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JOSÉ ÁNGEL CÓRDOVA VILLALOBOS, Secretario de Educación Pública, con fundamento en
los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38, fracción I, inciso
a) de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12, fracciones I y XIV, 47, fracción IV y
último párrafo, 50 y 60 de la Ley General de Educación; 1º, 4º y 5º fracción I y XVII del
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su eje 3, “Igualdad de Oportunidades”, objetivo
9, “Elevar la calidad educativa”, establece en su estrategia 9.3 la necesidad de actualizar los
programas de estudio, sus contenidos, materiales y métodos para elevar su pertinencia y
relevancia en el desarrollo integral de los estudiantes, y fomentar en éstos el desarrollo de valores,
habilidades y competencias para mejorar su productividad y competitividad al insertarse en la vida
económica;
Que el Programa Sectorial de Educación 2007-2012 señala la necesidad de realizar una Reforma
Integral de la Educación Básica, centrada en la adopción de un modelo educativo basado en
competencias, que responda a las necesidades de desarrollo de México en el siglo XXI;
Que en términos de lo anterior, la Secretaría de Educación Pública emitió el Acuerdo número 592
por el que se establece la Articulación de la Educación Básica, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 19 de agosto de 2011, el cual define un nuevo currículo integrado, pertinente,
nacional en su concepción y flexible en su desarrollo, que requiere acompañarse de nuevos
criterios y procedimientos para la evaluación de los aprendizajes;
Que el Séptimo Artículo Transitorio del Acuerdo 592, señala que la Secretaría de Educación
Pública deberá modificar el Acuerdo número 200 por el que se establecen las Normas de
Evaluación del Aprendizaje en Educación Primaria, Secundaria y Normal, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 1994;
Que atendiendo a las mejores prácticas internacionales en materia de evaluación de aprendizajes,
la Secretaría de Educación Pública ha determinado pertinente implementar un nuevo enfoque de
evaluación, que no sólo derive en juicios de valor sobre los logros de aprendizaje de los alumnos,
sino en acciones que contribuyan a la mejora del proceso educativo, lo cual, implica:
a) La participación activa del alumno en su formación y la constante comunicación con él
sobre sus avances y posibilidades de mejora;
b) Evaluar con enfoque formativo, a partir de los aprendizaje esperados y las competencias
establecidas en el currículo nacional;