1 REGLAMENTO DE COLEGIOS BTH RM 0244-2023.pptx

JhonnyAguilarValverd 15 views 53 slides Aug 27, 2025
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Educacion secundaria alternativa


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Socialización Reglamento del Bachillerato Técnico Humanístico R.M. No. 0244/2023

ORGANIZACIÓN R.M. 0244/2023 TÍTULO I Subsistema de Educación Regular y Subsistema de Educación Alternativa y Especial DISPOSICIONES GENERALES: - Objeto, Ámbito de aplicación, Sentido del BTH, Objetivo del BTH, Enfoque, Transitabilidad, Certificado, Entrega del Título, Legalización y Supletorio, Infraestructura y equipamiento, Responsabilidad TÍTULO II Subsistema de Educación Regular 6 Capítulos: - Gestión pedagógica curricular, Gestión administrativa, Constitución de UE, Maestros TT, Traslado y nivelación, Orientaciones TÍTULO III Subsistema de Educación Alternativa y Especial

SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR Y SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL

Objetivo Fortalecer la implementación del Bachillerato Técnico Humanístico a través de la socialización de la Resolución Ministerial N° 0244/2023, que aprueba el Reglamento del Bachillerato Técnico Humanístico, dando a conocer el desarrollo de los nuevos trámites para la constitución de unidades educativas Técnico Humanística Plenas y la implementación de módulos de trámite en el sistema académico.

DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I Artículo 1.- (Objeto). “… normar la implementación y sostenibilidad del Bachillerato Técnico Humanístico… ” Artículo 2.- (Ámbito de aplicación). “ Reglamento se aplicará de manera obligatoria …” U.E. Educación Secundaria Comunitaria Productiva (fiscales, privadas y de convenio) U.E. Educación Secundaria Comunitaria Productiva Centro de Educación Alternativa y Especial TÍTULO I SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR Y SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL

Artículo 3.- (Sentido del Bachillerato Técnico Humanístico). …coadyuva y contribuye en la transformación de la matriz productiva y la reactivación económica… Las necesidades, problemáticas, vocaciones y potencialidades productivas locales, regionales y territoriales . Respondiendo U.E. BTH Contribuye Coadyuva Identidad cultural Soberanía alimentaria Científica y tecnológica Respeto y protección a la Madre Tierra

Artículo 4.- (Objetivo del Bachillerato Técnico Humanístico). I. “…. formar estudiantes con valores sociocomunitarios, enfoque tecnológico, productivo, emprendimiento comunitario y socioambiental, articulando e integrando la teoría y la práctica , áreas de saberes y conocimientos…” Artículo 5.- (Enfoque). I. A partir de las necesidades, problemáticas, vocaciones y potencialidades productivas locales, regionales y territoriales… Título de Técnico Medio … permite: Continuar con la formación en Educación Superior Generar emprendimientos productivos Inserción en el ámbito laboral. Contribuir a la transformación de la matriz productiva Tecnológico Productivo Emprendimiento comunitario Socioambiental .

Artículo 6.- (Transitabilidad del nivel Técnico Medio al Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional) I. Los bachilleres de los Subsistemas de Educación Regular … que obtengan el Título Técnico Medio, podrán transitar a los Institutos Técnicos y Tecnológicos del Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional … “ Reglamento de Transitabilidad del Nivel Técnico Medio de las U.E. Técnico Humanísticas Plenas…” De acuerdo Segundo Año (régimen anual) Tercer Semestre (régimen semestral) Instituto Técnico o Tecnológico de carácter fiscal, convenio o privado

Artículo 7.- (Certificado Único de Trámite del Título de Técnico Medio). La unidad educativa Técnico Humanística Plena …. iniciará el trámite del Título de Técnico Medio… Descargando el Certificado Único de Trámite de Título de Técnico Medio CUT–TTM del Sistema de Información Educativa del Ministerio de Educación (SIE – ME). Certificado , acredita el cumplimiento de la carga horaria y la continuidad en una carrera para la emisión del Título de Técnico Medio. Impresión del Título de Técnico Medio de acuerdo al “Reglamento para la impresión de Títulos de Técnico Medio de Educación Secundaria y Educación Alternativa” (DDE).

Artículo 8.- (Entrega del Título de Técnico Medio).  El Título Técnico Medio será entregado en acto público,  conjuntamente con el Diploma de Bachiller , de acuerdo a normativa vigente. Artículo 9.- (Título Supletorio y Legalización). El trámite de Legalización y supletorio del Título de Técnico Medio, se desarrollará de acuerdo a lo dispuesto en el “ Reglamento para la Impresión de Títulos de Técnico Medio de Educación Secundaria y Educación Alternativa ”.

Artículo 11.- (Responsabilidad de gestión de recursos ante los Gobiernos Autónomos Municipales y/o Gobiernos Autónomos Indígena Originario Campesinos). I. Directoras y Directores Distritales de Educación Directoras y Directores de Unidades Educativas Técnico Humanístico Plenas …Responsables de gestionar los recursos económicos , para la implementación y sostenibilidad del BTH… II. …. Artículo 80 de la Ley N° 070 de la Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez. - Asignación de partida/s presupuestaria /s en el POA de cada gestión: Implementación y sostenibilidad del BTH. Dotar, financiar y garantizar los servicios básicos, infraestructura, equipamiento, mobiliario, material educativo, insumos y mantenimiento de infraestructura y equipamiento.

GESTIÓN PEDAGÓGICA CURRICULAR CAPÍTULO I Artículo 12.- (Clasificación de unidades educativas). Las U.E. se clasifican en:  Unidades educativas Humanísticas. “… desarrollan Técnica Tecnológica General (TTG) solo en 1ro y 2do año de Educación Secundaria…“ Unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas. “ …desarrollan Técnica Tecnológica General (TTG) en 1ro, 2do y 3er año de escolaridad y Técnica Tecnológica Especializada (TTE) en 4to, 5to y 6to año de Secundaria…“ U.E. BTH U.E. HUMANÍSTICA TÍTULO II SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR

Artículo 13.- (Organización del área Técnica Tecnológica en las unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas) I. “… las U.E. está organizada en los siguientes espacios formativos:“ Técnica Tecnológica General: Desarrolla capacidades, habilidades y potencialidades investigativas, reflexivas, productivas, emprendedoras e innovadoras… Se desarrolla en 1ro, 2do y 3er año de Secundaria… Optan por una carrera Técnica Tecnológica Especializada que la U.E. oferta... Técnica Tecnológica Especializada: Desarrolla capacidades, habilidades y potencialidades investigativas, científicas, transformadoras, productivas, emprendedoras e innovadoras… Parte de las necesidades, problemáticas, vocaciones y potencialidades productivas locales, regionales y territoriales. Se desarrolla en 4to, 5to y 6to año de Secundaria. II. “A la conclusión… obtienen el Título Técnico Medio que les permite… Continuar con la formación en Educación Superior Generar emprendimientos productivos y/o Insertarse en el ámbito laboral …

Artículo 14.- (Carga horaria del área Técnica Tecnológica en las unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas). “…de 1920 horas, distribuidas en: ESPACIOS DE FORMACIÓN AÑO DE ESCOLARIDAD HORAS MENSUALES HORAS ANUALES TOTAL HORAS POR ESPACIO DE FORMACIÓN Técnica Tecnológica General Primero 16 160 640 Segundo 16 160 Tercero 32 320 Técnica Tecnológica Especializada Cuarto 32 320 1.280 Quinto 48 480 Sexto 48 480 TOTAL 192 1.920 1.920 640 horas de formación en TTG. 1280 horas de formación en TTE.

Artículo 15.- (Organización de los periodos de desarrollo curricular en las unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas). …el desarrollo curricular en TTG y TTE es: En horario alterno a la formación humanística. Períodos académicos de 40 minutos. Organización del horario en bloque (continuo), evitando la fragmentación de horas u horario mosaico. Articulo 16.- (Características pedagógico curriculares de la formación en el área Técnica Tecnológica). La formación en las U.E. Técnico Humanísticas Plenas se desarrolla en el marco del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo…: 30% constituirá la formación teórica 70% de la formación en TTE …es práctico…talleres, laboratorios, salas especializadas, áreas y espacios de producción

La formación en el área Técnica Tecnológica se desarrollará de acuerdo a los enfoques del área. Los procesos educativos … se desarrollarán de acuerdo a los Planes y Programas de Educación Secundaria …y en TTE Planes y Programas del BTH. I ntegración y articulación de Campos y Áreas de Saberes y Conocimientos … Niveles de planificación y el desarrollo curricular. Áreas humanísticas orientadas al fortalecimiento de las carreras TTE.

Artículo 17.- (Evaluación en el área Técnica Tecnológica). - De acuerdo al Reglamento de Evaluación del Subsistema de Educación Regular en vigencia . - En TTE se valorará y evidenciará el “Hacer ”, considerando el “Perfil de salida” del profesional Técnico Medio. Artículo 18.- (Actividades de concreción curricular). - U .E. Técnico Humanísticas Plenas , Direcciones Distritales Educativas y las Direcciones Departamentales de Educación , anualmente organizarán espacios de socialización de la concreción curricular (ferias productivas, ruedas de negocios y otros). Artículo 19.- (Carácter promocional del área Técnica Tecnológica). TTG y TTE… tiene carácter obligatorio y promocional , por ser parte de la estructura curricular de Educación Secundaria .

Articulo 20.- (Asignación de carreras Técnica Tecnológica Especializadas). I. Responsabilidad de la directora o director de la unidad educativa Técnico Humanística Plena. II. “La asignación incorrecta …debe ser subsanada antes de la conclusión del Segundo Trimestre en la Dirección Departamental de Educación … previa valoración del informe por la Dirección Distrital Educativa“. Artículo 21.- (Registro de calificaciones en el área Técnica Tecnológica) I. calificaciones de TTG Y TTE serán registradas en la U.E. … no debiendo ser modificadas o alteradas en ninguna instancia. II. La omisión, modificación o alteración del registro de calificación de TTG y TTE, será sujeto a responsabilidad administrativa III. … prohibida la asignación de calificaciones ficticias o fraudulentas será sujeto de responsabilidad administrativa.

GESTIÓN ADMINISTRATIVA U.E. BTH CAPÍTULO II Artículo 22.- (Clasificación y administración de las unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas). Las unidades educativas Técnico Humanístico Plenas …según su ámbito administrativo se clasifican de acuerdo a la siguiente tabla:   Nro.   UNIDADES EDUCATIVAS TÉCNICO HUMANÍSTICAS PLENAS     DENOMINATIVOS EN SISTEMA RÓTULO COMPLEMENTO 1 Taller Tecnológico Productivo PLENA Taller 2 Taller Tecnológico Productivo Compartido PLENA Taller Compartido 3 Núcleo Tecnológico Productivo NÚCLEO - BTH   4 Módulo Tecnológico Productivo MÓDULO - BTH   5 Unidad educativa Asociada PLENA Asociada

Taller Tecnológico Productivo. Infraestructura y equipamiento propio. Ítems de TTG y TTE. Atienden únicamente a sus estudiantes. Carreras igual al número de paralelos en los años de escolaridad autorizados. Taller Tecnológico Productivo Compartido. Infraestructura y equipamiento propio, una o más carreras TTE diferentes entre sí. Ítems de TTE, pertenecientes a la misma Dirección Distrital Educativa. Intercambio de estudiantes previo acuerdo interinstitucional de constitución de Taller. Tecnológico Productivo Compartido, hasta la obtención del Título de Técnico Medio. Núcleo Tecnológico Productivo. Infraestructura y equipamiento, ítems de TTE, una o más carreras TTE y estudiantes propios. Capacidad para atender a estudiantes de unidades educativas aledañas que pertenezcan a la misma DDE. La administración del Núcleo Tecnológico Productivo, será responsabilidad del director de la UE. Constitución de un Directorio del Núcleo Tecnológico Productivo.

Módulo Tecnológico Productivo. Infraestructura y equipamiento propio, constituido específicamente para la formación técnica. Ítems y más de tres carreras TTE. No tiene estudiantes propios. Capacidad para atender a estudiantes de UE aledañas pertenecientes a la misma Dirección Distrital Educativa. No desarrolla formación en área humanísticas. Su administración es a través de una directora o director institucionalizado. Cuenta con Directorio del Módulo Tecnológico Productivo. Unidad educativa Asociada. No cuenta con equipamiento ni infraestructura. No cuenta con ítems de TTE. Puede asociarse a una unidad educativa Técnico Humanística Plena – Taller, Núcleo o Módulo Tecnológico Productivo, para adquirir la condición de unidad educativa Técnico Humanística Plena.

Artículo 23.- (Responsabilidades derechos y deberes en la implementación y sostenibilidad del Bachillerato Técnico Humanístico). Es un derecho de los estudiantes del nivel secundario. Implica deberes y responsabilidad de toda la comunidad educativa. Artículo 24.- (Reglamento Interno de uso de infraestructura, equipamiento e insumos en las unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas - Talleres, Núcleos y Módulos Tecnológico Productivos). Comunidad educativa elabora e implementa el Reglamento Interno de uso de infraestructura, equipamiento e insumos de la formación Técnica Tecnológica, es aprobada por la Dirección Distrital Educativa y remitida a la Dirección Departamental de Educación.

Artículo 25.- (Inventario del equipamiento e insumos en las unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas - Talleres, Núcleos y Módulos Tecnológicos Productivos). - Inventario al inicio y conclusión de la gestión escolar en coordinación con el Gobierno Autónomo Municipal o Autonomías Indígena Originaria Campesinas. Artículo 26.- (Alianzas estratégicas y convenios de cooperación para fortalecer el Bachillerato Técnico Humanístico). - Propiciar la conformación de mesas o encuentros intersectoriales e interinstitucionales, para establecer alianzas estratégicas y convenios de cooperación destinado a: Dotación y mantenimiento de infraestructura, equipamiento e insumos. Capacitación,  y transferencia de conocimientos.

Artículo 27.- (Proceso formativo articulado a sectores productivos). Acciones y vinculadas con unidades productivas de servicios, industrial y tecnológica del sector estatal, privado o de convenio… Cursos de orientación vocacional, visitas de estudio guiadas, ferias productivas y otras actividades… Artículo 28.- (Iniciativas productivas y prestación de servicios). Pueden prestar servicios y oferta de productos en el mercado local, regional o nacional… Fortalece la implementación, sostenibilidad y auto sostenibilidad del BTH… II. Recursos económicos generados sujetos a rendición de cuentas por la directora o director de UE Técnico Humanística Plena… - Recursos deben ser invertidos en mejoramiento de infraestructura, equipamiento e insumos…

Artículo 29.- (Modalidades de Graduación). - De acuerdo a lo establecido en reglamentación específica… Artículo 30.- (Convalidación y homologación de carreras afines en Educación Secundaria Comunitaria Productiva). De acuerdo al Anexo Nro. 2 “Tabla de Afinidad de Carreras Técnica Tecnológica Especializadas del BTH - Subsistema de Educación Regular” Aplicable a traslado de estudiantes y generación del Certificado Único de Trámite – Título de Técnico Medio CUT–TTM.

Artículo 31.- (Constitución de unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas) Constitución de Taller Tecnológico Productivo Constitución de Núcleo Tecnológico Productivo Constitución de Módulo Tecnológico Productivo CAPÍTULO III CONSTITUCIÓN DE UNIDADES EDUCATIVAS TÉCNICO HUMANÍSTICAS PLENAS Y TRÁMITES CONEXOS

Requisitos y condiciones: Proyecto de constitución TALLER, NÚCLEO O MÓDULO Tecnológico Productivo para implementación BTH ( Anexo Nro. 3: ) Artículo 32.- Artículo 33.- Artículo 34.- CONDICIONES, REQUISITOS, RESPONSABILIDADES Y PROCEDIMIENTOS 3. Condiciones de equipamiento para la implementación ( Anexo Nro. 5 ) verificando el FORMULARIO N°3: “CONDICIONES DE EQUIPAMIENTO” 2. Condiciones de infraestructura para la implementación ( Anexo Nro. 4 ), verificando el FORMULARIO N°2: “CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA”

4. Certificado de “ Compromiso Municipal de Sostenimiento del Bachillerato Técnico Humanístico” FORMULARIO N°4: “SOSTENIBILIDAD” 5. Requerimiento de Horas/Ítems , Formulario de Requerimiento de Ítems /Horas del Sistema de Carga Horaria SICH… Especificación de la formación académica…. Para la implementación del Bachillerato Técnico Humanístico y la constitución de la unidad educativa Técnico Humanística Plena – Taller, Núcleo y Módulo Tecnológico Productivo, se debe realizar: Solicitud por sistema Solicitud en físico adjuntando los requisitos y formularios Artículo 32.- Artículo 33.- Artículo 34.- CONDICIONES, REQUISITOS, RESPONSABILIDADES Y PROCEDIMIENTOS

Dirección de unidad educativa , responsable de inicio de trámite del 1 al 30 de septiembre de cada gestión generando los FORMULARIO N°1, No 2, No 3 y No 4 para las: Unidad educativa Técnico Humanística Plena 🡪 Taller Tecnológico Productivo Unidad educativa Técnico Humanística Plena 🡪 Núcleo Tecnológico Productivo Unidad educativa Técnico Humanística Plena 🡪 Módulo Tecnológico Productivo Dirección Distrital Educativa , responsable de generar el FORMULARIO No 5 , verificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos del 1 al 31 de octubre de cada gestión de: Taller Tecnológico Productivo Núcleo Tecnológico Productivo Módulo Tecnológico Productivo Dirección Departamental de Educación , es responsable de generar el FORMULARIO No 6 verificar y autorizar la constitución del Taller, Núcleo o Módulo Tecnológico Productivo, emitirá Resolución Administrativa que aprueba la constitución y autoriza la implementación del BTH del 1 al 30 de noviembre , en consecuencia en el Sistema de Información Educativa se registrarán los siguientes rótulos: Unidad educativa Técnico Humanística Plena - Taller Tecnológico Productivo 🡪 “ TALLER - BTH” Unidad educativa Técnico Humanística Plena - Núcleo Tecnológico Productivo 🡪 “ NÚCLEO - BTH” Unidad educativa Técnico Humanística Plena - Módulo Tecnológico Productivo 🡪 “ MÓDULO - BTH” CONDICIONES, REQUISITOS, RESPONSABILIDADES Y PROCEDIMIENTOS

  a) Asociación a una unidad educativa Técnico Humanística Plena - Taller, Núcleo o Módulo Tecnológico Productivo   b) Adición de carrera en una unidad educativa Técnico Humanística Plena - Taller, Núcleo o Módulo Tecnológico Productivo c) Adición de carrera por conformación de unidad educativa Técnico Humanística Plena - Taller Tecnológico Productivo Compartido d) Eliminación de carrera   Artículo 35.- (Trámites conexos) Artículos de la 36 - 39

 e) Modificación y actualización de Registro de Unidad Educativa RUE, pueden presentarse los siguientes 3 casos: U.E . HUMANÍSTICA Artículos de la 40 - 44 I. Trámite de modificación o actualización del RUE ( por desglose ) II. Trámite de modificación o actualización cierre del RUE ( cierre por fusión) III. Trámite de modificación o actualización cierre del RUE ( cierre por fusión) Cuando exista un proceso de tramite por desglose , se mantendrá el Código SIE con BTH para la UE con Nivel Secundario . Cuando exista la necesidad de fusionar una UE Plena con una UE Humanística , se mantendrá en estado abierta la UE Plena. Cuando exista la necesidad de cierre por fusión de dos UE Plenas , la UE Plena que quede con estado abierta adicionará las carreras de la UE Plena que quede cerrada.

Artículo 45.- (Maestras y maestros de Técnica Tecnológica General del Subsistema de Educación Regular) Las y los maestros deben ser: Maestras y maestros de Técnica Tecnológica General Maestras y maestros de Taller General, Técnica Vocacional, Tecnología y Conocimientos Prácticos , con formación complementaria en el PROFOCOM o Técnica Tecnológica Especializada  a nivel Licenciatura . Maestras y maestros de Técnica Tecnológica Especializada, con Título a nivel Licenciatura Maestras y maestros del Subsistema de Educación Regular , con formación complementaria en el PROFOCOM a nivel Licenciatura. Maestras y maestros del Subsistema de Educación Regular , con Título Profesional a nivel Licenciatura, Técnico Superior o Técnico Medio en carreras Técnica Tecnológica Especializadas. Maestras y maestros del Subsistema de Educación Regular , con “Diplomado en Educación Productiva: Formación Técnica Tecnológica General”. CAPÍTULO IV MAESTRAS Y MAESTROS DEL ÁREA TÉCNICA TECNOLÓGICA

Artículo 46.- (Maestras y maestros de Técnica Tecnológica Especializada del Subsistema de Educación Regular) Las y los maestros deben ser:    Maestras y maestros con formación inicial en carreras Técnica Tecnológica Especializadas a nivel Licenciatura de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros .  Maestras y maestros, con formación inicial en carreras Técnica Tecnológica Especializadas y formación complementaria en el PROFOCOM a nivel Licenciatura .  Maestras y maestros con formación inicial en Técnica Tecnológica General, Taller General, Tecnología y Conocimientos Prácticos y Técnica Vocacional , con formación complementaria en el PROFOCOM en carreras Técnica Tecnológica Especializadas a nivel Licenciatura.  Maestras y maestros con formación inicial en Técnica Tecnológica General, Taller General, Tecnología y Conocimientos Prácticos y Técnica Vocacional , con Título Profesional a nivel Licenciatura, Técnico Superior o Técnico Medio en carreras Técnica Tecnológica Especializadas .  Maestras y maestros del Subsistema de Educación Regular , con formación complementaria en el PROFOCOM en carreras Técnica Tecnológica Especializadas a nivel Licenciatura.  Maestras y maestros del Subsistema de Educación Regular , con Título Profesional a nivel Licenciatura , Técnico Superior o Técnico Medio en carreras Técnica Tecnológica Especializada s . Artículo 47.- ( Designación de directoras, directores , maestras, maestros , personal administrativo y de servicio ). Institucionalización, Reglamento de selección y designación , Reglamentación vigente. Artículo 48.- (Formación Inicial de maestras y maestros) . De acuerdo a ESFM/UA, de acuerdo a estudio territorial.

CAPÍTULO V TRASLADO Y NIVELACIÓN DE ESTUDIANTES U.E. BTH U.E. HUMANÍSTICA Artículo 49 Artículo 50 Gestión vigente: Traslado de una unidad educativa Humanística a una unidad educativa Técnico Humanística Plena Traslado de una unidad educativa Técnico Humanística Plena a otra Técnico Humanística Plena Traslado de una unidad educativa Técnico Humanística Plena a una unidad educativa Humanística Gestión diferente: 4. Traslado de una unidad educativa Humanística a una unidad educativa Técnico Humanística Plena 5. Traslado de una unidad educativa Técnico Humanística Plena a otra Técnico Humanística Plena 6. Traslado de una unidad educativa Técnico Humanística Plena a una unidad educativa Humanística

1° 2° 3° 4° 5° 6° TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTE TTG TTG TTG TTE TTE TTG TTG TTG TTE TTE TTG TTG TTG TTE 1. TRASLADO Y NIVELACIÓN DE ESTUDIANTES U.E. BTH = o ≡ Carrera ≠ Carrera U.E. HUMANÍSTICA = Carrera ≠ o ≡ Carrera Gestión vigente = Misma carrera ≡ Similar carrera ≠ Diferente carrera Nivelación Continuidad Conclusión

TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG 1° 2° 3° 4° 5° 6° TTG TTG 1° 2° 3° 4° 5° 6° TTG TTG U.E. BTH = carrera ≡ carrera ≠ carrera 2. TRASLADO Y NIVELACIÓN DE ESTUDIANTES U.E. BTH Gestión vigente

1° 2° 3° 4° 5° 6° TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTE TTG TTG TTG TTE TTE U.E. HUMANÍSTICA U.E. BTH 3. TRASLADO Y NIVELACIÓN DE ESTUDIANTES Gestión vigente

1° 2° 3° 4° 5° 6° TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTE U.E. BTH U.E. HUMANÍSTICA 4. TRASLADO Y NIVELACIÓN DE ESTUDIANTES Gestión diferente

1° 2° 3° 4° 5° 6° TTG TTG TTG TTE TTG TTG TTG TTE TTE TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTE TTG TTG TTG TTE TTE U.E. BTH ≠ carrera = o ≡ carrera U.E. BTH 5. TRASLADO Y NIVELACIÓN DE ESTUDIANTES = carrera ≡ o ≠ carrera Gestión diferente

1° 2° 3° 4° 5° 6° TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTG TTE TTG TTG TTG TTE TTE U.E. HUMANÍSTICA U.E. BTH 6. TRASLADO Y NIVELACIÓN DE ESTUDIANTES Gestión diferente

Artículo 51.- Responsabilidad de la directora y director de unidad educativa en el traslado de estudiantes. 1 Trimestre de duración. Designar un maestro responsable del programa de nivelación. Plan de Desarrollo Curricular de nivelación, dosificará los Planes y Programas vigentes y correspondientes al año de escolaridad a nivelar. Informe, copia de registro de pedagógico y la calificación final respectiva En el operativo de registro de calificaciones de 2do. Trimestre. Antes de la conclusión de la gestión vigente. Artículo 52.- Programa de nivelación Artículo 53.- Registro de calificaciones de nivelación en casos de traslados en gestión vigente

Artículo 54 .- Trámite de registro de calificaciones de nivelación en casos de traslados en gestión diferente Trámite a través de sistema y en físico a la conclusión del programa de nivelación. Inicia en la U.E. y concluye en la DDE. En la gestión inmediata al año de escolaridad que se nivela. Artículo 55 .- Plazo del registro de calificaciones de nivelación en casos de traslado en gestión diferente

Artículo 56 .- Programa de fortalecimiento de conocimientos teórico prácticos. Artículo 57 .- Estudiantes extranjeros y estudiantes bolivianos que retornan al país. Artículo 58 .- Suspensión excepcional en la formación Técnica Tecnológica Especializada. Para traslado de estudiantes de gestión vigente o diferente. Duración 1 trimestre. Plan de Desarrollo Curricular de Fortalecimiento (docente). Informe del Programa de nivelación. 1ero y 2do año de secundaria de acuerdo a Reglamento de Homologación y Convalidación de Estudios Realizados en el Exterior del País y Transferencias en el Estado Plurinacional…" 3ero, 4to, 5to y 6to de secundaria según parámetros y procedimientos de traslado y nivelación. Previo examen físico psicomotor, fisiológico u otro certificado. Tramite durante la etapa de inscripción de cada gestión escolar.

Artículo 59.- (Acompañamiento y seguimiento) CAPÍTULO VI ORIENTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL BACHILLERATO TÉCNICO HUMANÍSTICO Artículo 60.- (Carreras Técnica Tecnológica Especializada) Direcciones Distritales – Permanente (implementación y sostenibilidad del BTH). Direcciones Departamentales – Periódica (carga horaria y desarrollo de capacidades según el perfil de salida). Ministerio de Educación - Aleatoria (operativos, verificación in situ). Se implementará únicamente, las carreras autorizadas según Anexo No 1 del presente reglamento.

Artículo 61.- (Nuevas Carreras Técnica Tecnológica Especializada) Artículo 62.- (Carácter Productivo del Bachillerato Técnico Humanístico) Estudio Socioeconómico Proyecto de la nueva carrera Resolución Ministerial Tramite que debe ser elaborado y presentado por la Dirección Departamental de Educación . Ministerio aprueba mediante R.M. Car r er as Técnica Tecnológ i ca Especializadas tendrán: Carácter productivo. Las carreras de producción comercial y de servicios se articularán a proce sos prod u c t ivos orientados al fortaleci m iento y potenciació n de las un i da d e s produ cti v as del contexto .

Artículo 63.- (Evaluación Periódica de la Implementación ) Artículo 64.- (Formación Continua de Maestras y Maestros del Área Técnica Tecnológica) Evaluación a la implementación y sostenibilidad del BTH cada trienio. En casos justificados se determina el cese de la implementación. Ministerio de Educación y Direcciones Departamentales. Actualización de forma continua, según la pertinencia de la carrera técnica.

Artículo 65.- (Priorización de la Constitución de Unidades Educativas Técnico Humanística Plenas – Núcleos y Módulos Tecnológico Productivos ) En la ciudades cap itales y ciudades intermedias pobladas , donde e x istan BTH , las Direcc i ones Dist r itale s Educativas, en coordinacion c on lo s G AMs , propi c iaran la constitución de Núcleos y Módulos Tecnológico Productivos , con la finalidad de optimizar la inversión de recurso s en inf r ae structu r a , equ i pamiento e items/horas. Para: Atender a ma y or pob l a ció n estud iantil. Mayores opciones de elección de carreras.

TÍTULO III SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL CAP. I. Consideraciones Generales del BTH de la educación de Personas Jóvenes y Adultas Art 66 (Propósito) Art 67 (Población) Art 68 (Definiciones) CAP. II. Organización Curricular Art 69 (Aplicación del BTH) Art 70 (Carga horaria) Art 71 (Periodos del Desarrollo Curricular) Art 72 (Carga horaria de facilitadores) Art 73 (Documentos curriculares) Art 74 (Promoción de procesos formativos) CAP. III. Constitución de Centros BTH Art 75 (Diagnóstico) Art 76 (Plazo) Art 77 (Seguimiento y acompañamiento) CAP. IV. COORDINACIÓN INTERSECTORIAL E INTERINSTITUCIONAL Art 78 (Iniciativas productivas y prestación de servicios) Art 79 (Alianzas estratégicas) Art 80 (Apoyo técnico, iniciativas productivas) Art 81 (Articulación de procesos formativos) CAP. V. Programas de formación de facilitadores Art 82 (Maestros Técnica Tecnológica Productiva) CAP. VI. Inscripción y traslado de estudiantes Art 83 (Inscripción) Art 84 (Traslado) Art 85 (Extranjeros)

Primera.- (Plan de Regularización y Reordenamiento) CAPÍTULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR Dirección Departamental de Educación: Elabora y aplica la EVALUACIÓN a la implementación y sostenibilidad al BTH Estudio Integral de Situación de Implementación y Sostenibilidad del Bachillerato Técnico Humanístico. Marzo – junio Evalúa de acuerdo a los siguientes criterios: Implementación y sostenibilidad. Cumplimiento de los GAMs al Artículo No 80 de la Ley 070 de Educación Carreras técnicas que respondan a un diagnóstico socioeconómico. Carreras técnicas transitables a los Institutos Técnico Tecnológicos. Seguimiento y estadísticas de Bachilleres Técnico Humanístico egresados. Establecer líneas base. Relación No de carreras técnicas y No de paralelos. No de Maestro y No de Estudiante de acuerdo a SICH. Verificación de condiciones de infraestructura y equipamiento.

Primera.- (Plan de Regularización y Reordenamiento) 2. Determinaciones de Acciones para mejoramiento de la implementación y sostenibilidad del BTH. Julio – agosto . Ministerio de Educación y Direcciones Departamental de Educación, determinan: Cese de la implementación de carrera técnica. Cese de la UE BTH (temporal) Constitución de Núcleos y Módulos Tecnológicos, optimizar la inversión de recursos económicos en infraestructura y equipamiento. 3. Operativo de Regularización. Septiembre – noviembre Operativo de actualización de datos 4. Control y Verificación Diciembre Registradas en el sistema CAPÍTULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR

Segunda.- ( Plan De Regularización y Reordenamiento ) 1. Nuevos Denominativos 5to y 6to. Año concluyen con el Plan y Programa de estudios con que iniciaron su formación.} 4to se aplicará la carga horaria y Plan y Programa de estudios establecidos. Tercera.- ( Modificación de denominativos y cierre) DE A Contabilidad Contaduría General Secretariado Secretariado Ejecutivo Electricidad Electricidad Industrial Administración Administración de Empresas Lengua Extranjera: Inglés Traductor e Interprete de Lengua Extranjera: Inglés Salud y Primeros Auxilios Salud Pública Danza Moderna Danza Folklórica Tejidos, textiles y confecciones Textiles y confecciones Lenguas Originarias No se implementa en ninguna UE Instalaciones de Gas Domiciliario No se implementa en ninguna UE Restauración y Conservación Patrimonial No se implementa en ninguna UE CAPÍTULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR

Cuarta.- ( SIE – Convalidará Denominativos) Quinta.- ( Módulos Tecnológicos Productivos serán administrados por el Subsistema de Educación Regular) Sexta.- ( Retenidos en Quinto y Sexto de Nivelarán hasta el 2do Trimestre) Séptima.- ( Dificultades serán evaluadas por las Direcciones Departamentales de Educación) Única.- ( No previstos regulados mediante Instructivos emitidos por el VER y VEAE) CAPÍTULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN REGULAR

GRACIAS…
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