Acto juridico

luizenriqueperezolivarez 31,688 views 90 slides Jan 21, 2013
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About This Presentation

introducción de derecho


Slide Content

IV.- EL DERECHO CIVIL
*CONCEPTO GENERAL:
El derecho civil es una rama del Derecho Privado que tiene por objeto regular 3
materias fundamentales:personas, familia patrimonio.
Excluyendode este las relaciones mercantiles,
obreras y agrarias.
1

En sentido amplio, el Derecho Civil es sinónimo de Derecho Privado.
En estricto sensu el Derecho Civil constituye la parte fundamental
del Derecho Privado quecomprende lasnormas
relativasalestado y capacidad de las personas, a la
familia, al patrimonio, a las obligaciones y contratos y a la transmisión
de los bienes, regulando las relaciones privadas de los individuos entre
sí. De forma que el Derecho Civil forma parte del Derecho Objetivo,
Positivo y Sustantivo.
El fin del Derecho Civil es regular las relaciones entre particulares en diferentes áreas como
son: las personas, la familia, las sucesiones, los contratos, etc.

ROJINA Villegas, Rafael, Derecho Civil Mexicano, Porrúa Pag.195

Derecho de la personalidad: comprende a las personas
naturales y jurídicas.
Derechodefamilia,ensusrelacionespersonales
y patrimoniales.
Derecho patrimonial, que comprende lo relativo al patrimonio,
derechos reales. Derechos de crédito o personales o de
las obligaciones, y también comprende lo relativo a la
sucesión hereditaria.
¿ Q ué cont i ene
el
D e r e cho
Ci v i l ?
Del análisis del contenido material del Derecho Civil, se
pueden extraer las siguientes ramas:
Derecho de las personas- Derecho de la
personalidad. Derecho de las cosas, bienes o
derechos reales. Derechos de las obligaciones.
Derecho de familia.
Derecho de
sucesiones
El Derecho Civil comprende entonces:
Reglas relativas a la estructura orgánica y al poder de
acción de las personas privadas, tanto individuales,
colectivas, físicas o morales, como también a la organización
social de la familia. Reglas bajo cuyo
imperio se desarrollan las relaciones
de derecho derivadas de la vida familiar, de la
apropiación de las

riquezas y del
aprovechamiento de
los servicios
2

1.-
Antecedentes
1870.- Se publica el primer Código Civil Mexicano.
1884.- Otro código civil que tiene vigencia absoluta hasta
1914.
1914.- Venusiano Carranza incluye una ley de divorcio.
1917.- Ley de Relaciones fa.
miliares
1-Octubre-1932.- Entra en vigor el Código Civil de
1928 que es el Código Civil actual
CODIGO
CIVIL
2.-
Definición
Es un conjunto de normas de Derecho Privado. El
Código Civil estudia a las personas, la relación de las
personas con los bienes, los contratos. Es el
ordenamiento que contiene las reglas más importantes
de Derecho Común.
3.-
Contenido
ElCódigoCivilestáconformadopor3074
artículos divididos en 4 libros. Los primeros 21
artículos contienen temas aplicables a todos los
derechos, ya que son la teoría de la ley.
L I B R OS: 1.- Personas.- 11
títulos
2.- Bienes.- 8 títulos
3.- Sucesiones.- 5 títulos
4.- Obligaciones.- 16 títulos

3

TEORIA DE LA
LEY (Art. 1 al
21)
Art. 1: Las disposiciones regirán en toda la República.
Art. 2: Igualdad de capacidad jurídica para todos.
Art. 3: La ley surte efectos 3 días después de su publicación.
Art. 4: El mismo ordenamiento fija el día en que comenzara a regir.
Art. 5: No al efecto retroactivo en perjuicio.
Art. 6: La voluntad de los particulares no puede eximir de
la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla.
Art. 7: Si no se hace en términos claros y precisos la renuncia de
un articulo anterior no produce efecto alguno.
Art. 8: Principio de obligatoriedad. Todo lo contrario a la ley es nulo.
Art. 9: Distinción entre derogar y abrogar.
Art. 10: No puede alegarse desuso, costumbre o practica en
contrario. Art. 11: Leyes a determinadas situaciones, excepción a
las reglas generales.
Art. 12 al 15: Casos de aplicación de la ley extranjera en México.
Art. 14: Se aplica el Derecho extranjero siempre que no contradiga
al mexicano.
Art. 15: No se aplica el Derecho extranjero si contradice al
mexicano. Art. 16: Es más importante el interés colectivo que el
interés individual.
Art. 17: Lesión
Art. 18: Causas que pueden llevar al juzgador a actuar
justificadamente cuando existe un conflicto en interpretar la
ley.
Art. 19: Como deben resolverse las controversias constitucionales.
Art. 20: Cuando falta una ley.
Art. 21: Nadie puede alegar que desconoce la ley.

4

1.-
DEFINICION
Esunaregladeconductaemitidapor
el órgano legislativo conforme al
procedimiento establecido por la
Constitución y demás leyes reglamentarias
del poder legislativo
1.- HETERONOMA. La norma es creada por
un sujeto distinto al destinatario de la misma.
NORMA
JURIDICA
2.-
CARACTERISTICAS
2.- BILATERAL.- Impone deberes y
concede
facultade
s
3.-EXTERNA.-Adecuacióndeun
hecho externo de la conducta con el
deber estatuido.
4.- COERCIBLE.- En caso de que la norma
no sea observadaes
posible obligar a su
cumplimiento.
3.- ESTRUCTURA

1.- Supuesto jurídico o
hipótesis. Estar en el supuesto.
2.-Disposición:produce
consecuencias
(nacimiento, trasmisión, modificación,
extinción)
5

UN IDAD 2 “TEOR IA DEL AC TO JU RIDICO”
I.- Concepto del acto jurídico
Se define como una manifestación de voluntad que se hace con la intención de
producir consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento
jurídico.
En el sentido amplio se entiende por acto jurídico un acto humano,
realizado consciente y voluntariamente por un sujeto (por lo general, capaz de
obrar), del cual nacen efectos jurídicos, porque el sujeto, al realizarlo, quiere
determinar un resultado; y tal resultado se toma en consideración por el derecho.
“Por regla general, el acto (en sentido jurídico) se define como la exteriorización
(o actuación) de la voluntad humana, distinguiéndose los actos positivos (que
también se llaman actos en sentido estricto) y las omisiones, según que la voluntad
se manifieste en un hacer o en un omitir”.
1
[1]
Rojina Villegas, Rafael. D e r ec h o C i v i l M ex i c an o . Porrúa, México, 1990, Págs. 325-326. 6

II.- TEORIA FRANCESA DEL ACTO JURIDICO (BIPARTITA)
Acontecimientorealizadosinlaintenciónde
producir consecuencias de Derecho, pero
produciéndolas.
1.-Hecho Jurídico
(estricto sensu)
a) Hechos Naturales.- Son acontecimientos de la naturaleza
que producen consecuencias de derecho. (temblor, muerte)
Hecho
Jurídico
(Lato
sensu)
b) Hechos del
Hombre
Involuntarios
Voluntarios
Naturales- nacimiento, parto
Humanos.- Delitos culposos
Lícitos.- Conforme a la ley
Ilícitos.- Contrario a la ley
2.- Acto Jurídico
Es la manifestación
de voluntades cuyo
fin es crear,
trasmitir,
modificar o
extinguir
1.-Unilateral
Testamento
Declaración unilateral de voluntades
derechos y
obligacione
s
2.- Bilateral
Ó Plurilateral
Convenio
(lato sensu)
Contrato.- Crea y trasfiere
Convenio.- Modifica
y extingue

Hecho jurídico (Lato sensu)
Acontecimiento real que crea consecuencias de Derecho, conforme a la hipótesis contenida en la
7
norma.

1.-
Voluntad
Voluntad:
Facultad de
expresión.
a)Expresa: Exteriorizarlo verbalmente,
por escrito o signos
inequívocos
b)Tacita: Actos que demuestran
la intención.
III.- Elementos
esenciales de
existencia del
acto jurídico
2.- Objeto
* F ig. repre s e n t a c ión : Permitir que los actos celebrados por una
persona llamada representante repercutan y surtan efectos de
Derechoenlaesferajurídicadeotrosujeto
llamado representado como si este ultimo los
hubiera realizado.
a)Directo: Crea, trasmite, modifica y extingue derechos y
obligaciones.
b)Indirecto (mediato):1.- Prestación positiva: dar o hacer
2.-Prestación negativa: no hacer
3.- Reconocimiento de la norma jurídica .- Empleo de determinadas
palabras en la celebración de un acto ante el funcionario, de acuerdo a la

8
ley.

IV.- ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO
*Si falt a algún el eme nto de val ide z el cont rato es inv ali do. Se sanci ona con la nulidad.
a) Capacidad de goce: la tenemos todos, es absoluta, desde
el momento del nacimiento
1. -
Capacidad
b) Capacidad de ejercicio: relativa, no la tienen los
menores, ni incapacitados mentales ó enfermos.
*Dos fi gur as i mpor tantes dentr o de l a capaci dad
Ser sujeto de derechos
y obligaciones
y hacerlosvalerpor
si mismo.
1.-Patria potestad: Figura
jurídica cuya función es la
representación con cargo a los
padres a favor de los hijos.
2.-Tutela: Figura que la ley le da
a los capacitados para
representar a los incapacitados
a)
Testamentaria
b) Legitima

c) Dativa
9

1.-Error
Falsa apreciación
de la realidad.
a) Error obstáculo: Aquél que impide y obstaculiza la integración del
consentimiento.
b) Error nulidad: Aquél que es contrario a la ley y por lo tanto
impide jurídicamente que el acto se realice. (NULIDAD
ABSOLUTA)
c) Error indiferente: No es ni error obstáculo ni error nulidad. Es
un tipo de error que no tiene importancia, no incide
específicamente en la validez del acto jurídico. Basta con
corregirse.
2.-Ausencia de
v i c i o s en el
consentimient
o ó voluntad
2.- Dolo: Es una serie de maquinaciones para inducir a una persona al error. Es positivo
(implica acción)
3.- Mala fe: Disimulación, abstención en el sentido de dejar que la otra persona se mantenga en
el error en que se encuentra.
Activa: Amenaza de causar un daño si
el amenazado no se conduce de la manera
como
4.-Violencia:Consisteen
la
utilización de amenazas o
fuerza física para obligar a una
persona a conducirse en
determinado sentido. Puede ser
activa o pasiva
el amenazante
desea.
Pasiva: Por la simple presencia o relación
de dependencia entre una persona y otra.
Ejemplo: temor reverencial.Nobasta
para viciar el
consentimient
o.

5.-Lesión: Consiste en que uno explota la suma ignorancia, notoria inexperiencia o
extrema miseria de otro obteniendo un beneficio desproporcionado al de la otra parte
contratante. Se
puede reclamar hasta un año después de que se comete el daño.
10

3.- Licitud
4.-
F o rmali d ad
Doctrinalmente se dice que lo ilícito es lo contrario a la
ley y a las buenas costumbres.A contrario sensu, lo
licito es lo que esta conforme a la ley.
Es la manera en que un acto jurídico debe otorgarse
para que sea valido . No se debe confundir la
formalidad con la solemnidad(elementode
existencia). Laformalidadesta preescrita por
la ley. Hay actos jurídicos que se perfeccionan conla
simplemanifestacióndevoluntades(Esa
essu formalidad). Existen otros como los
contratos reales que se perfeccionan con la entrega del
bien, y otros más, como los contratosconsensúales
quese perfeccionancon la
expresión de la voluntad.

11

V.- ELEMENTOS NATURALES Y
ACCIDENTALES
DEL ACTO
JURIDICO
1.- NATURALES:
ELEMENTOS
NATURALES Y
ACCIDENTALE
S
Son aquellos que se encuentran implícitos, sin
ser estipuladosporlas partes. Por
ejemploen la compraventa el
elemento natural es la trasmisión de la propiedad.
2.- ACCIDENTALES:
Aquellos elementos que las partes convienen en
incluir en el acto jurídico. Pueden aparecer o no.

12

VI.- EFECTOS DEL ACTO JURIDICO
E F E C T OS A C T O
J UR I D I C O
1.- Da lugar a un estado (situación-estado)
2.- Crea, trasmite, modifica ó extingue
derechos y obligaciones.
A)UN I L A T E R AL : En el
autor.
Se llama autor a quien por si mismo obrando
en su propio interés o por medio de su
representante realiza un acto jurídico unilateral.
¿EN QUIEN SE
PRODUCEN
LOS
EFECTOS?
BBILATERAL O PLURILATERAL: En las partes.
Laspartessonquienescelebranunacto
jurídico plurilateral por su propio derecho o
resultan validamente representados en el.
1.- Quien lo celebra por si mismo
2.- Quien fue representado validamente
3.- Y el llamado causahabiente. (El que resulta ser
beneficiario, que en ocasiones no es quien actúa por si
mismo) E x i st en t er c e r o s p e ro no s on pa r t e s . ,Los
terceros son quienes no celebraron el contrato por si
mismos ni están validamente representados en el.

Por ejemplo.
13
Representante.

IX.- MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
1. - PUROS Y SI M PLES :
Aquellos que para su perfeccionamiento se requiere únicamente cumplir con
los elementos naturales del propio acto.
2. - ACTOS SUJETOS A M ODALI DAD:
2 CLASES
DE A C T O S
JURIDIC O S
a)Termino : Acontecimiento futuro de realización cierta de cuya llegada
depende el nacimiento o la extinción de la obligación. Puede ser
suspensivo o resolutorio. Termino suspensivo= Aquel que a su llegada
nace la obligación. Termino resolutorio= Da fin, extingue la obligación.
a)Condición= Acontecimiento futuro de realización incierta de cuya
realización depende el nacimiento o extinción de derechos y
obligaciones. Puede ser suspensiva o resolutoria. Condición suspensiva=
Se realiza y nace la obligación. Condición resolutoria= Se realiza y se
extingue la obligación.
La condición puede ser: A) Potestativa.- depende de la voluntad de una de
las partes. B) Casual.- Depende del azar (algo fuera de la voluntad de la
persona). C) Mixta.- dependen de una y otra. D) Positiva..- Cuando se trata
de una acción. E) Negativa.- Se trata de una omisión. Las condiciones
imposibles son nulas y además las condiciones tienen que ser licitas.
a)Modo o carga= Se da mucho en actos gratuitos. Es una condición suspensiva
potestativa. A su realización nace el derecho de exigir la obligación.

14

“El termino es un acontecimiento futuro de realización cierta que suspende los efectos
del acto jurídico de un derecho o de una obligación o extingue dichos efectos. En el
primer caso se llama término suspensivo y, en el segundo termino extintivo.”
Rafa el Rojin a Villega s
15

1.- De
inexistencia.
Sedacuandofaltaalgunodeloselementos
de existencia (solemnidad, voluntad u objeto)
Cualquierapuedehacerlavaler.Nose
producen efectos.Nose requiere
declaración judicial
forzosamente. No es confirmadle, ni prescriptible
(un acto inexistente no puede hacerse existente,
solo si se hace otro distinto) La ley no señala
un plazo para invocar la inexistencia.
VII.-
TEORIA
CLASICA
DE L A S
NULIDADE
S
2.- Nulidad
Absoluta
Se da cuando el acto jurídico es ilícito. Nulidad
de pleno derecho. Hay ilicitud en el objeto, fin o
condición. Pro duce efectos jurídicos
provisionalmente (antes de que se declare la
nulidad) Es inconfirmable (un acto ilícito no puede
volverse licito) e imprescriptible
(se puede hacer valer en cualquier momento).
Cualquier interesado puede invocarla.
3.- Nulidad
Relativa o
Anulabilidad.
Se da cuando falta capacidad, formalidad o
hay vicios del consentimiento. Los efectos
pueden ser o no destruidos. Requieren
declaración judicial. Es prescriptible y

confirmable. El afectado la invoca.
16

X.-TEORIA ALEMANA DEL NEGOCIO
JURIDICO (TRIPARTITA)
1.- Hecho
jurídico
(estricto sensu)
Hechos naturales de la Teoría
Francesa
Hecho jurídico
(lato sensu
)
2.- Actos jurídicos
3.- Negocios
jurídicos
Hechos delhombreen
la teoría
francesa.
Actividad humana
que se coloca en el
supuesto jurídico contenido
en la
norma.
Son los contratos de la

teoría f
r
ancesa
17

1.-
UNILATERAL
A)VOLUNTAD. La causa se da en la voluntad
(esto dicen los clásicos)
B)LEY (Leon Duguit). La causa esta en el
contenido de la norma.
C)AMBAS (Bonecase)
XI
CAUSALIDA
D DEL ACTO
JURIDICO
2.-
PLURILA
TERAL O
BILATERAL
A) T EO R I A DE LA C A U SA O T EO R I A
C A U SALIS T A C LASICA .
La causa del acto jurídico es la prestación del otro.
Osea aquí son dos causas que equivalen a las dos
prestaciones.En lacompra-venta porejemplo
la causa de la obligación del
vendedor será siempre la obligación del
comprador.Entre los autores que defienden
esta teoría encontramos a: Jean Donat,
Demolombe, Pethier, Aubry et Rau, Huc y otros.
B) T EO R I A
A NT I C A U SALIS T A :
Lacausadelosactosjurídicosbilaterales
se confunde con el objeto
3.-TEORIA
MODERNA
DE LA
CAUSA

Surge a propósito de la sanción de
los actos jurídicos ilícitos. La c a u s a
d el a c t o j u r í d i c o es que s e a un
a c t o aju st ado a d e r e c ho , l i c i t o . Esta
teoría es la que acepta nuestro
Código Civil. Principal autor de
esta teoría: Celize.
18

UNIDAD 3.- “DERECHO DE LAS PERSONAS”
I.- Concepto de persona
Persona es todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. Para la ciencia
del Derecho, la palabra significa simplemente sujeto de derechos y obligaciones. Se dice que
quien es capaz de tener derechos tiene personalidad o lo que es lomismo, es persona.
Pueden considerarse como derechos de la personalidad, la suma de hechos que la ley reconoce
mientras que las obligaciones de la personalidad, se resumen en todas aquellas cargas y deberes
que la ley ordena sean a su encargo.
Podemos decir que la capacidad para tener derechos y deudas es la capacidad jurídica y
aquel que goza de ella recibe el nombre de persona. Puede suceder que de momento no se
tenga los derechos y las obligaciones. Sin embargo, eso no quiere decir que se deje de ser
persona, pues esos derechos y cargas son potenciales, es decir, se sigue siendo persona aunque
de hecho no los tengan.
El término persona deriva del latín personare, máscara, careta que usaban los actores en el
mundo antiguo para cubrir su cara y darle resonancia a su voz; tiempo después la palabra
significo al mismo actor enmascarado, es decir, el personaje que representaba. Posteriormente,
el vocablo pasó a denominar al hombre mismo, siendo éste el calificativo que en la actualidad
se le da.
19

“PERSONAS”
El vocablo persona proviene del latín personare
que asuvezsederiva de prosopom
y significa subsistencia.En elteatro
griegolamascara repre sentaba la
personalidad.
P e r s o n a
s
Con ce pt
o
Boeci
o
Persona= Rationalis naturae
individua substantia
Persona= Es una sustancia
individual de naturaleza racional.
*Persona desde el punto de vista biológico= ser humano
*Persona desde el punto de vista filosófico= individuo independiente
*Persona desde el punto de vista jurídico= Sujeto de
derechos y obligaciones
20

“Jurídicamente, persona significa, todo ser o ente sujeto de derechos y obligaciones;
con ello se alude tanto a los humanos como a las personas morales,
precisamente los primeros como seres y las segundas como entes. Ambos son
sujetos de derechos y obligaciones”
Jo rg e Alfred o Do míngu ez Ma rtin ez
“La persona es el centro imprescindible alrededor del cual, se desenvuelve
otros conceptos jurídicos fundamentales, comola noción y la existencia misma del
derecho objetivo y del derecho subjetivo, la obligación, el deber jurídico y la
concepción de toda relación jurídica”
Igna cio Ga lind o Ga rfia s
“La persona en filosofía se define no solamente por sus especiales características
ontológicas, sino también y principalmente por su transportación en el mundo de los
valores éticos, como ser sobre el cual pesa un deber, es una misión moral a cumplir por
si mismo, por su propia cuenta y con su propia responsabilidad”
21
Rècase n s S ic h es

II.-
CAPACIDAD
En el Derecho actual todos los hombres, sin excepción, son personas, es
decir capaces, y por lo mismo susceptibles de contraer derechos y
obligaciones. Por lo anterior podemos decir que la capacidad es la
facultad que tienen los individuos para ser titulares de derechos y
obligaciones. La capacidad de las personasfísicas haevolucionado
con eltranscursodeltiempo, desde la
esclavitud, hasta la muerte civil, o las restricciones al ejercicio de los
derechos civiles o políticos
“Laigualdaddederechosentre laspersonasjurídicastiene
como consecuenciaque, porel simple hecho de existir,
toda persona tiene derechos y asume obligaciones. La capacidad es la
regla. Se necesita una disposición legal para privar a una persona de
ciertos derechos y de la participación de la vida jurídica. La incapacidad
es la excepción”.
1

22

*ESTADO DE INTERDICCIÓN
“Así como los menores de edad sujetos a la patria potestad son reprensados por
quien ejerce esta, los mayores de edad sujetos por interdicción necesitan para
ejercer sus derechos de un tutor que preste su voluntad para que a través de ella
actuara la persona sujeta a interacción”
Igna cio Ga lind o Ga rfia s
La interdicción tiene un procedimiento que esta previsto en el Código
deProcedimientosCiviles,este procesopermite quelaautoridad
jurisdiccionaltengamuyclaroquelapersonaefectivamentese
encuentra incapacitada.
Si el incapacitado se cura existe la posibilidad de levantar la
interdicción pormedio de unjuicio
contradictorio,oseaprobando dela misma
manera su capacidad, su estado mental.
23

1.- Fenomenológia
b)Moral
a) Surge con el nacimiento.
b) Se pierde con la muerte.
2.-
Características
a)
Abstracta b)
Única
c)Indivisible
III.-
PERSONALIDAD
3.- Clases
a)Física
4.- Atributos
a)
Nombre b)
Domicilio

c)Estado Civil d)
Patrimonio e)
Capacidad
f)Nacionalidad 24

ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD
1.-
Definición
Es unatributodelapersonalidadque
se confiere a los individuos mediante la
aplicación devocablosque los
identifiquendentrodel medio social,
familiar y jurídico en el que se
desenvuelven.
1.- Nombre
2.-
Elementos
a)Nombre propio o de pila
b)Pseudónimo (Nombre que se utiliza
para determinadas actividades, se da
mucho entre artistas, pintores, escritores,
etc.)
c)Sobrenombre (apodo)
d)Apellidos
e)Patronímico(marcaelorigende
los apellidos, por ejemplo
Los González, Los Martines)
f)Gentilicio (región de donde provienen
los apellidos, por ejemplo “Los Pérez de
Sinaloa”
g)El titulo profesional (Lic. Castro, Dr. Arellano)
3.-
Características

a)Absoluto
b)
Personal
ísimo c)
Exclusiv
o
d)Extrapatrimonial
e)Intransmisible
25
f)
Inmutable (salvo casos previstos art. 134-
138 del Código Civil)

“Por medio del nombre o sustantivo propio, la distinción se particulariza en manera que el uso
de este vocablo, individualiza a la persona de que se trata. Toda relación jurídica impone
deberes y atribuye derechos a los sujetos de dicha relación de aquí que sea necesario, en
cada relación jurídica, precisar concretamente que persona o personas son sujetos de esa
relación.”
I gnaci o Galindo Garf ias
Fenomenologia
del
nombr
e
El nombre propio o de pila se adquiere
por la voluntad o el arbitrio de los
padres. Los apellidos simplemente
se trasladan.
¿Cómo se pierde el nombre?
a)Por la muerte
b)Por reconocimiento (un padre
reconoce a su hijo y sus apellidos
cambian)
c)Por sentencia
d)Por adopción (adquiere los apellidos
del adoptante)
Concepto
s
Similares al nombre

a)
Razón
social
o
deno
minaci
ón b)
Nombr
e
comer
cial
c
)
M
a
r
c
a

d
)
S
e
l
lo e)
Siglas
f)Firma
26

1.-
Definición:
El domicilio se define como el lugar donde
radica habitualmente unapersona con el
animo de establecerse de forma
permanente, ellugar dondese
tieneel principal asientosde
sus negocio y a falta de ambos, el
lugar en donde se encuentra. Art. 29 del
Código Civil.
2.- Domicilio
2.- Conceptos
similares
a)
Residencia b)
Habitación
c)
Casa/Hogar d)
Barrio
e)Colonia
f)Población
g)Código Postal
3.- Clases

a) Real
b) Legal
En el
que
efectiva
mente
vivo.
El que
se
señala
para los
efectos
legales.
Efectos
de
27
oír y
recibir
notificaci
ones.

Clases
de
Domic i l i
o
1.-Real.-
En el que efectivamente
vivo.
2.-
Legal.-
Elqueseseñalapara
los efectos legales.
Efectos de oír y recibir
notificaciones. (puede
coincidir con el domicilio real)
3.- Voluntario.- Domicilio
a)Fiscal.- impuestos
b)Domicilio del menor (de
quien ejerce la patria
potestad)
c)Domicilio del interdictado (el
de su tutor)
d)Domicilioconyugal(el
del matrimonio)
e)Domicilio militares.-
Aquel dondese
encuentran
desarrollandoactividades
de campaña.
f)Domicilio del servidor
publico.- Lugardonde
desarrolla sus
actividadescomo
servidor publico.
g)Domiciliodelos
reclusos.- Lu gar
dondese
encuentran recluidos.
4.-Convencional.-Elqueseseñalaparalarealización
de determinados actos

5.- De origen
28
5.- Domicilio de las personas morales.- En donde son constituidas

1.- Ahí se cumplen las obligaciones.
Efe c tos
d el
d o mi c i l i
o
2.- Ahí se oyen las notificaciones oficiales de
autoridades administrativas y procesales.
3.- Fija la competencia territorial en los procesos judiciales.
4.- Se realizan los actos del Registro Civil.
5.- Ahí se ubica el patrimonio de las personas.
“El domicilio como atributo de la personalidad en general, es la sede
jurídica del sujeto, es el lugar en el que el sistema legal lo tiene situado a
efecto de vincularlo ahí en susrelacionesjurídicascon los
demás sujetosyconlas autoridades
administrativas y judiciales competentes, territorialmente en esa
circunscripción”
Jorg e Alfredo Domíngu ez
Ma rtín ez

29

3.- ESTADO CIVIL: Atributo de la personalidad consistente en el conjunto de
situaciones jurídicas en que se ubica a las persas dentro de su ámbito social y familiar como
consecuencia de las diversas manifestaciones vitales que les ocurre ordinariamente. En roma
existían tres estados civiles.
ROM
A
3 estados
civiles
1.- Status civitatis.- En relación con el estado
2.- Status familiae.- En relación con la familia
3.- Status familiae.- En relación con la persona
Característica
s del
estado
civil
1.- Personalísimo
2.- Absoluto
3.- Indivisible
4.- Variable
5.-
Extramatrimonial
6.- Intransmisible
7.- Es un
derecho
subjetivo
8.- Intransmisible
9.- Irrenunciable
10.-
Imprescriptib
le
11.- Es de
interés
público
12.- Es
acreditable
Efectos del
estado civil

1.- Nacimiento y
muerte
2.-
Capa
cidad
y
restri
ccion
es
3.- Minoría y
mayoría
4.- Parentesco y
filiación
5.- Domicilio y
ausencia
6.- Nacionalidad
7.- Matrimonio y
soltería
30

1.- Nacimiento y muerte
2.- Mayoría y minoría de
edad
a) Consanguíneo
Efectos del
estado civil
3.- Parentesco
Es la relación que se da entre 2
ó más personas
1 . - D ire cto .
Ascendente o descendente.
2 . - C ol a t e r a l .-No descienden
unos de otros pero descienden del
mismo
tronco.
b) Por afinidad
Por motivo del matrimonio.
Notieneefectosjurídicos
en materia civil.
4.- Filiación
Relación que se da entre dos personas en la cual una es padre o madre de la
otra. (Relación entre padres e hijos). Puede ser pa t ernidad ó m a t ernid a d.

31

Registro Civil.- Institución pública que se ocupa de hacer constar al Estado el estado civil
personal mediante la intervención de funcionarios administrativos, dotados de fe publica para
esos actos denominados tradicionalmente jueces.
Antecedente
s
*Se originan en los Registros parroquiales que fueron
secularizados en la época de Juárez (1870).
*Código Civil (1884).
*Ley de Relaciones familiares. (1917)
*Código Civil de 1928
*Reglamento de 1941 reformado.
Libros
de actas
Actas de
nacimiento
Adopciones
Matrimonio
Divorcio
Defunción
Interdicció
n Ausencia
Presunción de
muerte Constancias
de tutela
Emancipación
Deinscripción
de resoluciones
judiciales
Características de las
constancias

Sonde
orden
publico
(obligatorias
)
Se otorgan
por
duplicado
Se
relacionan
entre si
Hacen
prueba
plenadel
hecho
fundament
al
Son
rectificable
s (en
casos
previstos
por la ley)
32

4.-PATRIMONIO.-A t r i b u t o de la p e r s o n alid a d , es un conjunto de bienes,
derechos, obligaciones y cargas valorables pecuniariamente que constituye una universalidad
jurídica y que pertenece únicamente a un individuo. El patrimonio está formado por dos
partes: activo (lo que tienes) y pasivo (lo que debes)
Clásica
El patrimonio tiene 3
características: es personal, es
único y es indivisible. El
patrimonio es una unidad.
T eorías del
pa t rimo n io
Modern
a
El patrimonio es un conjunto de
bienes y derechos inseparables
ligados por su afectación a un fin
económico.
Utilidad
del
patrimon
io
1.- Constituye la garantía del acreedor quirografario
2.- Opera como transmisión universal
3.- Constituye una garantía para el
resarcimiento de daños y perjuicios
4.- También es garantía en caso de
enriquecimiento sin causa.

33

a) Reales
Eselpoderjurídico queejerce
una persona o individuo
para el
aprovechamiento,usoodisfrute
de un bien, de forma
absoluta.
Derechos
patrimoniale
s b)
Personales
Relación jurídica por la que una
persona se obliga con otra a realizar
determinada conducta consistente en
una prestación de dar, de hacer o de
no hacer.
“Patrimonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones
correspondientes a una persona, con contenido económico y que
constituyen una universalidad jurídica”
Jo rg e Alfredo Domínguez
Martínez

34

R e g i st r o C i v i l .- Institución pública que se ocupa de hacer constar al Estado el estado civil
personal mediante la intervención de funcionarios administrativos, dotados de fe publica para
esos actos denominados tradicionalmente jueces.
Antecedente
s
*Se originan en los Registros parroquiales que fueron
secularizados en la época de Juárez (1870).
*Código Civil (1884).
*Ley de Relaciones familiares. (1917)
*Código Civil de 1928
*Reglamento de 1941 reformado.
Libros
de actas
Actas de
nacimiento
Adopciones
Matrimonio
Divorcio
Defunción
Interdicció
n
Ausencia
Presunción de
muerte Constancias
de tutela
Emancipación
De inscripción de
resoluciones
judiciales
Características de las
constancias

Sonde
orden
publico
(obligatorias
)
Se otorgan
por
duplicado
Se
relacionan
entre si
Hacen
prueba
plenadel
hecho
fundament
al
Son
rectificable
s (en
casos
previstos
por la ley)
35

DERECHOS DE LA PERSONALIDAD.-Son facultades que la ley reconoce a las
personas físicas, para el aprovechamiento de valores derivados de su propia esencia como
seres humanos y de cualidades particulares desarrolladas en su individualidad, y en general
de proyecciones materiales y espirituales que surgen y se deben respetar en el medio en el
que dichas personas se desarrollan.
1.-
Sociales
Honor,secreto,nombre,
imagen, titulo profesional.
Derechos de
la
personalidad
2.-
Anímicos
Familiares
Afectuoso
s
Intimidad personal ó
domestica, tradiciones,
creencias, sepulcros
Comunicación, amistad, noviazgo
3.-
Somáticos
4.- Ambientales

Derecho a la libertad, a la vida,
integridad física, a los cadáveres
Derecho al silencio yal medio
ambiente.
36

A US E NC I A :Situación jurídica que observa una persona que por haberse separado de su domicilio sin
dejar representante o noticia de su nueva estancia, crea una incertidumbre sobre su existencia. Conceptos
similares a la ausencia: No presente, desaparecido.
1.- Diligencias preparatorias. (Art. 648-668)
Denuncia de
ausente
Medidas provisionales de protección del beneficiario y bienes del
presunto ausente. Se publican convocatorias en periódicos dando un
plazo de 6 meses. Se designan tutores a los acreedores alimentarios
en caso de menores dependientes. Se publican nuevas
convocatorias cada año (durante dos años) Si no aparece se pasa a la
siguiente fase.
Procedimient
o
de la declaración
de
ausenci
a
2,. Incidente de declaración de ausente (Art. 669-678)
Se inicia por los interesados. Se hacen publicaciones 6 veces cada
quince días. A los 4 meses se da la ultima publicación. Se hace la
Declaración
judicial de ausencia que también se publica)
3.- Incidente de presunción de ausencia (Art. 705-714)
Solicitud de los interesados para que se haga la declaración de presunción
de muerte a los 6 años de iniciado el procedimiento.

Efectos de la ausencia:
1.- Se pone fin a la sociedad conyugal.
37
2.- Se inicia el procedimiento sucesorio con todas sus consecuencias.

MUERTE :
Es el fin natural del proceso evolutivo de la materia viva, pone fin a la personalidad en
cuanto a sus funciones vitales y a la persona misma en sus relaciones personalísimas. En
otros tiempos existía la muerte civil.
Formas
similares
a la
muerte
Capitis deminutio (Derecho
Romano) Muerte civil (Edad
media)
Interdicción (actualidad)
Inhabitación (restricciones, por ejemplo: presos)
Efectos
de la
m u erte
1.- Cesa la personalidad física
2.- Extingue los derechos y
obligaciones que dependen de la
vida
3.- Origina la apertura de la sucesión hereditaria

38

1.-
Fenómenos
inmediatos
Perdida del conocimiento
Inmovilidad del tono
muscular Cesación de la
respiración y circulación
¿ C u á les s o n l o s
fe n ó m en o s q u e
acreditan la
muerte?
2.- Fenómenos
consecutivos
3.- Fenómenos
transformativo
s
Putrefacció
n
Maceración
Cosificación
Momificació
n
Saponificación
Evaporación tergumentaria
y aperguramiento
Inflación corporal
Lividez cadavérica
Hipóstasis visceral
Desparece la

irrita
bilida
d
Rigidez total
39

IV.- LAS PERSONAS MORALES
El concepto de persona moral
Las personas morales son entes distintos de los seres humanos, que
persiguen los fines determinados y a los que el ordenamiento jurídico
otorga la posibilidad de ser sujetos de Derechos y obligaciones- Fausto
Rico .
La persona moral puede definirse según RUGGIERO como toda
unidad orgánica resultante de una colectividad organizada o de un
conjunto de bienes, a la que para el logro de un fin social, durable y
permanente, se reconoce por el Estado capacidad de derecho
patrimonial.
El fundamento de las personas morales se encuentra en la necesidad
de su creación para el cumplimiento de fines que el hombre, por si solo,
con su actividadpuramenteindividual,no podría
realizarde manera satisfactoria, y en la inclinación
natural que siente de agruparse con sus semejantes.
1

1
De Piña, Rafael. Element os de Derec ho Civ il Mex ic ano , Porrúa, México, 1993. Pág.
40

1.- Capacidad. Art. 26 CC. Las personas
morales puedenejercitartodos los
derechosquesean necesarios para
realizar el objeto de su institución.
2.- Razón social o denominación. Art. 2693
CC.
Atributos de
las personas
morales
3.- Domicilio. Art. 33 CC. Las personas
morales tienen sudomicilioen el
lugar dondese halle
establecida su administración,..
4.- Patrimonio. Su patrimonio será el
conjunto de bienes, cargas, derechos y
obligaciones susceptibles de apreciarse
económicamente quehan
sido aportados por los socios que la han
constituido.
5.-Nacionalidad.Puedenser
nacionales o extranjeras
Características
de las personas morales

Son publicas o
privadas. Publicas
(el socio es el
Estado), Privadas
(particulares).
Todaslaspersonas
morales deben
ser licitas
(conforme a la ley).
Pueden ser
nacionales o
extranjeras.
Civiles o Mercantiles
(realizan actos de
comercio).
Su funcionamiento
debe ser de acuerdo
a su objeto
41
social
preestablecido y
registrado.

TEORIAS DE LA PERSONALIDAD COLECTIVA
Las teorías de la personalidad colectiva son: realistas, negativas y formalistas.
a)
Organicistas
Las sociedades ylas
personas morales son
verdaderos organismos
vivos equiparables al organismo
humano
1.-
Teorías
Realista
s
b)
Teorías
v ol u n t a r ista
s
Teoría del poder de la voluntad
(Salieres y Jellinek) Por el poder de la
voluntad de las personas físicas se
crean las personas morales.
Teoría de la voluntad colectiva (Von
Gierke) Aparte de la voluntad individual
existe la voluntad colectiva de un
organismo social no biológico.
Teoríadel Interés(Micherd, Ihering)El
derechoesuninterésjurídicamente
protegido,esteinteréseslapersona

humana que
pone en
relieve el
interés42
colectivo
separándolo
del particular.

1.-Teoría de la
ficción
(Savigny y
Laurent)
Sólo las personas físicas tienen
voluntad, las personas morales son una
ficción, una creación del derecho que
finge la existencia de una persona.
2.- Teoría del
patrimonio- afectación
(Windscheld)
En la persona moral existen bienes
afectos a un fin. Hay dos clases de
patrimonios, los delaspersonasy
losde destinoo
impersonales, los patrimonios de
destino son las personas morales que
tienen bienes afectos a un fin
determinado.
2.-
Teorías
negativas 3.-Teoría del
efecto
contractual
(Vareilles)
4.- Teoría de la
inutilidad o
solidaridad social

La
persona
moral
es
una
propieda
d colectiva
con
administrador
único. No es
posible que
la
personalidad
descanse en
un patrimonio
ya que los
bienes como tal, no son sujetos de
derechos y obligaciones.
La persona moral es el efecto de
un contratoo declaración
unilateral de voluntad
que destaca o individualiza un
patrimonio.
43

3.-
Teorías
formalist
as
1.-
Kelsen
La persona moral es una pura
creación del derecho. La persona
física como la moral son una
mera construcción del derecho,
uncentrode
imputación normativa
para atribuirles un conjunto de
derechos y obligaciones.
2.- Ferrara
La persona moral es un
procedimiento técnico
“En el derecho moderno, las sociedades, asociaciones y fundaciones
gozan de personalidad. Aunque no son personas son conjuntos
organizados de seres humanos o de bienes destinados a un fin licito
y en razón de dicha finalidad, el derecho objetivolesha
atribuidopersonalidad medianteuna
construcción estrictamente jurídica o mejor”

Ignacio Galindo Garfias
44

Teorías de la personalidad colectiva
Teoría del patrimonio de afectación: esta teoría afirma que existen dos tipos de
patrimonios: los que denomina patrimonios de personas y los que designa
patrimonios d destino, o de afectación. Estos últimos son las personas morales
cuya esencia esta constituida por un conjunto de bienes afectos a una
finalidad.
Teoría realista: parte del principio de que no son es hombre es persona,
pues las asociaciones, sociedades y fundaciones, reúnen los requisitos
necesarios para intervenir en la vida jurídica, no como u n creación fingida
de la ley sino porque tiene u n existencia real por su propia naturaleza.
Teoría de la ficción: la teoría que considera a la persona moral como una
ficción. Sus autores afirman quesolo son personas los seres dotados
de voluntad; la persona moral es solo una creación de derecho, que finge
la existencia de un persona donde no existe, a fin de hacerla capaz de tener
un patrimonio y ser sujeto de derechos y obligaciones.
1

1
GALINDO Garfias, Ignacio, D ere c ho C i v i l , Edit. Porrúa, ed. 13°, México 1994, pág. 790
45

1.- Personas colectivas
de derecho público
La Nación adquiere personalidad
cuando se constituyen como Estado
soberano, independiente
y políticamente
organizado.ElD.F.,adquiere
su personalidad a través
de un decreto, las fundaciones
públicas
adquieren personalidad
de acuerdo a las leyes de asistencia
pública.
Adquisición
de la persona
colectiva
2.- Personas
colectivas de
derecho
privado
(Sociedades,
asociaciones
privadas)
Las sociedades y asociaciones
civiles tienen personalidad a partir de
la fecha de su constitución ante la
Secretaría de Hacienda junto con su
inscripción en el Registro Público de
la Propiedad. Así mismo, todas se
extinguen al término de su duración
establecida en su escritura constitutiva
o al concluir su liquidación conforma
a la ley
3.- Personas
colect
ivas
de

derecho
social
Sindicatosqueserigenporlas
disposiciones de la Ley Federal de
Trabajo(divididaendosrubros
relación obrero-patrón colectivay
obrero patrón individual)
46

Al concluir su duración y liquidación
Extinción de
las personas
morales
Las partes acuerdan su liquidación
Liquidación obligatoria por el Estado
Por quiebra—liquidación
administrativa ordenada por el
juez
“La personalidad es esa aptitud para ser sujeto de situaciones y relaciones
jurídicas, sin embargo, ello no comprende la sustancia misma de la
personalidad; se compone por sus atributos, que son un conjunto de
caracteres a ella inherentes y cuya razón de ser es precisamente alcanzar
con ellos realidad funcionalidad y eficacia jurídica en la personalidad de
los sujetos. Estos atributos son la capacidad, el estado civil, el
patrimonio, el nombre, el domicilio y la nacionalidad; la participación de
todos ellos en la personalidad de un ser humano es constante e invariable
y precisamente su conjunto da la plenitud que se observa en dicha
personalidad.”

J or g e Alfredo D o m í ng u ez
M art í nez
47

V. - CONCLUSIÓ N
El derecho civil regularmente se define como una rama del Derecho Privado que tiene
por objeto regular 3 materias fundamentales: personas, familia ypatrimonio, sin
embargo, podemos decir que el Derecho civil más allá de ser una simple rama del
Derecho Privado, es la b a s e de t o d o el d er e c h o . Es el D er e c h o c o m ú n , y de ahí la
importancia indiscutible que este tiene.
Por su parte, la persona; al ser centro de imputación de Derechos y obligaciones, es
un elemento fundamental del cual depende la existencia misma del derecho objetivo y
del derecho subjetivo.
Sin embargo, en este curso,pudimos darnos cuenta de que no solo existen
personas físicas sino también personas colectivas ó morales, y que, además, existen
diversas teorías que intentan explicarnos la naturaleza de estas personas.
El acto jurídico y el hecho jurídico, por su parte, son dos conceptos fundamentales
del Derecho Civil, y de los cuales nacen 2 teorías (la teoría francesaó bipartita, y
la teoría alemana ó tripartita) que intentan explicarnos la naturaleza de estos conceptos.
En conclusión, el Derecho Civil, es de una importancia inigualable. Quien no
sabe derecho civil, no sabe derecho, y ningún abogado que se jacte de serlo puede
dejar de estudiarlo.
48

V. - CONCLUSIÓ N
El derecho civil regularmente se define como una rama del Derecho Privado que tiene
por objeto regular 3 materias fundamentales: personas, familia ypatrimonio, sin
embargo, podemos decir que el Derecho civil más allá de ser una simple rama del
Derecho Privado, es la b a s e de t o d o el d er e c h o . Es el D er e c h o c o m ú n , y de ahí la
importancia indiscutible que este tiene.
Por su parte, la persona; al ser centro de imputación de Derechos y obligaciones, es
un elemento fundamental del cual depende la existencia misma del derecho objetivo y
del derecho subjetivo.
Sin embargo, en este curso,pudimos darnos cuenta de que no solo existen
personas físicas sino también personas colectivas ó morales, y que, además, existen
diversas teorías que intentan explicarnos la naturaleza de estas personas.
El acto jurídico y el hecho jurídico, por su parte, son dos conceptos fundamentales
del Derecho Civil, y de los cuales nacen 2 teorías (la teoría francesaó bipartita, y
la teoría alemana ó tripartita) que intentan explicarnos la naturaleza de estos conceptos.
En conclusión, el Derecho Civil, es de una importancia inigualable. Quien no
sabe derecho civil, no sabe derecho, y ningún abogado que se jacte de serlo puede
dejar de estudiarlo.
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