Se establecen de manera genérica los contratos mercantiles más utilizados.
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Language: es
Added: Jul 06, 2023
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Los contratos corporativos mercantiles
¿QUE SON? Un contrato comercial o un contrato mercantil es aquel que se establece entre personas físicas o jurídicas en igualdad de condiciones con el objetivo de transferir un derecho u obligación a cambio de un servicio. Este tipo de contrato se celebra con los trabajadores que son independientes a una empresa o los que trabajan por comisiones.
¿POR QUÉ LA IMPORTANCIA DE UN CONTRATO? Este documento es relevante debido a que permite asegurar que se cumplan los acuerdo y beneficios para las partes involucradas. De lo contrario, existe el riesgo de que los acuerdos no se cumplan, lo que puede afectar a las dos partes tanto económicamente como productivamente
¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE UN CONTRATO MERCANTIL? Partes. El contrato mercantil requiere de dos partes para ser perfeccionado. La una el proponente, quien se obliga a dar la cosa, a hacer o no hacer algo y la otra un aceptante que se compromete a pagar el precio pactado o la obligación preestablecida. Propuesta. Esta debe ser debidamente aceptada, puede ser verbal o escrita. El proponente puede retractarse, sin embargo, al hacerlo deberá indemnizar a su contraparte. Aceptación. Puede ser pura y simple con lo que perfecciona el contrato, o condicional en cuyo caso se tendrá como propuesta Perfección. Se llama perfección del contrato al momento en que nace a la vida del derecho, al momento a partir del cual el contrato comienza a existir y, por tanto, obliga a las partes contratantes. Prueba. Los contratos mercantiles serán válidos cualquiera que sea su forma, “con tal que conste su existencia por alguno de los medios que el Derecho Civil tenga establecidos”. Interpretación. Por norma general los contratos han de interpretarse de buena fe. Eso implica entender que el contrato ha de ser aplicado pensando que los contratantes han actuado en forma leal y con confianza recíproca.
¿Cuales son? Algunos de ellos son: Contrato de adhesión Compra venta mercantil Comisión mercantil Préstamo mercantil Contrato de asociación en participación
Compra venta mercantil: es un contrato por el cual una persona sea o no propietaria de un objeto, se obliga a entregar o hacer adquirir en propiedad a otra persona el objeto. Comisión mercantil : contrato que celebran dos personas, una de las partes se obliga a realizar por encargo y cuenta de la otra, las operaciones mercantiles que correspondan.
Préstamo mercantil: es mediante el cual el prestamista presta una cantidad de dinero u otras cantidades a otra persona a cambio de algo de la misma especie calidad o su equivalente. Depósito mercantil : una persona recibe de otra un bien mueble con la obligación de resguardo y en su caso devolverla cuando así se exija
Contratos de adhesión : en este tipo de contrato una de las partes ha definido la totalidad del contrato y la otra parte solamente se adhiere. Contrato de asociación en participación : es el contrato por el cual el asociante concede al asociado una participación en las utilidades y pérdidas de la entidad mercantil a cambio de la aportación de bienes que haga la asociada.
Artículo 77.- Las convenciones ilícitas no producen obligación ni acción, aunque recaigan sobre operaciones de comercio. Artículo 88.- En el contrato mercantil en que se fijare pena de indemnización contra el que no lo cumpliere, la parte perjudicada podrá exigir el cumplimiento del contrato o la pena prescrita; pero utilizando una de estas dos acciones, quedará extinguida la otra.
Gutiérrez y González Mencionó los servicios prestados y los bienes proporcionados por todas las entidades que operan mediante la necesaria licencia estatal, como las empresas de transportes de todo tipo, así terrestres como marítimas y aéreas, y también las instituciones descentralizadas, no menos que las de servicios financieros, como las bancarias y las aseguradoras, en cuyos casos al consumidor no queda más que tomar o dejar, en razón, además, de que aquí no operan los vicios del consentimiento y sólo excepcionalmente la teoría de las nulidades y de la inexistencia.
Ciertos bienes, considerados por ello como cosas mercantiles, son aquí los que transmiten tal carácter a las compraventas que con ellos se realicen; en las cuales, por lo mismo, poco o nada contará el propósito de tráfico o de especulación comercia l, ni la calidad de comerciantes o no de los sujetos. Y cosas mercantiles son, en nuestro derecho: Las partes sociales, las acciones y las obligaciones emitidas por las sociedades mercantiles (art. 75-III, C.Com .). El dinero, cuando es objeto de remesa entre plazas diferentes (frac. XIX). Los títulos de crédito (art. 1o., lgtoc ). Los buques (arts. 79 y 111, lncm ). Las empresas comerciales (art. 75-V, VI, VII, VIII, IX, X y XI, C.Com .). Las patentes, las marcas y las demás manifestaciones de la propiedad industrial (art. 2o.-V, lpi ).
Bibliografias https://www.cofide.mx/blog/derecho-corporativo-importancia-de-los-contratos?hs_amp=true https://dtaabogados.com/tipos-de-contratos-derecho-corporativo/ (Francisco J. Santamaría, Diccionario de mejicanismos, Editorial Porrúa, México, 1959, pág. 1059 Gutiérrez y González Código de comercio https://www.gestiopolis.com/contratos-mercantiles-tipos-y-caracteristicas/