bienes, derechos Contables y Tipos de Obligaciones.pptx

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bienes y derechos


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bienes, derechos Contables y Tipos de Obligaciones

Bienes contables B ienes hace referencia a aquellos elementos físicos que, de alguna manera, satisfacen necesidades humanas hay una amplia tipología de bienes ateniendo a sus características, y para hablar de ellos debemos ordenarlos por categorías. Por tanto, tenemos bienes según su grado de escasez, su función, su grado de transformación, la facilidad de acceder a ellos o su relación con la renta .

Bienes públicos son los más accesibles porque pertenecen a la sociedad, en general. Por ejemplo , un colegio . Bienes privados:  Son los menos accesibles porque solo pueden ser utilizados por sus dueños. Por ejemplo, una casa . Bienes de propiedad privada:  Son bienes de dueños particulares pero destinados a ser utilizados por el público en general. Como, por ejemplo, un hotel . Bienes libres:  Son de ilimitado acceso, de ahí su nombre. Esto significa que su acceso es libre y todo el mundo puede acceder a él. Un ejemplo de bien libre es el oxígeno, el aire. Bienes económicos:  Son bienes a los que no todo el mundo puede acceder, dadas sus características. Por ejemplo, el petróleo . Bienes de consumo:  Hacen referencia a los bienes que utilizamos día a día. Por ejemplo, una moto, ir a algún restaurante, una casa… Bienes de inversión: También conocidos como   Bienes de consumo: Hacen referencia a los bienes que utilizamos día a día. Por ejemplo, una moto, ir a algún restaurante, una casa Bienes de inversión: También conocidos como bienes de capital, bienes de equipo o bienes de producción. Son aquellos que sirven para obtener un beneficio posterior de ellos. Por ejemplo, si nos compramos un ordenador porque es necesario para nuestro trabajo, o unos fondos a plazo fijo en el banco, etc. bienes de equipo o bienes de producción . Son aquellos que sirven para obtener un beneficio posterior de ellos. Por ejemplo, si nos compramos un ordenador porque es necesario para nuestro trabajo, o unos fondos a plazo fijo en el banco, etc.

Derechos contables Las garantías de los derechos de cobro A través de las garantías de los derechos de cobro, tanto los individuos como las empresas, o administraciones públicas cuentan con una garantía real o personal para asegurarse de algún modo el abono de la deuda. Estas garantías generan una tranquilidad extra para estos acreedores personas físicas y/o jurídicas a recibir esa retribución económica que se acordó en el momento de ofrecer sus bienes o servicios a través de un acuerdo comercial con la parte ahora deudora . EL DERECHO CONTABLE. En términos generales, puede hacerse referencia a un “Derecho Contable” para aludir a las diversas relaciones entre el Derecho y la Contabilidad. En un enfoque tradicional del denominado “Derecho Contable”, el derecho rige a la contabilidad, en cuanto  crea el marco normativo en que ésta se desenvuelve, subordinando, en cierto sentido, las normas contables a las normas jurídicas, e imponiendo deberes contables y responsabilidades profesionales

Tipos de Obligaciones 1.- Obligación Real: En esta obligación el deudor compromete sólo la cosa objeto de la prestación. 2.- Obligación Ordinaria: En esta obligación el deudor compromete todo su patrimonio, no una cosa en específico. 3.- Obligación Patrimonial: Son aquellas que atentan contra el patrimonio o el derecho pecuniario de una persona. 4.- Obligación Extra patrimonial: Estas podrían ser susceptibles de evaluarse pecuniariamente. 5.- Obligaciones Morales: Son aquellas que cumplimos con un deber de conciencia, las mismas no están establecidas en la ley. 6.- Obligaciones jurídicas: Son las que están sancionadas por la ley y su no se cumplen, la persona compromete su responsabilidad .

7.- Obligaciones Civiles. Estas son susceptible de constreñimiento, si el deudor no cumple puede ser perseguido por todas las vías derecho. 8.- Obligaciones Naturales: Solo pueden ser cumplidas voluntariamente. Por ejemplo, un padre que mantenga a su hijo aún después de la mayoría de edad. 9.- Obligaciones de Medio: El deudor debe observar la prudencia y diligencia necesaria para obtener el resultado de lo debido. 10.- Obligaciones de resultados: Esta consiste en que el deudor está obligado a obtener un resultado determinado. 11.- Obligaciones de dar. El deudor está obligado a entregar la cosa y también a transferir el derecho de propiedad al acreedor. 12.- Obligaciones de hacer o no hacer: El deudor se obliga a realizar o no un hecho a favor del acreedor. 13.- Obligaciones a termino fijo: En esta la obligaciones no puede reclamarse antes del vencimiento del término. 14.- Obligaciones alternativas: Con esta el deudor puede liberarse, entregando una de las dos cosas prometidas. 15.- Obligaciones Solidarias: Son aquellas mediante la cual varias personas se comprometen a pagar la misma deuda de manera solidaria.
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