Normativa de las declaracion patrimonial y sus sanciones
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Language: es
Added: Mar 14, 2024
Slides: 16 pages
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Secretaría de Contraloría Dirección de Normatividad y Evaluación de la Gestión Pública
¿Cómo presentar la Declaración Patrimonial?
Objetivo Que los servidores públicos cuenten con la información necesaria para presentar en tiempo y forma su declaración patrimonial, con el objeto de prevenir y detectar irregularidades que pudieran constituir posibles Faltas Administrativas.
¿Qué es la declaración patrimonial? Es la información que deben presentar los servidores públicos ante la SECOEM, respecto de la situación de su patrimonio (ingresos, bienes muebles e inmuebles, inversiones financieras, adeudos) , en la plataforma digital https://declaranet.michoacan.gob.mx.
TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE CUALQUIER NIVEL. $$$$$ $$$$$ Quiénes deben presentar la declaración patrimonial? Art. 32 y CUARTO TRANSITORIO de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo.
Obligatoriedad de la declaración El Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción , en fecha 23 de septiembre del 2019, emitió los nuevos formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses, así como las normas e instructivo para el llenado y presentación. Así mismo, mediante el acuerdo publicado el 24 de diciembre del 2019, dio a conocer los formatos de declaración , por lo tanto inició la obligación que TODOS los servidores públicos rindieran la declaración a partir de mayo del 2021.
Tipos de declaración patrimonial Inicial: Dentro de los 40 días hábiles siguientes a la toma de posesión con motivo del cargo o empleo. Modificación: Durante el MES DE MAYO de cada año, siempre y cuando haya laborado al menos un día del año pasado. Conclusión del encargo: Dentro de los 40 días hábiles siguientes a la conclusión del encargo.
Aviso Por cambio de dependencia o entidad, dar aviso mediante el portal de declaranet.michoacan.gob.mx de dicha situación. Por cambio de cargo dentro de la misma dependencia se deberá presentar un escrito simple dirigido al Titular de la Dirección de Normatividad y Evaluación de la Gestión Publica. NOTA: En ambos supuestos no será necesario presentar la declaración de conclusión.
Toma del Encargo Declaración de Inicio Declaración de Modificación Cada año en el mes de MAYO Aviso en el Portal https://declaranet.michoacan.gob.mx Fin del Encargo Declaración de Conclusión Dentro de los 40 días hábiles siguientes Dentro de los 40 días hábiles siguientes Por cambio de Dependencia
Declaración Completa De Jefatura de Departamento hacia arriba Declaración Simplificada Solo para Operativo, Enlace u Homologo Formatos de declaración por nivel jerárquico
Verificar la página: https://declaranet.michoacan.gob.mx para la presentación de declaración. Tener a la mano la documentación necesaria. Realizarla en una computadora de escritorio NO MAC ni dispositivos móviles (celulares y tablets ). No usar ABREVIATURAS, ni signos de puntuación. Utilizar preferentemente correo electrónico GMAIL para la activación y recuperación de contraseña y de no serlo, revisar la bandeja de Spam y correos no deseados . Recomendaciones para presentar la declaración patrimonial
Recomendaciones para presentar la declaración patrimonial En el apartado denominado Aclaraciones/Observaciones, el Declarante podrá realizar las que considere necesarias respecto de los incisos de cada apartado. Aceptar y guardar los datos y revisar cuidadosamente la información en la opción de VISTA PREVIA , para que se realice de manera correcta. Imprimir dos tantos del comprobante de presentación de la declaración patrimonial, uno para entregarlo al enlace designado por la dependencia correspondiente y el otro para tu acuse, dentro de los 15 días hábiles posteriores .
Faltas Administrativas derivadas de la Declaración Patrimonial FALTA ADMINISTRATIVA NO GRAVE Por no presentarla FALTA ADMINISTRATIVA GRAVE Enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés
Sanciones por Faltas Administrativas NO GRAVES Amonestación pública o privada Suspensión del empleo, cargo o comisión Destitución de su empleo, cargo o comisión Inhabilitación temporal No será menor de TRES meses ni podrá exceder de UN AÑO. * Para el caso de omisión de la declaración de Conclusión , sin causa justificada , se inhabilitará al infractor de TRES meses a UN año (Art. 33 LRAEMO). De UNO a TREINTA días naturales
Suspensión del empleo, cargo o comisión Destitución del empleo, cargo o comisión Sanción económica Inhabilitación temporal De 30 a 90 días naturales De hasta dos tantos de los beneficios obtenidos De 1 a 10 años menos de 200 UMAS y si excede de 10 a 20 años. Sanciones por Faltas Administrativas GRAVES