1.4
•Más tarde, y poco a poco, se fueron desprendiendo del Derecho civil (que era todo el Derecho privado,
como ya hemos visto), después del Derecho comercial, los otros derechos, como disciplinas autónomas,
tales como el Derecho minero, Derecho del trabajo, Derecho agrario, Derecho de familia, etc., de tal
manera que el concepto moderno y actual del Derecho civil es el que hemos dado al comienzo de este
párrafo.
•Sin embargo, debemos anotar que este proceso de desgajamiento del tronco común no ha terminado y
se vislumbra el nacimiento de nuevos Derechos con pretensiones de autonomía, tales como el Derecho
aeronáutico y el Derecho de autor. Empero, por otra parte, se tiende a la unificación del Derecho civil y
el Derecho de comercio, tal como ocurre con el Código suizo de las Obligaciones y el Código civil italiano
de 1942.
• De aquí resulta que los contornos del Derecho civil sean tan difusos que para todos los autores ha
resultado siempre difícil acuñar una definición del mismo.
• Sin embargo, "el Derecho civil puede ser definido con una enumeración de su contenido, como aquel
derecho donde se regulan los requisitos generales de los actos jurídicos privados, la organización de la
familia y de la propiedad privada", o bien: "Es el Derecho privado general" (DEMOFI- LO DE BUEN,
Introducción al estudio del Derecho civil, p. 43).
•BONNECASE da la siguiente definición: "El Derecho civil es una rama del Derecho que comprende dos
categorías de reglas: l
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Reglas relativas a la estructura orgánica y ai poder de acción de las personas
privadas, tanto individua les como colectivas, físicas o morales, y a la organización social de la familia; 2°
Reglas bajo cuyo imperio se desarrollan las relaciones de derecho, derivadas de la vida de la familia, de
la apropiación de los bienes y el aprovechamiento de los servicios" (T.I., p. 26).
• De nuestra parte, y teniendo en cuenta el estado actual derecho positivo, daremos la definición
siguiente: El Derecho civil es una rama del Derecho privado constituido por normas que reglan las
relaciones y situaciones jurídicas relativas a la personalidad individual y colectiva, a la apropiación de los
bienes, al aprovechamiento de los servicios y a la protección de los derechos"