FGE ABUSO SEXUAL INFANTIL presentacion p

lisaorta55 56 views 16 slides Sep 01, 2025
Slide 1
Slide 1 of 16
Slide 1
1
Slide 2
2
Slide 3
3
Slide 4
4
Slide 5
5
Slide 6
6
Slide 7
7
Slide 8
8
Slide 9
9
Slide 10
10
Slide 11
11
Slide 12
12
Slide 13
13
Slide 14
14
Slide 15
15
Slide 16
16

About This Presentation

Está es una presentación en dónde se muestra información sobre el abuso sexual infantil


Slide Content

DELEGACIÓN IV Ciudad Valles, S.L.P. PROTOCOLO Y DIRECTRICES RESPECTO A LA OPERATIVIDAD DE LOS DOCENTES EN EL ABUSO SEXUAL INFANTIL.

El acoso, el abuso sexual o la violación aparecen en todos los países, grupos étnicos y distintos estratos sociales, independientemente de la religión, la cultura o el nivel educativo de los agresores. Ni la condición social, la educación o el credo protegen a sus víctimas: desde las altas clases sociales hasta las más bajas, el agresor sexual está presente, esperando el momento oportuno para atacar lo que toda sociedad propone como lo más preciado: los niños y adolescentes.

Conceptualización del abuso sexual: Abuso sexual: Cualquier clase de placer sexual que un adulto obtiene con un niño desde una posición de poder o autoridad. El abuso sexual de menores se debe definir a partir de los conceptos de coerción y asimetría de edad, ya que la coerción (uso de la fuerza, engaño, o presión) debe considerarse como criterio suficiente para diagnosticar una conducta de abuso sexual a un menor, la asimetría de edad impide la verdadera libertad de decisión y hace imposible una actividad sexual consentida, ya que los participantes tienen madurez biológica y unas expectativas de vida diferentes. Abuso sexual Codigo Penal: Comete el delito de abuso sexual quien, sin el consentimiento de una persona ejecuta en ella, o la hace ejecutar un acto erótico sexual, sin el propósito directo de llegar a la cópula.

• Realizar tocamiento de genitales del niño o niña por parte del abusador. • Tocar otras zonas del cuerpo del niño o niña por parte del abusador. Desnudarse delante del niño y mostrarle sus propios genitales. Incitar al infante, por parte del abusador, al tocamiento de sus propios genitales. Penetrar la vagina o el ano, o intentarlo, ya sea con sus propios genitales, con otras partes del cuerpo (dedos), o con objetos (palos u otros objetos), por parte del abusador. Maltrato sexual infantil: cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño, niña o adolescente incluyendo las siguientes situaciones:

DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, LA SEGURIDAD SEXUAL Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL. Violación ARTÍCULO 171. Comete el delito de violación quien, por medio de la violencia física o moral, realice cópula con una persona de cualquier sexo. Abuso Sexual ARTÍCULO 178. Comete el delito de abuso sexual quien, sin el consentimiento de una persona ejecuta en ella, o la hace ejecutar un acto erótico sexual, sin el propósito directo de llegar a la cópula. Estupro ARTÍCULO 179. Comete el delito de estupro quien tiene cópula con persona mayor de catorce y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o del engaño. Hostigamiento, y Acoso Sexual ARTICULO 180. Comete el delito de hostigamiento sexual, quien con fines lascivos asedie, acose o solicite favores de naturaleza sexual a una persona de cualquier sexo, para sí o para un tercero, con la amenaza de causar a la víctima un perjuicio relacionado con las expectativas que pueda tener en el ámbito laboral, docente, doméstico o de cualquier otra índole, o negarle un beneficio al que tenga derecho; ya sea entre superior o inferior jerárquico, entre iguales o en cualquier circunstancia que implique subordinación.

ABORDAJE DEL ABUSO SEXUAL INFANTIL. DETECCION. Observar a los alumnos Dialogo con los alumnos. CONOCIMIENTO A LAS AUTORIDADES DE FORMA INMEDIATA. APORTACIONES PARA LA PREVENCION DEL ABUSO Y VIOLENCIA SEXUAL INFANTIL

Las estadísticas señalan que las edades entre siete u ocho años y entre 12 o 13 años son las que dejan marcas más persistentes

El impacto del trauma en el niño depende de la edad en el que sucede, del tiempo de duración del abuso y de la cercanía del victimario con el niño abusado. Signos y síntomas físicos, emocionales y psicológicos

El rechazo al padre o a la madre de forma intempestiva, que se debe a un gran resentimiento por la falta del cuidado, los cambios bruscos de conducta, el pánico, los miedos repentinos y los trastornos del sueño Se resisten a desvestirse delante de otras personas, rechazan las relaciones interpersonales o se aíslan, aparecen problemas escolares, como la baja en el rendimiento escolar o el rechazo a ir a la escuela

SERVICIOS QUE OFRECE LA FISCALIA/ FUNCIONES A la Fiscalía General corresponderá la conducción jurídica de la investigación que será realizada por los cuerpos policiales, y la persecución ante los tribunales, de los delitos de su competencia. Misión: Procurar el esclarecimiento de los hechos a través de la conducción jurídica de la investigación, y ejercer acción penal dentro del marco del debido proceso y respeto irrestricto a los derechos humanos, garantizando el acceso efectivo a la justicia para las víctimas de los delitos, a fin de generar confianza en la ciudadanía.

SERVICIOS QUE OFRECE LA FISCALIA/ FUNCIONES Investigar los hechos que pudieren ser constitutivos de delito. Ejercer la conducción y mando sobre las Policías y Peritos. Ordenar que se practiquen las diligencias necesarias para la plena comprobación de un hecho que la ley señale como delito. Supervisar que la evidencia, objetos, instrumentos o productos del delito sean conservados y procesados debidamente. Asegurar la evidencia, los instrumentos, objetos o productos del delito. Dar platicas de prevención del delito. Participar en mesas de seguridad para la prevención del delito y la búsqueda de estrategias para disminuir el abuso sexual infantil.

Artículo 222. Deber de denunciar Toda persona a quien le conste que se ha cometido un hecho probablemente constitutivo de un delito está obligada a denunciarlo ante el Ministerio Público y en caso de urgencia ante cualquier agente de la Policía. Quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga, será acreedor a las sanciones correspondientes. Cuando el ejercicio de las funciones públicas, corresponda a la coadyuvancia con las autoridades responsables de la seguridad pública, la intervención de los servidores públicos respectivos deberá limitarse a preservar el lugar de los hechos hasta el arribo de las autoridades competentes y, en su caso, adoptar las medidas a su alcance para que se brinde atención médica de urgencia a los heridos si los hubiere.

RUTA DE ACTUACION ANTE LA ACTUALIZACION DE UN EVENTO DELICTIVO EN CONTRA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. SE TIENE CONOCIMIENTO. SE PRESENTA LA DENUNCIA POR ESCRITO O MEDIANTE COMPARENCIA. UNIDAD DE ATENCION INMEDIATA DE LA FGE Condúcete conforme al protocolo de actuación en el que garantices el pleno respeto a los derechos humanos, evitando en todo momento una re victimización. SE INFORMA A LA PROCURADURIA DE PROTECCION DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. PPNNA

Delegación IV de la Fiscalía General del Estado Libramiento Sur Poniente Km 2+500 Predio Las Delicias Teléfono 481 138 201 06 RUTA DE ACTUACION ANTE LA ACTUALIZACION DE UN EVENTO DELICTIVO EN CONTRA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
Tags