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Composición de gobierno


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PROGRAMA DE GOBIERNO BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS Leonardo Agamez Polo Diana Eljach Hernandez Lina Marquez Orozco

Banco de programas y proyectos

Banco de programas y proyectos Legislación Constitución Política de Colombia: Art 334 y 339 Decreto 111 de 1996 Decreto 841 de 1990 (reglamentación de la ley 38 de 1989). Ley 152 de 1994. Resolución 0806 de 2005

Banco de programas y proyectos ARTICULO 334º La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano. El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos. También para promover la productividad y la competitividad y el desarrollo armónico de las regiones.

Banco de programas y proyectos ARTICULO 339º Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el Gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución. Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el Gobierno Nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley. Los planes de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones de mediano y corto plazo.

Banco de programas y proyectos Ley 152 de 1994 - Tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo. La Ley Orgánica del Plan de Desarrollo, es decir la Ley 152 de 1994, establece las directrices del Plan Nacional de Desarrollo, del cual se debe derivar toda la planeación del país. La Ley Orgánica del Plan de Desarrollo se aplicará a la Nación, las entidades territoriales y los organismos públicos de todo orden.

Banco de programas y proyectos Decreto 111 de 1996: Este decreto compila las normas de la leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995, que conforman el estatuto orgánico del presupuesto. El Estatuto Orgánico de Presupuesto , es el compendio de normas orgánicas que regulan la parte presupuestal de una entidad pública del Orden Municipal.

Banco de programas y proyectos ¿Porqué surge la idea de crear una herramienta de planificación de la inversión a través de proyectos? En 1985 un diagnóstico realizado a nivel nacional, sobre el uso de los recursos públicos comprometidos en inversión, refleja existencia de problemas. Instancias nacionales se enteraban tardíamente de mejores opciones de inversión por desconocimiento. Proyectos rechazados en algún nivel eran aceptados en otros. Manejo personal y no institucional de información de proyectos. Escasa confiabilidad y calidad de la información. Manejo no sistemático de la información. Decisiones de inversión no acertadas.

Banco de programas y proyectos Conclusiones del diagnóstico Era necesario un sistema basado en una herramienta que hiciera compatible la planeación con la ejecución. Era necesario un sistema basado en una herramienta que orientara la inversión hacia la generación de beneficios netos. Era necesario un sistema con unas metodologías uniformes de evaluación exante. Era necesario un sistema que brindara un lenguaje común respecto al manejo de la preinversión .

Banco de programas y proyectos Solución: Sistema Nacional de Gestión de Programas y Proyectos de Inversión Pública de Colombia SINAGEP del D.N.P. Cómo trabajar el SINAGEP ? Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional Bancos de Programas y Proyectos Territoriales

Banco de programas y proyectos El Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN), consolida el registro de los programas y proyectos de inversión que solicitan recursos del Presupuesto General de la Nación. Está conformado por los componentes legales e institucionales, educación, capacitación y asistencia técnica, metodologías y sistemas de información y herramientas computacionales. Son coordinados por la Subdirección de Proyectos e Información para la Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación (DNP).

Banco de programas y proyectos Es un instrumento para la planeación que registra los programas y proyectos viables técnica, ambiental y socioeconómicamente, susceptibles de financiación con recursos del Presupuesto General de la Nación. Los Ministerios, Departamentos Administrativos, la Contraloría, la Procuraduría, la Veeduría, la Registraduría, la Fiscalía y las entidades del orden nacional deberán preparar y evaluar los programas que vayan a ser ejecutados, en desarrollo de los lineamientos del plan y para el cumplimiento de los planes de acción. El DNP conceptuará sobre tales programas de inversión y los registrará en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional.

Banco de programas y proyectos El Departamento Nacional de Planeación tendrá la obligación de mantener actualizada la información que se registra en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional. El Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional se articulará con la Unidad de Gestión de Proyectos contemplada en el artículo 58 de la Ley 70 de 1993. Corresponde al DNP, diseñar y organizar los sistemas de evaluación de gestión y de resultados de la administración, tanto en lo relacionado con políticas como con proyectos de inversión, y señalar los responsables, términos y condiciones para realizar la evaluación.

Banco de programas y proyectos Funciones del Bpin Establecer políticas y estrategias de desarrollo y operación de los bancos de programas y proyectos de inversión pública en Colombia. Consolidar información sobre la inversión pública nacional. Promover acciones para consolidar cultura de planeación, presupuestación, y apoyar control, seguimiento y evaluación de resultados a partir de programas y proyectos. Diseñar y dirigir procesos de capacitación y asistencia técnica en teoría de proyectos, metodologías y marco conceptual de bancos de proyectos, así como en el manejo del aplicativo Bpin .

Banco de programas y proyectos Flujos de información del BPIN en el nivel Nacional

Banco de programas y proyectos Concepto de inversión pública La inversión pública es una variable clave para incidir en la economía, que debe ser usada estratégicamente. Esto implica velar porque cada una de sus partes (proyectos) estén debidamente alineados. Alinear implica conocer el rol de la inversión pública desde la visión Macro para aterrizarla en la visión Micro. Para alinear, la evaluación (Exante y expost ), el seguimiento y la gerencia son fundamentales.

Banco de programas y proyectos Concepto de Proyecto de Inversión Pública “Los proyectos de inversión pública contemplan actividades limitadas en el tiempo, que utilizan total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción o provisión de bienes o servicios por parte del Estado”. Decreto 2844 de 2010 “Unidad operacional de la planeación para el desarrollo que vincula recursos para resolver problemas o necesidades sentidas de la población”. DNP. 2005. Metodología General Ajustada

Banco de programas y proyectos Atributos del proyecto de inversión pública

Banco de programas y proyectos Ciclo de la inversión Pública

Banco de programas y proyectos Ciclo de la inversión Pública

Banco de programas y proyectos Relaciones institucionales - Presupuesto de inversión

Banco de programas y proyectos El proyecto en los sistemas

Programa de Gobierno Que es? El programa de gobierno es uno de los más importantes instrumentos políticos y técnicos de los procesos político-electorales, de gestión del desarrollo, de gobierno y gestión pública territorial, por cuanto en este se establecen los compromisos y responsabilidades que comparten los gobernantes y los ciudadanos sobre el presente y futuro de la entidad territorial.

Programa de gobierno Objetivo El programa de gobierno debe contener iniciativas y propuestas claras que orienten a la ciudadanía en la decisión de voto y permitan vislumbrar el rumbo de la entidad territorial durante el próximo periodo de gobierno local.

Programa de gobierno en los procesos político-electoral, de gestión del desarrollo de gobierno y gestión publica.

Programa de gobierno En este sentido, el programa permite formalizar y concretar propuestas y compromisos para: • Garantizar los Derechos Humanos (DDHH) universales, indivisibles e interdependientes. • Incorporar a la agenda de los gobiernos territoriales, temas claves como: • Generación del cambio social que para mayor equidad e igualdad • Ciencia, tecnología e innovación en los territorios • Construcción de paz y estabilización en los territorios • Hoja de ruta para la implementación de la Política de Estabilización priorizando los municipios de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) • Colombia atiende y repara a las víctimas • Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios ( Sisbén ) • Enfoques diferenciales • Objetivos de desarrollo sostenible. • Aumentar y cualificar la transparencia y la participación ciudadana en los procesos decisorios de la gestión pública y promover el control social de desarrollo y de gobierno de la entidad territorial (eje transversal).

Ruta para la construcción del programa de gobierno.

1. Preparación y organización del proceso participativo. Pasos claves: Conformación del equipo técnico-político: debe estar integrado por personas idóneas y conocedoras de la realidad de la entidad territorial y con experiencia en gestión pública territorial, así como por delegados de entidades, instituciones y organizaciones que representen los intereses de las diferentes colectividades y grupos poblacionales del territorio, lo cual garantiza que la propuesta sea participativa, pluralista e incluyente. Elaboración del plan de trabajo: debe contemplar el periodo comprendido entre la postulación del candidato, la elección y la etapa de elaboración del plan de desarrollo.

2. Construcción de la plataforma ideológica. Se refiere al sello distintivo de las propuestas de un candidato o candidata frente a las de otros candidatos o candidatas. Permite responder a la pregunta sobre cuál es la opción frente al tipo de desarrollo y de bienestar y la impronta de gobierno del nuevo periodo, generalmente sintetizada en el lema, eslogan o nombre que identifica al programa de gobierno. 3. Construcción de la agenda temática con visión compartida de desarrollo. Construir una agenda temática con visión territorial de desarrollo de corto y mediano plazo, y partir del conocimiento propio de la entidad territorial y su entorno. La agenda temática con visión de desarrollo territorial se comienza a construir a partir de la propuesta inicial en la que el candidato o candidata exprese su motivación y su visión sobre el presente y futuro de la entidad territorial.

Identificación y consulta de fuentes de información. Conocer y explorar diferentes fuentes de información que permitan evidenciar la magnitud de las dinámicas y problemáticas y ayuden a formular soluciones que deben ser viables financiera y técnicamente. Fuentes de información para la construcción de programas de gobierno a) Consultas a líderes y a actores claves del territorio b) Revisión de instrumentos y documentos de la gestión municipal, distrital y departamental. c) Información territorial consolidada en el sistema de estadísticas municipal y departamental TERRIDATA. d) Inventario de políticas territoriales, poblacionales y sectoriales.

4. Construcción participativa de propuestas y compromisos programáticos con visión compartida de desarrollo. Las propuestas del programa de gobierno se enriquecen a partir del diálogo pluralista e incluyente con las comunidades, lo cual se recomienda realizar mesas de trabajo, talleres, reuniones, celebración de pactos ciudadanos, etc., en las diferentes áreas geográficas de la jurisdicción y con todos los grupos de población según edad, género, grupos étnicos, condición social y cultural. 5. Redacción final del programa de gobierno. El equipo técnico del candidato debe consolidar el texto final con base en los insumos obtenidos en las mesas de trabajo, talleres o reuniones realizadas con los ciudadanos analizada en la fase anterior.

6. Inscripción del programa de gobierno De acuerdo con el calendario electoral establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el 29 de octubre de 2023. Los candidatos a alcaldes y gobernadores pueden inscribirse, en las diferentes sedes de la Registraduría , sus candidaturas y programas de gobierno desde el 29 de junio hasta el 29 de julio; y las modificaciones de candidatos, por renuncia y no aceptación, pueden realizarlas desde el 31 de julio de 2023 hasta el 04 de agosto de 2023. Una vez inscritos los programas de gobierno se debe surtir su publicación en el órgano oficial de la entidad territorial respectiva o, en su defecto, las administraciones departamentales o municipales o distritales y estarán disponibles para su consulta en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

7. El programa de gobierno en la campaña electoral y el debate político. Una vez inscrito el programa de gobierno en la Registraduría , durante el periodo de campaña política y antes del día de elecciones, el programa de gobierno debe ser la base y fundamento de la campaña electoral y política, de forma tal que todos los electores y la comunidad en general conozcan su contenido y les permita a los candidatos obtener el respaldo necesario para ser elegidos como autoridades locales.

Programa de Gobierno Legislación Artículo 259 de la Constitución Política de 1991 y en las Leyes 131 y 134 de 1994, y 741 de 2002: se establecen los compromisos y responsabilidades que comparten los gobernantes y los ciudadanos sobre el presente y futuro de la entidad territorial. Estos compromisos y responsabilidades del programa de gobierno ganador son de obligatorio cumplimiento, a través de los planes de desarrollo, en virtud del voto programático.

Constitución Política de 1991, artículo 259 y Ley 131 de 1994, artículo 2 : Deben ser conscientes de que el cumplimiento de los programas de gobierno se impone por mandato ciudadano en las elecciones de autoridades locales y su incumplimiento, por parte de alcaldes y gobernadores, puede llevar a la revocatoria del mandato. Constitución Política de 1991, artículo 259 y Ley 131 de 1994, artículo 3: Deben proponer y construir, participativamente, programas de gobierno con propuestas de desarrollo para la entidad territorial que se implementarán, de manera efectiva, durante el período de gobierno local, una vez sean elegidos como alcaldes y gobernadores.

Ley 152 de 1994, Art 39 Numeral 1: el Alcalde o Gobernador elegido impartirá las orientaciones para la elaboración de los planes de desarrollo conforme al programa de gobierno presentado al inscribirse como candidato.

Plan Nacional De Desarrollo 2022-2026 “Colombia potencia mundial de la vida”

El Plan Nacional de Desarrollo (PND) es el instrumento formal y legal por medio del cual se trazan los objetivos del Gobierno permitiendo la subsecuente evaluación de su gestión. De acuerdo con la Constitución política de Colombia de 1991 en su artículo 339 del Título XII: "Del Régimen Económico y de la Hacienda Pública", Capítulo II: "De los planes de desarrollo", el PND se compone por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional Hoja de ruta para su formulación

Articulo 339 Constitución Política “Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el Gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución […]”

Plan Nacional de Desarrollo Plan Plurianual de Inversiones Bases del Plan de Desarrollo Disposiciones Instrumentales (articulado) El marco legal que rige el PND está consignado dentro de la Ley 152 de 1994, por la cual se estableció la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo. Componentes del PND Marco Legal

Departamento Nacional de Planeación (DNP) EN RELACIÓN AL PND ✓ El DNP, se constituye como la unidad rectora de planificación en el país, razón por la cual debe dirigir el proceso de formulación del Plan Nacional de Desarrollo, y coordinar la inclusión de los comentarios pertinentes por parte del Consejo Nacional de Planeación, el Consejo Nacional de Política Económica y Social - Conpes - y demás actores de la sociedad civil. ✓ El DNP debe desarrollar las orientaciones de planeación impartidas por el Presidente de la República y coordinar el trabajo de formulación del Plan Nacional de Desarrollo con los ministerios, departamentos administrativos y entidades territoriales. ✓ El Min Hacienda presenta en PND al Congreso, posteriormente el DNP coordina la ejecución, el seguimiento y la evaluación de gestión y resultados del Plan. ✓ El DNP debe aprobar las metodologías para el diseño, el seguimiento y la evaluación de las políticas, los programas y los proyectos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo y las metodologías para la identificación, formulación y evaluación de los proyectos financiados con recursos nacionales. El DNP coordina a todas las entidades y organismos públicos para garantizar el debido cumplimiento y ejecución de las políticas, los programas y los proyectos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

Principios Generales en la construcción y planeación del PND. ✓ Autonomía. ✓ Ordenación de Competencias. ✓ Coordinación. ✓ Consistencia. Con el fin de asegurar la estabilidad macroeconómica y financiera, los planes de gasto derivados de los planes de desarrollo deberán ser consistentes con las proyecciones de ingresos y de financiación. ✓ Prioridad del Gasto Público Social ✓ Continuidad ✓ Participación. ✓ Sustentabilidad Ambiental ✓ Desarrollo Armónico de las Regiones. ✓ Proceso de Planeación. ✓ Eficiencia ✓ Viabilidad ✓ Coherencia ✓ Conformación de planes de desarrollo. Parte general estratégico y un plan deinversiones . Art 3. Ley 152 de 1994

Proceso de formulación del PND La formulación del PND es un proceso complejo, involucra muchos actores internos/externos y debe realizarse en 6 meses. Todas las dependencias del DNP participan en la elaboración de los componentes del PND y coordinan la interacción con los actores internos/externos . DPN MINHACIENDA DAPRE MININTERIOR Técnica Política Consultiva

SEGUIMIENTO A partir de la promulgación APROBACIÓN 7 de febrero al 7 de mayo ELABORACIÓN 8 de agosto al 7 de febrero. Fases del Plan Nacional de Desarrollo

Cronograma del Plan Nacional de Desarrollo

Evaluación de procesos

Preparación Interna del PND

Insumos en la construcción del PND

Insumos en la construcción del PND Diálogos y consultas

Aprobación y seguimiento del PND El DNP acompaña el proceso de aprobación de la Ley del PND en el Congreso brindando insumos técnicos para soportar los artículos propuestos y para evaluarlas proposiciones que salgan del Congreso. El seguimiento inicia desde la aprobación de la Ley del PND y va hasta el final del periodo de gobierno.

Equipo base del PND
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