COMPETENCIA LEGISLATIVA

4,728 views 12 slides May 24, 2017
Slide 1
Slide 1 of 12
Slide 1
1
Slide 2
2
Slide 3
3
Slide 4
4
Slide 5
5
Slide 6
6
Slide 7
7
Slide 8
8
Slide 9
9
Slide 10
10
Slide 11
11
Slide 12
12

About This Presentation

DERECHO INT PRIVADO


Slide Content

Competencia legislativa Competencia Legislativa, se refiere a la ley que regirá o se empleara para el caso es decir , la autoridad legal para adoptar medidas.

FUNCION LEGISLATIVA Y FUNCION JURISDICCIONAL. La primera tiene por objeto crear normas abstractas y generales, La 2 ° crea normas individuales, rasgo que también es común a la función administrativa .

Acto Jurisdiccional y Acto Administrativo tienen en común: 1 .   Ambos representan la individualización y concreción de normas generales. 2.    Su autor es siempre un órgano del Estado. 3.    Tanto el acto jurisdiccional como el administrativo tienen aptitud para imponerse, eventualmente, a cualquier miembro de la comunidad.

De las relaciones que ligan a los órganos admini strativos con los ciudadanos, el proyecto comunitario puede expresarse: A.   En forma espontánea o directa e inmediata. B.   En forma indirecta o mediata.

CLASIFICACION DE LA COMPETENCIA LEGISLATIVA. PRIMARIAS. Son normas que innovan el ordenamiento jurídico, que pueden cambiar SECUNDARIAS. Son normas que completan y/o desarrollan a las normas primarias a las que estan subordinadas.

METODOLOGíA DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. La diversidad legislativa entre los países es un hecho impuesto por la historia y la geografía. La codificación como concepto genérico, es la sistematización científica, en un cuerpo orgánico, de las normas, reglas y demás disposiciones jurídicas referidas a una materia o campo especifico del derecho.

CRITERIOS PARA LA CODIFICACIóN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. * el primero supone un enfoque global que contempla un cuerpo de normas para abarcar toda la normativa de esta disciplina. * Mientras que el segundo prevé un proceso mas gradual y progresivo.

ORGANISMOS INTERNACIONALES Y CONFERENCIAS. L a armonización y unificación progresiva del derecho internacional privado esta constituido por tratados, y convenciones internacionales.

Entre estos podemos señalar los siguientes: L a conferencia de La H aya de derecho internacional privado la CNUDMI (comisión de las naciones unidas para el derecho mercantil internacional) E l UNIDROIT (instituto internacional para la unificación del derecho privado) E l C ongreso D e M ontevideo L a C onvención P anamericanas (código Bustamante) las CIDIP (conferencias interamericanas de derecho internacional privado)  

LA TEORíA DE LA NORMA DEL DERECHO INTERNACIóNAL PRIVADO. T iene dos aspectos: . Activo.- la norma jurídica de un estado penetra, con vigencia, en el territorio de una entidad estatal diversa. . Pasivo.- el estado sin sentir afectada su soberanía, permite la introducción de una norma extraña a su sistema jurídico.

ESTRUCTURA DE LA NORMA. Esta tiene una peculiaridad que es que debe existir Un elemento de extranjería, Tiene que haber algo dentro de esos hechos que pueda involucrar a dos o más ordenamientos jurídicos. CLASES DE NORMA. Primera clasificación: Normas de importación: son aquellas normas que puede obtener la aplicación de una norma extranjera. Segunda clasificación: Normas unilaterales: Significa un solo lado, un solo aspecto, es decir regulan un solo lado de la situación.

Gracias…
Tags