En caso de que el monto del Impuesto sobre Activos sea superior al importe del
Impuesto sobre la Renta, el contribuyente pagará la diferencia a favor del fisco en
las dos cuotas previstas, divididas en partes iguales:
Impuestosobrelos Activos Impuestosobrela Renta
RD$600,000.00 RD$450,000.00
Diferenciaa pagar:RD$150,000.00
Cuotas:RD$75,000.00
Este impuesto será pagadero en dos (2) cuotas semestrales, siendo la primera
dentro de los siguientes diez (10) días contados a partir de la fecha límite de
presentación de la Declaración Jurada, como aparece a continuación
Almomentodequeunapersonafísicacomprauninmueble
paraqueelmismoquedeasunombreesnecesarioquese
realiceelprocesodetransferenciadeinmueble.
Pago del 3% del valor del inmueble o propiedad.