Formación histórica del derecho romano. Rivera López Dafne Samara Samano Chávez Nayeli Guadalupe Uribe Barrón Melissa Anahí Rodr í guez Gálvez paolette gabriela Valadez Avelar Erick Eduardo
ROMA
Se llama monarquía porque el gobierno estaba en manos de reyes . La base de su economía era la agricultura y la organización social giraba en torno a la familia , la cual producía cuanto necesitaba para su autoconsumo y solo adquiría en el mercado, por medio de trueque , lo que no podía producir por sí misma. Durante el periodo monárquico la dignidad real era vitalicia y ejercía la jefatura política y militar. El rey era asimismo el sumo sacerdote y la máxima autoridad jurídica. En un principio era elegido por medio de comicios o asambleas, pero después fue el monarca el que designo a su sucesor. MONARQUÍA
Durante el pe riodo monárquico (tiene una duración aprox. De 250 años) Rómulo (creo el senado), el cual era un cuerpo colegiado integrado por personas mayores de sesenta años cuya función era asesorar al rey. Numa Pompilio (piadoso, introdujo la práctica religiosa); organizo la vida religiosa de la comunidad e instituyó los colegios sacerdotales . Tulio Hostilio se atribuye la destrucción de la famosa ciudad de Alba Longa. Anco Marcio inició la política de conquista mediante el expansionismo. Tarquino (Concede mas facultades al senado y aumenta a 300 sus miembros). Era de origen etrusco y se estableció en esa labor urbanística y a su riqueza logro subir al trono. Servio Tulio llegado en el año 166 de Roma, se le atribuye la creación de los comicios por centurias y por tribus. Tarquino el Soberbio, (déspota que pretende gobernar dictatorialmente, termina siendo destituido y desterrado en el año 245 de Roma). cuyo sobrenombre responde a su carácter tiranico; sin embargo, destaco por las grandes construcciones que se llevaron a cabo durante su reinado. SIETE REYES
Los ciudadanos romanos se reunían en un lugar llamado Comitium para tomar decisiones de interés general. A estas asambleas de ciudadanos se les llamo comicios curiados . En ellas se aprobaba la designación del nuevo rey , además de que tenían competencia en cuestiones familiares y religiosas . Durante la república, los comicios ejercieron también funciones legislativas. En la época republicana el único derecho que se aplicaba era el derecho civil , que era el propio de los ciudadanos romanos ; sin embargo, al entra Roma en contacto con otros pueblos a través de las conquistas, acepto el derecho de gentes como derecho romano, pero ya no exclusivo de los romanos sino también para regir a los extranjeros. Notas distintivas del derecho romano fueron su formalidad, solemnidad, su rigurosa oralidad y su acentuado carácter religioso. Su fuente formal fue la costumbre: mores maiorum consuetudo-la “La costumbre de los antepasados”.
Pretores : Administraban la justicia entre los ciudadanos romanos. Más tarde aparecieron los pretores peregrinos que se encargaban de poner fin a un desacuerdos entre los ciudadanos y los peregrinos (extranjeros) Cuestores : En un principio fueron auxiliares de los cónsules; posteriormente se encargaron de recaudar los impuestos, administrar la hacienda y llevar la contabilidad. Censores : Realizaban los censos o de la inscripción de una persona en un padrón de los ciudadanos, estos se hacían cada cinco años y eran elegidos por los comicios. Ediles : Ejercían funciones de inspección y policía, cuidaban la ciudad y vigilaban el orden de los mercados . Tribunos de la plebe o Tribunis Plebis : Aun cuando no eran magistrados, tenían la facultad de impedir por medio de veto los actos que pudiesen afectar a los plebeyos. Durante los siglos IV y III a.C. los plebeyos fueron logrando poco a poco igualdad civil, ciertas ventajas económicas y acceso a las magistraturas pero entre sus principales logros se encuentra la Ley de las XII tablas.
La república vio nacer el derecho honorario, en el que los magistrados plasmaban sus edictos en virtud del ius edicendi , es decir la facultad que se les había dado de disactar normas, esto permitió crear un sistema más equitativo y flexible.
LEY DE LAS XII TABLAS
EL DERECHO JUSTINIANEO
El Código, el Digesto, las Institutas y las Novelas integran en su conjunto el corpus iuris civilis . Los textos que se incluyeron en las compilaciones de Justinianeos son los originales , pues no figuran ahí tal como fueron ahí tal como fueron escritos por los jurisconsultos clásicos o el las constituciones imperiales. Cuando se supo de la existencia de estas últimas el hecho no causo preocupación, pues se afirmaba, para justificarlas que habían cumplido con el cometido de actualizar el derecho romano clásico adecuándolo a las circunstancias de los tiempos. EL DERECHO JUSTINIANEO
La obra de Justiniano sobrevivió con su muerte, pero no sin atravesar por una serie de transformaciones. En primer lugar se había escrito originalmente en latín y se tradujo al griego. Entre las obras mas importantes que rigieron al imperio romano de oriente, a la muerte de Justiniano se encuentran las siguientes: Ekloga que consta de 18 libros publicada por León III el Isauro en 740. El Procheiron , manual práctico inspirado en las Institutas Jurídicas de Justiniano y que se elaboro por mandato del emperador Macedonio . EL DERECHO EN ORIENTE, A LA MUERTE DE JUSTINIANO.