conflictos social, medios alternativos d

neribethperez 81 views 8 slides Apr 08, 2024
Slide 1
Slide 1 of 8
Slide 1
1
Slide 2
2
Slide 3
3
Slide 4
4
Slide 5
5
Slide 6
6
Slide 7
7
Slide 8
8

About This Presentation

Conflicto social


Slide Content

Participante: Pérez Neribeth V-18.737.986 Sección: 4202 F/S Unidad Curricular: Proyecto Profesora: Jorge Castañeda

CONFLICTO SOCIAL Un conflicto es una manifestación de intereses opuestos, en forma de disputa. El conflicto se ha definido como un choque de intereses, emociones, ideas, valores o acciones. Pelea Discrepancia Desavenencia Separación Tipos de conflictos Conflictos personales. En estos conflictos, los participantes tienen prejuicios entre sí y suelen estar unidos por lazos más estrechos. Muchas veces el origen de los conflictos personales tiene relación con factores emocionales. Pueden ser intrapersonales (ocurren entre individuos o grupos). Conflictos armados En un conflicto armado se busca obtener el territorio o recurso disputado a la fuerza. los grupos suelen ser militares o paramilitares y pretenden obtener el poder, territorio o recurso disputado a la fuerza. Conflictos ideológicos. En los conflictos por ideologías políticas las posturas de los individuos enfrentados son opuestas o defienden intereses de clases distintas. Las diferencias de las posturas serán muy claras y en algunos casos podrían convertirse en conflictos armados si una o las dos partes tiene o pretende el poder de una nación. Conflictos religiosos. En los conflictos religiosos podemos encontrar diferentes sectores enfrentados dentro de un mismo culto tanto como diferentes cultos que se oponen entre sí. Las pugnas tienen que ver con la interpretación de las escrituras correspondientes o las doctrinas que se eligen adoptar. Conflictos filosóficos. En los conflictos filosóficos las diferencias son subjetivas a cada filósofo, es decir que no todos ven las cosas de igual manera o se encuentran en la misma postura. Cada uno tiene su interpretación sobre un tema, una escuela o un problema y muchas veces cada visión excluye a las demás. Estos conflictos no generan conflictos mayores o más violentos.

Causas del conflicto Fase del conflictos Comportamientos frente al conflicto: a) Los bienes: los bienes como causa del conflicto representa un valor material. Ej.: dinero y propiedades. b) Los principios: este término se refiere a los principios abstractos que constituyen elementos no materiales. Ej.: creencias religiosas, ideologías políticas, valores morales, reputación personal. c) El territorio: se refiere al territorio literal como el sicológico. d) Las relaciones interpersonales implícitas: 1) Diferencias de poder: los desequilibrios de poder en las relaciones terminan desembocando en un conflicto, exponiendo al más débil a la posibilidad de ser reprimido por el más fuerte. 2) Expectativas dentro de las relaciones: se ha afirmado que los contratos sicológicos están implícitos en las relaciones humanas. Estos contratos sicológicos se basan en las "expectativas tácitas" e inconscientes que cada uno tiene de los demás. 3) Choque de personalidades: significa que las personas en cuestión no se llevan bien por no poder comprenderse mutuamente. Escalada y desescalada del conflicto. Ciclo de vida: el conflicto es el proceso dinámico y ello significa la posibilidad de transformaciones. Las situaciones del conflicto evolucionan cíclicamente y su dinamismo hace que los problemas o la forma del conflicto cambien. Cuando advertimos una tendencia de la relación a volverse cada vez más conflictiva la llamada "escalada del conflicto" y, al contrario, "la desescalada" se produce cuando la tendencia de la relación apunta a la disminución del conflicto. Competir o contender: en ese caso tratamos de resolver el conflicto, manteniendo nuestras aspiraciones y tratando de persuadir al otro para que ceda. Implica un alto interés por la satisfacción de las necesidades y las aspiraciones propias . b) Ceder o conceder: este caso supone que uno de los implicados renuncie a parte de sus aspiraciones y a ese costo la otra parte satisface las suyas. c) Convenir: en esta alternativa todas las personas involucradas en el conflicto ceden parcialmente en sus necesidades, intereses y aspiraciones. Se satisfacen algunos de los intereses propios y algunos de los ajenos. d) Colaborar y resolver problemas: en esta clase de comportamiento todas las partes tratan de obtener la satisfacción de la gran mayoría o todos los intereses reales propios y ajenos. Para lograrlo trabajan juntos generando nuevas opciones de mutuo beneficio. e) Evitar, no hacer nada o retirarse: constituye la inacción, implica la manifestación de desinterés tanto por las necesidades y aspiraciones propias como por las ajenas. Modos de gestión de los conflictos: existen tres enfoques desde los cuales se resuelven los conflictos: a) Sobre las bases de los intereses. b) Sobre las bases del derecho. c) Sobre las bases del poder.

Conflicto Social es un proceso complejo en el cual la sociedad, Estado y/o empresas perciben que sus posiciones, intereses, objetivos, valores, creencias o necesidades se encuentran en deterioro creándose una situación que podría derivar en violencia Las causas de un conflicto social dependen de las circunstancias de cada país o región; en general, podemos destacar las siguientes: La desigualdad entre hombres y mujeres, entre personas de distintas etnias o entre personas que profesan diferentes religiones Tipos de Conflicto Social Conflictos funcionales . son aquellos conflictos que se presentan y son de intensidad moderada, que mantienen y sobretodo mejoran el desempeño de las partes, pertenecen a este grupo los conflictos que posibilitan un medio para ventilar problemas y liberar tensiones, fomentan un entorno de evaluación de uno mismo y de cambio; Por ejemplo: si promueven la creatividad, la solución, la toma de decisiones, la adaptación al cambio, estimulan el trabajo en equipo y fomentan el replanteamiento de metas. Conflictos disfuncionales . Este tensiona las relaciones de las partes limitando o impidiendo una relación armoniosa en el futuro. Este tipo de conflicto genera estrés, desconfianza, frustración, temores o deseos de agresión, lo cual afecta el equilibrio emocional y físico de las personas, reduciendo su creatividad y en general su productividad y eficacia personal. Estos conflictos se distinguen entre sí fundamentalmente por sus efectos y consecuencias, los cuales determinan que un conflicto sea bueno o malo, funcional o disfuncional, positivo o negativo. Características de Conflicto social Conflicto es algo inherente, característica natural e inevitable de la existencia humana y de la interacción social. La complejidad de los conflictos está determinada por los problemas que los originan, las percepciones acerca de ellos, el número de actores que intervienen, entre otros elementos (diversidad cultural, económica, social y política; la debilidad institucional, la violencia, etc ) Conflicto y violencia no son lo mismo. La violencia es una manifestación concreta del conflicto. Actores en los conflictos sociales. Actores primarios : son los que participan concisamente en el conflicto. Actores secundarios : Está conformado por conjuntos que respaldan a cualquiera de las partes; también forman parte los organismos, instituciones de la sociedad o personas que cooperan en la canalización del conflicto, o que pueden hacerlo. Actores terciarios : individuos u organismos señalados como ecuánimes, que poseen la viabilidad de ejercer como conciliadores o comisionados.

Teoría del conflicto La teoría del conflicto es una de las grandes escuelas de la teoría sociológica moderna, es considerada como desarrollo que se produjo en reacción a la estática del funcionalismo estructural. Antes de la aparición de la Teoría del Conflicto, el conflicto era visto básicamente como una patología social, o, en todo caso, el síntoma de una patología social. La sociedad perfecta era vista como una sociedad sin conflictos y todas las utopías sociales sostenían la necesidad de constituir un modelo de sociedad sin conflictos, de pura cooperación. La Teoría del Conflicto revalúa la connotación negativa tradicional y postula el conflicto social como un mecanismo al menos potencialmente positivo- de innovación y cambio social. Las teorías de todo conflicto social buscan explicar cómo la sociedad necesita tanto leyes y estabilidad como desacuerdo y a fin de lograr Integración social lo que puede conseguirse ya sea con consenso o con coacción. El derecho aparece como medio del conflicto de clases que es una ley del marxismo, según surge del "Manifiesto Comunista" de 1848. Esto explica que muchos autores actuales presentan la teoría marxista como una versión de la Teoría del Conflicto

Medios Alternativos de Resolución de Conflictos: Según Ma. Guadalupe Márquez Algara y José Carlos de Villa de Cortés “los medios alternos de solución de conflictos son procedimientos diferentes a los jurisdiccionales que tienen como objetivo resolver conflictos suscitados entre partes con un problema de intereses.” Pp. 1587 (Cortés, 2013) . Otra definición seria: « son una gran gama de herramientas utilizadas para solucionar conflictos sin necesidad de acudir al litigio judicial Característica principal evitar que las partes en conflicto lleguen a juicio Principales Métodos de Resolución de Conflictos : a) La Negociación: es voluntaria, informal, directa y permite a las partes tener control sobre el proceso y la solución (Sin ayuda o facilitación de terceros). b) La Mediación: se ha definido como un procedimiento no adversarial , en el cual un tercero neutral facilita la comunicación y ayuda a las partes a negociar para llegar a un resultado mutuamente aceptable. c) La Conciliación: supone avenimiento entre intereses contrapuestos; es armonía establecida entro dos o más personas con posiciones divergentes. d) El Arbitraje: se ha definido como un procedimiento mediante el cual las personas puede someter, previo convenio, a la decisión de uno/a o varios/as árbitros/as las cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir en materias de su libre disposición conforme a derecho

LEYES EN VENEZUELA CONTEMPLAN LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTO - Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Art 253- 259, 178 ordinal 7 , 257, 258. - Ley Orgánica de Justicia de Paz (Arts. 36-40 y 45-46); - Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente (Arts. 308-317), - Ley Orgánica Procesal del Trabajo G.O. N° 37.504 del 13 de agosto de 2002 (Arts. 129,133, 135 y 138-149; y Reglamento de la Ley del Trabajo (Arts. 194 y 202); - Ley Orgánica de Protección al Consumidor (Arts. 134-141); - Ley de Arbitraje Comercial - Código Orgánico Procesal Penal (Arts. 409 y 411); - Código de Procedimiento Civil (Arts. 257-260-262, 388, 799-800); -Código Civil (Art. 1982); -Código de Comercio (Arts. 540,962,1005,1104,1110); -Ley de Tierra y Desarrollo Agrario G.O. N° 5.771 -Extraordinario del 18 de mayo de 2005 (artículos 164, 196, 206); -Ley de Defensa Pública (artículos 51 y 52); -Código Orgánico Tributario G.O. N° 37.305 del 17 de octubre de 2001 (artículos 312 al 326); -Ley Orgánica de Hidrocarburos G.O. N° 38.443 del 24 de mayo de 2006 (artículo 34); Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos G.O. N° 36.793 del 23 de septiembre de 1999 (artículo 24, numeral 6, literal b), el cual fue desarrollado en el Reglamento de la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos G.O. N° 5.471 Extraordinario del 5 de junio de 2000, (artículo 19); -Ley Orgánica Sobre Promoción de la Inversión Privada bajo Régimen de Concesiones G.O. N° 5.394 Extraordinario del 25 de octubre de 1999 (artículo 61); -Ley de Asociaciones Cooperativas G.O. N° 37.285 del 18 de septiembre de 2001 (artículos 63); -Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros G.O. N° 5.561 Extraordinario del 28 de noviembre de 2001 (Artículos 256 y 257); -Ley de Arrendamientos Inmobiliarios G.O. Nº 36.845 del 7 de diciembre de 1999 (artículo 33). Ley Orgánica de La Jurisdicción Contencioso Administrativa . Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Art. 4 Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, artículos 18 y 19 MEDIOS INTERNACIONALES: La Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, celebrada en Nueva York el 10 de junio de 1958 (Convención de Nueva York) -G.O. Nº 4.832 Extraordinario del 29 de diciembre de 1994-. El Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (Convenio de CIADI) -G.O. Nº 4.832 Extraordinario del 29 de diciembre de 1994-; La Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional, firmada en Panamá el 30 de enero de 1975 (Convención de Panamá) -G.O. Nº 33.170 del 22 de febrero de 1985-; La Convención Interamericana sobre Eficacia Extraterritorial de las Sentencias y Laudos Extranjeros, suscrita en Montevideo el 8 de mayo de 1979 (Convención de Montevideo) -G.O. Nº 33.144 del 15 de enero de 1985- El Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones -G.O. Nº 4.634 Extraordinario, del 22 de septiembre de 1993-.

Medios Alternativos de Resolución de Conflictos en la actualidad constituyen un mecanismo efectivo e innovador al momento de dirimir las controversias que se presentan entre las personas en la sociedad, su implementación ha revelado que se trata de una herramienta valiosa y exitosa en la solución de los conflictos y disensiones que se presentan en las diferentes áreas del quehacer humano. Medios que han sido utilizados desde épocas ancestrales adoptadas por el ser humano para la solución de conflictos utilizando como modalidad el dialogo entre las partes con o sin la presencia de un mediador o conciliador. En ese sentido un gran número de instituciones pertenecientes al Estado han venido trabajando en base al estudio e implementación sistemática de este nuevo modelo, en la búsqueda de soluciones rápidas y efectivas centradas en la solución de sus conflictos. Los problemas reinantes en nuestra sociedad que para nadie son un secreto y el carácter tan violento del crecimiento poblacional que no puede eludir la administración de justicia en Venezuela, ha conducido a la implementación de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos a nivel jurisdiccional, con la finalidad por un lado de que los justiciables consigan un mejor acceso a la justicia y por otro que en los diferentes Tribunales los juicios duren poco tiempo, basado en el principio de celeridad y economía procesal inclinándose a su vez a la nueva tendencia del Poder Judicial identificada por ser una justicia moderna y eficaz. Nuestros legisladores han insistido en la necesidad de impulsar estas alternativas como soporte a los mecanismos jurisdiccionales, con la simple tarea de disminuir el número de litigios o demandas a los que se enfrentan nuestras instituciones encargadas de administrar justicia
Tags