DERECHO COOPERATIVO Concepto General El derecho cooperativo puede ser entendido como el conjunto de normas y de principios que regulan las relaciones jurídicas que surgen entre las personas y las cooperativas, entre éstas entre sí, y de ellas con el Estado, con ocasión de toda actividad cooperativa encaminada a la producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
DERECHO COOPERATIVO Concepto Especial (Guarín) Para Guarín (1991) es el conjunto de normas especiales, jurisprudencias, doctrinas y prácticas que determinan, regulan y condicionan las actuaciones de los organismos cooperativos y los sujetos que en ellas participan.
DERECHO COOPERATIVO Concepto Especial (Henry) Henry (2010) dice: “Por derecho cooperativo entiendo todas las reglas jurídicas, así como la práctica jurídica con incidencia en la estructura y/o las operaciones de las cooperativas”. Es decir, es el derecho relacionado directamente con la forma jurídica cooperativa, bien sea a nivel de base, de sus organismos de integración y de sus relaciones con el Estado.
DERECHO COOPERATIVO Concepto Integrador Anteriormente, en un sentido amplio, se trataba de una concepción que incluía bajo el término genérico de cooperativa otras formas o expresiones asociativas de carácter económico, semejantes, similares o parecidas a las cooperativas. Este era el sentido que venía proponiendo la OIT, principalmente en su declaración sobre la promoción de las cooperativas de 2002 y es el que generalmente damos al término cooperativa en este estudio. Y es el que actualmente, se concibe como derecho solidario que analizaremos en el próximo tema.