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Jun 14, 2015
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Slide Content
TEMA
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
PROBLEMATICA
Y
SOLUCIONES
|.- ARMONIZACIÓN CONTABLE
Definición
Definición 3
De acuerdo al Diccionario de la Lengua Española, armonizar
significa "poner en armonía o hacer que no discuerden o se
rechacen dos o más partes de un todo o dos o más cosas que
deben concurrir al mismo fin", la armonización sería "el poner de
acuerdo, el conciliar las normas existentes".
Crear armonía entre las partes de un todo o entre los elementos
que deben concurrir a un mismo fin.
Poner en armonía dos o más partes de un todo.
: Conveniente proporción y correspondencia de unas
cosas con otras.
Inicios formales de la Armonizacion
En la , celebrada
en marzo de 2004, las secretarias de Hacienda y Crédito Publico
(SHCP) y de la Función Pública (SFP) presentaron en el seno de la
Mesa de Transparencia, Fiscalización y Rendición de Cuentas, el
Proyecto de Armonización de la Contabilidad Gubernamental en
los Tres Órdenes de Gobierno que consiste en
"Armonizar y modernizar los sistemas de información contables
para los tres ámbitos de gobierno, donde se contemplen marcos
jurídicos similares, principios y normas contables comunes, sistemas
de administración financiera, registro contable y modelos de
información de cuentas compatibles para proporcionar el control,
evaluación y fiscalización concurrentes ".
Necesidad de la Armonización
=
a \
— Armonización nn
dl
Razon de la Armonizacion
NECESIDAD ]
( Informacién Información
Comparable | Consolidad
Financiera ff Económica |} Presupuestal
Sector Gubernamental
Información Auditoria Superior de la Federación
Secretaría de la Función
Pública
Banco Mundial/
Calificadoras
Hacendari CINIF (Consejo Mexicano para la
Investigación de Normas de
Información Financiera)
Il.- LEY GENERAL DE CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
La Ley General de Contabilidad
Gubernamental publicada en el diario
oficial de la federación el dia 31 de
diciembre del 2008.
Entró en vigor el 1 de enero del 2009.
INDICE DE LEY
TITULO PRIMERO, Objeto y Definiciones de la Ley
TÍTULO SEGUNDO, De la rectoría de la armonización
contable
TÍTULO TERCERO, De la contabilidad gubernamental
TÍTULO CUARTO, De la información financiera
gubernamental y la cuenta pública
TÍTULO QUINTO, De las sanciones
TRANSITORIOS
TOTAL 57 ARTÍCULOS
Objeto
Art. 1.- La presente Ley es de orden publico y
tiene como objeto establecer los criterios
generales que regirán la contabilidad
gubernamental y la emisión de información
financiera de los entes públicos, con el fin de
lograr su adecuada armonización.
Obligatoriedad
Es de observancia obligatoria para los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, los
estados y el Distrito Federal; los ayuntamientos de
los municipios; los órganos político-administrativos de
las demarcaciones territoriales del Distrito Federal;
las entidades de la administración publica
paraestatal, ya sean federales, estatales o
municipales y los órganos autónomos federales y
estatales.
Definiciones
Armonización: la revisión, reestructuración y
compatibilizacién de los modelos contables vigentes
a nivel nacional. A partir de la adecuación y
fortalecimiento de las disposiciones...
Catálogo de cuentas: el documento técnico
integrado por la lista de cuentas, los instructivos de
manejo de cuentas y las guías contabilizadoras
Definiciones
Cuentas contables: Cuentas necesarias para el
registro contable de las operaciones
presupuestarias y contables, clasificadas en activo,
pasivo, hacienda pública o patrimonio, y de
resultados de los entes públicos.
Cuentas presupuestarias: Cuentas que conforman
los clasificadores de ingresos y gastos públicos.
Definiciones
Contabilidad gubernamental: la técnica que
sustenta los sistemas de contabilidad gubernamental
y que se utiliza para el registro de las transacciones
que llevan a cabo los entes públicos, expresados en
términos monetarios, captando los diversos eventos
económicos identificables y cuantificables que
afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y
pasivos, así como el propio patrimonio, con el fin de
generar información financiera que facilite la toma
de decisiones y un apoyo confiable en la
administración de los recursos públicos.
Definiciones
Cuenta Publica: El documento a que se refiere el Art.
74 frac VI de la CPEUM; asi como el informe que en
términos del Art. 122 de la CPEUM rinde el Distrito
Federal y los informes correlativos conforme a las
constituciones locales, rinden los estados y municipios.
Manuales de contabilidad: los documentos
conceptuales, metodológicos y operativos que contienen,
como mínimo, su finalidad, el marco jurídico,
lineamientos técnicos y el catálogo de cuentas, y la
estructura básica de los principales estados financieros
a generarse en el sistema;
Definiciones
Para efectos de esta Ley se entenderá por:
o Postulados Básicos: Elementos fundamentales de
referencia general para uniformar los métodos,
procedimientos y prácticas contables.
Consejo Nacional de Armonización
Contable
El Consejo es el órgano de coordinación para la
armonización de la contabilidad gubernamental y
tiene por objeto la emisión de las normas
contables y lineamientos para la generación de
información financiera que aplicarán los entes
públicos.
Fecha de Instalación: 27 Enero 2009
Integración del CONAC
El Secretario de Hacienda y Crédito Publico, quien
presidirá el consejo;
Los subsecretarios de Egresos, Ingresos y de
Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de
Hacienda;
El Tesorero de la Federación;
El titular de la unidad administrativa de
Secretaría de Hacienda responsable de
coordinación con las entidades federativas;
Un representante de la Secretaría de la Función
Pública;
Integración del CONAC
Cuatro gobernadores de las entidades federativas de
los grupos a que se refiere el artículo 20, fracción Ill, de
la Ley de Coordinación Fiscal, conforme a lo siguiente:
Dos representantes de los ayuntamientos de los
municipios o de los órganos político-administrativos de
las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
Un secretario técnico, quien tendrá derecho a voz, pero
no a voto.
Facultades del CONAC
Emitir marco conceptual
Di
Postulados básicos
Plan de cuentas
Elementos de los manuales de
contabilidad
Normas contables y de emisión
de información financiera
Facultades del CONAC
Sistema de Contabilidad
Gubernamental
El sistema, al que deberán sujetarse los entes públicos,
registrará de manera armónica, delimitada y
específica las operaciones presupuestarias y
contables derivadas de la gestión pública, así como
otros flujos económicos.
Asimismo, generará estados financieros, confiables,
oportunos, comprensibles, periódicos y comparables,
los cuales serán expresados en términos monetarios.
Sistema de Contabilidad
Gubernamental
Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema:
Refleje la aplicación de los principios, normas contables
generales y específicas e instrumentos que establezca el
consejo;
Facilite el reconocimiento de las operaciones de ingresos,
gastos, activos, pasivos y patrimoniales de los entes públicos;
Integre en forma automática el ejercicio presupuestario con
la operación contable, a partir de la utilización del gasto
devengado;
Sistema de Contabilidad
Gubernamental
Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema:
4. Permita que los registros se efectúen considerando la
la integración de la información presupuestaria y contable;
Refleje un registro congruente y ordenado de cada operación que genere
derechos y obligaciones derivados de la gestión económico-financiera de
los entes públicos;
Genere, en tiempo real, estados financieros, de ejecución presupuestaria y
otra información que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia,
a la programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición
de cuentas, y
Sistema de Contabilidad
Gubernamental
Art. 20.- Los entes públicos deberán contar con manuales de
contabilidad, así como con otros instrumentos contables que defina el
consejo.
Art. 21.- La contabilidad se basará en un marco conceptual que
representa los conceptos fundamentales para la elaboración de normas,
la contabilización, valuación y presentación de la información financiera
confiable y comparable para satisfacer las necesidades de los usuarios y
permitirá ser reconocida e interpretada por especialistas e interesados
en la finanzas públicas.
Art. 22.- Los postulados tienen como objetivo sustentar técnicamente la
contabilidad gubernamental, asi como organizar la efectiva
sistematización que permita la obtención de información veraz, clara y
concisa.
olstema de inrormacion rinanciera
Requerimientos Responsabilidades
Alta
Dirección
Voluntad Política Liderazgo
Registro Patrimonial
Registro Patrimonial, Art. 23.- Los entes públicos deberán
registrar en su contabilidad los bienes muebles e inmuebles
siguientes:
Registro Patrimonial
Art. 27.- Los entes públicos deberán llevar a cabo el levantamiento físico
del inventario de los bienes a que se refiere el artículo 23 de esta Ley.
Dicho inventario deberá estar debidamente conciliado con el registro
contable. En el caso de los bienes inmuebles, no podrá establecerse un
valor inferior al catastral que le corresponda.
* Resguardos * Valor en Libros
+ Listado + Depreciaciones
General de
Activos Fijos
Registro Patrimonial
Los entes públicos contarán con un
para incluir en el inventario físico los bienes que adquieran.
Los entes públicos el inventario de sus bienes
, el cual deberán actualizar, por lo menos,
de publicación, distintos al internet, cuando este servicio no
esté disponible, siempre y cuando sean de acceso público.
El consejo emitirá, para efectos contables, las disposiciones
sobre registro y valuación del patrimonio que requiere la
aplicación esta Ley. (ya existe un poco de normatividad,
pero métodos de depreciación)
Registro Patrimonial
Art. 31.- Cuando se realice la transición de una
administración a otra., los bienes que no se
encuentren inventariados o estén en proceso de
registro.....
+ Activos + Si en 30 dias + Deberán
Adquiridos en no registra los formalizar
periodo de ACTIVOS mediante acta
transición de entrega
recepción los
activos
pendientes de
registro
Registro de las operaciones
La contabilidad gubernamental deberá permitir la
expresión fiable de las transacciones en los estados
financieros y considerar las mejores prácticas contables
nacionales e internacionales en apoyo a las tareas de
planeación financiera, control de recursos, análisis y
fiscalización.
Los registros contables de los entes públicos se llevarán
con . La contabilización de las
transacciones de gasto se hará conforme a la
, y la del
ingreso se registrará cuando exista
Información Financiera Gubernamental
Art. 44.- Los estados financieros y la información emanada
de la contabilidad deberán sujetarse a criterios de utilidad,
confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de
comparación, así como a otros atributos asociados a cada
uno de ellos, como oportunidad, veracidad,
representatividad, objetividad, suficiencia, posibilidad de
predicción e importancia relativa, con el fin de alcanzar la
modernización y armonización que la Ley determina.
Art. 45.- Los entes públicos deberán expresar de manera
destacada en sus estados financieros los esquemas de
pasivos, incluyendo los que sean considerados deuda
pública en términos de la normativa aplicable.
Información Financiera Gubernamental
Art. 46.- En lo relativo a la Federación, los
sistemas contables de las dependencias del poder
Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las
entidades y los órganos autónomos permitirán, en
la medida que corresponda, la generación
periódica de los estados y la información
financiera que a continuación se señala:
Lecce
Art. 46, 47 y 48
Estado de situación financiera; Estado de Resultados o Actividades
Estado de variación en la hacienda pública;
Estado de cambios en la situación financiera: Estado de Flujos de Efectivo
Informes sobre pasivos contingentes;
Notas a los estados financieros;
Estado analítico del activo; Desglose, memoria y gestión
admva.
Estado analítico de la deuda y otros pasivos
a) Estadoanalílico de ingresos (económica, fuente y concepto)
b) Estadoanalítico del ejercicio del presupuesto de egresos
(Administrativa, Económica y por Objeto, Funcional programática)
Categoria programatica
Programas y proyectos de inversión
Indicadores de resultados;
a) Ingresos presupuestarios; b) Gastos presupuestarios; c) Postura Fiscal
d) Deuda pública,
Transitorio, ‘Os muntelplos emitiran Información pertódica y elaborarán sus cuentas
públicas conforme a los dispuesto en el art 55 de esta ley, a más tardar 31 Dic 2012
Cuenta Publica
Art.52.- Los estados financieros y demás información
presupuestaria, programática y contable que emanen de los
registros de los entes públicos, serán la base para la emisión de
informes periódicos y para la formulación de la cuenta pública
anual.
Los entes públicos deberán elaborar los estados de conformidad
con las disposiciones normativas y técnicas que emanen de esta
Ley o que emita el consejo.
Los estados correspondientes a los ingresos y gastos públicos
presupuestarios se elaborarán sobre la base de devengado y,
adicionalmente, se presentarán en flujo de efectivo.
Sanciones
Art. 56.- Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los
preceptos establecidos en la presente Ley y demás disposiciones
aplicables en la materia, serán sancionados de conformidad con lo
previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos; las leyes equivalentes de las entidades federativas, y
las demás disposiciones aplicables en términos del Título Cuarto de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de las
constituciones de los estados y del Estatuto Orgánico del Distrito Federal.
Las responsabilidades administrativas se fincarán, en primer término, a
quienes directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las
omisiones que las originaron y, subsidiariamente, a los que, por la
naturaleza de sus funciones, hayan omitido la revisión o autorizado tales
actos por causas que impliquen dolo, culpa o negligencia por parte de
los mismos.
Sanciones
Omitir o alterar registros, actos o partes de la contabilidad de los
recursos públicos;
Alterar los documentos que integran la contabilidad de la
información financiera;
No realizar los registros presupuestarios y contables en la forma y
términos que establece esta Ley, con información confiable y veraz;
Cuando por razón de la naturaleza de sus funciones tengan
conocimiento de que puede resultar dañada la hacienda pública o el
patrimonio de cualquier ente público y, estando dentro de sus
atribuciones, no lo eviten o no lo informen a su superior jerárquico, y
No tener o no conservar, en los términos de la normativa, la
documentación comprobatoria del patrimonio, así como de los
ingresos y gastos de los entes públicos.
Ill.- DISPOSICIONES CONAC
MARCO CONCEPTUAL DE
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Uno de los objetivos importantes de la contabilidad
gubernamental es:
Armonizar la generación y presentación de la información financiera,
misma que es necesaria para:
Rendir cuentas de forma veraz y oportuna;
Interpretar y evaluar el comportamiento de la gestión
pública;
Sustentar la toma de decisiones; y
Apoyar en las tareas de fiscalización.
“CONAC el único que emitirá disposiciones”
Sistema Contable
Efectuar en las cuentas contables , el registro de las etapas del
presupuesto de los entes publicos, de acuerdo con lo siguiente:
En lo relativo al gasto, debe registrar los momentos
contables : aprobado, modificado comprometido,
devengado, ejercido y pagado.
En lo relativo al ingreso, debe registrar los momentos
contables: estimado, modificado, devengado y recaudado.
Facilitar el registro y control de los inventarios de bienes
muebles e inmuebles;
Generar, en tiempo real, estados financieros y de ejecución
presupuestaria y otra información que coadyuve a la toma
de decisiones.
Sistema Contable
El sistema contable permitirá la generación periódica
de los estados y la información financiera que a
continuación se detalla:
Información complementaria para generar las cuentas
nacionales.
POSTULADOS BÁSICOS DE LA CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
Los postulados que a continuación se enumeran sustentan de
manera técnica el registro de las operaciones, con la finalidad
de uniformar los métodos, procedimientos y practicas contables.
Sustancia económica;
Entes públicos;
Existencia permanente;
Revelación suficiente;
Importancia relativa ;
Registro e integración presupuestaria;
Consolidación de la información financiera;
Devengo contable;
Valuación;
Dualidad económica;
Y consistencia.
NORMAS Y METODOLOGIA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS
MOMENTOS CONTABLES DE LOS EGRESOS
El sistema de contabilidad gubernamental que cada ente público utilizará
como instrumento de la administración financiera gubernamental, registrará
de manera armónica, delimitada y especifica de las operaciones contables
y presupuestarias;
Cada ente público será responsable de su contabilidad;
El sistema estará conformado por el conjunto de registros, procedimientos,
criterios e informes , estructurados sobre la base de principios técnicos
comunes destinados a captar, valuar, registrar, clasificar, informar e
interpretar, las transacciones, transformaciones y eventos que derivados de
la actividad económica, modifican la situación patrimonial del gobierno y
de las finanzas publicas;
REGISTRO DE LOS INGRESOS
INGRESO ESTIMADO: Es el que se aprueba anualmente en la ley de ingresos, incluyendo
impuestos, derechos (en este apartado se identifican la mayor parte de los ingresos de
los organismos operadores), productos, aprovechamientos, financiamientos, venta de
bienes además de participaciones, aportaciones, recursos convenidos y otros ingresos.
INGRESO MODIFICADO: Es el momento que refleja la asignación presupuestaria en lo
relativo a la ley de ingresos y la incorporación en su caso de modificaciones al ingreso
estimado. es decir el Ingreso estimado (+ -) afectaciones, traspaso o adecuaciones
presupuestarias al ingreso.
INGRESO DEVENGADO: Momento que se realiza cuando existe jurídicamente el
derecho de cobro. en el caso de resoluciones en firme y pago en parcialidades, se
deberán reconocer cuando ocurre la notificación de la resolución y/o la firma del
convenio de pago en parcialidades, respectivamente. para el caso de los organismos
operadores este momento contable-presupuestal se utiliza cuando se expiden las facturas
ó los estados de cuenta por el consumo de agua derivado de la toma de las lecturas.
INGRESO RECAUDADO: Momento que refleja el cobro en efectivo o cualquier otro
medio de pago de los derechos de agua, saneamiento, alcantarillado, venta de agua en
pipas, productos financieros, etc.
REGISTRO DE LOS EGRESOS
GASTOS APROBADO: Momento que refleja las asignaciones presupuestarias anuales según lo establecido
en el decreto de presupuesto de egresos aprobado por el consejo directivo y el ayuntamiento.
GASTO MODIFICADO: Momento que refleja la asignación presupuestaria (+ -) la incorporación de
afectaciones, traspaso o adecuaciones presupuestarias al gasto aprobado.
GASTO COMPROMETIDO: Momento del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un
acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la
adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. en el caso de obras a ejecutarse o de bienes a
recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá,
durante cada ejercicio.
ALGUNOS EJEMPLOS DE ESTE MOMENTO CONTABLE-PRESUPUESTAL EN LOS ORGANISMOS
OPERADORES.
EN ADQUISICIONES CUANDO SE FINCA UN PEDIDO U ORDEN DE COMPRA
EN SERVICIOS CUANDO SE FINCA UNA ORDEN DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO.
A LA FIRMA DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
A LA FIRMA DE UN CONTRATO DE ASESORÍA.
À LA FIRMA DE UN CONTRATO DE OBRA PUBLICA.
REGISTRO DE LOS EGRESOS
n GASTO DEVENGADO: Momento del gasto que refleja el reconocimiento de
una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de bienes,
servicios y obras contratadas.
Algunos ejemplos de este momento contable-presupuestal en los
organismos operadores:
CUANDO SE RECIBE UN BIEN O SERVICIO CONTRATADO O CONVENIDO.
AL VENCIMIENTO DE LA MENSUALIDAD DE UN BIEN INMUEBLE O MUEBLE
ARRENDADO.
AL VENCIMIENTO DE PARCIALIDADES PACTADAS EN UN CONTRATO DE ASESORÍA.
A LA AUTORIZACIÓN DE GENERADORES Y ESTIMACIONES DE OBRA PÚBLICA
CONTRATADA.
REGISTRO DE LOS EGRESOS
GASTO EJERCIDO: el momento que refleja la emisión de una cuenta por
liquidar certificada o documento equivalente debidamente aprobado por
la autoridad competente.
Dicho momento contable-presupuestal se genera un los organismos
cuando se aprueba por parte de los funcionarios autorizados para la
emisión del pago, generalmente el director general, el director de
administración y finanzas y en algunos casos el presidente del consejo
directivo.
GASTO PAGADO: momento que refleja la cancelación total o parcial de
obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de efectivo
o cualquier otro medio de pago.
NORMAS Y METODOLOGIA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS MOMENTOS CONTABLES DE LOS
INGRESOS
INGRESOS
DEVENGADO RECAUDADO
DERECHOS
DETERMINABLE
ALA EMISIÓN
COBRO
IN DELDOCUMENTO DE |ALMOMENTO DE PERCERCIÓN DEL
RECURSO
|AUTODETERMINABLE
AL MOMENTODEPERCEPION DEL RECURSO
PRODUCTOS
DETERMINABLE
ALAENISIO
COBRO
IDELDOCUMENTODE [ALMOMENTO DEPERCERCIÓN DEL
RECURSO
'AUTODETERMINABLE
AL MOMENTO DE PERCEPCIÓN DEL RECURSO
|APROVECHAMIENTOS
DETERMINABLE
ALA EMIS
COBRO
IN DELDOCUMENTO DE [ALMOMENTO DE PERCEPCIÓN DEL
RECURSO
|AUTODETERMINABLE
AL MOMENTODEPERCEPION DEL RECURSO
RECURSOS POR CONVENIOS
CONVENIOS
REQUISITOS
EN LA FECHA ESTABLECIDA EN LOS
AL MOMENTO DE PERCEPION DEL
AL CUMPLIMIENTO
VAL CUMPLIMIENTO DE LOS recurs
CRITERIOS DE REGISTRO GENERALES PARA EL TRATAMIENTO DE LOS MOMENTOS CONTABLES
DEL GASTO COMPROMETIDO Y DEVENGADO
TIPO
COMPROMETIDO
DEVENGADO
ISERVICIOS PERSONALES POR NÖMINA Y
REPERCUSIONES
IALINICIO DEL EJERCICIO POR EL MONTO
|ANUAL, REVISABLE MENSUALMENTE CON
LA PLANTILLA AUTORIZADA
EN LA FECHA DE TÉRMINO DEL PERIODO PACTADO
[OTROS SERVICIOS PERSONALES FUERA DENÓMINA
|AL ACORDARSE EL BENEFICIO POR LA
[AUTORIDAD COMPETENTE
[EN LA FECHA EN QUE SE AUTORIZA EL PAGO POR HABER
CUMPLIDO LOS REQUISITOS EN TÉRMINO DE LAS
DISPOSICIONES APLICABLES
INMUEBLES
[AL FORMALIZARSE EL CONTRATO DE
PROMESA DE COMPRAVENTA O SU
EQUIVALENTE
ICUANDO SE TRASLADE LA PROPIEDAD DEL BIEN
[OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA
MISMA.
[AL FORMALIZARSE EL CONTRATO POR LA
[AUTORIDAD COMPETENTE
EN LA FECHA DE ACEPTACIÓN DELAS ESTIMACIONES DE
IAVANCE DE OBRA
RECURSOS POR CONVENIO
[ALA FORMALIZACIÓN DE LOS
[CONVENIOS RESPECTIVOS
[EN LA FECHA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS
ESTABLECIDOS EN LOS CONVENIOS RESPECTIVOS
PLAN DE CUENTAS
PARA EL REGISTRO DE OPERACIONES CONTABLES Y PRESUPUESTARIAS, LOS ENTES
PÚBLICOS DEBERÁN AJUSTARSEA SUS RESPECTIVOS CLASIFICADORES POR RUBROS DE
INGRESOS Y OBJETO DEL GASTO AL PLAN DE CUENTAS, MISMOS QUE ESTARN
ARMONIZADOS, TANTO CONCEPTUELMENTE COMO EN SUS PRINCIPALES AGREGADOS.
CADA ENTE PÚBLICO TOMARA EN CONSIDERACIÓN SUS NECESIDADES DE
ADMINISTRACIÓN FINANCIERA, ASI COMO LOS DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN,
PUDIENDO DESAGREGAR LAS CUENTAS AL NIVEL QUE SE CONSIDEREN ADECUADAS PARA
CUBRIR LAS NECESIDADES INTERNAS DE LOS MISMOS.
NORMAS Y METODOLOGÍA PARA LA EMISIÓN DE INFORMACION
FINANCIERA Y ESTRUCTURA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
TIPO
CONCEPTO DE ESTADO FINANCIERO
[CONTABLES
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
ESTADO DE ACTIVIDADES
ESTADO DE VARIACIONES EN LA HACIENDA PUBLICA/PATRIMONIO
ESTADO DE FUJOS DE EFECTIVO
ESTADO ANALÍTICO DEL ACTIVO
ESTADO ANALÍTICO DE LA DEUDA Y OTROS PASIVOS
INFORME SOBRE LOS PASIVOS CONTINGENTES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
PRESUPUESTALES
ESTADO ANALÍTICO DE INGRESOS PRESUPUESTALES;
ESTADO DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO
CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO
GASTO CORRIENTE
Son los gastos de consumo y/o de operacién, el arrendamiento
de la propiedad y las transferencias otorgadas a los otros
componentes institucionales del sistema económico para financiar
gastos de esas características.
GASTO DE CAPITAL
Son los gastos destinados a la inversión de capital
AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA Y DISMINUCIÓN DE PASIVOS
Comprende la amortización de la deuda adquirida y
disminución de pasivos con el sector privado, público y externo.
CLASIFICADOR FUNCIONAL DEL GASTO
FINALIDAD
Comprende las actividades propias de gobierno.
FUNCION
Actividades relacionadas con la prestación de servicios sociales
en beneficio de la población.
SUBFUNCIÓN
Actividades Orientadas Al Desarrollo Económico, Fomento De La
Producción Y Prestación De Bienes Y Servicios Públicos.
EJEMPLO
CODIFICACIÓN
FINALIDAD FUNCIÓN SUBFUNCIÓN
DESARROLLO SOCIAL
PROTECCIÓN AMBIENTAL
[ADMINISTRACIÓN DEL AGUA
IIl.- PROBLEMÁTICA ACTUAL Y
SOLUCIONES
PROBLEMATICA Y SOLUCIONES
TANTO LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO
PUBLICO COMO EL CONSEJO NACIONAL DE
ARMONIZACIÓN = CONTABLE (CONAC) HAN
EXPEDIDO LA NORMATIVIDAD A TIEMPO, MAS SIN
EMBARGO EL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN ES
COMPLICADO. LOS MUNICIPIOS POR LA CARENCIA
DE RECURSOS HUMANOS, FINANCIEROS Y
TECNOLÓGICOS PRESENTAN PROBLEMAS.
PROBLEMAS
DIVERSIDAD MUNICIPAL
En el país existen 2,449 municipios, un número elevado
de por sí, del que además una gran parte son muy
pequeños y cuentan con poca capacidad administrativa.
Es alta la diversidad política y cultural. Ejem. Oaxaca En
México hay un total de 2.438 municipios, Oaxaca posee 570
(casi el 25%)
Permanecen arraigados los sistemas de gobierno
basados en la tradición
Situación más grave:
Escasez de recursos para impulsar la capacitación,
innovación y modernización de sus esquemas.
Desconocimiento de las funciones administrativas.
No se asimilan los beneficios que un sistema
administrativo ágil, eficaz y eficiente traería sobre la
captación de recursos y la rendición de cuentas.
PARA PODER INICIAR EL
PROYECTO CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
No se cuenta con la
tecnologia informática
para que la información
este en linea, por
ejemplo en el caso de
sucursales (plantas de
tratamiento, plantas
potabilizadoras, oficinas
administrativas)
(A A R DW,
* Plan de trabajo del
área de informatica
para la conexiön de los
diferentes inmuebles con
que cuenta el organismo
y que son necesaria su
conexiön (conexiön por
antenas radiofrecuencia
o VPN)
N
\
rT
* Bienes informáticos + Generar un
o equipos de proyecto prioritario
computo obsoletos con cargo a
(PC, portátiles, remanentes o
impresoras, presupuesto de
escaneo de egresos ordinario
documentos) para la asignación
de recursos.
Uso de sistemas
comerciales
Falta de integración
de los sistemas
administrativos
Obstáculo para una
solida y eficaz gestión
Información aislada
* Que la contabilidad y
el presupuesto se
encuentran integrados
con catálogos
vinculados y registros
únicos automatizados.
Crear sistemas que
simplifiquen no
“compliquen”
+ Organismos operadores
y otro tipo de entes
públicos sin manuales de
organización, procesos y
procedimientos
¢ La implementación del
sistema obliga al
trabajo ordenado por
procesos además
documentar todas las
operaciones incluyendo
las financieras
(Contabilidad,
Presupuesto, Tesorería,
etc.)
+ Contar con personal que + Proporcionar la
carezca del talento y capacitación adecuada
preparación necesaria para mejorar las
para el proyecto de habilidades y
contabilidad conocimientos de nuestro
gubernamental. personal.
+ Contamos con personal + Acercamiento al CEAC
que se resiste al cambio. que corresponda a
efectos de solicitar la
asesoría idónea.
PARA EL SEGUIMIENTO DEL
PROYECTO CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
+ Desconocimiento por * Labor de los
parte de los órganos Directores
máximos de Administrativos de
gobierno (consejos) y negociar, gestionar y
directivos empujar el proyecto
+ Apoyos mínimos para para dar el nivel de
el proyecto importancia que
amerita
NORMATIVIDAD ESTATAL
+ ESTADOS QUE NO HAN CONFORMADO SU CONSEJO DE ARMONIZACIÓN
CONTABLE
En congruencia con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el
gobierno estatal debe autorizar un acuerdo gubernativo para poner en
marcha el proyecto para “Armonizar los instrumentos de la contabilidad
gubernamental, con el fin de fortalecer los procesos contables,
presupuestales, programáticos y de control interno que coadyuven a una
rendición de cuentas transparente y con apego a la legalidad”.
SITUACIONES CONTABLE
PRESUPUESTAL
* Registro adecuado de
los Ingresos-Cuentas por
Cobrar
* Interface entre sistemas
de comerciales vs.
Sistemas administrativos
OR COBRAR
* Llevar a cabo reuniones
entre dirección de
administración o
finanzas con áreas
comerciales para
coordinar
responsabilidades
Diseñar una matriz para
el registro contable
presupuestal
* Lograr devoluciones de
IVA.
+ Contabilización cuando
se ejerce un proyecto o
gasto
+ Como revelar en el
analítico de ingresos y
egresos (IVA acreditable
y trasladado)
* Crear unas disposiciones
administrativas
autorizadas por el
consejo directivo
acompañadas de unas
reglas de operación de
las mismas.
PLAN DE CUENTAS,
1.1.5 ALMACÉN: Representa el valor de la existencia de
materiales y suministros de consumo para el desempeño de las actividades del
ente público. 1.1.5.1 ALMACÉN DE MATERIALES Y SUMINISTROS DE
CONSUMO: Valor de la existencia toda clase de materiales y suministros de
consumo, requeridos para la prestación de bienes y servicios.
* Productos obsoletos + Llevar a cabo
* Productos si conocer reuniones entre
su costo de dirección de
adquisición (no administración o
contar con doctos finanzas con áreas
soporte “factura”) comerciales para
coordinar
+ No se cuenta con un a
responsabilidades
Inventarios físico
* Conciliación de Registros + Proyecto especifico
contables vs. El inventario mediante un despacho
general externo que depure el
* No se cuenta con la rubro de activos fijos con
documentación soporte el apoyo de personal del
para su registro organismo operador.
* Valuación de Activos Fijos Identificar Activos en uso,
+ Depreciaciones activos para baja
+ Método * Análisis de la
normatividad local para la
Sin registros baja de bienes.
REMANENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES
+ Como contabilizar + Crear unas
proyectos o disposiciones
programas con cargo administrativas
a Remanentes? autorizadas por el
* Que se considera consejo directivo
remanente? acompañadas de
unas reglas de
operación de las
mismas.
+ A fin de año que
hacer con los saldos
de Comprometido,
Devengado
* Saldos de pasivos
que no pueden ser
liquidados por cierre
del presupuesto.
Practicar cierres
mensuales de
carácter preventivo,
conciliaciones otros
departamentos
(Ejem. compras vs
presupuestos,
ordenes o pedidos
pendientes.)