3. PRINCIPIO PROCESALES DEL PROCESO PENAL GUATEMALTECO.ppt

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aqui encontraras diversos temas con relacion al derecho guatemalteco


Slide Content

MAESTRIA DE DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
DEBATE II
Sección “A”
2025
Dra. Zonia Santizo

PRINCIPIOS PROCESALES DEL
PROCESO PENAL GUATEMALTECO
Principios Políticos del Proceso Penal Guatemalteco: Son los principios
que configuran la política en materia de Justicia Criminal del Estado:
1) PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Conforme este principio, ningún criterio
político ya sea por conveniencia práctica, económica etc., autoriza
prescindir de la persecución penal (Julio Maier)

2) PRINICPIO DE OPORTUNIDAD. Es una herramienta para dar
racionalidad, practicabilidad y efectividad a la persecución penal. La
racionalidad por la mínima intervención, subsidiaridad y en función de
exclusiva protección de bienes jurídicos.

Dra. Zonia Santizo

PRINCIPIOS PROCESALES
•Son los valores y postulados esenciales que guían el proceso penal y
determinan su manera de ser como instrumento para realizar el derecho
del Estado a imponer las consecuencias jurídicas derivadas de los actos
humanos tipificados en la ley como delitos o faltas. (Cesar Barrientos
Pellecer)
•PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCESO PENAL: Determinan el
objetivo del proceso penal:
1.Equilibrio: Entre la eficacia en la persecución penal, la sanción y la
garantía de derechos fundamentales constitucionales.
2.Desjudicialización: el tratamiento especial a delitos de menor
trascendencia y de mayor trascendencia , así como a situaciones
diferentes, garantía del acceso e impartición de justicia.
3.Concordia: Se aplica en los delitos de acción privada o los de acción
publica dependientes de instancia particular (conversión).
4.Eficacia: Fija prioridades a los fiscales y a los jueces (tutela judicial
efectiva)

PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCESO PENAL
5. Celeridad: Procedimiento impulsado en cumplimiento rápido de
las actuaciones procesales (su no cumplimiento genero la
reforma del 18-2010 y 7-2011)
6. Sencillez: Tomando el cuenta el objeto del proceso penal, la
realización del proceso debe ser simple y sencillo para expeditar
los fines del proceso penal.
7. Debido Proceso: el proceso penal esta al servicio de las
personas, debe cumplir con los postulados democratizador del
proceso penal establecidos en la constitución de |985.
8. Defensa: El proceso penal no es un castigo y menos una pena
anticipada, por lo que el sindicado tiene derecho a defenderse.
9. Inocencia: Es el punto de partida del proceso penal, esa solo se
desvirtúa en sentencia, esta íntimamente vinculado al derecho de
defensa.
Dra. Zonia santizo

PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCESO PENAL
10. Favor Rei: Como consecuencia del principio de inocencia, el
juez deberá favorecer al procesado en caso de duda (indubio pro
reo)
11. Favor Libertatis: El proceso tiende a la humanización y
modernización de la jurisdicción penal, no prevalece la prisión
preventiva, deben favorecerse las penas mínimas.
12. Readaptación Social: Readaptar al delincuente para una
participación activa en la sociedad.
13.Reparación Civil: Tiene que ver con una Tutela Judicial Efectiva,
la reparación del daño proveniente del delito, se regula la
reparación digna sin mayores exigencias para su requerimiento,
la desjudicialización requiere haber reparado el daño a la víctima
en lo posible, o el resarcimiento a la sociedad mediante reglas.

PRINCIPIOS ESPECIALES DEL PROCESO PENAL
Determinan la manera de ser del proceso penal, las reglas que
orientan el modo de actuar dentro del mismo, se rigen bajo las
siguientes consideraciones:
--Las normas procesales son de orden público.
--La principal fuente del derecho procesal es la Constitución Política de
la República.
--Los principios responden a la C A D H artículo 8.
--Responden a un sistema acusatorio.

PRINCIPIOS ESPECIALES DEL PROCESO PENAL
1.Oficialidad: El ministerio público debe proceder de oficio al tener
conocimiento de un ilícito, de la misma manera el juez debe de
actuar en el control de plazos.
2.Contradicción: Visualiza una verdadera contienda entre las
partes, hay equilibrio, se inicia con la acusación, y se representa
mas en el debate.
3.Oralidad: La palabra es la mejor forma de comunicación, expresa
con mayor fidelidad, vigor y acierto los sentimientos y
planteamientos de las partes en relación a los hechos que motivan
el proceso penal.
4.Concentración: tiene relación con la inmediación y celeridad
procesal, sin descartar requisitos legales, pueden concentrarse
algunas actuaciones, es propio del debate.

PRINCIPIOS ESPECIALES DEL PROCESO PENAL
1.Inmediación: Tiene vinculación con la oralidad y la concentración y
significa la mas estrecha relación procesal del juez con las partes y
los órganos de prueba.
2.Publicidad: Característica propia del sistema acusatorio, la regla
general es que las actuaciones procesales son públicas.
3.Sana critica razonada: las resoluciones de los tribunales de
sentencia deben ser necesariamente motivada, deben explicarse con
fundamentos fácticos y jurídicos.
4.Doble instancia: En cumplimiento al orden constitucional, garantiza
el derecho a recurrir ante el superior.
5.Cosa juzgada: es la seguridad jurídica que genera una sentencia o
un sobreseimiento. Se origina por la necesidad de dar certeza a la
función jurisdiccional.

PRINCIPIOS DE LOS MECANISMOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE
CONFLICTOS DEL PROCESO PENAL
•PRINCIPIO DE INTEVENCION MINIMA significa que la pena debe
estar justificada por la necesidad de su imposición, lo que implica que
cuando se pueda prescindir de la imposición de una pena será
obligación del Estado evitarla
•PRINCIPIO DE EXCLUSIVA PROTECCION DE BIENES JURIDICOS
este principio es consecuencia del principio de intervención mínima,
surge para proteger los intereses valiosos del Estado, lo que implica la
intervención del Estado encuentra en este principio su justificación.
•PRINCIPIO DE RACIONALIDAD EN LA PERSECUCION PENAL
como consecuencia de la intervención mínima, la persecución penal
debe estrictamente regirse bajo los principios descritos y enderezarse
sobre aquellos casos graves y que merecen la actuación hacia ellos y
en aquellos casos en donde se pueda prescindir de la pena ya sea por
no afectar a la sociedad o por arreglo entre particulares.
•PRINCIPIO DE PRACTICABILIDAD la aplicación del derecho penal y
del derecho procesal penal, debe ser practico y efectivo para el
sistema de justicia penal.