GRUPO NUMERO 03
-Cecilia Ventura Revilla
-Estefany Barrientos Vanegas
-karen Nicole Córdova flores
-Tracy Milagros Gutierrez Mamani
-Yoselyn Ada Turpo Copare
-Victor Raul Ccosi Lupaca
PRESENTADO POR:
Derecho Personas
EL ORIGEN
DE LA VIDA
GENERALIDADES
Y ENFOQUES El inicio de la vida varía según la disciplina: biología
(fecundación), medicina (funciones vitales),
filosofía (conciencia) y derecho (condición de
persona). Desde Aristóteles hasta la genética
moderna han surgido distintas posturas, y hoy los
enfoques científico, religioso y jurídico reflejan que
no hay una única respuesta.
DEBATE ACTUAL E
IMPORTANCIA El debate actual sobre el inicio de la vida
gira en torno a la fecundación, la
implantación, la actividad cerebral o el
nacimiento. Su importancia radica en el
impacto que tiene en la ética, el derecho,
la medicina y la bioética. ÉTICA: VALOR DE LA VIDA Y
ABORTO.
DERECHO: PERSONALIDAD JURÍDICA Y
PROTECCIÓN.
MEDICINA: VIABILIDAD Y PRÁCTICA
CLÍNICA.
BIOÉTICA: DIGNIDAD Y RESPETO A LA
VIDA.
1. PROCESO BIOLÓGICO
DE LA FECUNDACIÓN 2. FORMACIÓN DEL CIGOTO
Y PRIMERAS DIVISIONES Ovulación → liberación del óvulo.
30 millones de espermatozoides, pocos
alcanzan el óvulo.
Capacitación → permite penetración.
Cascada de fecundación → fusión de
membranas.
Bloqueo de poliespermia → solo entra 1. Primera célula humana con genoma único.
Se divide (clivajes) → mórula → blastocisto
→ implantación.
Natural: condiciones reproductivas normales.
Asistido:
FIV (fecundación in vitro).
ICSI (inyección intracitoplasmática).3. FACTORES QUE INFLUYEN
EN LA FECUNDACION
Concepción: Se entiende cuando ese cigoto
ya logró anidarse en el útero.
DIFERENCIA ENTRE:
Fecundación: Es el momento en que el óvulo y
el espermatozoide se unen y forman el cigoto.
EL CALENDARIO DE LOS PRIMEROS
DÍAS: Día 0: Ocurre la fecundación en la trompa de Falopio.
Días 1-4: El cigoto comienza a dividirse rápidamente
(proceso llamado clivaje) mientras viaja por la trompa de
Falopio hacia el útero. Pasa de ser una célula a dos, luego
cuatro, ocho, y así sucesivamente, convirtiéndose en un
embrión.
Días 5-6: El embrión, ahora en una etapa avanzada llamada
blastocisto, llega al útero.
Días 7-10: Se produce la implantación. El blastocisto se
adhiere a la pared interna del útero (el endometrio), que se
ha preparado para acogerlo. Este paso es esencial para que
el embarazo continúe.
Embarazo ectópico: ocurre cuando el embrión se implanta
fuera del útero (casi siempre en las trompas de Falopio).
Riesgo: no es viable y puede poner en peligro la vida de la
madre.
Fallos en la implantación: el embrión no logra fijarse en el
endometrio.(Alteraciones hormonales, problemas en el útero)
Efecto: pérdida temprana del embarazo (muchas veces
pasa desapercibida).
IMPORTANCIA MÉDICA Y LEGAL
RIESGOS EN LA CONCEPCIÓN Y ANIDACIÓN
La importancia médica radica en la concecion por que es el punto de inicio del desarrollo de
un nuevo ser humano.
En el aspecto legal, el Código Civil peruano, en su artículo 1, reconoce y protege la vida desde
la concepción, considerando al concebido como sujeto de derecho aun antes de nacer.
ACTIVIDAD
CEREBRAL EN
EL CONCEBIDOEl estudio de la actividad cerebral en el concebido
constituye un punto de intersección entre la
biología, la ética y el derecho. DESARROLLO DEL SISTEMA NERVIOSO EN EL EMBRIÓN
Y EL FETO Desde la tercera semana de embarazo, el embrión comienza
a formar el tubo neural, que dará origen al cerebro y a la
médula espinal. Entre la cuarta y quinta semana se cierra
este tubo y se forman las primeras estructuras encefálicas.
Durante el segundo mes aparecen las primeras conexiones
neuronales y, al final del primer trimestre, el sistema
nervioso ya muestra una organización básica.
Si la muerte se define por la ausencia de
actividad cerebral, ¿podría el inicio de esta
actividad considerarse el comienzo de la vida
personal? Algunos sostienen que sí, porque
marca el funcionamiento del cerebro, que es el
órgano central de la conciencia. Otros, en
cambio, defienden que la vida humana tiene
valor desde la concepción, sin depender de hitos
biológicos.
En el ámbito jurídico, esta discusión afecta
temas sensibles como el aborto y la protección
del concebido. En el Perú, la ley protege al
concebido como sujeto de derecho desde la
concepción, sin importar si ya tiene actividad
cerebral o no. PRIMEROS IMPULSOS ELÉCTRICOS IMPLICACIONES JURIDICAS Los primeros impulsos eléctricos
cerebrales se detectan alrededor de la
sexta o séptima semana, aunque todavía
son desordenados. A las 12 semanas se
vuelven más constantes y, hacia la
semana 20, ya hay una actividad cerebral
más compleja que coordina movimientos
y respuestas a estímulos.
TOLERANCIA INMUNOLÓGICA Y
NACIMIENTO
EXPLICA POR QUÉ EL CUERPO MATERNO NO RECHAZA
AL FETO, A PESAR DE QUE ES GENÉTICAMENTE
DISTINTO. ESTO OCURRE GRACIAS A MECANISMOS
COMO LA PLACENTA, LAS MOLÉCULAS HLA-G Y LAS
CÉLULAS T REGULADORAS, QUE PERMITEN LA
CONVIVENCIA.
CUANDO ESTE SISTEMA FALLA, PUEDEN DARSE
PROBLEMAS COMO ABORTOS ESPONTÁNEOS O
PREECLAMPSIA. EN OTRAS PALABRAS, LA TOLERANCIA
INMUNOLÓGICA ES UN REQUISITO BIOLÓGICO PARA
QUE LA VIDA PUEDA CONTINUAR SU DESARROLLO
HASTA EL NACIMIENTO.”
PROCESO DEL NACIMIENTO
“EL NACIMIENTO ES EL PASO DE LA VIDA
INTRAUTERINA A LA VIDA INDEPENDIENTE. EL PARTO
SE DIVIDE EN TRES ETAPAS:
DILATACIÓN, EXPULSIÓN Y ALUMBRAMIENTO.
A PARTIR DE ESTE MOMENTO, EL RECIÉN NACIDO
EMPIEZA A RESPIRAR POR SÍ MISMO, A REGULAR SU
TEMPERATURA Y A ALIMENTARSE FUERA DEL
CUERPO MATERNO. ES EL PUNTO DONDE YA
DEPENDE DE SÍ MISMO Y NO DEL ORGANISMO DE LA
MADRE.”
RECONOCIMIENTO JURÍDICO
EN EL ASPECTO JURÍDICO, EL CÓDIGO CIVIL
PERUANO ES CLARO.
EL ART. 1 ESTABLECE QUE LA VIDA HUMANA
COMIENZA CON LA CONCEPCIÓN.
EL ART. 2 SEÑALA QUE EL CONCEBIDO ES SUJETO DE
DERECHO EN TODO LO QUE LE FAVORECE, PERO
CON LA CONDICIÓN DE NACER VIVO PARA
ADQUIRIR PERSONALIDAD JURÍDICA PLENA.
ESTO SIGNIFICA QUE EL NACIMIENTO NO SOLO ES
UN HECHO BIOLÓGICO, SINO TAMBIÉN EL
MOMENTO EN QUE LA PERSONA ADQUIERE
RECONOCIMIENTO FORMAL COMO SUJETO DE
DERECHO, PUDIENDO SER INSCRITA EN EL REGISTRO
CIVIL, OBTENER NACIONALIDAD Y CAPACIDAD PARA
HEREDAR.”
AUTOCONCIENCIA Y SU
RELEVANCIA EN EL
DERECHO Psicología del desarrollo
Jean Piaget (1972): Autoconciencia surge entre los 7-11 años → base para
capacidad de ejercicio de derechos.
Lev Vygotsky (1978): El “yo” se construye socialmente mediante el lenguaje
y la interacción.
Implicancia jurídica: Capacidad y mayoría de edad dependen no solo de lo
biológico, sino también de lo social y cultural.
Neurociencia y Derecho
Antonio Damasio (1999): La autoconciencia se vincula al córtex prefrontal
(integración cognitiva y emocional).
Impacto jurídico: Debates sobre aborto, derechos del feto y protección
legal según desarrollo cerebral.
FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS,
BIOLÓGICOS Y REFLEXIÓN FINAL Filosofía y Derecho
Derecho natural: Persona = ser racional y consciente, con dignidad y
autodeterminación.
Debate actual: Reconocimiento de derechos desde vida biológica vs. vida
consciente.
Biología y Derecho
Tensión jurídica: ¿Protección desde concepción o desde conciencia? → clave en
aborto y protección del embrión.
Reflexión final
La autoconciencia no es el único criterio, pero sí un complemento esencial en
Derecho.
Reconocimiento jurídico debe integrar biología, psicología, filosofía y
neurociencia para equilibrar vida, dignidad y capacidad de autodeterminación.