•DCA, MNC, LN, MCN.
Marcia Gabriela Castro Muñoz.
•MC, EAOS, MAOS, MSPE.
Oscar Alfonso Rojas Calixto.
ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
Administracióneselprocesoqueconsisteen
planear,organizar,dirigirycontrolarlosrecursos
humanos,técnicosyfinancierosencaminadosal
logrodelosobjetivosorganizacionales.
Fajardo-Ortiz G. Diccionario terminológico de administración de la atención médica. México: Salvat; 1983.
Serviciosdesaludsontodasaquellasaccionesrealizadas
enbeneficiodelindividuoydelasociedadengeneral.
Dirigidasaproteger,promoveryrestaurarlasaluddela
personaydelacolectividad.
Capitulo I. Artículo 23. Ley General de Salud. Artículo reformado DOF 29-11-2019
Secuencia didáctica:
DESARROLLO:
üDisposiciones comunes.
üServicios de atención médica.
üServicios de salud pública.
üServicios de asistencia social.
INICIO: Preguntas detonadoras.
CIERRE: Conclusiones.
Realiza un análisis FODA personal:
10 minutos
Compartirlo con la clase.
Ponce H. (2006). La matriz FODA: una alternativa para realizar diagnósticos y determinar estrategias de intervención en las organizaciones productivas y sociales. Revista
Contribuciones a la Economía ISSN 16968360.
Fred R. D. (2003). Conceptos de Administración Estratégica. Pearson Educación. México.
Clase 1
Clasificación administrativa
de los servicios de salud.
LaSecretaríadeMarinaesunadelasdiecinueve
secretaríasdeestadoque,juntoalaConsejeríaJurídica
delEjecutivoFederal,conformanelgabinetelegaldel
presidentedeMéxico.
SegúnlaLeyOrgánicadelaAdministraciónPública
FederalensuArtículo30lecorrespondeeldespacho
ciertafunciones,entrelaqueimplica:
•XVI.-Organizar y prestar los servicios de
sanidad naval.
México: Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 1 de enero de 2022.
Disposiciones comunes.
Es un derecho la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del
artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Establecelasbasesymodalidadesparaelaccesoalosserviciosdesaludyla
concurrenciadelaFederaciónylasentidadesfederativasenmateriadesalubridad
general.
EsdeaplicaciónentodalaRepúblicaysusdisposicionessondeordenpúblicoeinterés
social.
Ley general de Salud. Última Reforma DOF 16-05-2022
Artículo 1º. Ley General de Salud.
Se entiende por saludcomo un estado de completo bienestar
físico, mental y social, y no solamente la ausencia de
afecciones o enfermedades.
Ley general de Salud. Artículo adicionado DOF 04-12-2013
Artículo 1o. Bis. Ley General de Salud.
ElSistemaNacionaldeSaludestáconstituidoporlasdependencias
yentidadesdelaAdministraciónPública,tantofederalcomolocal,y
laspersonasfísicasomoralesdelossectoressocialyprivado,que
prestenserviciosdesalud,asícomoporlosmecanismosde
coordinacióndeacciones,ytieneporobjetodarcumplimientoal
derechoalaproteccióndelasalud.
Ley general de Salud. Última Reforma DOF 16-05-2022
Artículo 5º Ley General de Salud.
Disposiciones comunes.
Salud Pública de méxico / vol. 53, suplemento 2 de 2011
ParalosefectosdeestaLey,seentiendeporserviciosdesaludtodas
aquellasaccionesrealizadasenbeneficiodelindividuoydelasocied
sociedadengeneral,dirigidasaproteger,promoveryrestaurarlasaludde
lapersonaydelacolectividad.
Artículo reformado DOF 29-11-2019
TITULO TERCERO Prestación de los Servicios de Salud
CAPITULO I Disposiciones Comunes
Artículo 23 Ley General de Salud.
Artículo 24.
Los servicios de salud se clasifican en tres tipos:
1.De atención médica.
2.De salud pública.
3.De asistencia social.
Capítulo 1. Disposiciones Comunes
Artículo reformado DOF 29-11-2019
Servicios de salud pública.
Sistema Nacional de Salud, 2022. México
Sistema Nacional de Salud, 2022. México
Capítulo I. Disposiciones comunes.
Artículo 27. Servicios básicos de salud
Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los
referentes a:
1.La educación para la salud, la promoción del saneamiento básico y el mejoramiento de las
condiciones sanitarias del ambiente;
2.-Laprevenciónyelcontroldelasenfermedadestransmisiblesdeatenciónprioritaria,delasno
transmisiblesmásfrecuentesydelosaccidentes;
3.-Laatenciónmédicaintegral,quecomprendeactividadespreventivas,curativas,paliativasyde
rehabilitación,incluyendolaatencióndeurgencias;
Fracción reformada DOF 05-01-2009, 08-04-2013
LEY DE ASISTENCIA SOCIAL. DOF 11-05-2022
Tienenderechoalaasistenciasociallosindividuosyfamiliasque
porsuscondicionesfísicas,mentales,jurídicas,económicaso
sociales,requierandeserviciosespecializadosparasuproteccióny
suplenaintegraciónalbienestar.
Ley de Asistencia Social.
Capítulo II. Sujetos de la Asistencia Social
Artículo 4.-
Programas:
El Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores
El Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad
El Programa Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez
Jóvenes Construyendo el Futuro
Jóvenes escribiendo el futuro
Sembrando vida
Programa Nacional de Reconstrucción
Desarrollo Urbano y Vivienda.
Tandas para el bienestar.
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
Salud para toda la población
Laadministraciónqueinicióel1dediciembrede2018encontróunsistemadesaludpúblicainsuficiente,
ineficiente,depauperadoycorroídoporlacorrupción.
Millonesdepersonasnotienenaccesoaningunadelasinstitucionesomodalidadesdeesesistemaobien
enfrentanpadecimientosparaloscualesnohaycobertura.
Comoenotrosterrenos,eldesastredelsistemadesaludpúblicaesresultadodelosafanesprivatizadoresyde
loslineamientosemitidospororganismosinternacionalescopadosporlaideologíaneoliberal.
Elresultado:enunperiodoenelqueproliferaronlosdispensarios,clínicasyhospitalesprivadosdetodaslas
categorías,inclusolosdegranlujo,losestablecimientospúblicoshansidolibradosalsaqueodelacorrupción,la
indolenciaburocráticayelestrechamientopresupuestal.
EscasinormativoelquelospacientesdeloshospitalesdelEstadotenganquellevarsuspropiosmaterialesde
curaciónyqueseveanobligadosaesperarmesesantesdesersometidosaunaintervenciónquirúrgica,tanto
porlasaturacióndelosquirófanoscomopordescomposturasofaltantesdeequipo.
Otrosnisiquieralogranaccesoaterapiasytratamientosporquenoestánafiliadosaningunainstituciónde
seguridadsocialobienporquelacoberturadelSeguroPopularesinsuficiente.
Ensuma,elderechoalasaludleesdenegadoparcialototalmentealsectormásdesprotegidodelapoblación
mexicana. PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
Instituto Nacional de Salud para el Bienestar
Elgobiernofederalrealizarálasaccionesnecesariasparagarantizarquehacia2024todasytodoslos
habitantesdeMéxicopuedanrecibiratenciónmédicayhospitalariagratuita,incluidoselsuministrode
medicamentosymaterialesdecuraciónylosexámenesclínicos.
EsteobjetivoselograrámediantelacreacióndelInstitutoNacionaldeSaludparaelBienestar,quedará
servicioentodoelterritorionacionalatodaslaspersonasnoafiliadasalIMSSoalISSSTE.
Laatenciónsebrindaráenatenciónalosprincipiosdeparticipaciónsocial,competenciatécnica,calidad
médica,pertinenciacultural,tratonodiscriminatorio,dignoyhumano.
-Elcombatealacorrupciónserápermanenteentodoelsectorsalud.
-Sedignificaránloshospitalespúblicosdelasdiversasdependenciasfederales.
-Sepriorizarálaprevencióndeenfermedadesmediantecampañasdeconcientizacióneinserciónen
programasescolaresdetemasdenutrición,hábitossaludablesysaludsexualyreproductiva.
-Seemprenderáunacampañainformativanacionalsobrelasadicciones.-Seimpulsaránlasprácticas
deportivasentodassusmodalidades.
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
CIERRE: Conclusiones.
¿Qué opinas?
¿Cómo integrarías la Administración en Servicios de Salud, en Sanidad Naval?
2.-Administración en la prestación de los servicios de salud.
18-Enero.
•MC, EAOS, MAOS, MSPE.
Oscar Alfonso Rojas Calixto.
•DCA, MNC, LN, MCN.
Marcia Gabriela Castro Muñoz.
ADMINISTRACIÓN DE
SERVICIOS DE SALUD
2. Administración en la prestación de los servicios de salud.
2.1.Usuarios de los servicios de salud y participación de la comunidad
2.2. Atención materno-infantil.
2.3.Servicios de planificación familiar
2.4. Salud mental.
2.5. Salud visual.
CAPITULO IV de la LEY GENERAL DE SALUD
Usuarios de los Servicios de Salud y Participación de la Comunidad
ARTICULO 50.- Para los efectos de esta Ley, se considera usuario de servicios de salud a toda persona que
requiera y obtenga los que presten los sectores públicos, social y privado, en las condiciones y conforme a
las bases que para cada modalidad se establezcan en esta Ley y demás disposiciones aplicables.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación.
Los usuarios tendrán derecho a obtener prestaciones de salud oportunas
y de calidad idónea.
Los usuarios deberán ajustarse a las reglamentaciones
internas de las instituciones prestadoras de servicios de
salud
La SSA y SESA deben regular las modalidades de acceso a los
servicios públicos a la población
La SSA y SESA establecerán procedimientos de
orientación y asesoría a los usuarios sobre el
uso de los servicios de salud que requieran
La participación de la comunidad en los programas de protección de
la salud y en la prestación de los servicios respectivos, tiene por
objeto fortalecer la estructura y funcionamiento de los sistemas
de salud e incrementar el mejoramiento del nivel de salud de la
población.
Las personas o instituciones públicas o privadas que tengan conocimiento de
accidentes o que alguna persona requiera de la prestación urgente de servicios de
salud, cuidarán, por los medios a su alcance, que los mismos sean trasladados a
los establecimientos de salud más cercanos, en los que puedan recibir atención
inmediata, sin perjuicio de su posterior remisión a otras instituciones.
2.1.Usuarios de los servicios de salud y participación de la comunidad
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
Fuente: Secretaria de Salud, (2022). ACUERDO por el que se emite el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR). Diario Oficial de Federación. Secretaria de
Gobernación.
$
$
ARTICULO 58.- la comunidad podrá participar en los servicios de salud de los sectores público, social y privado a través de
las siguientes acciones:
Promoción de hábitos de conducta que
contribuyan a proteger la salud.
Colaboración en la prevención o tratamiento de
problemas ambientales vinculados a la salud
Notificación de la existencia de personas
que requieran de servicios de salud
Formulación de sugerencias para
mejorar los servicios de salud
Otras actividades que
coadyuven a la protección de la
salud
$$
Solucionar problemas de salud, e intervención
en programas de:
Promoción y mejoramiento de la salud.
Prevención de enfermedades y accidentes
Cuando éstas se encuentren
impedidas de solicitar auxilio por si
mismas.
Las dependencias y entidades del sector
salud y los gobiernos de las entidades
federativas, promoverán y aprobarán la
constitución de grupos, asociaciones
Incorporación, como auxiliares voluntarios,
en tareas simples de atención médica y
asistencia social bajo la dirección y control
de las autoridades
Información a las autoridades competentes
de las irregularidades o deficiencias que se
adviertan en la prestación de servicios de
salud
Instituciones que tengan por objeto participar
organizadamente en los programas de promoción y
mejoramiento de la salud individual o colectiva, así
como en los de prevención de enfermedades y
accidentes, y de prevención de invalidez; y de
rehabilitación de inválidos.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación.
Fuente: Secretaria de Salud, (2022). ACUERDO por el que se emite el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR). Diario Oficial de Federación. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5669707&fecha=25/10/2022#gsc.tab=0
Fuente: Secretaria de Salud, (2022). ACUERDO por el que se emite el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR). Diario Oficial de Federación. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5669707&fecha=25/10/2022#gsc.tab=0
2.2. Atención materno-infantil.
La atención materno-infantil tiene carácter prioritario y comprende las siguientes acciones:
La atención de la mujer durante el
embarazo, el parto y el puerperio.
La atención del niño y la
vigilancia de su crecimiento y
desarrollo, incluyendo la
promoción de la vacunación
oportuna.
La atención del niño y la vigilancia de
su crecimiento y desarrollo, incluyendo
la promoción de la vacunación
oportuna.
1
2
3
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
NORMA Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto
y puerperio, y de la persona recién nacida.
5.2.1.11 Prescripción de medidas generales higiénico dietéticas con el fin de promover la salud.
1 ª consulta: entre las 6 - 8 semanas;
2 ª consulta: entre 10 - 13.6 semanas;
3 ª consulta: entre 16 - 18 semanas;
4 ª consulta: 22 semanas;
5 ª consulta: 28 semanas;
6 ª consulta: 32 semanas;
7 ª consulta: 36 semanas; y
8 ª consulta: entre 38 - 41semanas.
5.3.1.4 Realizar medición, registro e interpretación de peso, talla, presión arterial, temperatura,
frecuencia cardiaca, frecuencia respiratoria, crecimiento de fondo uterino, movimientos del feto y frecuencia
cardiaca fetal, ultrasonido.
1.Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993 “Atención a la Mujer durante el Embarazo, Parto
y Puerperio y del Recién Nacido. Criterios y Procedimientos para la Prestación del Servicio.
2.Norma Oficial Mexicana NOM-034-SSA2-2002 “Para la Prevención y Control de los Defectos al
Nacimiento”.
3.Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999 “Para la atención a la Salud del niño”
Manual Operacional del Programa de Atención Médica Integral de las Fuerzas Armadas Mexicanas ISSFAM-SEDENA-SEMAR-CARE
Las autoridades sanitarias. educativas y laborales en sus respectivos ámbitos de
competencia, apoyarán y fomentarán:
II
III
IV
I
Los programas para padres destinados a
promover la atención materno-infantil
Las actividades recreativas, de
esparcimiento y culturales destinadas a
fortalecer el núcleo familiar y promover la
salud física y mental de sus integrantesLa vigilancia de actividades ocupacionales
que puedan poner en peligro la salud
física y mental de los menores y de las
mujeres embarazadas
Las demás que coadyuven a la
protección de la salud materno-infantil
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
Los servicios de salud se promoverá la organización
institucional de comités de prevención de la mortalidad
materna e infantil, a efecto de conocer, sistematizar y
evaluar el problema y adoptar las medidas conducentes.
En la organización y operación de los servicios de salud
destinados a la atención materno-infantil, las autoridades
sanitarias competentes establecerán procedimientos que
permitan la participación activa de la familia en la prevención
y atención oportuna de los padecimientos de los usuarios.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
La protección de la salud física y mental de los
menores es una responsabilidad que comparten los
padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad
sobre ellos, el Estado y la sociedad en general.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
Fuente: Secretaria de Salud, (2022). ACUERDO por el que se emite el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR). Diario Oficial de Federación. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5669707&fecha=25/10/2022#gsc.tab=0
En materia de higiene escolar, corresponde
a las autoridades sanitarias establecer las
normas técnicas para proteger la salud del
educando y de la comunidad escolar. Las
autoridades educativas y sanitarias se
coordinarán para la aplicación de las mismas.
La prestación de servicios de salud a los
escolares se efectuará de conformidad con
las bases de coordinación que se
establezcan entre las autoridades
sanitarias y educativas competentes.
2.3.Servicios de planificación familiar.
La planificación familiar tiene carácter prioritario. Los servicios que se presten en la
materia constituyen un medio para el ejercicio del derecho de toda persona a decidir de
manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos,
con pleno respeto a su dignidad.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
Los servicios de planificación familiar comprenden:
I. La promoción del desarrollo de programas de
comunicación educativa en materia de servicios de
planificación familiar y educación sexual, con base en los
contenidos y estrategias que establezca el Consejo
Nacional de Población.
II. La atención y vigilancia de los
aceptantes y usuarios de servicios de
planificación familiar.
III. La asesoría para la prestación de servicios de
planificación familiar a cargo de los sectores público,
social y privado y la supervisión y evaluación en su
ejecución, de acuerdo con las políticas establecidas por el
Consejo Nacional de Población
IV. El apoyo y fomento de la investigación en materia de
anticoncepción, infertilidad humana planificación familiar
y biología de la reproducción humana
V. La participación en el establecimiento de
mecanismos idóneos para la determinación,
elaboración, adquisición, almacenamiento y
distribución de medicamentos y otros insumos
destinados a los servicios de planificación
familiar.
VI. La recopilación, sistematización y
actualización de la información necesaria para
el adecuado seguimiento de las actividades
desarrolladas.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
Quienes practiquen esterilización sin la voluntad de la paciente, o ejerza presión para que
ésta la admita, comete ilícito que será sancionado conforme al artículo 421 de esta Ley,
independientemente de la responsabilidad penal en que incurran.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
1.Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar.
2.Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA2-2014, Para la prevención y control de las infecciones de
transmisión sexual.
3.Norma Oficial Mexicana NOM-047-SSA2-2015, Para la atención a la salud del grupo etario de 10 a 19
años.
Manual Operacional del Programa de Atención Médica Integral de las Fuerzas Armadas Mexicanas ISSFAM-SEDENA-SEMAR-CARE
2.4. Salud mental.
La prevención de las enfermedades mentales tiene carácter prioritario. Se basará en el
conocimiento de los factores que afectan la salud mental, las causas de las alteraciones de la
conducta, los métodos de prevención y control de las enfermedades mentales, así, como otros
aspectos relacionados con la salud mental.
I.-El desarrollo de actividades educativas
socioculturales y recreativas que
contribuyan a la salud mental,
preferentemente de la infancia y de la
juventud
II.-La difusión de las orientaciones para
la promoción de la salud menta
III.-La realización de programas
para la prevención del uso de
substancias psicotrópicas,
estupefacientes, inhalantes y otras
substancias que puedan causar
alteraciones mentales o
dependencia
IV.-Las demás acciones que directa o
indirectamente contribuyan al fomento de la
salud mental de la población.
La atención de personas con padecimientos
mentales, la rehabilitación psiquiátrica de
enfermos mentales crónicos, deficientes mentales,
alcohólicos y personas que usen habitualmente
estupefacientes o substancias psicotrópicas
La organización, operación y supervisión de
instituciones dedicadas al estudio, tratamiento
y rehabilitación de enfermos mentales.
Componentes
de
Intervención
La Secretaría de Salubridad y Asistencia establecerá las normas
técnicas para que se preste atención a los enfermos mentales
que se encuentren en reclusorios o en otras instituciones no
especializadas en salud mental.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
El internamiento de personas con padecimientos mentales en
establecimientos destinados a tal efecto, se ajustará a
principios éticos y sociales, además de los requisitos
científicos y legales que determine la Secretaría de Salubridad y
Asistencia y establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.
Los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad de
menores, los responsables de su guarda, las autoridades
educativas y cualquier persona que esté en contacto con los
mismos, procurarán la atención inmediata de los menores
que presenten alteraciones de conducta que permitan suponer
la existencia de enfermedades mentales.
Fuente: Secretaria de Salud, (1984). Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación, reforma, 26. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4652777&fecha=07/02/1984#gsc.tab=0
1.Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-2014 Para la Prestación de Servicios de Salud en
Unidades de atención integral hospitalaria médico- psiquiátricas.
2.Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, Para la prevención, tratamiento y control de las
adicciones.
3.Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, Violencia familiar, sexual y contra las mujeres,
criterios para la prevención y atención.
Manual Operacional del Programa de Atención Médica Integral de las Fuerzas Armadas Mexicanas ISSFAM-SEDENA-SEMAR-CARE
2.5. Salud visual.
•La Clasificación Internacional de Enfermedades 11 (2018) clasifica la deficiencia visual en
dos grupos según el tipo de visión: de lejos y de cerca.
•Deficiencia de la visión de lejos:
•Leve: agudeza visual inferior a 6/12
•Moderada: agudeza visual inferior a 6/18
•Grave - agudeza visual inferior a 6/60
•Ceguera - agudeza visual inferior a 3/60
Según datos del Informe mundial sobre la visión de la OMS, a
nivel mundial 2.2 millones de personas tienen una
discapacidad visual o ceguera;
Fuente: OMS, (2022). Salud visual. Disponible en https://www.paho.org/es/temas/salud-visual
Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) señalan que en México hay
2 millones 237 mil personas con una deficiencia visual.
Los seis principales problemas oculares que afectan a los mexicanos son:
•Errores de refracción (miopía, hipermetropía, astigmatismo y presbicia),
•Catarata senil,
•Degeneración macular,
•Glaucoma,
•Retinopatía diabética y
•Opacidad en la córnea.
Manual Operacional del Programa de Atención Médica Integral de las Fuerzas Armadas Mexicanas ISSFAM-SEDENA-SEMAR-CARE
Fuente: Secretaria de Salud, (2022). ACUERDO por el que se emite el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR). Diario Oficial de Federación. Secretaria de Gobernación. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5669707&fecha=25/10/2022#gsc.tab=0
•La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mandata en su artículo 89,
fracción X, que la dirección de la política exterior nacional es facultad de la Presidencia de
la República y establece como principios de la política exterior mexicana: la
autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias;
la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la
igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el
respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la
seguridad internacionales.
Manual de Trabajo en Comunidad de Promoción de la Salud en el Ciclo de Vida, 2021-2022
Como influye en la politica
interna
En 2015, México asumió la Agenda 2030 y sus 17 Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS)
En el año 2015 se instauró el proceso de revisión de los ODM y
se trazó la ruta para la agenda de desarrollo post-2015 con
actores gubernamentales y no gubernamentales. Como
resultado, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó la
resolución “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para
el Desarrollo Sostenible”.
Por lo que la línea consideración el Plan Nacional de Desarrollo
Ley de Educación Naval. DOF: 12/03/2019
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
Secretaría de Salud. Programa Sectorial de Salud.2019 - 2024.
Objetivo prioritario 6.- Mejorar las condiciones de bienestar del personal naval.
Estrategia prioritaria 6.3 Fortalecer el Sistema de Sanidad Naval, para brindar mejor
atención médica y hospitalaria.
Estrategia prioritaria 6.4 Fomentar la cultura naval y el deporte, a fin de contribuir a la
salud y desarrollo integral del personal
Acción Puntual 6.4.2 Impulsar el desarrollo integral del personal naval, por medio de la
implementación de un programa de fomento al deporte, que mejore su calidad de vida y
fortalezca la cultura de prevención de la salud
Con el objetivo de incorporar las directivas
internacionales de salud pública establecidas por la
Organización Mundial de la Salud (OMS), plasmados en
los objetivos del milenio (Cuadro 5), y Organización de las
Naciones Unidas (ONU) expresados en las metas de los
objetivos de desarrollo sostenible.
La selección de los programas de acción y los objetivos
específicos de cada programa aplicables a cada grupo
etario, fueron considerados de manera conjunta y
progresiva.
3. Programas prioritarios nacionales de salud vigentes, en el contexto
administrativo.
25-Enero.
•DCA, MNC, LN, MCN.
Marcia Gabriela Castro Muñoz.
•MC, EAOS, MAOS, MSPE.
Oscar Alfonso Rojas Calixto.
ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
3.
Programas prioritarios nacionales de salud vigentes,
en el contexto administrativo.
Plan nacional
de desarrollo
vigente.
Programa nacional de
salud vigente.
Programa de
protección social en
salud.
Programa de calidad
y certificación de
servicios de salud.
Programa nacional de
vigilancia
epidemiológica.
Plan nacional de desarrollo vigente.
LaConstituciónordenaalEstado
mexicanovelarporlaestabilidaddelas
finanzaspúblicasydelsistema
financiero;planificar,conducir,coordinar
yorientarlaeconomía;regulary
fomentarlasactividadeseconómicasy
“organizarunsistemadeplaneación
democráticadeldesarrollonacionalque
imprimasolidez,dinamismo,
competitividad,permanenciayequidad
alcrecimientodelaeconomíaparala
independenciaylademocratización
política,socialyculturaldelanación”.
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
“losprocedimientosdeparticipaciónyconsulta
popularenelsistemanacionaldeplaneación
democrática,yloscriteriosparalaformulación,
instrumentación,controlyevaluacióndelplanylos
programasdedesarrollo”
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) es, un instrumento para enunciar los
problemas nacionales y enumerar las soluciones en una proyección sexenal.
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) se divide en tres ejes fundamentales
1.Política y Gobierno
2.Política Social
3.Economía
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
Erradicar la corrupción, el dispendio y la frivolidad
Recuperar el estado de derecho
Separar el poder político del poder económico
Cambio de paradigma en seguridad
i.Erradicar la corrupción y reactivar la procuración de justicia
ii.Garantizar empleo, educación, salud y bienestar
iii.Pleno respeto a los derechos humanos
iv.Regeneración ética de las instituciones y de la sociedad
v.Reformular el combate a las drogas
vi.Emprender la construcción de la paz
vii.Recuperación y dignificación de las cárceles
viii.Articular la seguridad nacional, la seguridad pública y la paz
ix.Repensar la seguridad nacional y reorientar las Fuerzas Armadas
x.Establecer la Guardia Nacional
xi.Coordinaciones nacionales, estatales y regionales
xii.Estrategias específicas
Hacia una democracia participativa
Revocación del mandato
Consulta popular
Mandar obedeciendo
Política exterior: recuperación de los principios
Migración: soluciones de raíz
Libertad e Igualdad
1.Política y Gobierno
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
Construir un país con bienestar
Desarrollo sostenible
Programas
i. El Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores
ii. Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad
iii. Programa Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez
iv. Jóvenes Construyendo el Futuro
v. Jóvenes escribiendo el futuro
vi. Sembrando vida
vii. Programa Nacional de Reconstrucción
viii. Desarrollo Urbano y Vivienda
ix. Tandas para el bienestar
Derecho a la educación
Salud para toda la población
Instituto Nacional de Salud para el Bienestar
Cultura para la paz, para el bienestar y para todos
2. Política Social
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
Detonar el crecimiento
Mantener finanzas sanas
No más incrementos impositivos
Respeto a los contratos existentes y aliento a la inversión privada
Rescate del sector energético
Impulsar la reactivación económica, el mercado interno y el empleo
Creación del Banco del Bienestar
Construcción de caminos rurales
Cobertura de Internet para todo el país
Proyectos regionales
Aeropuerto Internacional “Felipe Ángeles” en Santa Lucía
Autosuficiencia alimentaria y rescate del campo
Ciencia y tecnología
El deporte es salud, cohesión social y orgullo nacional
3. Economía
PLAN Nacional de Desarrollo 2019-2024. DOF: 12/07/2019
Programa nacional de salud vigente.
Garantizarquehacia2024todasytodos
loshabitantesdeMéxicopuedanrecibir
atenciónmédicayhospitalariagratuita,
incluidoselsuministrodemedicamentosy
materialesdecuraciónylosexámenes
clínicos.
MediantelacreacióndelInstituto
NacionaldeSaludparaelBienestar,
quedaráservicioentodoelterritorio
nacional.atodaslaspersonasno
afiliadasalIMSSoalISSSTE
Programa Sectorial de Salud 2019 -2024
LasustitucióndelSeguroPopularrequiere,enprimerlugar,de
unareformaestructuraldelaLeyGeneraldeSaludmediantela
cualelEstadoseobligaagarantizarelderechoalaprotecciónde
lasalud,yasatisfacerlasnecesidadesdesaluddelapoblación
sinseguridadsociallaboral.
Programa Sectorial de Salud 2019 -2024
●El combate a la corrupción será permanente en todo el sector salud.
●Se dignificarán los hospitales públicos de las diversas dependencias federales.
●Se priorizará la prevención de enfermedades mediante campañas de
concientización e inserción en programas escolares de temas de nutrición,
hábitos saludables y salud sexual y reproductiva.
●Se emprenderá una campaña informativa nacional sobre las adicciones.
●Se impulsarán las prácticas deportivas en todas sus modalidades.
Programa Sectorial de Salud 2019 -2024
Programa nacional de salud vigente.
Programa Sectorial de Salud 2019 -2024
Programa de protección social en salud.
Comisión Nacional de Protección Social en Salud
•OPS. 152.aSesión del Comité Ejecutivo. Washington, D.C., EUA, del 17 al 21 de junio del 2013.CE152/12, Rev. 1 Protección social en salud.
Pograma de calidad y cer6ficación de servicios de salud.
La certificación Hospitalaria:
Proceso por medio del cual, una autoridad nacional o internacional acredita que un
establecimiento de salud cuenta con suficientes elementos para garantizar que la
atención médica brindada, sea segura y de calidad.
De igual manera, certifica que realiza sus actividades en un entorno favorable y
cumpliendo las normas sanitarias vigentes.
Consejo de Salubridad General., (2015). Modelo de Seguridad del paciente del SiNaCEAM.
13 junio de 2008 se publica en el
DOF, el Acuerdo para el
Desarrollo y Funcionamiento del
sistema Nacional de Certificación
de Establecimientos de Atención
Médica.
2017, el comité (CCEM)
conforma 7 segmentos.
Consejo de Salubridad General., (2015). Modelo de Seguridad del paciente del SiNaCEAM.
EselprocesoporelcualelConsejodeSalubridadGeneralreconocealos
establecimientosdeatenciónmédica,queparticipandemaneravoluntariaycumplen
losestándaresnecesariosparabrindarserviciosconbuenacalidadenlaatención
médicayseguridadalospacientes.
SiNaCEAMSignifica “Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica”
ElobjetivodelSiNaCEAMescoadyuvarenlamejoracontinuadelacalidaddelos
serviciosdeatenciónmédicaydelaseguridadquesebrindaalospacientes,
ademásdeimpulsaralasinstitucionesparticipantesamantenerventajas
competitivasparaalcanzar,sostenerymejorarsuposiciónenelentorno.
Mediante estándares homologados con los de laJoint Commission International® líder
mundial en la acreditación de establecimientos de atención médica.
Su objetivo es que la atención sanitaria que se brinda en los establecimientos de salud
esté basada en procesos seguros.
Consejo de Salubridad General., (2015). Modelo de Seguridad del paciente del SiNaCEAM.
Un Hospital certificado por el Consejo de Salubridad General:
Demuestra que se cumplen estándares que tienen como referencia la seguridad de los
pacientes, la calidad de la atención médica, la seguridad hospitalaria, la normatividad
vigente (exceptuando aquella referente a las finanzas) y las políticas nacionales prioritarias
en salud.
Evidencia el compromiso con la mejora continua que se tiene con el paciente, su familia,
el personal de la unidad y la sociedad.
Refuerza su imagen institucional, ya que la certificación al ser una evaluación externa,
demuestra a los pacientes, familiares y a la ciudadanía, que su organización trabajacon
estándares de la más alta calidad
Prueba que su Hospital es competitivointernacionalmente.
Consejo de Salubridad General., (2015). Modelo de Seguridad del paciente del SiNaCEAM.
Las 3 fases del proceso de certificación:
En nuestra institución: Gestión de la Inscripción.
•Inscripción y Autoevaluación.
•Auditoría.
•Dictamen
Laautoevaluacióndeestándaresdeestructura,debederealizarlalamismaunidady
consisteenlarevisióndelosrequisitosmínimosobligatorios(establecidosenla
normatividadvigente)deinfraestructura,equipamientoyrecursoshumanos.
Losestándaresseagrupanentresponderaciones:Indispensables,Necesariosy
Convenientes.
ParaquelosEstablecimientosdeAtenciónMédicaaccedanalafasedeauditoría,
deberánhabercumplidoel100%delosestándaresponderadoscomo
“Indispensables”,el80%omásdelos“Necesarios”yel50%omásdelos
“Convenientes”
Consejo de Salubridad General., (2015). Modelo de Seguridad del paciente del SiNaCEAM.
Certificación de calidad hospitalaria en México.
“la manera correcta y el momento oportuno por personas con las competencias necesarias”
Los Estándares para Implementar el Modelo en Hospitales, constan de 15 apartados o
capítulos organizados en 5 bloques de la siguiente manera
.
•Bloque1.Accionesbásicasdeseguridaddelpaciente.
•Bloque2.Sistemascríticosparalaseguridaddelpaciente.
•Bloque3.Mejoradelacalidadyseguridaddelpaciente.
•Bloque4.Atencióncentradaenelpaciente.
•Bloque5.GestióndelaOrganización.
Consejo de Salubridad General., (2015). Modelo de Seguridad del paciente del SiNaCEAM.
Programa nacional de vigilancia epidemiológica.
OP4. Vigilancia Epidemiológica
Orientarlasestrategias,programasyaccionesdesaludpública,
apartirdeinformaciónoportunayconfiable,quefacilitela
promociónyprevenciónensalud,asícomoelcontrol
epidemiológicotomandoencuentaladiversidaddelapoblación,
elciclodevidaylapertinenciacultural.
Programa Sectorial de Salud 2019 -2024
Procedimientos estandarizados para la vigilancia epidemiológica convencional
Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-2012 para la vigilancia epidemiológica
Procedimientos estandarizados para la vigilancia epidemiológica convencional
Procedimientos estandarizados para la vigilancia epidemiológica convencional
LosformatosutilizadosporlaVigilancia
EpidemiológicaConvencionalentodoslosniveles
técnico-administrativosdelSectorSaludson:
SUIVE-1Informesemanaldecasosnuevosde
enfermedades.
SUIVE-2Estudioepidemiológicodecaso.
SUIVE-3Notificacióndebrote.
Sistema Único
Automatizado para la
Vigilancia Epidemiológica
Sistema Único de
Información en Vigilancia
Epidemiológica
Procedimientos estandarizados para la vigilancia epidemiológica convencional
Procedimientos estandarizados para la vigilancia epidemiológica convencional
Procedimientos estandarizados para la vigilancia epidemiológica convencional
Estrategias y acciones puntuales:
4.1 Vigilancia sanitaria y epidemiológica.
Fortalecerlavigilanciasanitariaconbaseenlainvestigacióncientíficay
articulacióndeesfuerzosinterinstitucionalesparaanticiparlas
necesidadesyrequerimientosdesdeunaperspectivaterritorial,
epidemiológicaysensiblealascondicionescríticasodeemergencia.
Programa Sectorial de Salud 2019 -2024
4.1.1 Homologarel modelo de vigilancia sanitaria y epidemiológica bajo un enfoque territorial
y actualizado con el propósito de combatir la corrupción y proteger a la población contra de
posibles riesgos.
4.1.2 Crear un Centro Nacional de Contingencias Epidemiológicas, responsable de monitoreo,
alertamiento reparación, respuesta y recuperación de las urgencias y emergencias en el
campo de la salud.
4.1.3 Fortalecerel Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (INDRE),
4.1.4 Crear una Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, para fortalecer las
capacidades en diagnóstico y monitoreo de los pacientes atendidos, procurando la
accesibilidad y atención cercana.
4.1.5 Prever, las acciones ante posible situación de emergencia en salud, para salvaguardar y
atender a la población afectada, a través de la coordinación interinstitucional que garanticen
los servicios de asistencia y atención.
Programa Sectorial de Salud 2019 -2024
4.1.6Constituirunaredparalavinculacióndeserviciosestatales,federaleseinternacionales,
relacionadosconlasanidadyseguridadensalud.
4.1.7DiseñareimplementaraccionesdesensibilizaciónparalaprevencióndeLesiones
Accidentalesenlosdiferentesámbitosdeocurrenciaportipoygrupodeedad,considerandola
diversidadcultural.
4.1.8Promoveryconcertarconveniosespecíficosdecolaboraciónenmateriadeemergencias
ensalud.
4.1.9Promovermecanismosdecoordinación,articulaciónyvinculaciónentreinstancias
responsablesdevigilanciasanitaria,comosonSEMARNAT,SENASICAyCOFEPRIS,afinde
aprovecharlosrecursosdisponiblesyevitarladuplicidaddefunciones.
4.1.10Implementarestrategiasbajounenfoqueterritorialqueprocurenlaseguridad
alimentaria,vigilanciasanitariayprevencióndeepidemiasparasalvaguardaralapoblación,
tomandoencuentaladiversidadcultural.
Programa Sectorial de Salud 2019 -2024