LaLeydeDerechoInternacionalPrivadomodificasustancialmentela
normativavigenteenmateriasucesoriaenespecialelartículo144
delCódigoBustamante,quefuelareferencianormativaantesdeestaley,el
cualprescribía,comoprincipiogeneral,laaplicacióndelaleypersonaldel
causante.ElloporqueelArtículo10delCódigoCivilvigenteconsagraba
elsistemadelapluralidadofraccionamientoenmateriasucesoral.Según
estesistema,lassucesionesdebíanregirseporlaleydellugardela
situacióndelosbienesintegrantesdelaherencia,locualimplicabala
aplicaciónsimultáneadedosomásleyesaunpatrimonioque,desdeel
puntodevistajurídico,conformabaunauniversalidad.Conlavigenciade
estaleyelprincipiodelaunidaddelassucesionesenel
DerechoInternacionalPrivadovenezolano.EsasíqueelArtículo34dela
citadaLeyestablecequelassucesionesserigenporlaleydeldomiciliodel
causante.Estadisposiciónpermite,adiferenciadelanormageneralen
materiadebienesqueordenalaaplicacióndelaleydelasituacióndelos
bienes,laaplicaciónextraterritorialdelderechoextranjeroabienesubicados
enVenezuelay,comocontrapartida,laaplicaciónextraterritorialdelaley
venezolana a bienes ubicados en el exterior.
La determinación de herederos, el orden de suceder
y la distribución del activo hereditario.
El lugar y la oportunidad de la apertura de la
sucesión cuyo criterio se basa en el domicilio del
causante así como en la ubicación de los bienes
donde deriva la aplicación de la norma jurídica
correspondiente.
El contenido del testamento.
Las prohibiciones sucesoralesy las causas de
declaratoria de indignidad establecidas en el
Derecho Territorial.
ElCódigoBustamante,tratademaneraespecial,la
regulacióndelajurisdicciónrelativaalassucesiones
mortiscausa,estableciendoensuarticulo327elcriterio
autilizaratalsentido,siendoesteatributivode
jurisdicciónelúltimodomiciliodeldecujus.Estoenbase
aquejustificaelhechodequemientraslossucesoresno
tomenposesióndelaherenciaseestaantealgodotado
depersonalidadpropia,queficticiamenteprolongaladel
causante.
De esta manera se deja por sentado de que manera se
determinara la jurisdicción en materia sucesoral
internacional