Unit Price 185, 00 FOB Stowed as per Incoterms 2010 Sub Total 684’500,00 USD Six Hundred Eighty Four Thousand and Five Hundred Delivery Period 35 Days from Date of signature of Sales Contract Storage In order to reduce risk of extra Storage, Seller will store 1’200 MT in port and 1’200 MT will be loaded on wagons at factory without demurrage and 1’300 MT in factory warehouse without storage cost. So, in case of vessel delay after 30 days, then only storage of the 1’200 MT in port will be requested, as per Port Tariff. Surveillance by SGS or Romcontrol - On arrival of each lot to port Quality and Quantity control - On loading to vessel for quantity control Abog. Mischel Gary Lindo Matos 32

Shipment and Loading conditions FOB STOWED Incoterms 2000 1’200 MT / DAY SHEX FEX All per other as per Charter Party based on GENCON Standard Conditions Vessel Loading date at port of Constanta to be confirmed by ZEGEL ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. – MEXICO within 30 days from arrival of the first lot Ammonium Nitrate Porous 1,200 MT to port and respective confirmation of Port Authorities in Constantza ; in addition to a clear document by SGS / Romcontrol confirming that all the quantity of goods is already produced as per contract terms . Terms of Payment - L / C Irrevocable and Confirmed Payable 90 days from date of Bill of Lading Date and SGS (or Romcontrol ) control report. All charges regarding L/C outside Mexico to be assumed by Dyno Nobel Mexico due a now show ( ASA ORGANIZACION INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. –MEXICO) REMARK : This Sale Contract stipulate that 30 % of the value of the Letter of Credit will be payable unconditionally in case Buyers fail to appoint vessel to load the goods within 120 days from Port Notification, supported by Survey report of SGS / Romcontrol confirming that 1’850 MT are in port and 1’850 MT are in factory warehouse. Documents to be enclosed : Commercial Invoice (2) - original Certificate of Origin (2) - original Packing list (2) - original SGS (or Romcontrol ) control report (2) - original Original Bills of Lading (3) – original Other Exporter and Importer will provide the duly Legalized Export and Import Licenses Arbitration by London Chamber of Commerce Seller welcomes visit of Buyer to attend Production and Loading Place and Date of Issue Signature Abog. Mischel Gary Lindo Matos 33

Seller NITRORUMANIA S.A. 1, Ileni Street , Fagaras 505200 - Brasov, Romania Phone : +40-268-206500 Fax : + 40-268-216111 Invoice No 3202 Date : April 30, 2012 Buyer TDM COLOMBIA Country of Origin Romania - Fagaras Country of final destination Colombia Denomination AMOPOR Porous Granulated Ammonium Nitrate Tropicalized Grade Specifications As per Annex 1 Quality To be approved by SGS or Romcontrol Packing Polyethylene bags repacked in Polypropylene bags – As per Annex 2 Quantity 2’300 MT Port of loading Constantza – Romania Black Sea Port of Discharge Puerto Cartagena - Colombia 2’300 MT Unit Metric Ton USD Unit Price 185, 00 FOB Stowed as per Incoterms Sub Total 425’500,00 USD Four Hundred Twenty Five Thousand and Five Hundred Delivery Period 35 Days from Date of signature of Sales Contract Storage In order to reduce risk of extra Storage, Seller will store 760 MT in port and 760 MT will be loaded on wagons at factory without demurrage and 780 MT in factory warehouse without storage cost. So, in case of vessel delay after 30 days, then only storage of the 780 MT in port will be requested, as per Port Tariff. Surveillance by SGS or Romcontrol - On arrival of each lot to port Quality and Quantity control - On loading to vessel for quantity control Abog. Mischel Gary Lindo Matos 34

Shipment and Loading conditions FOB STOWED Incoterms 2000 760 MT / DAY SHEX FEX All per other as per Charter Party based on GENCON Standard Conditions Vessel Loading date at port of Constanta to be confirmed by TDMCOLOMBIA – COLOMBIA within 30 days from arrival of the first lot Ammonium Nitrate Porous 760 MT to port and respective confirmation of Port Authorities in Constantza ; in addition to a clear document by SGS / Romcontrol confirming that all the quantity of goods is already produced as per contract terms . Terms of Payment - L / C Irrevocable and Confirmed Payable 90 days from date of Bill of Lading Date and SGS (or Romcontrol ) control report. All charges regarding L/C outside Mexico to be assumed by TDM Colombia due a now show (XXXXXXX S.A. –COLOMBIA) REMARK : This Sale Contract stipulate that 30 % of the value of the transaction will be payable unconditionally in case Buyers fail to appoint vessel to load the goods within 120 days from Port Notification, supported by Survey report of SGS / Romcontrol confirming that 760 MT are in port and 1’540 MT are in factory warehouse. Documents to be enclosed : Commercial Invoice (2) - original Certificate of Origin (2) - original Packing list (2) - original SGS (or Romcontrol ) control report (2) - original Original Bills of lading (3) – original Other Exporter and Importer will provide the duly Legalized Export and Import Licenses Arbitration by London Chamber of Commerce Seller welcomes visit of Buyer to attend Production and Loading Place and Date of Issue Signature Abog. Mischel Gary Lindo Matos 35

Abog. Mischel Gary Lindo Matos 36 Abog . Mischel Gary Lindo Matos LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

- Gracias -