Convenio de colaboración en materia de extinción de dominio-.pptx

MarisolOdrioz 0 views 15 slides Sep 21, 2025
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Convenio


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Convenio de Colaboración en Materia de Extinción de Dominio

Convenio celebrado entre la Fiscalía General de la República (FGR) y las Fiscalías y Procuradurías Generales de Justicia de las Entidades Federativas , con el objetivo de establecer mecanismos de coordinación y apoyo en las investigaciones y procesos jurisdiccionales relacionados con la acción de extinción de dominio. Este instrumento consolida la cooperación interinstitucional para debilitar estructuras patrimoniales delictivas y fortalecer el combate a la impunidad. Convenio de colaboración para el intercambio de información – firmado el 16 de junio de 2023

Consideraciones del Convenio El convenio parte de los siguientes principios y necesidades: Fortalecer las capacidades institucionales para investigar bienes de origen ilícito. Coordinar esfuerzos en materia de extinción de dominio , en favor del interés público. Cumplir con el marco normativo nacional e internacional sobre combate a la delincuencia organizada y recuperación de activos. Facilitar el intercambio oportuno de información , evidencias y dictámenes técnicos. Promover una colaboración permanente entre fiscalías, asegurando legalidad y trazabilidad en los procedimientos. Estas bases respaldan el compromiso mutuo de combatir la impunidad patrimonial y consolidar un sistema de justicia más efectivo. Fundamento: Cláusulas preliminares del Convenio FGR - Fiscalías Estatales

Objeto del Convenio El convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración interinstitucional entre la FGR y las Fiscalías Estatales para fortalecer las acciones en materia de extinción de dominio. Busca: Coordinar esfuerzos para localizar, asegurar y extinguir bienes vinculados a hechos ilícitos. Facilitar el intercambio de información técnica y jurídica entre autoridades. Establecer mecanismos conjuntos de seguimiento y acompañamiento procesal. Todo ello en beneficio del interés público y para debilitar las estructuras patrimoniales de la delincuencia. Cláusula Primera del Convenio

Compromisos de la FGR La Fiscalía General de la República se compromete a: Designar una instancia de enlace para el cumplimiento del convenio. Proporcionar información que facilite la extinción de dominio. Apoyar técnicamente a las fiscalías estatales en sus investigaciones. Compartir buenas prácticas y lineamientos técnicos. Coordinar operativos cuando se identifiquen bienes sujetos a acción. Con ello, la FGR reafirma su papel rector y de apoyo en el combate patrimonial al delito. Cláusula Segunda del Convenio

Compromisos de las Fiscalías Estatales Las fiscalías y procuradurías estatales se comprometen a: Designar un área de enlace para dar seguimiento al convenio. Brindar información que coadyuve a investigaciones federales. Compartir reportes, dictámenes o actos de investigación vinculados con bienes susceptibles de extinción. Participar activamente en operativos coordinados por la FGR. Aplicar los criterios y herramientas compartidas para robustecer sus procedimientos. Estos compromisos buscan asegurar la colaboración operativa y técnica en todos los niveles de gobierno. Cláusula Tercera del Convenio

Intercambio de Información y Coordinación Operativa “Las Partes” acuerdan: Compartir datos útiles, dictámenes y evidencias para fortalecer las investigaciones. Usar sistemas tecnológicos seguros que garanticen confidencialidad y legalidad. Brindarse apoyo en citaciones, comparecencias y presentación de personas. Realizar investigaciones conjuntas para asegurar mejores resultados. Colaborar para que agentes del MP, policías y peritos puedan actuar en otras entidades. Esta colaboración interinstitucional busca consolidar una red nacional efectiva contra los bienes de origen ilícito. Cláusula Segunda, fracciones I a VIII del Convenio FGR – Fiscalías Estatales

Fortalecimiento de Capacidades Institucionales El convenio establece que: La FGR podrá capacitar al personal estatal en temas de extinción de dominio. Se promoverá el desarrollo de criterios técnicos unificados para investigar, integrar y litigar estos asuntos. Las fiscalías podrán solicitar asesoría especializada en casos complejos o de alto impacto. Se fomentará el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre instituciones. Este componente busca mejorar la calidad técnica y jurídica de las acciones en todo el país. Cláusula Segunda, fracciones IX a XI

Designación de Áreas Responsables Para asegurar la operatividad del convenio: Cada parte deberá designar una instancia de enlace que será responsable del seguimiento técnico y administrativo. Estas instancias coordinarán el flujo de información , las reuniones de trabajo y las acciones conjuntas. Se establecerán canales de comunicación permanentes , que garanticen oportunidad, legalidad y seguridad. La definición de responsables evita duplicidades, agiliza procesos y fortalece la rendición de cuentas. Cláusula Cuarta del Convenio

Evaluación y Revisión del Convenio Para verificar la correcta aplicación del convenio: Se celebrarán reuniones periódicas entre las partes. Estas reuniones permitirán evaluar avances, resolver dudas y ajustar estrategias. También se revisarán los resultados de colaboración en casos concretos de extinción de dominio. El seguimiento regular garantiza que el convenio no quede en papel, sino que evolucione conforme a los retos operativos. Cláusula Quinta del Convenio

Vigencia del Convenio El convenio estará vigente por tiempo indefinido , salvo que alguna de las partes solicite su terminación. Cualquiera de las instituciones podrá darlo por concluido, con aviso previo por escrito . La terminación no afecta las acciones o compromisos adquiridos hasta ese momento. Las partes podrán modificar o ampliar el convenio por mutuo acuerdo y por escrito. Este diseño flexible garantiza su continuidad, pero también su actualización ante nuevos contextos. Cláusulas Séptima a Novena

Protección de la Información Intercambiada Toda la información compartida en el marco del convenio será tratada con estricto carácter confidencial . No podrá divulgarse ni utilizarse con fines distintos a los establecidos, salvo autorización expresa. Las partes se comprometen a resguardar documentos, datos y registros , garantizando su integridad y legalidad. Este compromiso protege tanto la estrategia institucional como los derechos de las personas involucradas. Cláusula Décima del Convenio

Mecanismo de Resolución de Diferencias Las discrepancias que surjan respecto a la interpretación o cumplimiento del convenio serán resueltas de manera directa y amistosa por las partes. Se privilegiará el diálogo y el respeto institucional antes de acudir a otras vías. De persistir el conflicto, podrá solicitarse la intervención de la instancia superior jerárquica correspondiente. Este esquema fortalece la colaboración continua y evita litigios innecesarios entre instituciones públicas. Cláusula Undécima del Convenio

Formalización del Convenio El convenio fue suscrito por: El Fiscal General de la República , en representación de la FGR. Las fiscales y fiscales generales de las entidades federativas , como titulares de sus respectivas instituciones. La firma conjunta refleja el compromiso nacional por actuar coordinadamente contra el patrimonio delictivo y fortalecer el sistema de justicia. El acto se celebró el 16 de junio de 2023 , formalizando así el inicio de su aplicación. Cláusula Décima Cuarta – Firma y Representación

Un Convenio para Debilitar al Crimen, No a las Instituciones Este convenio no solo une firmas, une compromisos: Contra la impunidad patrimonial. A favor de la legalidad y la justicia. Por un país en el que los bienes ilícitos no tengan refugio. La colaboración efectiva entre la FGR y las fiscalías estatales es una herramienta estratégica , pero también un mensaje: El Estado actúa unido, con firmeza y responsabilidad. Convenio de Colaboración – Extinción de Dominio 2023
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