Derecho y Legislación Amniental venezuela.pdf

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About This Presentation

LEGISLACION AMBIENTAL


Slide Content

Legislación
Ambiental
Ambiental
Prof. Kretheis Márquez Benítez
[email protected]
Comisión de la Universidad de
Los Andes para Asuntos
Ambientales

Considera los principios y fundamentos del
Derecho y la Legislación Ambiental, que
regulan, controlan, limitan, restringen o
condicionan las actividades desarrolladas
por el hombre, con el objeto de garantizar
un ambiente sano y seguro para esta y las
generaciones futuras

•Analizar los conceptos, principios y fundamentos del
derecho y la legislación ambiental venezolana.
•Examinar las principales normas ambientales vigentes en el
país.
Dominio Cognoscitivo
•Discutir los principios de la legislación ambiental vigente en
Venezuela, a través de la aplicación de estos preceptos
legales a un caso real de estudio.
•Considerar los principios del derecho ambiental
venezolano, como base en la gestión integral del ambiente.
Dominio Psicomotor
Dominio Afectivo
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Antecedentes del
derecho ambiental
Derechos humanos y
derecho ambiental
Características,
principios y objetivos
del derecho ambiental
Jerarquía de las
normas jurídicas
Tipificación de delitos
ambientales
Instrumentos legales
de control ambiental
La Ley Orgánica del
Ambiente y las
normas que regulan
la calidad ambiental
Instrumentos de
carácter internacional
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

En el año 1820, Venezuela reforzó las
tendencias referentes a la
conservación de los recursos
naturales. Para esta fecha el
Libertador Simón Bolívar propone al
Movimiento Conservacionista Mundial
la reforestación de algunas regiones
del país.

Lo que se destruye es inútil a todos… y aquí no habrá sino inmensos desiertos
propios para vivir al abrigo de estos males. En una palabra, lo que se
destruye es nuestro y ya nos queda poco que destruir.”
Simón Bolívar en Comunicación enviada a Santander, 11 de marzo de 1825
El Derecho Ambiental en Venezuela hunde sus raíces en
la legislación histórica de tradición hispana. Una de las
normas más antiguas es la Ordenanza del Cabildo de
Caracas (29 de abril de 1594), la cual prohibía que las
aguas de las tenerías fueran devueltas a las acequias, so
pena de multa y suspensión de la actividad.
Mejías y Gómez (2009)
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Conservación
de Minas
Conservación de las
Aguas, Vegetación y
Suelos
Protección y
Aprovechamiento
de recursos
forestales
Consciente de la inmensa
riqueza de América como
territorio y preocupado por
lo que pudiera pasar en el
futuro del naciente país en
materia de minas no
renovables, decretó la
propiedad de las minas por
parte del Estado
Orientando las disposiciones
tanto al buen uso y
aprovechamiento de las aguas
como a los de la vegetación y los
suelos, por la relación de los tres
recursos con el ciclo hidrológico
Preocupado por el futuro de
los bosques y su inmensa
riqueza, estableció una política
forestal de Estado para
garantizar la conservación de
este gran recurso natural
Silva (2013)
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

1820 1825 1826 1828 1829
Juntas
Provisionales de
Agricultura y
Comercio, para
fomentar el
desarrollo
económico
Resolución sobre
Repartición de Tierras a
la Comunidad
Resolución: Exceptuados
Mineros del Servicio
Militar para fomentar
Laboreo de Minas
Dirección de Minería en
cada Departamento
Resolución sobre
la Exportación de
Ganado
Medidas de
Protección y Mejor
Aprovechamiento
de la Riqueza
Forestal de la
Nación
Rosario de
Cúcuta, 21
de mayo
Lima, 1
de
febrero
Cuzco, 4
de julio
Cuzco, 5
de julio
Resolución: a favor del
Aumento de Vicuñas en
el Perú
Cuzco, 5
de julio
Contribución del
Estado para Reducir
a Rebaño las Vicuñas
del Perú
Resolución: Minas
abandonadas pasan a
manos del Gobierno
Pucará,
2 de
agosto
Decreto: Repartimientos
de Tierras en Santa Cruz
Chuquisaca,
14 de
diciembre
Chuquisaca,
17 de
diciembre
Sobre la
Agricultura
Chuquisaca,
19 de
diciembre
Medidas de
Conservación
del Buen Uso
de las Aguas
Coro, 20 de
diciembre
Bogotá, 24
de diciembre
Guayaquil, 31
de julio
Quito, 24 de
octubre
Decreto: Minas de
Cualquier Clase
Pertenecen a la
República
1827
Bogotá, 22 de
diciembre
Normas
destinadas al
mantenimiento
del ambiente, la
salubridad y la
belleza de los
pueblos
Guayaquil, 31
de junio
Decreto: uso
racional de bosques
baldíos
.
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

1910
•Ley de Montes
• Ley sobre
Defensa
Sanitaria y
Vegetal
La Constitución de 1947,
de exigua vigencia,
estableció el derecho de
propiedad privada
territorial, pero
sometido a las
disposiciones legales y
con la obligación de
mantener la tierra y
bosques en producción
socialmente útil
(artículo 68)
• Ley de Abonos,
Insecticidas y Fungicidas
para el Uso Agrícola y
Pecuario y de Alimentos
Concentrados

• Ley de Tierras Baldías y
Ejidos

• Ley de
Pesca
A partir de la
Constitución de
1961 se
estableció la
política de
conservación de
los recursos
naturales del
Estado
• Ley de Abonos
y demás Agentes
Susceptibles de
Operar una
Acción
Beneficiosa en
Plantas,
Animales, Suelos
o Aguas
1936 1941 1944 1947 1961 1964 1966
• Ley
Forestal de
Suelos y
Aguas
• Ley de
Protección de la
Fauna Silvestre
1970 1976
• Ley
Orgánica
del
Ambiente
• Creación del
Ministerio del
Ambiente y de
los Recursos
Naturales
Renovables
1977
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Conjunto de normas que regula las
relaciones del hombre con el
ambiente.
Conjunto de normas que
se ocupan de la
protección jurídica de las
condiciones que hacen
posible la vida en todas
sus formas.
Conjunto de normas que
inciden sobre las conductas
individuales y colectivas
para prevenir y remediar
las perturbaciones que
alteren su equilibrio.
Conjunto de técnicas, reglas e instrumentos jurídicos
informados por principios apropiados que tienen por
fin la disciplina de comportamientos relacionados con
el medio y el ambiente.
Compilación María Mercedes Diez De Arconada (2007)

Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

El hombre tiene “el derecho fundamental a la
libertad y a la igualdad, dentro de condiciones
de vida satisfactorias, en un ambiente cuya
calidad le permita vivir en dignidad y bienestar.
Asimismo, tiene el deber fundamental de
proteger y de mejorar el ambiente para las
generaciones presentes y futuras.”

(Concepción derecho-deber)
Declaración de Estocolmo de 1972
(Conferencia de Naciones Unidas sobre
ambiente humano)
Es deber de los Estados pero también el
derecho y la responsabilidad de los individuos
la protección del ambiente.

Se respetará la naturaleza y no se perturbará
sus procesos esenciales. No se amenazará la
viabilidad genética en la tierra, la población
de todas las especies, silvestres y domésticas,
se mantendrá a un nivel suficiente para
garantizar su supervivencia; así mismo se
salvaguardarán los hábitat necesarios para
este fin.
Carta Mundial de la Naturaleza
Aprobada en la plenaria de la asamblea general de las
Naciones Unidas el 28 de octubre de 1982
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Colombia
Todos tienen derecho a un ambiente sano.es deber del Estado proteger la
diversidad e integridad del ambiente. (1991)
Todos tienen derecho de gozar de un ambiente adecuado al desarrollo y el
deber de conservarlo. (1975)
España
Cada uno tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado
y el deber de conservarlo. (1975)
Grecia
Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el
ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. (1999) Venezuela
Compilación María Mercedes Diez De Arconada (2007)

Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Con el Derecho
Constitucional
Protección del
ambiente como
derecho subjetivo
Con el Derecho
Administrativo
Aumento de las
potestades
reglamentarias
Aumento de las
limitaciones
legales a la
propiedad y a la
industria y
comercio
Nuevas técnicas
autorizatorias
Con el Derecho
Civil
Responsabilidad
por daños
fundada en el
interés colectivo
Con el Derecho
Penal
Tipifica el delito
ambiental
Con el Derecho
Internacional
Relevancia de los
Convenios
internacionales
suscritos por
Venezuela
sobre el orden
interno
Compilación María Mercedes Diez De Arconada (2007)

Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Carácter sistémico, regula las conductas
tomando en cuenta el comportamiento
de los elementos naturales derivados de
ellas.
Carácter universal, preeminencia de las
normas internacionales.
Carácter preventivo, aunque sanciona,
su finalidad es prevenir.
Carácter técnico, su comprensión y
aplicación exige un mínimo de
conocimientos interdisciplinarios.
Carácter eminentemente público, se
impone directamente por el Estado y su
desacato acarrea sanciones
administrativas, penales y civiles
Carácter evolutivo, se trata de una rama
reciente del derecho ligada a las
ciencias, procesos y recursos en
constante evolución.
Compilación María Mercedes Diez De Arconada (2007)

•Autónomo
•Preventivo
•Vinculado con la ciencia y la tecnología
•Evolución permanente (Dinámico)
•Carácter universal
•Protege intereses colectivos y difusos
•Multidisciplinario


Villafañe (2017)
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Realidad
Incorporación de la
Variable Ambiental al
Desarrollo
las normas deben concordar con los
parámetros de calidad ambiental y
con la realidad que imponen los
ecosistemas.
Las políticas y programas del
Estado y los proyectos de los
particulares deben cumplir con la
previa evaluación del impacto que
pueda causar su implementación
Unidad de la Gestión
Ambiental
Es necesaria la coordinación eficaz
entre los diferentes entes con
competencias ambientales actuando
bajo unas políticas claras de
conservación, defensa y mejoramiento
del ambiente.
Responsabilidad Compartida
Entre los sujetos activos y los
Estados que los representan, o
entre el sujeto activo y la persona
jurídica para quien labora, etc.
Compilación María Mercedes Diez De Arconada (2007)

Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

• De realidad
• De solidaridad
- Información
- Vecindad
- Cooperación Internacional
- Igualdad
- Patrimonio Universal
•De regulación Jurídica Integral
- Prevención y represión
- Defensa y conservación
-Mejoramiento y
restauración
Compilación María Mercedes Diez De Arconada (2007)

Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Tutelar los sistemas naturales que hacen posible la vida: agua, aire y
suelo; para ello se ocupa de instituciones reguladas por otras
disciplinas, como la propiedad privada, que interesa al Derecho
Ambiental porque éste actúa como limitante del uso que pueda
darse a un bien privado, que de alguna forma incida en el proceso de
interacción entre los organismos vivos y el medio en que se
desarrollan.
Compilación María Mercedes Diez De Arconada (2007)

Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Compilación María Mercedes Diez De Arconada (2007)

Regular el uso y
aprovechamiento
de los recursos
naturales
Regular la
conducta humana
frente al
ambiente y la del
Estado frente a
ambos
Ordenar el territorio
según sus
potencialidades y
restricciones y
conservar y proteger
los espacios
especiales
Llegar a una sociedad global, basada en la cooperación y
la solidaridad universal, que permita el desarrollo
armónico de los pueblos, garantice el alimento y la salud
a las poblaciones y preserve el ambiente para beneficio
de las generaciones venideras.
Mientras se cumple esa utopía, es necesario
dictar regulaciones internacionales
(convenios), nacionales, regionales y locales
que limiten y condicionen el impacto que
produce el sistema social sobre el ambiente.
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

GENERALES / ESPECIALES
DECRETOS (PRESIDENTE) /
RESOLUCIONES (MINISTROS)
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONVENIOS INTERNACIONALES
LEYES ORGÁNICAS
LEYES ORDINARIAS
REGLAMENTOS
ACTOS JURÍDICOS
INDIVIDUALIZADOS
AUTORIZACIONES, PERMISOS,
CONTRATOS, SENTENCIAS,
SANCIONES, CONCESIONES
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones
y los principios rectores
para la gestión del ambiente, en el marco del
desarrollo sustentable como
derecho y deber fundamental del Estado y de la
sociedad, para contribuir a la
seguridad y al logro del máximo bienestar de la
población y al sostenimiento del
planeta, en interés de la humanidad.
De igual forma, establece las normas que desarrollan
las garantías y derechos
constitucionales a un ambiente seguro, sano y
ecológicamente equilibrado.
Artículo 1
Objeto
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Ambiente General
Calidad
Ambiental
Recursos
Naturales
ABRAE’s y
Parques de
Recreación
Control de
Ejecución de
Obras y
Actividades
Guardería
Ambiental
•Aire
•Agua
•Materiales – Desechos
Peligrosos
•Desechos No Peligrosos
•Ruido
•Diversidad Biológica
•Recursos Forestales
•Fauna Silvestre
•ABRAE’s
•Parques de
Recreación
•Control de Ejecución
de Obras
•Prevención y Control
de Incendios
Forestales
•Zonas Costeras -
Espacios Acuáticos e
Insulares
•Puertos y Marinas
•Pesca y Acuicultura
•Tierras y Desarrollo
Agrario
Convenios
Internacionales
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Ambiente General
•Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Capítulo IX de los derechos ambientales -
•Ley Orgánica del Ambiente
•Ley Penal del Ambiente
•Decreto No. 1.257 Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente

•Resolución N° 56 Normas sobre Recaudos para la Evaluación Ambiental de Programas y Proyectos Mineros y de
Exploración y Producción de Hidrocarburos

•Resolución N ° 69 por la cual se designa a los titulares de las distintas Dependencias Organizativas del Ministerio, ha
quienes ha sido atribuida la facultad de decidir sobre el otorgamiento de los contratos, concesiones, autorizaciones,
aprobaciones, permisos y licencias que en ella se indican

•Ley Derogatoria de la Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio

•Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio

•Ley Orgánica de Ordenación Urbanística
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Calidad
Ambiental
•Decreto N° 4.335 relativo a las Normas para Regular y Controlar el Consumo, la
Producción, Importación, Exportación y Uso de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono

•Decreto N° 638 Normas sobre Calidad del Aire y Control de la Contaminación Atmosférica

•Decreto N° 2.673 Normas sobre Emisiones de Fuentes Móviles
•Resolución N° 334 Normas relativas a la Certificación de Emisiones Provenientes de Fuentes Móviles

•Decreto N° 1.235 Reglamento del Aire

•Ley de Calidad de las Aguas y del Aire

•Ley de Aguas

•Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento

•Decreto N° 883 Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertidos o Efluentes
Líquidos
Aire
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Calidad
Ambiental
•Decreto N° 3.219 Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de las Aguas de la
Cuenca del Lago de Valencia

•Decreto N° 2.181 Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de las Aguas de la
Cuenca del río Yaracuy
•Decreto N° 1.400 Normas sobre Regulación y el Control del Aprovechamiento de los Recursos Hídricos y de las
Cuencas Hidrográficas

•Decreto N° 750 Normas sobre Vigilancia, Inspección y Control de las Obras Hidráulicas, afectadas al servicio de
abastecimiento de agua a las poblaciones

•Resolución N° 691 Normas Sanitarias para la ubicación, construcción, protección, operación y mantenimiento de
Pozos Perforados destinados al abastecimiento de agua potable

•Resolución del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social de las Normas Sanitarias para el control de agua potable
transportada en camiones cisternas

•Ley No. 55. Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos
Agua
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Calidad
Ambiental
•Decreto N° 2.635 Reforma Parcial del Decreto N° 2.289 Normas para el Control de la
Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos

•Resolución 40 Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadores de Sustancias,
Materiales y Desechos Peligrosos
•Decreto N° 2.210 Normas Técnicas y Procedimientos para el Manejo de Material Radiactivo

•Decreto N° 2.218 Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud

•Decreto N° 1.847 Reglamento General de Plaguicidas

•Ley de Gestión Integral de la Basura

•Decreto N° 2.216 Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos de Origen Doméstico, Comercial, Industrial o de
cualquier otra naturaleza que no sean peligrosos

•Decreto 2.218 Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud

•Decreto N° 230 Normas Sanitarias para Proyecto y Operación de un Relleno Sanitario de Residuos Sólidos de Índole
Atoxico
Materiales –
Desechos
Peligrosos
Desechos No
Peligrosos
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Calidad
Ambiental
•Decreto N° 2.217 Normas sobre el Control de la Contaminación
Generada por Ruido
Ruido
Diversidad
Biológica
Recursos
Naturales
•Ley de Gestión de la Diversidad Biológica
•Resolución 094, Autorizaciones y Permisos para el
Aprovechamiento Racional, deforestación y tala en
áreas urbanas

Recursos
Forestales

•Ley de Bosques

•Ley Forestal de Suelos y de Aguas

•Decreto N° 5.565 Reglamento Sobre Retención, Comiso y Adjudicación de Productos Forestales

•Decreto N° 5.633, mediante el cual se Declara como Área de Protección y Recuperación Ambiental, a la Porción del
Territorio Nacional que en él se Especifica Eje Costero Arapo –Santa Fé (estado Sucre)
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Recursos
Naturales

•Decreto N° 3.022 los predios rurales, sean éstos de propiedad particular como del dominio privado
de la República, Estados o Municipios, en los cuales se soliciten permisos para intervenir o explotar
recursos naturales renovables y, especialmente permisos de deforestación y/o de aprovechamiento
de recursos forestales, se reservará de la superficie total del fundo objeto de la solicitud, un área de
reserva de medios silvestres que deberá permanecer esencialmente inalterada

•Decreto N° 2.214 Normas para la Administración de Actividades Forestales, en Reservas Forestales,
Lotes Boscosos, Áreas Boscosas Bajo Protección y Áreas Boscosas en terrenos de propiedad privada
destinadas a la producción forestal permanente

•Decreto N° 1.659 Reglamento Parcial de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas sobre Repoblación Forestal en Explotaciones
Forestales.

•Decreto N° 2.214 Normas para la Administración de Actividades Forestales, en Reservas Forestales, Lotes Boscosos, Áreas
Boscosas Bajo Protección y Áreas Boscosas en terrenos de propiedad privada destinadas a la producción forestal
permanente

•Decreto N° 636 por el cual se prohíbe terminantemente la ocupación y la realización de las actividades contrarias a los
fines de su creación, en reservas forestales y lotes boscosos
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Recursos
Naturales

•Decreto N° 2.026 Normas sobre Plantaciones Forestales Comerciales y de Uso Múltiple

•Decreto N° 1.804 Reglamento Parcial de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas sobre la Regulación
de las Actividades que impliquen destrucción de Vegetación con fines agropecuarios

•Decreto N° 1.843 Normas para la Protección de los Manglares y sus Espacios Vitales Asociados

•Decreto N° 846 Normas para la Protección de Morichales
•Decreto N° 1.659, por el cual se dicta el Reglamento Parcial de la Ley Forestal de Suelos y Aguas Sobre Repoblación

•Decreto N° 2.117 Reforma Parcial del Reglamento de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas

•Decreto N° 156 Reglamento Parcial de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas

•Resolución N° Normas sobre el aprovechamiento de la especie Samán

•Resolución N° 217 Normas que Protegen las especies Caoba, Cedro, Mijao, Pardillo Negro, Acapro y Saquisaqui

•Resolución N° 24 del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Recursos
Naturales

•Resolución N° 239 para la tramitación y el otorgamiento de los permisos de recolección de
especies botánicas

•Resolución N° 142 por la cual se transfiere al Servicio Forestal Venezolano, para su administración
y Manejo Integral, todos los productos forestales resultantes de los trabajos de tala y deforestación
que pongan a disposición del Despacho, los titulares de las concesiones mineras y petroleras,
ubicadas en terrenos baldíos

•Resolución N° 506 Normas para la elaboración de Planes de Ordenación y Manejo en Áreas que deban destinarse a la
Producción Forestal permanente en Reservas Forestales, Lotes Baldíos y otros Terrenos de Dominio Público o Privado de la
Nación, así como de la propiedad particular

•Resolución N° 491 Normas Procedimentales del Reglamento Parcial de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas

•Resolución N° 142 por la cual quedan prohibidas en todo el País, la tala, la deforestación y la explotación o
aprovechamiento forestal de las especies que en ellas se indican

•Resolución N° 107 la cual se dispone, que sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2° de esta Resolución, queda
prohibida en todo el País, la tala, la explotación y la deforestación del Pino Laso (Decussocarpus rospigliosii) y de cualquier
otra especie de la familia Podocarpaceae, que se encuentren en terrenos del dominio público o privado de la Nación, del
Estado, de las Municipalidades o de propiedad privada.
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Recursos
Naturales

•Resolución N° 19 por la cual se dispone que, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2° de esta
Resolución, quedan prohibidas en todo el país, la tala, la deforestación y la explotación o
aprovechamiento de las especies Drago (Pterocarpus especie) y Jobo (Spondias especie) de los
bosques naturales comprendidos en terrenos del dominio público o privado de la Nación, del
Estado, de las Municipalidades o de propiedad privada

•Ley de Protección a la Fauna Silvestre


•Decreto N° 3.269 Reglamento de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre

•Decreto N° 1.486 mediante el cual se dispone que se tengan como en peligro de extinción, las especies que en el se
señalan.

•Decreto N° 1.485 mediante el cual se declaran animales vedados para la caza las especies incluidas o no en la Lista Oficial
de Animales de Caza que en el se señalan

•Decreto N° 628 Reglamento de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre

•Decreto N° 2.223 Normas para Regular la Introducción y Propagación de Especies Exóticas de la Flora y Fauna Silvestres y
Acuáticas.
Fauna
Silvestre
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Recursos
Naturales

•Decreto N° 2.304 Normas sobre la Caza en Áreas Especiales y Ecosistemas Naturales

•Decreto N° 582 Reglamento Parcial de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre sobre el Consejo
Nacional de la Fauna Silvestre

•Decreto N° 276 Reglamento Parcial de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio
sobre Administración y Manejo de Parques Nacionales y Monumentos Naturales

•Decreto N° 1.569 por el cual, en los terrenos calificados por la Ley Forestal de Suelos y
de Aguas como Parques Nacionales, Reservas Forestales, Monumentos Naturales, Zonas
Protectoras, Cuencas Hidrográficas y Reservas de Regiones Vírgenes, el Ejecutivo
Nacional no reconocerá indemnizaciones que se pretendan por ocupaciones o
utilizaciones de dichos terrenos.
ABRAE’s
ABRAE’s y
Parques de
Recreación

•Resolución N° 80 por la cual se dispone que en los casos excepcionales donde la pesca pueda permitirse en los Parques
Nacionales, tal actividad será regulada por los respectivos Planes de Ordenación, Manejo y Reglamento de Uso

•Resolución N° 50 por la cual se dispone que en los casos excepcionales donde la pesca pueda permitirse en los Parque
Nacionales, tal actividad será regulada por los respectivos Planes de Ordenación y Manejo y Reglamento de Uso.
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

ABRAE’s y
Parques de
Recreación
•Resolución N° 124 por la cual se dispone que en los casos excepcionales donde la
pesca puede permitirse en los Parques Nacionales, tal actividad será regulada por los
respectivos Planes de Ordenación y Manejo y Reglamento de Uso

Parques de
Recreación
•Decreto N° 2.817 Reglamento Parcial de la Ley del Instituto Nacional de Parques para la
Administración de los Parques de Recreación a Campo Abierto o de Uso Intensivo adscritos al
Instituto Nacional de Parques.

•Decreto N° 1.420 por el cual se dispone que las áreas de los embalses construidos por el Ejecutivo Nacional definidas
expresamente para uso recreacional, serán progresivamente incorporados al Sistema de Parques de Recreación a
Campo Abierto, que administra INPARQUES, en la medida que no colida con otros usos.

Control de
Ejecución de
Obras y
Actividades
Control de
Ejecución
de Obras

•Decreto N° 2.212 Normas sobre Movimientos de Tierra y Conservación
Ambiental

•Decreto N° 2.226 Normas Ambientales para la Apertura de Picas y
Construcción de Vías de Acceso

•Decreto No. 2.220 de fecha 23-04-92, por el cual se dictan las Normas para Regular las Actividades
Capaces de Provocar Cambios de Flujo, Obstrucción de Cauces y Problemas de Sedimentación.
Prof. Kretheis A. Márquez B. [email protected]

Control de
Ejecución de
Obras y
Actividades
Prevención y
Control de
Incendios
Forestales

•Decreto N° 1.195 por el cual se modifica el artículo 1° del Reglamento
sobre Prevención de Incendios

•Decreto N° 2.486 por el cual se adoptan las medidas necesarias para
prevenir, controlar y extinguir los incendios forestales, con el objeto de
proteger debidamente los recursos naturales renovables, los cuales
constituyen factor importante en el desarrollo integral del país

•Decreto N° 46 Reglamento sobre Prevención de Incendios
Zonas
Costeras -
Espacios
Acuáticos e
Insulares

•Ley de Conservación y Saneamiento de Playas

•Decreto N° 6.126 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos

•Recurso de Nulidad del Art. N° 9 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley N° 1.468 de Zonas
Costeras

•Decreto con Rango y Fuerza de Ley N° 1.468 de Zonas Costeras

•Ley de Navegación

•Ley sobre Mar Territorial, Plataforma Continental, Protección de la Pesca y Espacio Aéreo
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Control de
Ejecución de
Obras y
Actividades
Tierras y
Desarrollo
Agrario

•Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley General de Puertos

•Ley de Navegación

•Ley de Reactivación de la Marina Mercante Nacional

•Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley de Marinas y Actividades Conexas

•Decreto con Rango y Fuerza de Ley N° 1.551 de Procedimiento Marítimo
Pesca y Acuicultura

•Ley de Pesca y Acuicultura

•Normas Técnicas Conservacionistas para Controlar el Ejercicio de la Actividad Pesquera

•Decreto con Rango y Fuerza de Ley N° 1.546 de Tierras y Desarrollo Agrario

•Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza y Rango de Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable

•Decreto 635 Normas sobre instalación de granjas porcinas

•Resolución 46 “Normas sobre el estiércol de gallina
Puertos
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Guardería
Ambiental •Decreto N° 3.015 por el cual se crea la Policía Ambiental

•Decreto N° 1.221 Reglamento Sobre Guardería Ambiental

•Decreto N° 2.127 Reglamento de la Ley Orgánica del Ambiente sobre las Juntas para la
Conservación, Defensa y Mejoramiento del Ambiente
Convenios
Internacionales
•Ley Aprobatoria de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el
Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción

•Ley Aprobatoria de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

•Ley Aprobatoria de la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que
Agotan la Capa de Ozono

•Ley Aprobatoria de la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias
agotadoras de la Capa de Ozono
Cambio Climático
Capa de Ozono
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Convenios
Internacionales
•Ley Aprobatoria del Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono
•Protocolo Relativo a la Cooperación para Combatir los Derrames de Hidrocarburos en la Región del Caribe

•Ley Aprobatoria del Protocolo Relativo a la Cooperación para Combatir los Derrames de Hidrocarburos en la Región del
Gran Caribe

•Ley Aprobatoria de las enmiendas a la Convención Internacional para Impedir la Contaminación de Aguas del Mar por
los Hidrocarburos

•Ley Aprobatoria de la Convención Internacional para impedir la Contaminación de las Aguas del Mar por los
Hidrocarburos
Contaminación
por
Hidrocarburos

•Ley Aprobatoria del Protocolo de 1992, que enmienda el Convenio
Internacional sobre Responsabilidad Civil nacida de daños debidos
a contaminación por hidrocarburos

•Ley Aprobatoria del Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la
Contaminación por Hidrocarburos
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Convenios
Internacionales
•Ley Aprobatoria del Acuerdo entre los Estados Miembros y los Estados
Asociados de la Asociación de Estados del Caribe para la Cooperación
Regional en Materia de Desastres Naturales
•Ley Aprobatoria del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes

•Ley Aprobatoria del Convenio de Basilea sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y
su Eliminación
Desastres
Naturales

•Ley Aprobatoria del Convenio de Rótterdam sobre el Procedimiento
de Consentimiento Fundamentales Previo a Ciertos Plaguicidas y
Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional
Contaminantes
Desertificación •Convención Internacional de Lucha contra la Desertificación
• Ley Aprobatoria del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del
Convenio sobre Diversidad Biológica

•Ley Aprobatoria de las Enmiendas al Estatuto del Centro Internacional de Ingeniería
Genética y Biotecnología.
Diversidad Biológica y
Biotecnología
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Convenios
Internacionales
•Ley Aprobatoria del Convenio sobre la Diversidad Biológica

•Ley Aprobatoria del Estatuto del Centro Internacional de Ingeniería Genética y
Biotecnología
•Ley Aprobatoria del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos
Nucleares


•Ley Aprobatoria del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América
Latina y el Caribe

•Ley Aprobatoria de la Enmienda del Artículo VI del Estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica

•Ley Aprobatoria del Tratado para la Prohibición de Pruebas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Exterior y Bajo el
Agua

Energía
Nuclear
Maderas •Ley Aprobatoria del Convenio Internacional de las Maderas Tropicale

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Convenios
Internacionales
•Ley Aprobatoria del Acuerdo sobre el programa Internacional para la
Conservación de los Delfines

•Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las
Tortugas Marinas
•Ley Aprobatoria del Protocolo 1.978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la
Contaminación por los Buques
Mar

•Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe

•Ley Aprobatoria de la Convención sobre Pesca y Conservación de los Recursos Vivos de la Alta Mar

•Ley Aprobatoria de la Convención sobre el Mar Territorial y la Zona Contigua

•Ley Aprobatoria del Tratado celebrado entre los Estados Unidos de Venezuela y Gran Bretaña, sobre las áreas
submarinas del Golfo de Paria

•Ley Aprobatoria del Tratado con Gran Bretaña sobre la Isla de Patos

Varios
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Convenios
Internacionales
• Ley Aprobatoria del Acuerdo entre los Gobiernos de la República
Bolivariana de Venezuela y el Reino de España, sobre el Programa
Araucaria-Los Roques
Varios

•Ley Aprobatoria del Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Integración Subregional Andino o Acuerdo de Cartagena

•Ley Aprobatoria del Convenio entre el Gobierno de la República de Venezuela y el Gobierno del Reino de los Países
Bajos, para el Suministro de Agua Cruda a Aruba

•Ley Aprobatoria del Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Cartagena denominado Protocolo de Quito

•Ley Aprobatoria del Protocolo de Lima Adicional al Acuerdo de Cartagena

•Ley Aprobatoria de la Convención de la Organización Hidrográfica Internacional

•Ley Aprobatoria del Tratado sobre los Principios que deben regir las actividades de los Estados en la Explotación y
utilización del Espacio Ultraterrestre, incluso la Luna y otros Cuerpos Celestes

•Ley Aprobatoria del Acuerdo entre la República de Venezuela y el Gobierno de Suriname
sobre Cooperación en materia de Conservación y Explotación de Recursos Hidrobiológicos
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Artículo 9

A los efectos de esta Ley, se consideran
herramientas de la gestión del
ambiente, la ordenación del territorio,
la planificación, la evaluación y el
control.
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Artículo 82
La Autoridad Nacional Ambiental ejercerá el
control previo ambiental, a través de los
siguientes instrumentos:
1. Autorizaciones
2. Aprobaciones
3. Permisos
4. Licencias
5. Concesiones
6. Asignaciones
7. Contratos
8. Planes de manejo
9. Registros
10. Los demás que establezca la Ley
Previo
Posterior
Artículo 93
El control posterior ambiental se ejercerá a través de
los siguientes
mecanismos:

1. Guardería Ambiental.
2. Auditoría Ambiental.
3. Supervisión Ambiental.
4. Policía Ambiental.
Su principal insumo es el
Programa de
Seguimiento
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Ley Penal del Ambiente Gaceta Oficial 39.913 2 de mayo de 2012
ADMINISTRACIÓN
•Administración ambiental
•Ordenación del territorio
•Omisión en las EA y PM
RECURSOS NATURALES
•Diversidad biológica.
•Aguas.
•Suelos, topografía y paisaje.
•Vegetación, fauna o sus
hábitats
CALIDAD AMBIENTAL
•Agua
•Atmósfera
•Residuos y desechos sólidos
•Substancias y materiales
peligrosos
•Materiales radioactivos
•Molestias sónicas
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Administración ambiental
•Autorización de
actividades tipificadas
como delitos.
•Obstrucción de justicia
por funcionarios o
funcionarias públicas.
•Presentación de
información falsa.
Ordenación del territorio
•Otorgamiento de actos autorizatorios para
actividades no permitidas.
•Ejecución de actividades no permitidas.
•Contravención de planes de ordenación del
territorio.
•Contravención de planes de ordenación del
territorio en zonas montañosas.
•Ocupación ilícita de áreas naturales
protegidas.
•Modificación o destrucción de bienes
protegidos.
•Edificación en terrenos no edificables.

ADMINISTRACIÓN

Omisión en las EA y PM
•Otorgamiento de
permisos o
autorizaciones sin
estudios de impacto
ambiental.
•Otorgamiento de actos
administrativos sin plan
de manejo sustentable.
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Diversidad biológica
RECURSOS NATURALES

•Transacciones sobre derechos de propiedad
reconocidos.
•Acceso sobre los recursos genéticos sin autorización.
•Transacción de material genético en violación a
contratos de acceso.
•Otorgamiento de patentes sobre seres vivos.
•Reconocimientos sobre muestras adquiridas
ilegalmente.
•Omisión del consentimiento informado y
fundamentado previo.
•Introducción o liberación de material genético
modificado.
•Daños irreversibles por investigación científica.

•Uso de jaulas flotantes, encierros o corrales.
•Uso de la biodiversidad como arma biológica.
•Daños por aplicación de la biotecnología.

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RECURSOS NATURALES

Degradación, Alteración,
Deterioro y demás acciones
capaces de causar daños a las
Aguas
•Cambio, obstrucción y
sedimentación.
•Interrupción del servicio de
agua.
•Uso ilícito de agua.
•Surgimiento de peligro de
inundación o desastre.

Degradación, Alteración,
Deterioro y demás acciones
capaces de causar daños a los
suelos, la topografía y el paisaje
•Extracción de minerales no
metálicos.
•Dificultad de acceso a
playas.
•Degradación de suelos
aptos para la producción
de alimentos.
Degradación, Alteración, Deterioro
y demás acciones capaces de causar
daños a la vegetación, la fauna o
sus hábitats
•Incendio de plantaciones o
sabanas de cría.
•Incendio de vegetación
natural.
•Entorpecimiento de
labores de control de
incendios.
•Negativa a informar.
•Propagación culposa de
fuego.
•Destrucción de la
vegetación en las
vertientes.
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Degradación, Alteración, Deterioro y demás acciones capaces de causar daños a la vegetación, la fauna o
sus hábitats
•Transacción ilícita de guías de
circulación.
•Aprovechamiento de especies del
patrimonio forestal.
•Uso ilegal de licencias de caza o pesca.
•Falsificación de instrumentos
identificatorios.
•Falsificación de moldes o matrices.
•Uso indebido de instrumentos
identificatorios. RECURSOS NATURALES

•Pesca y caza ilícita.
•Pesca prohibida.
•Alteración de cadena trófica.
•Pesca y caza de poblaciones bajo
manejo.
•Invasión de predios de manejo de fauna
silvestre.
•Propagación de especies.
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Envenenamiento, Contaminación y demás acciones capaces
de alterar la Calidad de las Aguas
•Corrupción y
envenenamiento de aguas
de uso público.
•Vertidos de materiales
degradantes a cuerpos de
agua.
•Daños a aguas
subterráneas.
•Alteración térmica de
cuerpos de agua.
•Descargas ilícitas al medio
marino, fluvial, lacustre o
costero.
Envenenamiento, Contaminación y
demás acciones capaces de alterar
la Atmósfera
•Emisión de gases capaces de
deteriorar la atmósfera.
•Violación a normativa sobre capa de
ozono.

CALIDAD AMBIENTAL

•Vertido de hidrocarburos.
•Construcción de obras
ilícitas.
•Infracciones a
convenciones
internacionales sobre
contaminación por
hidrocarburos.
•Sanción al propietario o
explotador del buque.
•Contaminación accidental
de aguas territoriales.
•Omisión de dar aviso.
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Residuos y Desechos
Sólidos
•Disposición indebida de
residuos o desechos
sólidos no peligrosos.
•Disposición indebida de
residuos o desechos
sólidos peligrosos.
•Importación de desechos
peligrosos.
CALIDAD AMBIENTAL

Substancias y
Materiales Peligrosos
•Manejo indebido de
substancias o
materiales peligrosos.
•Generación de
epidemia.
•Propagación de
enfermedad en
animales o plantas.
•Omisión de medidas.
Materiales
Radioactivos
•Emisión de radiaciones
ionizantes,
electromagnéticas o
radioactivas.
•Liberación de energía
nuclear.
•Perturbación de
instalaciones
nucleares.
Molestias Sónicas
•Generación de ruidos.
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Las sanciones aplicables por la Ley Penal del Ambiente
Principales
(Artículo 5)
Prisión
Arresto
Disolución de la Persona Jurídica
Multa
Desmantelamiento de las
instalaciones, establecimiento o
construcciones

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Accesorias
(Artículo 5)
Clausura definitiva de la instalación o establecimiento
Clausura temporal de la instalación o establecimiento hasta por un año
Prohibición definitiva de la actividad contaminante o degradante del ambiente
Reordenación de los sitios alterados
Suspensión de las actividades de la persona jurídica hasta por seis meses
Inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos, hasta por dos años después de cumplirse la
pena principal
Inhabilitación para el ejercicio de la profesión, arte o industria, hasta por un año después de cumplida la
sanción principal
Publicación especial de la sentencia, a expensas del condenado o condenada, en un órgano de prensa de circulación
nacional y del municipio donde se cometió el delito y con la colocación de dicha publicación a las puertas del
establecimiento, dentro de los treinta días siguientes a la decisión
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Accesorias
(Artículo 5)
Obligación de destruir, neutralizar o tratar las sustancias, materiales, instrumentos u objetos
fabricados, importados u ofrecidos en venta, en contravención a las normas nacionales sobre
la materia y capaces de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas
Suspensión del ejercicio de cargos directivos y de representación en personas jurídicas hasta
por tres años, después de cumplida la pena principal
Prohibición hasta por dos años, de contratar con órganos y entes de la Administración
Pública Nacional Estadal y Municipal y recibir beneficios fiscales
Ejecución de servicios ambientales a la comunidad afectada, que podrán consistir en trabajos ambientales
de acuerdo a formación y habilidades, financiamiento de programas, proyectos o publicaciones ambientales,
contribución a entidades ambientales bajo la coordinación y supervisión de la Autoridad Nacional Ambiental;
ejecución de obras de recuperación en áreas degradadas o mantenimiento de espacios públicos
Asistencia obligatoria a cursos, talleres o clases de educación y gestión ambiental
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Diez M. (2007). Derecho y Legislación Ambiental. Apuntes del Curso de Maestría en Gestión de Recursos
Naturales Renovables y Medio Ambiente. CIDIAT – ULA.

Mejías A. y Gómez A. (2009). El derecho venezolano en el siglo del medio ambiente. Revista Derecho y Reforma
Agraria Ambiente y Sociedad Nº 35, 2009: 117-130. Disponible en:
http://www.saber.ula.ve/bitstream/123456789/35774/1/articulo7.pdf

PlaniGestion (2011). Listado de Legislación Ambiental Venezolana. Un apoyo para mejorar el desempeño
ambienta. Disponible en: http://www.iclam.gov.ve/pdf/leyes_amb/17_legis_amb.pdf

Silva J. (2013). Simón Bolívar, el Libertador. Disponible en: http://revistamadretierra.com/2013/03/simon-
bolivar-el-libertador-2/

Villafañe N. (2017). Derecho y Legislación Ambiental. Apuntes del Curso de Maestría en Gestión de Recursos
Naturales Renovables y Medio Ambiente. CIDIAT – ULA.




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