Divisiones de Derecho Romano -Derecho Público y Privado.pptx

436 views 30 slides Apr 05, 2024
Slide 1
Slide 1 of 30
Slide 1
1
Slide 2
2
Slide 3
3
Slide 4
4
Slide 5
5
Slide 6
6
Slide 7
7
Slide 8
8
Slide 9
9
Slide 10
10
Slide 11
11
Slide 12
12
Slide 13
13
Slide 14
14
Slide 15
15
Slide 16
16
Slide 17
17
Slide 18
18
Slide 19
19
Slide 20
20
Slide 21
21
Slide 22
22
Slide 23
23
Slide 24
24
Slide 25
25
Slide 26
26
Slide 27
27
Slide 28
28
Slide 29
29
Slide 30
30

About This Presentation

REW0UWT


Slide Content

Divisiones de Derecho Romano: Derecho Público y Privado Carlos A. Osorio 8-857-1420 Frank Summers 8-866-194 Iraya Medina 8-706-419 Jaime Castillo 8-988-146 Karol Subía 8-787-596

Derecho Público ius publicum

¿Qué es el Derecho? Derecho es expresar el orden o las órdenes que integran el contenido de códigos, leyes, reglamentos o costumbres, como preceptos obligatorios, reguladores o supletorios establecidos por el poder público, o por el pueblo mismo a través de la práctica general reiterada o de la tradición usual. Del latín directus , directo; de dirigere , enderezar o alinear. La complejidad de esta palabra, aplicable en todas las esferas de la vida, y la singularidad de constituir la fundamental en esta obra y en todo el mundo jurídico.

Fuentes del Derecho Público La Monarquía El Senado Las Asambleas Populares La Comitia Curiata La Comitia Plebis La Comitia Centuriata

Fuentes del Derecho Arcaico Dentro de estas fuentes podemos encontrar el “Mores Maiorum ” lo cual corresponde a los antepasados. El “IUS” estaba muy relacionado con el “ FAS ”. Existía una fuerte relación entre lo religioso y lo jurídico. El “IUS” se separa del “ FAS” se da con la aparición de la Ley de Las XII Tablas.

La Ley de Las XII Tablas, de una forma muy rigurosa contenía lo siguiente: Preceptos de un Marcado Formalismo: Que hacían referencia a: Los Procesos de Sometimiento y Vinculación del Deudor al Acreedor. Las Disposiciones Hereditarias. Las Relaciones de Vecindad y Servidumbre. Los Delitos

Jurisprudencia Es el arte de aplicar el Derecho de forma correcta. Dentro de esta hallamos a la Jurisprudencia Pontificial . Los pontífices tenían una parte muy importante en los colegios sacerdotales. Los pontífices eran interpretes del “ FAS” y “ MORES MAIORUM” Los pontífices tenían prestigio y cierta autoridad ante sus ciudadanos.

Transición de Monarquía a República El último de los reyes Tarquino fue expulsado y su lugar lo tomaron dos Magistraturas Anuales. Aparece La Ley de Las XII Tablas. Perduran las luchas entre patricios y plebeyos. El lugar que ocupaba el “ Rex ” fue ocupado por las Magistraturas. Aparecen las Asambleas, las Asambleas de los Plebeyos y el Senado.

Factores Para La Transición Factores Políticos El reconocimiento del Tribuno-Plebe. Factores Sociales “Lex Canuleia” Patricios: “Lex” Plebeyos: “Plebiscito” Estas citas son solo para fines ilustrativos.

Factores Para La Transición Factores Económicos “ Lex Poetilla- Papiria ” Factores Jurídicos La Ley de Las XII Tablas Estas citas son solo para fines ilustrativos.

La República Los principales órganos que existen en la República son: El Senado Las Asambleas Populares La Comitia Curiata La Comitia Plebis La Comitia Centuriata

Las Magistraturas Ordinarias Permanentes El Consulado La Pretura La Cuestura La Edilidad Ordinarias No Permanentes La Censura Extraordinaria La Dictadura

Características de las Magistraturas Efectividad Anualidad Colegiatia Responsabilidad

Fuentes del Derecho Clásico Estas citas son solo para fines ilustrativos. Ley Plebiscito Ley Pública Ley Privada Praescriptio Rogatio Sanatio Senadoconsultos

Fuentes del Derecho Clásico Estas citas son solo para fines ilustrativos. Constituciones Imperiales Edicta Decreta Mandata Rescripta Edicto de Pretor

Distinción entre Derecho Público y Derecho Privado La implementaron Juristas Romanos. Ulpiano define al Derecho Público como “El que regula las relaciones políticas, los fines que debe alcanzar al Estado”. Esta distinción quedó olvidada en las legislaciones de origen germánico y en la Época Medieval. Fue Revalorizada en la Época Moderna.

Distinción entre Derecho Público y Derecho Privado La Teoría Fundamental sobre la distinción según Castán : Por la Naturaleza del Fin al Interés Protegido Por la Patrimonialidad y no por la Patrimonialidad de los Intereses Defendidos. Por la Forma de Protección. Por el Origen y Función de las Normas y su Derogabilidad. Por la Condición de lo Sujeto. Teoría Negativa o Relativista

Derecho Privado jus privatum

Concepto Es el que se refiere a la utilidad de los particulares; es decir, el que reglamenta sus diferentes relaciones y actividades. -Sus normas podían ser modificadas por la voluntad de los individuos a quienes estaban dirigidas -En sus orígenes, este derecho emanaba de las agrupaciones familiares con el objeto de regular únicamente las relaciones entre particulares. Podían ser de carácter 1- Familiar 2- Patrimonial Comprende el sistema de justicia privada o autodefensa, donde los magistrados solo eran árbitros, esta autojusticia se observaba en el ámbito 1- Civil 2- Penal

La Autojusticia Se debilitó cuando el estado cuando el estado empezó a tener el control en las controversias. El estado estableció decretos para el bien común Fuente Forma Jurisprudencia Se aplicaba la voluntada de los particulares pero orientada y sancionada por el pretor

Normas Fundamentales Igualdad ante la Ley Autonomía de Voluntad

Subdivisión del Derecho privado Derecho Natural jus naturale Derecho Gente jus gentium Derecho Civil el jus civile.

Derecho Natural Conjunto de principios emanados de la voluntada divina Fue tomada de los Estoicos por Cicerón Concepto por Ulpiano leyes que la Naturaleza ha impuesto a todos los seres animados, de donde resultan, por ejemplo, la unión de sexos, la procreación y la educación de los hijos Estas citas son solo para fines ilustrativos.

Derecho Gentes Jus Gentium Fue utilizada para designar una parte del derecho público, regía las relaciones de roma con los otros estados, Guerras, Alianzas y tratado de paz Estas citas son solo para fines ilustrativos.

Derecho Civil Ius propium civium romanorum Se divide en: Derecho Mercantil, Derecho Ambiental, Derecho Internacional Privado Fueron reservadas para los ciudadanos romanos Relaciona a las personas que pertenecen a una comunidad jurídica determinada, sin distincion de sexo, nacionalidad, profesion Estas citas son solo para fines ilustrativos.

Regula las relaciones del comercio Derecho Mercantil Derecho Libre competencia Derecho de la propiedad industrial Derecho de sociedades Títulos de Créditos Obligaciones y contratos mercantiles Derecho Bancario Derecho Concursal Derecho Mercantil Internacional Derecho de la Navegación

Objetivo Ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales Inicio Nace del derecho público a partir de los cambios en la forma de vida Anexo Derecho Social

Ramas del Derecho Social Derecho Migratorio Derecho Agrario Derecho Laboral Derecho de Vivienda Derecho de Indemnización Derecho de Sindicato Derecho de Sindicato Derecho de Salario Mínimo

Lo Define El arte de lo que es bueno y de lo que es equitativo. Fórmula preceptos: Vivir Honestamente No Dañar al otro Dar a cada uno lo suyo Domicilio Ulpiano jurista romano de origen fenicio que fue tutor, consejero y prefecto del pretorio del emperador Alejandro Severo.

Muchas Gracias Dios Los Bendiga
Tags