Derecho Procesal Penal I Generalidades del Derecho Penal Procesal Penal Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez Semana 1, Actividad 2 Profesor: Lic. Gilberto García Figueroa
Derecho Procesal Penal Generalidades 2
Un poco de historia… En 1917 a los individuos en prisión (hoy denominados “ Persoba privada de la libertad ) se les llamaba DEGENERADOS A partir de 1965, se les da trato de DESADAPTADOS El Nuevo Sistema de Justicia Penal de 2008 introduce el concepto de reinserción social al Sistema Jurídico Mexicano Se prohibe hacer pruebas de persobalidad pues son dueños de su vida interior 3
EL DERECHO DE PROCEDIMIENTOS PENALES SE DIVIDE EN: 8
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Derecho de Ejecución Penal 10
JUECES Y JUEZAS: TIPOS Y FUNCIONES DE CONTROL DE JUICIO ORAL DE EJECUCIÓN PENAL Deciden si se impone o revoca la prisión provisional durante la investigación de un delito. Pueden determinar una pena reducida en los procedimientos abreviados Intervienen solo después de presentarse los medios de pruebas y abrirse el caso a debate para decidir acerca de la responsabilidad de la persona acusada. Están a cargo de la unstancia declarativa Una vez que las penas son determinadas por los jueces de control o de juicio oral, éstas son controladas por los jueces de ejecución (instancia ejecutiva). Son las y los responables de valorar los hechos que influyan en el cómputo de la pena 11
FUENTES DEL DERECHO PROCESAL FUENTES DEL DERECHO 12
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (CPEUM) (1de 2) La Constitución contiene los principios y objetivos de la nación. Establece la existencia de órganos de autoridad, sus facultades y limitaciones, así como los derechos de los individuos y las vías para hacerlos efectivos. Contiene 136 artículos y 19 transitorios, distribuidos en nueve títulos. EL Artículo 133 se constituye como la principal fuente del derecho procesal penal, que a la letra dice: Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas 13
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (CPEUM) (2de 2) Artículos Fuente de la CPEUM fuente del DPP: Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo. Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Artículo 21. La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función. 14
TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE Por tratados celebrados por México, debe entenderse: cualquier "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular" (artículo 2, inciso a), de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y organizaciones internacionales. FUENTE: SRE 15
LA LEY PAÍSES LEGALISTAS (CIVIL LAW): Siguen el principio de la superioridad de la Ley, propio de la revolución francesa MÉXICO ES UN PAÍS LEGALISTA PAÍSES CON SISTEMA DE CREACIÓN DEL DERECHO (COMMON LAW) El derecho se va creando no por disposición de ley sino por criterios que sobre casos, van emitiendo los tribunales, LOS ESTADOS UNIDOS SE RIGEN POR EL COMMON LAW 16
LA LEY PENAL CONCEPTO: Manifestación de la voluntad colectiva expresada por los órganos competentes constitucionales mediante la cual se tipifican ciertos actos como delitos y se establecen las sanciones penales aplicables a quienes los cometan. La ley penal solo se limita a describir La norma es la que se viola y por ende esa conducta se pena. CARACTERÍSTICAS: EXCLUSIVA LIBERAL OBLIGATORIA INELUDIBLE IGUALITARIA CONSTITUCIONAL 17
LEY PROCESAL EN LA MATERIA (CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES) El 18 de junio de 2008 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el cual se implanta el sistema de justicia acusatorio y oral para dejar a un lado el inquisitorio. A partir del 2016 y acorde con la citada reforma constitucional, el Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2014, impone el modelo acusatorio como obligatorio para todo el país; por ello, quedarán abrogadas el Código Federal de Procedimientos penales de 1934 y el de las entidades federativas. 18 Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY-SA
LEYES PROCESALES POR JERARQUÍA 19
JURISPRUDENCIA EL HÁBITO PRÁCTICO DE INTERPRETAR RECTAMENTE LAS LEYES Y APLICARLAS. DETERMINA EL SENTIDO Y ALCANCE DE LAS LEYES PARA SU APLICACIÓN AL RESOLVER UNA CONTROVERSIO EN MÉXICO SE LE CONOCE COMO: EL CRITERIO SOSTENIDO POR NUESTROS MAS ALTOS TRIBUNALES (SCJN Y TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO), DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA PARA TODOS LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DEL PAÍS. LA JURISPRUDENCIA SE PRUEBA EXPRESANDO POR ESCRITO EL SENTIDO DE AQUÉLLA Y CONSIGNANDO LAS EJECUTORIAS QUE LAS SUSTENTEN Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY 20
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: FUENTES CUANDO EL CASO NO SE PUEDE RESOLVER CON LEY O JURISPRUDENCIA 21
FUENTES DEL DERECHO PROCESAL PENAL CONSTITUCIÓN FEDERAL DE LA REPÚBLICA Arts. 14, 16, 20 y 21 TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE MÉXICO SEA PARTE LEY PROCESAL EN LA MATERIA Código Nacional de Procedimientos Penales JURISPRUDENCIA DOCTRINA COSTUMBRE 22
LÍMITE DE APLICACIÓN DE LA LEY PROCESAL PENAL 23
PREGUNTAS DE LA ACTIVIDAD 2, SEMANA 1 (1 de 5) 24
3 . MENCIONA LAS CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PROCESAL PENAL Las dos características previstas en el artículo 20, primer párrafo de la CPEUM, el Nuevo Sistema de Justicia Penal en México es: ACUSATORIO ORAL 25 PREGUNTAS DE LA ACTIVIDAD 2, SEMANA 1 (2 de 5) Se rige por los principios de: PUBLICIDAD CONTRADICCIÓN CONCENTRACIÓN CONTINUIDAD INMEDIACIÓN Otros principios adicionados por el legislador federaL: IGUALDAD ANTE LA LEY IGUALDAD ENTRE LAS PARTES DE JUICIO PREVIO Y DEBIDO PROCESO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA DE PROHIBICIÓN DE DOBLE ENJUICIAMIENTO
PREGUNTAS DE LA ACTIVIDAD 2, SEMANA 1 (3 de 5) 4. ¿CÓMO ES EL DERECHO PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN MÉXICO? (Ver también siguiente diapositiva) ORDINARIO porque se aplica a todos por igual, salvo los procedimientos especiales COMÚN FEDERAL COMÚN LOCAL Tanto en el federal como en el local, se pueden dar procedimientos auxiliares o complementarios, como: Procedimiento para menores Procedimiento para la extradición Subsastanción de competencias, excusas y recusaciones Amnistía Indulto, etc 26
PREGUNTAS DE LA ACTIVIDAD 2, SEMANA 1 (4 de 5) 4. ¿CÓMO ES EL DERECHO PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN MÉXICO? El nuevo derecho adjetivo penal comprende las siguientes etapas: Investigación Intermedia De Juicio En el sistema penal acusatorio y oral, los fines inmediatos del proceso penal son labúsqueda objetiva, pronta, expedita, de la verdad material de los hechos que plantean las partes. Los fines mediatos son la actualización de los elementos del tipo penal que describe el hecho delictivo y su aplicación al caso concreto, resolviendo el fondo de la controversia para hacer JUSTICIA 27
PREGUNTAS DE LA ACTIVIDAD 2, SEMANA 1 (5 de 5) 4. ¿CÓMO ES EL DERECHO PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN MÉXICO? (Citando el texto) Actualmente el derecho procesal penal mexicano, es un sistema normativo caracterizado por la acusatoriedad y la oralidad con tendencia adversarial, donde el órgano de acusación lo representa el Ministerio Público, quien se constituye en parte procesal frente al órgano jurisdiccional, donde la víctima u ofendido es representada por un asesor jurídico, en igualdad de condiciones procesales con respecto a la institución de la defensa que representa al imputado, rigiéndose en su operatividad bajo principios constitucionales, cuyo objeto será el esclarecimiento del hecho o hechos que la ley penal describe como delito, el respeto irrestricto de los derechos fundamentales del imputado, procurar la reparación integral de los daños causados a favor de la víctima u ofendido y el ejercicio pleno de sus garantías constitucionales, que el culpable de los hechos delictivos no quede impune, asegurar el acceso a la justicia, resolver la controversia penal respetando el procedimiento y formalidad esencial establecida, dentro del marco de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales en los que el Estado mexicano sea parte 5 28