CAPACITACIÓN JURÍDICA: SUPERVISIÓN DE CONTRATOS ESTATALES EN COLOMBIA Dirigido a: Funcionarios Públicos Supervisores e Interventores Entidad: Alcaldía de Bucaramanga / IMEBU Facilitador: [Nombre del ponente / Área Jurídica] Base normativa: Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015, Ley 1474 de 2011 Fecha: [día/mes/año]
Objetivos Jurídicos de la Capacitación - Analizar fundamentos legales del rol del supervisor. - Identificar límites de actuación frente al contratista y la entidad. - Reconocer riesgos jurídicos por omisión o extralimitación. - Brindar herramientas normativas para la supervisión técnica, administrativa y financiera.
Marco Normativo Esencial - Ley 80 de 1993 – Arts. 4 y 14. - Ley 1150 de 2007 – Art. 11. - Decreto 1082 de 2015 – Art. 2.2.1.1.2.1. - Ley 1474 de 2011 – Estatuto Anticorrupción. - Guía de Supervisión de Colombia Compra Eficiente.
Naturaleza Jurídica de la Supervisión - Función pública de control con responsabilidad directa. - Su omisión genera responsabilidad disciplinaria, fiscal y penal. - El supervisor no sustituye al contratista, garantiza cumplimiento del objeto. - Principio de planeación y control (Art. 25 Ley 80/93).
Responsabilidades Legales del Supervisor - Velar por el cumplimiento del objeto, condiciones técnicas y financieras. - Exigir informes, garantías, actas y entregables. - Emitir alertas tempranas ante incumplimientos. - Solicitar modificaciones o suspensiones contractuales. - Documentar todas las actuaciones. Sustento: Art. 83 D.1082/2015 y Guía de Supervisión CCE.
Deberes Específicos y Límites de Actuación - Conocer pliegos, contrato y estudios previos. - No autorizar pagos sin soporte. - No modificar contratos sin autorización. - Elaborar informes conforme al Art. 9 D.1082/2015. - Cumplir deber de denuncia (Art. 67 Ley 1474/2011).
Riesgos Jurídicos Comunes - Falta de seguimiento técnico o financiero. - Omisión en reportar incumplimientos. - Aprobación de pagos sin evidencia. - Desconocimiento de plazos o cláusulas sancionatorias. - Ausencia de trazabilidad documental. Riesgos: disciplinario (Ley 734/02), fiscal (Ley 610/00), penal (C.P. arts. 397-409).
Responsabilidades Jurídicas del Supervisor - Disciplinaria: Omisión o extralimitación (Arts. 34-35 Ley 734/2002). - Fiscal: Detrimento patrimonial (Ley 610/2000, Art. 5). - Penal: Peculado, falsedad o interés indebido (C.P. arts. 410-411). - Administrativa: Perjuicios ocasionados a la entidad.
Buenas Prácticas Jurídico-Administrativas - Mantener expediente digital y físico. - Dejar constancia de comunicaciones. - Reportar incumplimientos. - Validar pólizas y garantías. - Participar en comités de seguimiento. Aplicar Guía de Supervisión de Colombia Compra Eficiente (2018).
Jurisprudencia Relevante - Consejo de Estado, Exp. 38.295 (2018): Supervisor responde solidariamente por omisión. - Corte Suprema, Rad. 34327 (2012): Negligencia puede configurar peculado por omisión. - Procuraduría, Circular 010/2022: Deber de control preventivo en contratación.
Conclusiones Finales - Supervisión = función de control preventivo. - Requiere conocimiento técnico y jurídico. - Actuaciones deben ser documentadas y trazables. - Protege al Estado y al funcionario. - La responsabilidad no se delega ni se comparte.
Espacio de Preguntas y Casos Reales Discusión práctica sobre situaciones reales de supervisión, redacción de informes y manejo jurídico ante incumplimientos.